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Amnistía Internacional
Comunicado de prensa
Índice AI: AMR 23/034/2003/s (Público)
Servicio de Noticias 104/03
28 de abril de 2003
Panamá/Colombia: La seguridad de las fronteras no debe infringir el derecho internacional sobre refugiados
Hoy se reúnen la presidenta de Panamá, Mireya Moscoso, y el presidente de Colombia, Álvaro Uribe Vélez, para debatir la seguridad en las fronteras, y Amnistía Internacional ha aprovechado la ocasión para pedir a la presidenta Moscoso que lleve a cabo una investigación completa sobre los informes relativos al secuestro de dos refugiados, que no han vuelto a ser vistos desde el 21 de abril.
Según estos informes, Enrique Medrano y Juan Berrío, refugiados colombianos en Panamá, fueron secuestrados mientras que más de un centenar de otros refugiados fueron devueltos a Colombia. Amnistía Internacional ha expresado preocupación por la seguridad de estos dos hombres, así como por los más de 100 refugiados que fueron repatriados a la fuerza.
«Confiamos en que ambos dirigentes concluyan esta reunión poniendo fin de inmediato a las repatriaciones forzadas de refugiados desde Panamá a Colombia, una práctica que hace caso omiso del derecho internacional sobre refugiados» ha afirmado Amnistía Internacional.
Enrique Medrano y Juan Berrío estaban entre los más de 100 refugiados colombianos que residían en Punuza Boca de Cupe, en el sur de Panamá, y que fueron objeto de la actuación de las fuerzas de seguridad con la intención de repatriarlos. Según informes, el 18 de abril, miembros de la unidad especial de combate de la policía —Reconocimiento de Combate, RECOM— y del Departamento de Inteligencia de Panamá (DIP) obligaron a los refugiados a congregarse; les advirtieron que miembros del grupo paramilitar colombiano Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) ya estaban de camino, y acusaron a los refugiados de colaborar con los grupos guerrilleros de Colombia.
Según los informes recibidos, las fuerzas de seguridad panameñas se llevaron a Enrique Medrano, originario del departamento colombiano de Chocó, a una casa de Punuza Boca de Cupe y allí lo golpearon durante varias horas; varios testigos oyeron sus gritos pidiendo ayuda. A Juan Berrío, también del departamento de Chocó, lo detuvieron el 19 ó 20 de abril. Según testigos presenciales, el 20 de abril, miembros de las fuerzas de seguridad ataron a Enrique Medrano y a Juan Berrío a sendos árboles y los dejaron expuestos al sol durante varias horas.
«Nos preocupa la seguridad de Enrique Medrano y Juan Berrío, ya que sigue sin conocerse su paradero. Por otra parte, nos tememos que este incidente sea el anuncio de nuevas repatriaciones forzosas de refugiados colombianos que residen en Panamá» ha manifestado Amnistía Internacional.
«Los refugiados sólo deben ser repatriados por propia voluntad, en función de una decisión informada y voluntaria, y garantizando su seguridad y su dignidad. Las autoridades panameñas deben poner fin al retorno forzoso de refugiados colombianos.»
Los refugiados fueron obligados a firmar y estampar sus huellas dactilares en un documento que, según informes, manifestaba que su repatriación era voluntaria. Después fueron escoltados hasta La Miel, en Panamá, y de allí a la localidad colombiana de Zapzurro, próxima a la frontera con Panamá. Existe gran preocupación por la seguridad de los refugiados que son repatriados a la fuerza, ya que los grupos paramilitares colombianos han cometido frecuentes violaciones graves de derechos humanos contra los sospechosos de colaborar con los grupos guerrilleros de Colombia.
Información general
A lo largo de la última década, muchos colombianos han solicitado refugio en Panamá y han sido repatriados en otras ocasiones contra su voluntad expresa. La repatriación forzosa de los refugiados contraviene las obligaciones contraídas por el gobierno de Panamá en virtud del derecho internacional sobre refugiados: «Como Estado Parte en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951, Panamá no debe devolver a ninguna persona a un país donde peligre su vida o su libertad (que es el principio de no devolución, proclamado en su artículo 33.1)» afirma Amnistía Internacional.
Documento público
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