وثيقة - Panama: Further information on fear of refoulement / fear for safety: Refugee peasant farmers from the Uraba region of Colombia
EXTERNOÍndice AI: AMR 44/05/97/s
8 de mayo de 1997
Más información (actualización núm. 2) sobre EXTRA 50/97 (AMR 44/01/97/s, del 4 de abril de 1997) y su actualización (AMR 44/04/97/s, del 21 de abril) - Temor de repatriación forzosa y temor por la seguridad
PANAMÁRosaira Velez Domico
Amalia Borgas Velez
Maria Dellanira Borgas Velez
Maria Margarita Borgas Velez
Maria Cladibel Guizao (niña)
Hildardo Antonio Guizao (niño)
Deisy Luz Guizao (niña)
Davinson Jose Muentes Vargas (niño)
Jose Muentes Fuentes
Euclides Osorio Fuentes
Luis Gomez
Luis Manoles
Campesinos refugiados de la región de Urabá, en Colombia
Los 12 campesinos refugiados citados en el encabezamiento, que huyeron de la región de Urabá, en Colombia, en abril de 1997, pueden ser repatriados por la fuerza a Colombia, país donde su integridad física puede correr peligro.
Luis Gomez y Luis Manoles fueron detenidos el 22 de abril por la policía panameña en Boca de Cupe, una localidad en la frontera con Colombia. Los otros 10 fueron detenidos por la policía de Panamá el 25 de abril en El Real, también cerca de la frontera. Según la información recibida por Amnistía Internacional, todos ellos van a ser repatriados por la fuerza a Colombia.
Los 12 campesinos llevaban ocultos desde abril, cuando más de 200 refugiados colombianos que habían huido a Panamá para escapar de la violencia en su región de origen, en el noroeste de Colombia, fueron repatriados por la fuerza por las autoridades panameñas en colaboración con las autoridades Colombianas (véase la EXTRA original y la actualización anterior).
La repatriación forzosa de estos refugiados se produjo inmediatamente después de que las autoridades panameñas aseguraran al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) que no emprenderían ninguna acción precipitada y que permitirían que una delegación del ACNUR visitara la zona para evaluar la situación de los refugiados.
Los refugiados repatriados han sido alojados provisionalmente en la parcela «El Cacique» en Bahía Solano, en la costa pacífica del noroeste de Colombia, en la provincia de Chocó. Los refugiados dijeron a unas organizaciones independientes que temen constantemente por la seguridad de sus dirigentes. También confirmaron que habían sido repatriados por la fuerza por las autoridades panameñas, que les dieron 72 horas para subir a bordo de unos helicópteros de las fuerzas armadas colombianas.
La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, que Panamá ha ratificado, declara específicamente que no se puede deportar a nadie a un país en el que el deportado pueda correr peligro de sufrir graves abusos contra los derechos humanos.
NUEVAS ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen telegramas, télex, fax, cartas urgentes o cartas por vía aérea en español o en su propio idioma:
-recordando a las autoridades la obligación contraída por Panamá en virtud del principio internacional de no repatriación forzosa, es decir, que no obligará a nadie a regresar a un país en el que el deportado pueda correr peligro de sufrir violaciones graves de derechos humanos; haciendo referencia al artículo 33 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, de la que Panamá es Estado parte;
-instando a las autoridades panameñas a tomar todas las medidas adecuadas y necesarias para garantizar la seguridad y el bienestar de los refugiados colombianos que se encuentran en su territorio.
LLAMAMIENTOS A:
1) S.E. Ernesto Pérez Balladares
Presidente de la República
Palacio Presidencial
Valija 50, Panamá 1, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Telegramas: Presidente Balladares, Panamá
Télex: 2770 PRESIPA PG
Fax: + 507 2 27-6818
Tratamiento: Sr. Presidente
2) Sr. Raúl Montenegro
Ministro de Gobierno y Justicia
Ministerio de Gobierno y Justicia
Apartado 1628, Panamá 1, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Telegramas: Ministro de Gobierno y Justicia, Panamá
Télex: 2746
Fax: + 507 2 12-0372
Tratamiento: Señor Ministro
3) Dr. Ricardo Alberto Arias
Ministro de Relaciones Exteriores
Ministerio de Relaciones Exteriores
C. 34 Plaza Porras, Panamá 4, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Telegramas: Ministro de relaciones Exteriores, Panamá
Télex: 2771 EXTPAN PG
Fax: + 507 2 11-0416
Tratamiento: Señor Ministro
COPIAS DE SUS LLAMAMIENTOS A:
1) Sres. Centro de Investigación de los Derechos Humanos y Socorro Jurídico de Panamá
Apartado Postal 10215, Panamá 4, PANAMÁ
Fax: +507 2 23 2595
2) Sres. Asociación Regional para Las Migraciones Forzadas
Apartado 862 - C.P. 2050 San Pedro de Montes de Oca
San José, Costa Rica
Fax: 506 255 0733
y a los representantes diplomáticos de Panamá acreditados en su país.
ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 10 de junio de 1997.