تقرير منظمة العفو الدولية لعام  2012
حالة حقوق الإنسان في العالم

وثيقة - USA: On the wrong side of history: Children and the death penalty in the USA

EN LA PÁGINA EQUIVOCADA DE LA HISTORIA

Los menores y la pena de muerte en Estados Unidos


INTRODUCCIÓN


Somos una nación indispensable. Nos alzamos sobre las demás y vemos el futuro con más claridad que ellas...

Madeleine Albright, secretaria de Estado estadounidense, 19 de febrero de 1998(2)



Cincuenta años después de la adopción de la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo objetivo es liberar al hombre de la crueldad de los Estados, más de la mitad de los países del mundo han abolido la pena de muerte en la ley o en la práctica. De las naciones, cada vez más escasas, que mantienen la pena de muerte, la mayoría respetan las leyes internacionales de derechos humanos al limitar la pena capital a los adultos. Resulta irónico, por tanto, que el país que se autoproclama reiteradamente como el más progresista del mundo en lo que se refiere a la defensa de los derechos humanos encabece, en la práctica, el diminuto círculo de naciones entre cuyas prácticas se encuentra una de la que resulta mucho más difícil alardear: la ejecución de personas por delitos que cometieron cuando eran menores de edad.


Estados Unidos no oculta su determinación de seguir cometiendo esta violación específica de derechos humanos. El gobierno federal se ha reservado explícitamente el derecho a desafiar la prohibición internacional de aplicar la pena de muerte a las personas que tenían menos de 18 años en el momento de cometer su delito, y las autoridades estatales continúan con esta práctica sin que, al parecer, les importe en absoluto la opinión del resto del mundo. A consecuencia de esta actitud, unos setenta menores aguardan a ser ejecutados bajo la custodia de las autoridades estadounidenses.(3)En los años noventa, en Estados Unidos han sido ejecutados ya ocho menores. Durante ese mismo período, sólo se sabe de otros cinco países —Arabia Saudí, Irán, Nigeria, Pakistán y Yemen— que hayan ejecutado a menores y, entre los cinco, han ejecutado a un total de nueve menores.


En 1642, Thomas Graunger fue ejecutado en la Colonia de Plymouth, Massachusetts, por un delito que cometió cuando tenía 16 años. Se convirtió así en la primera persona de la que se tiene constancia que fue ejecutada en lo que más tarde se convertiría en Estados Unidos por un delito cometido cuando era menor de 18 años.(4)Más de 350 años después, unos años en los que Estados Unidos ha crecido hasta convertirse en la economía más poderosa del mundo, las autoridades estadounidenses, a través de la historia, conservan sus lazos con Thomas Graunger. A mediados de 1998, ejecutaron a Joseph Cannon y Robert Carter, ambos condenados por delitos cometidos a los 17 años. En el momento de cometer sus delitos, los dos estaban abandonando una infancia llena de privaciones en la que sufrieron graves abusos. En el momento de ser ejecutados, ambos habían experimentado un cambio sustancial a consecuencia de su estancia en prisión. Cuando sus vidas se extinguieron mediante una inyección letal, se extinguió también la esperanza suscitada por sus esfuerzos por rehabilitarse.


Sin embargo, en Estados Unidos hay personas para las que esta respuesta fría y brutal a los delitos violentos cometidos por menores no es suficiente. Mientras el resto del mundo deja de aplicar la pena de muerte a sus menores, algunos políticos estadounidenses piden que sus leyes estatales reduzcan la edad de los posibles condenados a la pena de muerte por debajo incluso de los 16 años establecidos por la Corte Suprema.


¿Realmente son éstos los actos de unos líderes políticos que ven «el futuro con más claridad» que los demás países, o pertenecen a alguien que se aferra a una de las prácticas inaceptables de su pasado?


PERJUDICIAL PARA TODOS: UNA PENA CUYO MOMENTO YA HA PASADO


No creo que la edad importe cuando se trata de la pena de muerte. Es una práctica perjudicial para todos. Sería egoísta por mi parte decir que, porque yo era menor de 18 años cuando fui condenado a muerte, mi vida es más importante que la de los tipos de más edad que están encerrados aquí.


Napoleon Beazley, menor condenado a muerte en Texas, 1998(5)


Aproximadamente uno de cada cincuenta de los más de 3.400 individuos que aguardan a ser ejecutados en Estados Unidos fue condenado por un delito cometido cuando era menor de 18 años. Tal como veremos en este informe, existen motivos específicos, respaldados por un abrumador consenso internacional, para oponerse a sus condenas a muerte. Sin embargo, no debemos olvidar que el uso de la pena de muerte contra cualquier individuoconstituye una violación de derechos humanos de una crueldad premeditada que niega el derecho a la vida proclamado por la Declaración Universal de Derechos Humanos. El poner fin a la ejecución de menores, aunque es un importante objetivo en sí mismo, es sólo un paso más en el camino hacia la abolición total.


Los casos de los menores condenados a muerte en Estados Unidos reflejan algo más que la preocupación específica suscitada por la juventud de estos condenados en el momento de cometer su crimen. Estos casos ilustran las características más amplias de una pena cuyo momento ya ha pasado: su crueldad inherente, su fracaso como factor disuasorio, su uso contra deficientes mentales, el peligro de que se ejecute a un inocente, el hecho de que algunos condenados, especialmente los que carecían de recursos económicos, no hayan contado con asistencia letrada adecuada, o la arbitrariedad de la imposición de las sentencias causada por la política, los prejuicios o el poder de los fiscales que deciden a quién acusarán de cargos punibles con la muerte.(6)



Los menores y la pena de muerte


Por lo general, no me gusta hablar sobre la vida en prisión. Pero los niños, cuando me escriben, siempre me preguntan acerca de eso, y yo hago todo lo que puedo para darles una respuesta exacta. Les digo que se imaginen lo que sería estar encerrados en su habitación durante más de tres años (yo llevo aquí algo más de tres años). No puedes ir a la escuela, no puedes escuchar cassettes ni CD, no puedes tener un ordenador y, desde luego, nada de correo electrónico. Imagínate además que tu madre te deja salir al patio para jugar dos horas al día, pero luego tienes que volver a tu habitación. Eso es más o menos lo que se siente. Pero luego añádele que contigo hay otros cuatrocientos tipos y que estás rodeado de peleas, homicidios y puñaladas, y además el sistema está ansioso por inyectarte en el brazo un veneno y matarte. Eso es la prisión.


El motivo por el que no me gusta hablar de la prisión es que, bueno, si te hablo de mi vida, tú te la imaginas. A través de mis ojos te traigo aquí y te encierro, aunque sólo sea mentalmente. Pero yo no quiero estar aquí, y tampoco quiero que lo estés tú. La prisión no es n sitio en el que desees estar, ni con la mente, ni con el espíritu, ni con el cuerpo.


Al principio me llamaban "Chico" pero el otro día, cuando estaba en la cancha de baloncesto, oí a alguien que decía "¡eh, chico!". Me volví, pero estaban llamando a un chico nuevo, aún más joven que yo. Así que aquí ya no me consideran joven, y eso que acabo de cumplir los 21.


Napoleon Beazley, menor condenado a muerte en Texas, 1998

Por otra parte, los individuos condenados a muerte por delitos cometidos cuando eran menores de 18 años no son los únicos niños a los que afecta la pena capital. Los delitos violentos marcan a los miembros más jóvenes de la familia de sus víctimas, pero los efectos brutales y embrutecedores de la pena de muerte alcanzan a niños que se encuentran mucho más allá del pabellón de los condenados a muerte. No sólo los niños que sufren la experiencia de la ejecución de un miembro de su familia se convierten en víctimas adicionales del ciclo de violencia, sino que todos los niños de la sociedad, así como sus adultos, reciben el mensaje que entraña la pena de muerte: matar es una respuesta efectiva y apropiada para alguien que ha matado. Con semejante enseñanza, ¿cómo pueden los niños dar valor a la vida?


En junio de 1998, Sonia Jacobs, superviviente del pabellón de los condenados a muerte, declaró: «Cada vez hay más niños que agarran un arma y matan a otro como solución a sus problemas. Realmente creo que esto es debido al ejemplo que les estamos dando». La hija de Sonia Jacobs perdió a su padre de forma violenta cuando tenía 15 años: éste fue ejecutado a pesar de las serias dudas sobre su culpabilidad (véase el recuadro de la página 32). La propia Sonia Jacobs, que se salvó de la silla eléctrica cuando se demostró que era inocente del crimen por el que se la había condenado, no acepta la aseveración, muy extendida en Estados Unidos, de que la ejecución del criminal es el único medio del que disponen los seres queridos de las víctimas de asesinato para encontrar la paz. Ella pregunta: «¿Qué muerte curará mis heridas? ¿Cuál curará las heridas de mi hija?... Quizá lo único que pueda curarnos sea la muerte de la pena de muerte, el final de esta violencia».(7)


ROMPER EL CONSENSO, VIOLAR LA LEY


Según la interpretación que Nevada hace del tratado, Estados Unidos se unirá a países como Irán, Iraq, Bangladesh, Nigeria y Pakistán al aprobar la pena de muerte para menores. Yo retiro mi aprobación.


Juez Springer, presidente de la Corte Suprema de Nevada, 1998(8)



El 31 de julio de 1998, el juez Springer, presidente de la Corte Suprema de Nevada, discrepó de la opinión mayoritaria de la Corte, que confirmó la condena a muerte de Michael Domingues, declarado culpable en 1994 del asesinato de su vecina y del hijo de ésta, de cuatro años de edad, cometido en el domicilio de las víctimas en Las Vegas en 1993. El crimen tuvo lugar cuando Michael Domingues tenía 16 años. Su apelación ante la Corte Suprema del estado había planteado una cuestión: la ilegalidad, en virtud de las leyes internacionales, de su condena a muerte.


Actualmente existe un consenso casi mundial según el cual las personas que cometen delitos mientras son menores de 18 años no deben ser condenadas a muerte. Con ello no se trata de justificar la delincuencia violenta ejercida por menores o de restar importancia al sufrimiento de las víctimas y sus familiares; lo que se intenta es reconocer que los menores aún no han alcanzado la plena madurez —y, por lo tanto, no son plenamente responsables de sus actos— y que un niño o un adolescente tiene más probabilidades de rehabilitarse que un adulto. De hecho, las normas internacionales consideran que la prohibición de aplicar la pena de muerte a personas que fueran menores de 18 años en el momento de cometer el delito constituye una salvaguardia tan fundamental que no debe eliminarse jamás, ni siquiera en tiempos de guerra o de conflicto interno.(9)Sin embargo, las autoridades estadounidenses parecen considerar que los menores de su país son diferentes de los del resto del mundo, y no merecen disfrutar de este derecho.




Manipulación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos


Una de las normas más importantes destinadas a proteger a los menores frente a la pena de muerte, la misma que citó Michael Domingues en su apelación, es el artículo 6.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, según el cual «[n]o se impondrá la pena de muerte por delitos cometidos por personas de menos de 18 años de edad...». Este Pacto entró en vigor el 23 de marzo de 1976, justo unas semanas antes de que la Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminara que los estados que componían el país podían volver a llevar a cabo ejecuciones en virtud de sus nuevos estatutos de pena capital.(10)Las ejecuciones se reanudaron en enero de 1977. Desde entonces, tanto el número de delitos punibles con la muerte como el número de ejecuciones han aumentado de forma implacable en Estados Unidos, al tiempo que la lista de países que utilizan la pena de muerte se reducía cada vez más. En lo que se refiere a la aplicación de la pena de muerte a menores, el desfase entre Estados Unidos y el resto del mundo ha sido aún mayor.


Estados Unidos firmó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) en octubre de 1977, con lo que se comprometía a no hacer nada que fuera en contra del objeto y el propósito de este tratado mientras tomaba la decisión de ratificarlo.(11)En el tiempo transcurrido entre la firma del Pacto y su ratificación, en junio de 1992, las autoridades estadounidenses ejecutaron a Charles Rumbaugh, James Terry Roach, Jay Pinkerton, Dalton Prejean y Johnny Garrett por delitos que habían cometido a los 17 años de edad. Durante ese mismo periodo, más de setenta menores fueron condenados a muerte.


El gobierno estadounidense, al ratificar el PIDCP, dejó clara su intención de seguir ejecutando a menores al reservarse explícitamente el derecho a imponer la pena de muerte por delitos cometidos por menores de 18 años.(12)Desde la ratificación, las autoridades de Estados Unidos han puesto de manifiesto su intención de hacer realidad esta reserva al ejecutar a seis menores: Curtis Harris, Frederick Lashley, Ruben Cantu, Chris Burger, Joseph Cannon y Robert Carter. Durante ese mismo período han sido condenados a muerte más de cincuenta menores, entre los que se encuentra Michael Domingues.


La apelación presentada en 1998 por Michael Domingues alegaba que la reserva impuesta por Estados Unidos al Pacto no es válida y que la prohibición internacional de aplicar la pena de muerte a menores tiene prioridad sobre las leyes nacionales. Esta afirmación cuenta con un respaldo generalizado. Once países han manifestado su objeción a la reserva impuesta por Estados Unidos al artículo 6.5 y han alegado que es incompatible con el propósito y la intención de dicho artículo.(13)En 1995, el Comité de Derechos Humanos de la ONU, órgano de expertos designado para supervisar el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, declaró también que la reserva impuesta por Estados Unidos al artículo 6.5 era incompatible con el objeto y el propósito del Pacto y debía ser eliminada. El Senado estadounidense reaccionó proponiendo una enmienda legislativa para limitar cualquier tipo de financiación destinada al procedimiento de presentación de informes al Comité hasta que éste aceptara la validez del enfoque de Estados Unidos hacia el PIDCP.(14)La enmienda fue aprobada por el Congreso pero posteriormente vetada por el presidente Clinton.


Los menores y la pena de muerte


Para cuando el estado ejecuta a estas personas, el niño que cometió el crimen ya no existe. Es casi como si, en algún procedimiento sacado de una pesadilla, el estado hubiera sustituido arbitrariamente a una persona por otra antes de la ejecución.


Declaraciones del abogado que representa a Joseph Hudgins, un menor condenado a muerte en Carolina del Sur, publicadas en la revista Time el 19 de enero de 1998.


La inmensa mayoría de los menores ejecutados en Estados Unidos antes de 1972 fueron condenados a muerte y ejecutados cuando aún eran adolescentes. El sistema actual de aplicación de la pena de muerte en Estados Unidos significa que la mayoría de los menores condenados a muerte serán ya adultos cuando les llegue el momento de la ejecución. Quizá el hecho de que el individuo al que se ata y se da muerte no sea ya un niño permite a la sociedad digerir con más facilidad esta violación de los derechos humanos. No obstante, el hecho innegable es que estos presos están siendo ejecutados por algo que hicieron cuando eran niños.


En 1998, el Relator Especial de la ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, cuyo mandato abarca la forma en que los países aplican la pena de muerte, reiteró que la reserva de Estados Unidos debía considerarse nula. En el informe sobre su misión de 1997 a Estados Unidos, el Relator Especial escribió que el uso de la pena de muerte contra menores en Estados Unidos viola las leyes internacionales, y pidió que se pusiera fin a esta práctica. Varias semanas después de la presentación de este informe ante la Comisión de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra, dos menores, Joseph Cannon y Robert Carter, fueron ejecutados en Texas.


Las dos ejecuciones se llevaron a cabo tras una serie de señales procedentes de los círculos políticos federales que indicaban claramente que ni la misión del Relator Especial ni su posterior informe se habían tomado en serio. El presidente del Comité de Relaciones Exteriores del Senado describió la misión como «un ejemplo perfecto de por qué el pueblo estadounidense contempla con desdén a las Naciones Unidas» e instó al embajador de Estados Unidos en la ONU a «eliminar toda cooperación con esta absurda charada de la ONU». Según los informes, el embajador respondió que lo único que haría el informe del Relator Especial sería «acumular polvo». Cuando finalmente se publicó el informe, el presidente del Comité Nacional Republicano pidió al gobierno estadounidense que manifestara su «rechazo público» hacia él y garantizara que las deudas de Estados Unidos a la ONU no se pagarían hasta que el informe se retirara formalmente y se pidieran disculpas por su presentación.


El gobierno federal es el responsable final de garantizar que todaslas autoridades de Estados Unidos cumplen con sus obligaciones internacionales. El hecho de que él haya fijado en 18 años la edad mínima

Los menores y la pena de muerte


Lo que más me duele es saber cuánto sufren mis hijos... Saber que mi hijo de 9 años desea que su madre tenga dinero suficiente para sacarme de aquí. Que mi hija de 17 años quiere saber qué recuerdos guardo de ella y qué es lo que más me gusta de ella. Que mi hijo de 11 años hace frente valerosamente a los insultos, las peleas y el aislamiento causados por el crimen de su padre.


Nelson Mitchell, condenado a muerte de Georgia, noviembre de 1997.

para que un individuo pueda ser condenado a muerte no le exime de su responsabilidad de garantizar que los gobiernos estatales también lo hacen. La Constitución estadounidense establece explícitamente que la facultad de firmar y ratificar tratados recae en las autoridades federales, no en los estados individuales. Además, existe un antiguo principio de jurisprudencia internacional según el cual los Estados nación deben someterse a las leyes internacionales, independientemente de que su sistema de gobierno sea unitario, descentralizado o federal, y son responsables de garantizar que todas las autoridades gubernamentales del país respetan las leyes internacionales. No obstante, tal como subrayó el Relator Especial de la ONU en su informe de 1998 sobre Estados Unidos: «hay un serio desacoplamiento entre el Gobierno federal y los gobiernos estatales en lo que respecta a la aplicación de las obligaciones internacionales contraídas por el Gobierno de los Estados Unidos». El gobierno federal tiene la obligación de remediar esto.


En Nevada, el 31 de julio de 1998 la Corte Suprema del Estado decidió por votación que la reserva impuesta por Estados Unidos al artículo 6.5 del PIDCP era válida y que, por lo tanto, la condena de muerte de Michael Domingues era legal. La Corte llegó a esta conclusión estudiando a otros estados del país, no examinando las opiniones o prácticas internacionales: «Muchas de nuestras jurisdicciones hermanas tienen leyes que autorizan la aplicación de la pena de muerte por delitos cometidos por menores de 18 años, y esas leyes han superado el escrutinio de la Constitución». Sin embargo, hizo caso omiso del hecho de que la mayoría de las jurisdicciones estadounidenses nopermiten que se imponga la pena de muerte por delitos cometidos por menores de 18 años, ya sea porque sus leyes eximen a estos delincuentes de la pena de muerte o porque no contemplan la posibilidad de castigar con dicha pena a nadie, sea cual sea su edad. En 1998, 14 estados y 2 jurisdicciones federales (una civil y otra militar) tenían leyes que fijaban en 18 años la edad mínima para ser condenado a muerte, y 12 estados y el Distrito de Columbia no contemplaban la pena capital en absoluto.(15)Hay 24 estados que permiten el uso de la pena de muerte contra menores de 18 años; de ellos, 15 albergaban en junio en sus cárceles a menores en espera ser ejecutados.(16)


La Corte Suprema de Nevada tampoco prestó atención al principio reconocido en las leyes internacionales según el cual los Estados no pueden invocar sus leyes nacionales para eludir el cumplimiento de los compromisos contraídos en virtud de los tratados internacionales; este principio aparece proclamado expresamente en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. En su opinión discrepante, el juez Springer escribió que los tratados internacionales suelen convertirse en la «ley suprema de la tierra», y señaló que, según la interpretación que la mayoría de la Corte había hecho del PIDCP, «Estados Unidos, al menos en lo que se refiere a la ejecución de menores, es "parte" del tratado, pero al mismo tiempo rechaza una de sus disposiciones más esenciales».


La Corte rechazó la apelación de Michael Domingues, y éste permanece recluido en espera de ser ejecutado. Unos días después, la fiscalía de Nevada anunció que iba a pedir la pena de muerte para Kenshawn Maxey, un muchacho de 17 años acusado de doble asesinato durante un robo en Las Vegas en mayo de 1998. Estaba previsto que su juicio se iniciara el 16 de noviembre.


Caso omiso de la Convención sobre los Derechos del Niño


Las autoridades estadounidenses también han decidido hacer caso omiso de un tratado internacional más reciente que brinda a los menores protección frente la pena de muerte. El artículo 37.a de la Convención sobre los Derechos del Niño dispone que «[n]o se impondrá la pena capital ni la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación por delitos cometidos por menores de 18 años de edad». Estados Unidos es uno de los dos únicos países del mundo que aún no han ratificado esta Convención. El otro es Somalia: un Estado colapsado sin un gobierno reconocido.


De los 192 países que han ratificado la Convención, todos lo han hecho sin imponer reservas específicas al artículo 37.a, lo cual constituye una prueba más de la aceptación mundial del principio que prohíbe el uso de la pena de muerte contra las personas que fueran menores de 18 años en el momento de cometer el delito.(17)Aunque, inicialmente, Myanmar manifestó una reserva al artículo 37.a al ratificar la Convención, la retiró en 1993, cuando Alemania, Irlanda y Portugal plantearon sus objeciones.


Por otra parte, Estados Unidos dejó claro durante la redacción de la Convención que mantenía su derecho a formular reservas al artículo 37.a, incluso aunque ratificara el tratado. Amnistía Internacional se opuso a ello en su momento, y sigue presionando al gobierno estadounidense para que ratifique la Convención sobre los Derechos del Niño sin ninguna reserva. Desde que Estados Unidos firmó la Convención, en febrero de 1995, ha ejecutado a dos menores y ha condenado a muerte a más de veinte.




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El aislamiento cada vez más agudo de Estados Unidos respecto a esta cuestión quedó subrayado por una decisión tomada en 1997 por China, el país con la cifra anual de ejecuciones más elevada del mundo. Hasta esa fecha, el Código Penal de China disponía que podía aplicarse la pena de muerte, con una suspensión de la ejecución durante dos años, a menores de entre 16 y 18 años. En 1996, el Comité de los Derechos del Niño, el órgano que supervisa el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño, había dictaminado que esta práctica era incompatible con las disposiciones de la Convención, ratificada por China en 1992. En marzo de 1997, las autoridades chinas enmendaron su Código Penal para abolir la pena de muerte para los delincuentes que tuvieran menos de 18 años en el momento de cometer el delito.






Ha quedado acordado: 18 es la edad mínima para ser condenado a muerte


Los menores y la pena de muerte


Tenía 16 años cuando sucedió... Fue la última vez que pude tocar a mi hermano, y lo único que pude hacer fue rozarle la espalda mientras estaba allí sentado, durante el juicio... Yo comparecía como testigo para declarar sobre su carácter durante la vista para dictar sentencia... Probablemente no podré volver a tocar a mi hermano antes de que sea ejecutado... Ya han pasado casi doce años, y ahora empiezo a ser consciente... He empezado a tener pesadillas... Me despierto llorando porque sueño con su ejecución... Todos los meses pago una cantidad para su entierro y su funeral y, la verdad, resulta nauseabundo y muy deprimente...


Felicia Draughon, entrevistada por Amnistía Internacional en Dallas, en junio de 1998. Tenía 16 años cuando declaró para que se le perdonara la vida a su hermano Martin. Éste permanece en espera de ser ejecutado en Texas.


La edad mínima de 18 años en el momento de cometer el delito para ser condenado a muerte quedó establecida hace medio siglo. El artículo 68 del Cuarto Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra, dispone que «...En ningún caso podrá dictarse sentencia de muerte contra una persona protegida cuya edad sea de menos de dieciocho años cuando cometa la infracción». Al ratificar este Convenio, en 1955, Estados Unidos no manifestó ninguna reserva a ese párrafo concreto. Eso significa que hace más de cuatro décadas que este país acordó que, en caso de guerra o de conflicto armado de otro tipo en que pudiera verse implicado, protegería frente a la pena de muerte a todos los civiles menores de los países ocupados. Esa misma protección es la que niega a sus propios menores en tiempos de paz.


Desde 1949, han entrado en vigor el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre los Derechos del Niño y otros instrumentos regionales e internacionales de derechos humanos que establecen los 18 años como la edad mínima para que una persona pueda ser condenada a muerte.(18) En 1987, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos declaró que Estados Unidos había violado el artículo 1 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre al ejecutar a dos menores, James Terry Roach y Jay Pinkerton.(19) La Comisión hizo referencia al principio emergente del derecho internacional consuetudinario que prohibía este tipo de ejecuciones. Durante los once años transcurridos desde esta resolución de la Comisión, Estados Unidos ha ejecutado a otros ocho menores, a pesar de que ese principio «emergente» del derecho internacional consuetudinario se ha visto aún más reforzado gracias al reconocimiento casi mundial del artículo 37.a de la Convención sobre los Derechos del Niño.


Si un país adopta un enfoque selectivo de sus obligaciones internacionales de derechos humanos, sólo conseguirá minar el respeto por el sistema en su conjunto y disminuir la posibilidad de que haya derechos para todos. El hecho de que Estados Unidos condene a muerte y ejecute a menores en contra de lo dispuesto por las leyes internacionales es una cuestión que despierta una honda preocupación en todos aquellos que, tanto dentro como fuera del país, desean que se realicen progresos en materia de derechos humanos.


UNA FIJACIÓN INDECENTE HACIA «LO OBSOLETO»


... existe una edad por debajo de la cual los delitos de un menor no pueden jamás ser castigados constitucionalmente con la muerte... nuestros precedentes nos exigen determinar esa edad teniendo en cuenta las «normas emergentes de decencia que marcan el progreso de una sociedad en proceso de maduración».


Juez Sandra Day O'Connor, Corte Suprema de los Estados Unidos(20)



En vez de reconocer, como debieran, la primacía de las leyes internacionales, las autoridades estadounidenses siguen volviéndose hacia su Corte Suprema de Justicia, como intérprete de la Constitución, para que establezca una edad mínima por debajo de la cual ningún habitante de Estados Unidos pueda ser condenado a la pena de muerte. La Corte ha establecido dicha edad basándose en la Octava Enmienda de la Constitución, que prohíbe la utilización de «penas crueles e insólitas».


La Octava Enmienda se añadió a la Constitución de Estados Unidos en 1791. En 1910, la Corte Suprema declaró que se trataba de una enmienda «progresiva que no se limita a prohibir las penas crueles e insólitas conocidas en 1689 y 1787, sino que puede adquirir un significado más amplio a medida que la opinión pública se va viendo ilustrada por una justicia humana».(21) En 1958, la Corte abordó de nuevo esta cuestión al afirmar que la definición de «penas crueles e insólitas» no estaba fijada de una forma permanente, sino que obtenía su significado de las «normas emergentes de decencia que marcan el progreso de una sociedad en proceso de maduración». En 1998, la opinión que la Corte tiene sobre la «decencia» es tal que sigue permitiendo a las autoridades estadounidenses condenar a muerte y ejecutar a menores, en contra de lo dispuesto por las leyes internacionales.



Los menores y la pena de muerte


Respecto a la afirmación de que hay que buscar justicia para los familiares de las víctimas, yo digo que ninguna muerte por represalia podrá compensar el inestimable valor de la vida de mi hija, ni la traerá de nuevo a mis brazos. El decir que la muerte de cualquier persona es una retribución justa constituye un insulto hacia el inconmensurable valor de nuestros seres queridos. No podemos poner precio a sus vidas.


Marietta Jaeger, 1997, cuya hija de siete años fue secuestrada, violada y asesinada. Marietta Jaeger es miembro de Familias de las Víctimas de Asesinato por la Reconciliación, una organización estadounidense compuesta por familiares de víctimas de asesinato que hacen campaña en contra de la pena de muerte.

La Corte pronunció su fallo en 1989,


cuando cinco de los nueve jueces que la componían votaron que la ejecución de delincuentes que tuvieran 16 o 17 años en el momento de cometer el delito no violaba la Octava Enmienda.(22) El juez Antonin Scalia, designado por el presidente Ronald Reagan dieciocho meses antes, escribió que la opinión mayoritaria era que la sociedad estadounidense no había alcanzado un consenso respecto a que la ejecución de los delincuentes de esa edad constituyera una pena cruel e insólita. Subrayó que los cinco jueces habían tomado su decisión tras estudiar el concepto estadounidense de decencia —no la práctica de otros países— para determinar cuáles eran las «normas emergentes de decencia». Los cinco decidieron que la imposición de la pena de muerte a jóvenes de 16 o 17 años era aceptable para la sociedad estadounidense porque no sólo había diversos estados cuyas leyes la permitían, sino que también había jurados y fiscales que aplicaban esas leyes.


Amnistía Internacional considera que la Corte obró mal al basarse en esa «prueba objetiva» para fijar una norma del derecho constitucional y al hacer caso omiso de las «normas de decencia» universales reflejadas en los instrumentos internacionales de derechos humanos, ya que, al basar su decisión en los motivos en los que la basó, la Corte dio por sentado que la sociedad estaba plenamente informada respecto a la pena de muerte y que el sistema de aplicación de dicha pena representaba plenamente la opinión de una sociedad en la que las decisiones tomadas por los legisladores, los fiscales y los jurados no estaban influidas por los prejuicios ni por la política. Sin embargo, lo cierto es que la pena de muerte en Estados Unidos es hoy día, al igual que lo era en 1989, una pena politizada que se emplea desproporcionadamente contra las minorías raciales y étnicas y contra las personas sin recursos económicos; además, el debate sobre su utilización tiene lugar en un ambiente de opinión sumamente exaltado, en el que grandes sectores de la sociedad están mal informados sobre su eficacia y sus alternativas o sobre las obligaciones internacionales contraídas por su país. En el caso de los menores, muchos de ellos han sido condenados a muerte por jurados que no estaban en situación de considerar debidamente los factores atenuantes de la edad y los antecedentes de los acusados. Por otra parte, la Corte Suprema no tuvo en cuenta el hecho de que hay una mayoría de estados que no permiten la imposición de la pena de muerte a jóvenes que tuvieran menos de 18 años en el momento de cometer el delito. Todos estos factores hacen que la resolución de la Corte sea tan poco fiable como si se hubiera basado en una encuesta entre la opinión pública, un método que la propia Corte había descartado anteriormente por considerarlo «una base demasiado incierta» para cuestiones de derecho constitucional.


Los menores y la pena de muerte


Jose Martinez High fue condenado a muerte en 1978 en Georgia por su participación en el secuestro de un hombre y su hijastro de 11 años y por el asesinato del niño. Mientras se dirigían al lugar del asesinato, Jose Martinez High preguntó una y otra vez al niño: «¿Estás preparado para morir? ¿Quieres morir? Bueno, pues vas a morir». Los secuestradores hicieron tumbarse a los dos cautivos boca abajo en el suelo y les dispararon en la cabeza. El padrastro sobrevivió.

Durante la vista de apelación, la Corte Suprema de Georgia concluyó que «los graves abusos psicológicos a los que el apelante sometió a la víctima antes de matarla, especialmente teniendo en cuenta la corta edad de la víctima... respaldan más allá de una duda razonable la conclusión del jurado de que el apelante cometió un acto de tortura y actuó con depravación... No cabe duda de que este secuestro y asesinato pertenecen a la categoría condenada universalmente por las sociedades civilizadas...»

Nadie pone en duda que el crimen fue atroz. Lo que se pone en duda es la pena impuesta. Durante los últimos veinte años, el estado de Georgia ha sometido a Jose Martinez High a una versión prolongada de la crueldad psicológica por la que lo condenó a morir. Tal como escribió el juez Brenan, de la Corte Suprema de Estados Unidos, en Furman contra Georgia en 1972: «sabemos que el dolor mental es una parte inseparable de nuestra práctica de condenar a los criminales a muerte, pues la perspectiva de la ejecución constituye una carga aterradora durante el período inevitablemente largo que transcurre desde que se dicta sentencia hasta que se lleva a cabo la ejecución».

La ejecución de menores es algo casi «universalmente condenado» fuera de los Estados Unidos. Sin embargo, las autoridades de Georgia siguen planeando ejecutar a Jose Martinez High por un delito que cometió cuando tenía 17 años. Parecen tener la firme creencia de que este castigo servirá de ejemplo para los delitos cometidos por menores. En agosto de 1998, un fiscal de distrito de Georgia declaró que iba a pedir la pena de muerte para Santana Cicero Perkinson, un joven de 17 años acusado del secuestro y asesinato, cometidos ese mismo año, de un muchacho de 16.


Un año antes, en Thompson contra Oklahoma, la Corte Suprema había decidido, por cinco votos a favor y cuatro en contra, que la ejecución del apelante, que tenía 15 años cuando cometió el delito, era inconstitucional. Sin embargo, sólo cuatro de los jueces consideraron que la ejecución de un delincuente de esa edad era cruel e insólita en todos los casos. Un quinto magistrado, la juez O'Connor, estuvo de acuerdo en anular la condena a muerte de William Wayne Thompson, pero sólo porque el estatuto de pena de muerte de Oklahoma no establecía ningún límite de edad por debajo del cual no se pudiera imponer la pena de muerte. Esta juez consideró que la condena a muerte de un joven de 15 años en virtud de este tipo de estatuto no cumplía las normas relativas a la atención y la deliberación especiales requeridas en todos los casos de pena capital.


La consecuencia de esta resolución marginal es que, actualmente, es inconstitucional ejecutar a jóvenes que tuvieran 15 años o menos cuando cometieron el delito en aquellos estados cuyo estatuto de pena de muerte no especifique una edad mínima. Desde 1988, varios tribunales de Alabama, Luisiana e Indiana han dictaminado que una ejecución de ese tipo violaría la resolución Thompson. Sin embargo, no resulta inconcebible que un estado pueda aprobar una ley que especifique una edad mínima inferior a 16 años para que un acusado pueda ser condenado a muerte. Si posteriormente los tribunales de apelación de ese estado confirmaran una condena a muerte dictada contra un joven que tuviera menos de 16 años en el momento de cometer el delito, podría plantearse de nuevo ante la Corte Suprema de los Estados Unidos la cuestión de si es constitucional ejecutar a un delincuente de esa edad.


En 1996, la Comisión Internacional de Juristas presentó un informe sobre la pena de muerte en Estados Unidos.(23) En él subrayaba que la ratificación por parte de Estados Unidos de tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos supone un hito importante en el progreso de una sociedad estadounidense en proceso de maduración y significa que las autoridades estadounidenses ya no deben limitar su definición de «normas de decencia» a los criterios y la opinión nacionales. En lugar de eso, deben tener en cuenta las normas mundiales, tal como disponen los instrumentos internacionales de derechos humanos.


Los derechos humanos no tienen fronteras. La Declaración Universal de Derechos Humanos expuso la dimensión universal de humanidad al reconocer que «la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana». Cincuenta años después, ha llegado el momento de que Estados Unidos someta a revisión cuáles son las «normas de decencia» vigentes hoy día y redefina la prohibición expuesta en la Octava Enmienda de utilizar «penas crueles e insólitas» para adaptarla a las normas internacionales. Han transcurrido casi noventa años desde que la Corte Suprema de Estados Unidos declaró que esa Enmienda no estaba «ligada a lo obsoleto» sino que podía «adquirir un significado más amplio a medida que la opinión pública se va viendo ilustrada».(24) Y han transcurrido cuarenta años desde que la Corte resolvió que «si queremos dar al término "insólito" un significado independiente del término "cruel"... ese significado debe ser el habitual, es decir, algo que es diferente de lo que se hace normalmente».(25) A finales de los años noventa, el uso de la pena de muerte contra menores es tan insólitoque casi no se conoce fuera de los Estados Unidos, y su crueldadcontra cualquier persona es innegable.

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Ya es hora de que los dirigentes políticos estadounidenses se liberen de «lo obsoleto» y, como primer paso hacia la abolición total, prohíban el uso de la pena de muerte contra todos los menores, según definen este término las normas internacionales.


¿REGRESO AL FUTURO?


Suficientemente mayores para matar, suficientemente mayores para morir


Lema en favor de la pena de muerte para menores, Estados Unidos, hacia 1940


Crimen de adulto, pena de adulto


Lema en favor de penas más severas para los menores, California, 1998




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El 16 de junio de 1944, George Junius Stinney fue ejecutado en Carolina del Sur. Tenía 14 años: el preso más joven ajusticiado en Estados Unidos en lo que va de siglo. Más de cincuenta años después, algunos políticos y fiscales estadounidenses piden que se vuelva a aplicar la pena de muerte a delincuentes de 14 años e incluso menos. Con su petición, parecen decir que las «normas de decencia» de Estados Unidos a este respecto pueden retroceder hacia el pasado y alejarse aún más de la tendencia mundial.


En 1996, más de cien años después de que Nuevo México ejecutara por última vez a un menor, el gobernador de este estado declaró en una conferencia de prensa que estaba a favor de aplicar la pena de muerte a niños de incluso 13 años. El gobernador de California, por su parte, ha manifestado su apoyo personal a la imposición de la pena de muerte contra niños de 14 años y, en 1997, un fiscal de distrito de Los Ángeles afirmó que estaba a favor de condenar a muerte a niños, «sin importar su edad».(26) La última ejecución de un menor en California tuvo lugar en 1923. A mediados de 1998, un miembro de la Cámara de Representantes de Texas propuso introducir una ley que permitiera condenar a muerte a niños de 11 años que cometieran un asesinato. La propuesta fue archivada, pero no está claro si se retomará en el futuro.


Diez años después de que la Corte Suprema, al decidir que Oklahoma no podía ejecutar a William Wayne Thompson por un crimen que cometió a los 15 años, estableciera la edad mínima para ser condenado a muerte en Estados Unidos, los fiscales de ese estado siguen aún intentando minar aquella decisión. A finales de 1996, un fiscal de distrito trató de conseguir una condena a muerte en el nuevo juicio contra Adriel Simpson, que tenía 15 años y tres meses cuando cometió el delito. El fiscal afirmó que las «normas emergentes de decencia» de Oklahoma han cambiado desde la causa de Thompson contra Oklahomay alegó que ese cambio queda demostrado por la enmienda introducida en 1995 en las leyes estatales que permite a los fiscales acusar a niños de 13, 14 o 15 años de asesinato en primer grado y juzgarlos como adultos, sin que tengan que pasar primero por un tribunal de menores, como sucedía en

Los menores y la pena de muerte


Seis meses después, un adolescente de una escuela superior local fue a la policía y dijo: «sé quién lo hizo», así que atraparon al culpable. Era un chico que vivía a unos cuantos bloques; tenía 16 años cuando lo hizo... Así que no podían pedir para él la pena de muerte porque Illinois, al contrario que otros estados, no permite la ejecución de menores...


Cuando lo declararon culpable y lo condenaron, lo primero que [la prensa] me preguntó fue: «¿no está decepcionada porque no lo hayan condenado a muerte?» Aquello me dejó atónita; fue la primera vez que hablé públicamente contra la pena de muerte después del asesinato de mi hermana. Dije: «no». Ella amaba la vida, creía en ella, la valoraba... jamás habría deseado que su tributo fuera la muerte de otro ser humano, que la manera de honrar su vida fuera un nuevo derramamiento de sangre.


Aparte de eso, realmente no soy capaz de infligir ni a mi peor enemigo el dolor que él nos infligió... No me imagino diciendo: «su hijo arrebató la vida a mi hermana» —él tenía un hermano y una hermana, dos jóvenes totalmente normales— «así que ahora, en venganza, yo voy a arrebatar la vida de su hijo o su hermano». No sé qué finalidad puede tener eso, excepto ampliar aún más el círculo de dolor para incluirlos a ellos.


Además, no quiero tener nada en común con él. Pienso en la frialdad que tuvo que tener para cometer los asesinatos y me parece la misma falta de piedad que se demuestra al ejecutar a una persona, al decirle: «tal día, a tal hora, vamos a poner fin a tu vida, vamos a atarte a una mesa, a inyectarte veneno en las venas y a matarte».


Jeanne Bishop, entrevistada por Amnistía Internacional en Chicago el 29 de mayo de 1998. La hermana de Jeanne Bishop, Nancy, de 25 años y embarazada, y su esposo Richard fueron hechos prisioneros y asesinados en el sótano de su casa en abril de 1990 por un joven de 16 años.

1988. En enero de 1997, la Corte de Apelaciones en lo Penal del estado intervino e impidió que el fiscal pidiera la pena de muerte; finalmente, Adriel Simpson fue condenado a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional (lo cual constituye una violación del artículo 73.a de la Convención sobre los Derechos del Niño). Tras la resolución de la Corte de Apelaciones, en febrero de 1997 la Fiscalía del Distrito retiró su petición de pena de muerte contra otro joven de 15 años. No obstante, en agosto de 1998, según los informes, un fiscal de la misma Fiscalía del Distrito declaró que iba a «investigar la jurisprudencia» para determinar si podía pedir la pena de muerte contra Dylan Shanks, de 15 años, acusado de tres asesinatos cometidos el 7 de agosto.


No es probable que un tribunal estatal o federal permita que un delincuente que tuviera menos de 16 años en el momento de cometer el delito sea condenado a muerte o ejecutado, y eso sugiere que las autoridades que hemos citado en los párrafos anteriores están ejerciendo una cierta demagogia. Su intento de atraer al sector más punitivo del electorado estadounidense se ha convertido en una herramienta política que pone de manifiesto la ausencia de un debate documentado sobre la realidad de la pena de muerte y las alternativas existentes. Mientras los políticos compiten entre sí para demostrar quién es más duro con la delincuencia, están dejando sin satisfacer la necesidad de la sociedad de hallar soluciones constructivas al problema.


Otros políticos han tratado de reducir la edad a la que un delincuente puede ser condenado a muerte, pero manteniéndose dentro de la banda de entre 16 y 18 años permitida por la Corte Suprema. En 1997, varios congresistas de Washington DC presentaron, dentro de un grupo más amplio de medidas legislativas relacionadas con el sistema judicial de menores, una propuesta para reducir de 18 a 16 años la edad mínima en virtud de las leyes federales de pena de muerte. La propuesta fue archivada tras la oposición manifestada por las organizaciones de derechos humanos, pero podría retomarse en cualquier momento. Por otra parte, en una conferencia de prensa celebrada en la ciudad de Nueva York en julio de 1998, tras la muerte en un hospital de un agente de policía que había resultado herido por los disparos presuntamente efectuados unos días antes por un joven de 17 años, el alcalde de la ciudad pidió que se introdujeran leyes más severas para juzgar a los menores. Según dijo, en algunos casos resultaría «adecuado» que los asesinos de 17 años pudieran ser condenados a muerte. Actualmente, la edad mínima para ser condenado a esta pena en Nueva York es de 18 años. Y en 1996, el Comité Judicial de la Cámara de Representantes del Estado de Georgia dio su aprobación a un proyecto de ley que reducía de 17 a 16 años la edad mínima para poder ser condenado a muerte. Como parte de sus deliberaciones, el Comité escuchó el testimonio de un hombre cuyo hijo había muerto a manos de un muchacho de 16 años dos meses antes. En su emotivo testimonio, el atribulado padre afirmó que si el acusado era «lo bastante hombre para matar, debía ser lo bastante hombre para recibir su castigo». Al dar su aprobación al proyecto de ley y pasarlo al pleno de la asamblea legislativa, el Comité fomentó el mito de que la pena de muerte puede aliviar el dolor de aquellos cuyos seres queridos han sido asesinados, y de que es un método eficaz de disuasión frente a los delitos violentos cometidos por menores. La asamblea legislativa no aprobó este proyecto, por lo que no llegó a convertirse en ley definitiva.


En 1994, la Corte Suprema de Florida anuló la condena a muerte de Jerome Allen y afirmó que la prohibición estatal de utilizar penas crueles o insólitas prohíbe la ejecución de un delincuente que tuviera 15 años en el momento del delito.(27) Antes de esa resolución, los legisladores de Florida estaban debatiendo un proyecto de ley que permitiera condenar a muerte a jóvenes de 14 años y, a finales de 1993, un fiscal del estado había planeado pedir la pena de muerte para cuatro muchachos de 13, 14 y 16 años de edad.(28) En septiembre de 1998, tras haber estudiado la apelación presentada por el condenado a muerte Keith Brennan, la Corte debía decidir si, en virtud de la constitución de Florida, era aceptable ejecutar a un preso por un delito cometido a los 16 años. Durante la vista de apelación, el fiscal general adjunto alegó que, puesto que la pena de muerte ya se había utilizado anteriormente contra delincuentes de 16 años en Florida, eso quería decir que la sociedad respaldaba la ejecución de los condenados de esa edad. Aparte de Keith Brennan, en los años noventa han sido condenados a muerte en Florida otros tres jóvenes de 16 años, a dos de los cuales se les ha anulado la condena desde entonces. Florida no ha ejecutado a ningún preso por delitos cometidos a los 16 años desde 1954.


Incluso en las jurisdicciones abolicionistas, algunos dirigentes políticos se han manifestado a favor de la pena de muerte para menores. Por ejemplo, en una conferencia de prensa celebrada ante un centro de detención de menores de Rhode Island en agosto de 1998, uno de los candidatos a la Fiscalía General del estado declaró que el caso de dos muchachos de Arkansas, declarados culpables recientemente de un asesinato cometido cuando tenían 11 y 13 años, era el tipo de caso en el que él podría recomendar la pena de muerte. Tras las críticas que sus contrincantes en la campaña le dirigieron a causa de estas declaraciones, publicó un comunicado de prensa para «aclarar» su postura y afirmar que, en realidad, él no «apoyaba» la pena capital para menores, que únicamente pensaba que un caso de un joven de 17 años que cometa un crimen atroz «merece que se considere la pena capital». Rhode Island llevó a cabo su última ejecución en 1845, y nunca ha ejecutado a un menor.


Muchas de estas peticiones para que se reduzca la edad a la que un joven puede ser condenado a muerte surgen como respuesta a crímenes cometidos por menores que reciben una gran publicidad, como la oleada de tiroteos ocurridos en las escuelas de Estados Unidos entre octubre de 1997 y mayo de 1998. Durante ese período, once alumnos y un maestro murieron a manos de niños de entre 11 y 17 años en Misisipi, Kentucky, Arkansas y Oregón. En Misisipi, el Proyecto de Ley del Senado 2868 se aprobó y entró en vigor a mediados de 1998, a raíz de la muerte de un alumno de una escuela del estado durante un tiroteo en 1997. Aunque ese proyecto de ley no reduce la edad para ser condenado a muerte por debajo de los 16 años, sí amplía el número de delitos punibles con la muerte para incluir el «asesinato perpetrado en un centro educativo».


En general, la presión para que se aplique la pena de muerte a acusados cada vez más jóvenes forma parte del alejamiento del objetivo de la rehabilitación de los menores y de la aproximación a un enfoque más punitivo. La pena de muerte es el punto extremo de lo que se está convirtiendo en una práctica generalizada de imponer a los menores penas más severas, como la cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional, que constituye en sí misma una violación de la Convención sobre los Derechos del Niño. En California, por ejemplo, la edad mínima para ser condenado a muerte sigue siendo de 18 años, a pesar de que el gobernador ha respaldado su imposición a jóvenes de incluso 14 años. Sin embargo, en agosto de 1998 había en las prisiones de ese mismo estado 14 individuos que cumplían cadenas perpetuas sin posibilidad de libertad condicional por delitos cometidos cuando tenían 16 o 17 años. Con esas penas, al igual que con la pena de muerte, el estado parece estar indicando que esos menores están más allá de toda redención.

¿POR QUÉ HAY QUE PROTEGER A LOS NIÑOS QUE COMETEN DELITOS VIOLENTOS PROPIOS DE UN ADULTO?


No debemos castigar a nuestros niños con la ejecución. Los calificamos de adultos, pero no lo son. Son niños... y nosotros no matamos a nuestros niños.

Beth Davis, abogada de Misuri, agosto de 1998


La abogada defensora Beth Davis pedía que se perdonara la vida a DeShun Washington durante su vista para fijar sentencia, celebrada en Misuri el 31 de agosto de 1998. El jurado lo había declarado culpable de asesinato en primer grado dos días antes. DeShun Washington tenía 16 años en el momento de cometer el delito.


Hace treinta y cinco años, el juez Frankfurter de la Corte Suprema declaró que «los niños ocupan en la vida un lugar muy especial que la ley debe reflejar».(29) Hoy día, esta verdad universal ha quedado reflejada en la aceptación casi mundial del principio que dispone que los menores deben ser excluidos de la pena de muerte. Resulta imposible satisfacer la necesidad de tener en cuenta «el interés superior del niño», manifestada en el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, si se condena a muerte o se ejecuta a los menores.(30)


Dentro de Estados Unidos, al igual que en el resto del mundo, existe un reconocimiento generalizado, que viene ya de antiguo, del hecho de que los niños son diferentes ante la ley. Por ejemplo, una Comisión Presidencial que presentó un informe sobre la delincuencia juvenil en los años setenta observó que «los delitos cometidos por menores pueden tener efectos tan perniciosos para las víctimas como los cometidos por adultos, pero merecen una pena menor porque los adolescentes tienen menos capacidad que los adultos para controlar su conducta y para pensar a largo plazo. Además, no se puede culpar exclusivamente al delincuente de los delitos cometidos por menores; ese tipo de delitos representan también un fracaso del sistema familiar, escolar y social, que comparten la responsabilidad del desarrollo de la juventud estadounidense».(31) Como media, a Estados Unidos le cuesta unos dos millones y medio de dólares procesar, mantener recluido en el pabellón de los condenados a muerte y ejecutar a un solo individuo. No cabe duda de que ese dinero, por no hablar de la energía humana empleada en el proceso, estaría mejor aprovechado si se dedicara a realizar un esfuerzo preventivo para remediar el tipo de fracaso citado por la Comisión.


A principios de los años ochenta, la Sección de Justicia Penal del Colegio Estadounidense de Abogados llevó a cabo un estudio de dos años que concluyó que la pena de muerte no era un castigo adecuado para los menores y que «no debe tolerarse el espectáculo que ofrece nuestra sociedad al buscar venganza legal a través de la ejecución de un niño...». En 1983, el Colegio de Abogados adoptó una resolución en la que se oponía a «la imposición de la pena capital a cualquier persona por un delito cometido cuando era menor de 18 años de edad». Esa fue la primera vez que el Colegio de Abogados adoptó una postura respecto a cualquier aspecto de la pena de muerte. En 1997, el Colegio reiteró su oposición absoluta a la ejecución de menores cuando pidió que se suspendiera la pena de muerte en Estados Unidos.


En Thompson contra Oklahoma, una causa de 1988, la Corte Suprema de Estados Unidos dictaminó que «la juventud es algo más que un dato cronológico. Es un momento de la vida y una situación en los que una persona puede ser sumamente susceptible a la influencia y al daño psicológico». En 1993, la Corte señaló el objetivo general de la rehabilitación de los menores que cometen delitos, y declaró que «los rasgos característicos de la juventud son transitorios; a medida que los individuos maduran, la impetuosidad y la imprudencia que a veces predominan durante los años jóvenes pueden disminuir».(32) La Corte describió los aspectos atenuantes exclusivos de la juventud: «Es más frecuente encontrar en los jóvenes una falta de madurez y de sentido de la responsabilidad que en los adultos, y esos defectos son más comprensibles en un joven. Muchas veces, esos rasgos dan como resultado actos y decisiones impetuosos y poco meditados.

Los menores y la pena de muerte


En 1946, tras seis penosos días bajo custodia policial, a William Heirens, estudiante de Chicago de 17 años de edad, le ofrecieron dos opciones: confesarse culpable de tres asesinatos cometidos cuando tenía 16 y 17 años, o enfrentarse a un juicio en el que se pediría la pena capital. Sus abogados le advirtieron de que la publicidad adversa e inflamatoria aparecida en los medios de comunicación de Chicago, enzarzados en una guerra por vender más ejemplares, había puesto en peligro sus perspectivas de recibir un juicio justo. La amenaza de la silla eléctrica pendía de forma muy real sobre este adolescente mientras aumentaba la presión sobre la policía y los políticos para que se dictara una condena. Decidió confesar y declararse culpable, con lo que evitaba el juicio y la posibilidad de ser condenado a muerte. El 6 de septiembre de 1946 fue condenado a tres cadenas perpetuas consecutivas.

William Heirens, que en noviembre de 1998 tendrá 70 años de edad, sigue en prisión. Durante el último medio siglo se convirtió en el primer recluso de Illinois que obtuvo un título universitario. Gracias a sus esfuerzos, se introdujeron importantes mejoras en los sistemas educativo y de bibliotecas de las prisiones del estado. Trabajó como secretario del capellán de la prisión, cargo que ha ocupado hasta hace poco. Con los años, se ha convertido en un consumado artista de la acuarela. Un destacado psiquiatra ha declarado que «lo midamos como lo midamos, está rehabilitado».

Han surgido serias dudas sobre la culpabilidad de William Heirens. Él siempre ha mantenido su inocencia, y ha afirmado que se declaró culpable en 1946 para salvar la vida. Sin embargo, hay un hecho irrefutable: su duro esfuerzo por mejorar durante su estancia en prisión y su contribución a las vidas de los demás reclusos no habrían sido posibles si lo hubieran ejecutado.

El objetivo de la rehabilitación de los menores que cometen delitos es una de las razones por las que el mundo ha acordado poner fin a sus ejecuciones. Además, hay muchos que opinan que el peligro de ejecutar a un inocente es razón suficiente para eliminar por completo la pena de muerte.

El responsable de dictar sentencia en un caso de pena capital debe poder tener en cuenta las características atenuantes de la juventud en el transcurso de sus deliberaciones sobre cuál es la sentencia adecuada». Sin embargo, no todos los jurados de los casos de pena capital han estado en situación de tomar en plena consideración la juventud del acusado como factor atenuante, a causa de las instrucciones inadecuadas o ineficaces de los fiscales o los abogados defensores.


La Corte Suprema ha subrayado que, en el momento de dictar sentencia, además de la edad debe tenerse en cuenta si el acusado ha vivido una infancia de privaciones y abusos: «...al igual que la edad cronológica de un menor constituye en sí misma un factor atenuante de gran peso, en el momento de dictar sentencia debe prestarse plena consideración a los antecedentes de los menores acusados y a su desarrollo mental y emocional».(33) Este principio no se ha respetado de forma universal en los juicios en los que se pedía la pena capital. En 1991, Amnistía Internacional estudió los casos de 23 menores condenados a muerte y descubrió que la mayoría procedían de entornos sumamente deprimidos; más de la mitad habían sufrido graves abusos físicos o sexuales; se sabía que diez de ellos consumían regularmente drogas o alcohol desde muy corta edad; en muchos casos, los padres tenían un historial de alcoholismo, enfermedad mental o consumo de drogas; al menos 14 de los condenados sufrían enfermedades mentales o lesiones cerebrales; y la mayoría tenían un coeficiente intelectual inferior a la media.(34) Las investigaciones posteriores realizadas por la organización siguen indicando que muchos delincuentes condenados a muerte, tanto menores como adultos, han sufrido infancias de privaciones o abusos. Sin embargo, hay más probabilidades de corregir el comportamiento de un menor que el de un adulto: «Un individuo de 30 años lleva ya diez años fuera del hogar paterno. Ha tenido tiempo de forjarse una nueva vida. Por el contrario, la mayoría de los delincuentes menores de edad siguen viviendo en casa de sus padres. El daño emocional o mental que les han causado aún está muy cercano».(35)


Está ampliamente aceptado que los presuntos objetivos de represalia o disuasión de la pena de muerte son especialmente inaplicables en el caso de menores. En 1989, citando las conclusiones del informe de su Sección de Justicia Penal, el Colegio Estadounidense de Abogados declaró: «teniendo en cuenta las características asociadas a la niñez —impulsividad, falta de autocontrol, poca capacidad de juicio, sensación de ser invencible— el valor disuasorio de la pena de muerte impuesta a menores será muy escaso...».(36)




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En cuanto al objetivo de la represalia, que significa castigar el delito con una pena equivalente al crimen cometido, difícilmente se logrará dando muerte a alguien que puede no haber sido plenamente responsable de sus actos. En Thompson contra Oklahoma, la Corte Suprema de Estados Unidos declaró que «teniendo en cuenta el grado inferior de culpabilidad de los delincuentes menores de edad, la capacidad de crecimiento de los adolescentes y la obligación fiduciaria de la sociedad [de proteger] a sus niños» el objetivo de la represalia no puede aplicarse a la ejecución de delincuentes de 15 años. Sin embargo, la negativa de la Corte a aplicar esa misma decisión a los jóvenes de 16 y 17 años contraviene el principio de que el Estado debe asumir el papel de protector de todos los menores que habitan en su territorio. Los políticos que piden que se aplique la pena de muerte a delincuentes aún más jóvenes están presionando al Estado para que eluda todavía más su función protectora.


El 31 de agosto de 1998, en Misuri, el jurado decidió condenar a DeShun Washington a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional.



CASOS REPRESENTATIVOS


Mientras hay vida, hay esperanza - Paula Cooper, Indiana


El matarla a ella supondría duplicar el mal causado, y eso no arregla nada.


Bill Pelke, marzo de 1987


Han pasado ya más de doce años desde quePaula Cooper fue condenada a muerte por un asesinato que cometió cuando tenía 15 años. En 1989, la Corte Suprema de Indiana conmutó su condena de muerte por una pena de sesenta años de prisión, de la cual debe cumplir la mitad antes de poder solicitar la libertad condicional. Durante el tiempo transcurrido desde que, a los 16 años, fue condenada a muerte, Paula Cooper ha realizado importantes progresos en su camino hacia la rehabilitación. Se ha licenciado en la escuela secundaria por correspondencia y, por ese mismo medio, continúa sus estudios desde la prisión.


Paula Cooper cometió un crimen atroz: apuñaló con saña a Ruth Pelke, de 78 años de edad, en su casa. Una vez más, este es el tipo de delito que, según afirman muchos, está más allá de toda rehabilitación o perdón y para el cual la pena de muerte es la única respuesta posible. En principio, el nieto de Ruth Pelke, Bill Pelke, estaba a favor de la pena capital, pero más tarde se convenció de que su abuela no habría deseado que Paula Cooper fuera condenada a muerte, y se dio cuenta de que tampoco él lo deseaba. Comenzó a comunicarse con Paula Cooper por carta y, desde entonces, ambos han mantenido correspondencia. Bill Pelke ha visitado a Paula Cooper en prisión unas diez veces desde 1994.


Paula Cooper sufrió abusos cuando era niña. Su padre la golpeaba con el cinturón y con cables eléctricos, y las obligaba a ella y a su hermana mayor a contemplar cómo golpeaba y violaba a su madre. En cierta ocasión, su madre trató de suicidarse y matar a sus dos hijas. Paula Cooper pasó temporadas en hogares adoptivos y centros de acogida para menores. Ha afirmado que, si durante su infancia hubiera tenido cerca a alguien como Bill Pelke, jamás habría asesinado; por eso, su objetivo ahora es ayudar a otros menores para que no caigan en la delincuencia. Bill Pelke sigue pronunciándose contra la pena de muerte.


Perdido en tierra extraña - Azikiwe Kambule, Misisipi


En cierta ocasión hicimos campaña para que Nelson Mandela no fuera condenado a muerte en Sudáfrica. Hoy, aquí, en la tierra de la libertad y la cuna de los valientes, tenemos a un niño que puede ser condenado a muerte.


Dennis Brutus, ex preso político sudafricano, 1997(37)


Azikiwe Kambule abandonó su Sudáfrica natal en 1994, cuando su madre obtuvo una beca para estudiar en Misisipi. Él tenía 15 años. Al año siguiente, su propio país abolió la pena de muerte como parte

Los menores y la pena de muerte


«La vergüenza de América. ¿Sabían que Estados Unidos es el único país del mundo en el que se quema en la hoguera a seres humanos? A lo largo de cuatro años, entre 1918 y 1821, 28 personas fueron quemadas públicamente por turbas estadounidenses...»

Así comenzaba un anuncio de una página publicado en The New York Timesel 23 de noviembre de 1922 como parte de una campaña organizada por la Asociación Nacional para el Progreso de la Gente de Color para captar apoyos en el Senado de Estados Unidos en favor de una ley contra los linchamientos. Más de setenta y cinco años después, Estados Unidos puede convertirse en el único país del mundo que comete otra violación de derechos humanos: la ejecución de menores.

En su época, los responsables de los linchamientos se apoyaban en la opinión pública para justificar sus actos, y fue necesaria la oposición de la sociedad para prohibir por ley esta práctica. Lo mismo sucede con la pena de muerte. Al igual que los linchamientos, la pena capital en Estados Unidos tiene tras de sí una historia de racismo. En el caso de los menores, aproximadamente un 70 por ciento de los presos ejecutados entre 1642 y 1964 eran negros, y un 24 por ciento eran blancos. Casi el 90 por ciento habían sido condenados por delitos cuyas víctimas eran blancas.

Hoy día, al igual que la pena de muerte en general, la pena de muerte impuesta a menores no es tan abiertamente racista como lo fue en tiempos. Sin embargo, las minorías étnicas y raciales siguen constituyendo un grupo desproporcionadamente numeroso entre los menores en espera de ejecución, y la raza tanto del acusado como de la víctima sigue influyendo a la hora de decidir quién debe ser condenado a muerte.

David Baldus y George Woodworth, expertos en la relación entre la raza y la pena de muerte en Estados Unidos, han escrito: «Muchos ciudadanos consideran insensible e impropio, cuando no inmoral, que un país con un historial de esclavitud y discriminación racial como el nuestro siga utilizando una pena que es administrada y controlada casi exclusivamente por blancos y que no sólo no tiene ninguna función criminológica demostrada, sino que además tiene un impacto adverso y profundo, físico, psicológico y simbólico, en sus ciudadanos negros». (Acker, J.R: América’s Experiment with Capital Punishment, CAP, 1998).

de sus constantes esfuerzos por escapar de una historia de conflictos sociales y raciales. Un año después, Azi Kambule se enfrentaba a una posible pena de muerte en Estados Unidos.


Nacido y criado en el distrito segregado negro de Soweto, Azi Kambule perdió muchos días de clase cuando era niño a causa de los boicots escolares celebrados en protesta por el apartheid. Académicamente, encajó bien en su nueva escuela de Jackson, Misisipi, pero socialmente le resultó más difícil adaptarse. Sus compañeros se burlaban de su acento extranjero y de sus diferencias culturales. Se unió a un grupo de muchachos mayores que él que apenas asistían a la escuela.


El 25 de enero de 1996, Azi Kambule, que entonces tenía 17 años, se encontraba con Santonio Berry, de 21 años, cuando este último vio a Pam McGill, una asistenta social local de raza negra, en un automóvil deportivo. Azi Kambule ha declarado que Santonio Berry decidió robar el automóvil y, a punta de pistola, obligó a Pam McGill a sentarse en el asiento del pasajero; luego dijo a Azi Kambule que se sentara en el asiento de atrás. A continuación, llevó el vehículo hasta un bosque, ordenó a Azi Kambule que esperara, obligó a Pam McGill a adentrarse en el bosque y la mató de un disparo. Azi Kambule, que no tenía antecedentes penales ni de violencia, asegura que no sabía que Santonio Berry tenía intención de robar un automóvil o cometer un asesinato.


A medida que el caso fue avanzando, los dos fiscales demostraron hasta dónde estaban dispuestos a llegar para obtener una condena a muerte. Puesto que el delito se inició en el condado de Hinds, pero el asesinato en sí se cometió en el condado de Madison, el caso podría haber sido juzgado por el fiscal de distrito de cualquiera de los dos condados. Sin embargo, el fiscal de Hinds pidió que el juicio se celebrara en Madison porque «desde el principio, la familia [de la víctima] ha manifestado su deseo de que los acusados sean condenados a muerte, y la mejor manera de conseguirlo es enviar el caso a otro condado. Los jurados del condado de Hinds tienen fama de no votar en favor de la pena de muerte». El condado de Hinds cuenta con una gran proporción de residentes de raza negra, mientras que la población del de Madison es predominantemente blanca. El asesinato de Pam McGill había unido brevemente a ambas comunidades en su furia compartida contra los dos jóvenes negros. Sin embargo, a medida que se fue desvelando el papel desempeñado por Azi Kambule en el crimen, la simpatía de la comunidad negra hacia él fue en aumento.


Santonio Berry aceptó un trato propuesto por el fiscal de distrito del condado de Madison según el cual, si confesaba haber dado muerte a Pam McGill y accedía a testificar contra su compañero, sería condenado a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional. Azi Kambule se negó a aceptar un trato similar, afirmando que era inocente del delito de asesinato. El fiscal de distrito siguió presionando para que Azi Kambule fuera condenado a muerte a pesar de que el autor material del asesinato se había librado de la pena capital y a pesar de que el propio fiscal era consciente de que, al pedir que se condenara a muerte a un menor, estaba violando las normas internacionales. Esta última cuestión el fiscal la tenía muy clara gracias a los llamamientos nacionales e internacionales realizados al respecto, entre los que se encontraba uno del arzobispo Desmond Tutu, presidente de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación de Sudáfrica. En su llamamiento, el arzobispo citó la Convención sobre los Derechos del Niño y escribió: «Azikiwe debe ser juzgado por su participación en el asesinato y, si es declarado culpable, debe ser castigado; sin embargo, la sociedad no debe agravar el mal cometido, cosa que haría si viola los derechos que le amparan como menor. Le insto, como responsable de la justicia y el orden público, a fomentar una cultura de respeto por los derechos humanos...». El fiscal de distrito rechazó los llamamientos diciendo: «Son sólo una pandilla de fanáticos contra la pena de muerte con ganas de protestar... La pena de muerte es la única medida disuasoria con la que cuenta este país para poner fin a estos asesinatos sin sentido...». Sin embargo, no ofreció ninguna prueba que respaldara esta última afirmación.




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En junio de 1997, el juez dictaminó que la fiscalía no podía pedir la pena de muerte contra Azi Kambule cuando el autor material del asesinato había sido condenado a cadena perpetua. No obstante, el fiscal de distrito podría haber seguido adelante con el cargo de asesinato para conseguir una pena de cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional. Ante semejante posibilidad, y a cambio de que se retirara el cargo de asesinato, Azi Kambule accedió a declararse culpable de ayudar a robar a punta de pistola un automóvil y colaborar en el intento de venderlo. Fue condenado a la pena máxima: treinta y cinco años de prisión sin posibilidad de libertad condicional.


Azi Kambule permanece recluido en el Centro Correccional de Woodville, una nueva prisión perteneciente a la Corporación de Prisiones de Estados Unidos. Mientras aguardaba a que se celebrara su juicio, obtuvo su licenciatura en la escuela superior por correspondencia. Sus padres, de vuelta en Sudáfrica, están intentando que se le permita estudiar una carrera universitaria por correspondencia pero, en agosto de 1998, aún no habían recibido ninguna respuesta de las autoridades penitenciarias.


El propio país de Azi Kambule sigue haciendo frente a un serio problema de delincuencia, pero su gobierno se resiste a las peticiones reaccionarias de que se reanuden las ejecuciones. En junio de 1998, el vicepresidente Thabo Mbeki declaró: «Creemos que la pena de muerte es una equivocación que sólo serviría para consolidar una cultura de barbarie en esta región. Estoy casi seguro de que el gobierno no va a convertirse en un asesino oficial». Tras un atentado con explosivos perpetrado en agosto de 1998 contra el restaurante Planet Hollywood, de propietarios estadounidenses, en Ciudad del Cabo, el presidente Mandela rechazó las peticiones de que se aplicara la pena de muerte, afirmando que nunca se había demostrado que ésta tuviera un efecto disuasorio y que «ese tipo de venganza no nos ayuda en nada, el hecho de matar a unas personas sólo porque ellas han matado a otras».


¿Culpable a toda costa? - Shareef Cousin, Luisiana


Estar aquí sentado a la sombra de la muerte, rodeado de muerte por todos lados, es espantoso... Casi todos los días pienso en el suicidio, pero me da demasiado miedo morir.


Shareef Cousin, 1997(38)




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El 2 de marzo de 1995, al anochecer, Michael Gerardi y Connie Babin salieron de un restaurante en Nueva Orleans. Cuando caminaban hacia su automóvil se dieron cuenta de que tres jóvenes los estaban observando; uno de ellos se dirigió amenazador hacia Michael Gerardi. Mientras corría hacia el restaurante para pedir ayuda, Connie Babin miró hacia atrás y vio al agresor disparar su arma directamente contra el rostro de Gerardi.


Tres semanas después, Shareef Cousin, de 16 años de edad, fue detenido y acusado del asesinato de Michael Gerardi. Desde el momento de su detención mantuvo que era inocente. Durante la selección del jurado para su juicio, en enero de 1996, la acusación descartó a todos los posibles miembros cuya «simpatía» hacia un muchacho de 16 años pudiera disminuir su decisión de dictar una condena de muerte.


La fiscalía basó su acusación en la descripción del asesinato ofrecida por Connie Babin. Ésta repitió una y otra vez al jurado que estaba completamente segura de que Shareef Cousin era el asesino. La defensa puso en duda la fiabilidad de su testimonio, y mostró un informe policial de la noche del incidente según el cual Connie Babin había declarado que «no había visto bien a los autores, y probablemente no podría identificarlos». No había ninguna prueba física que relacionara a Shareef Cousin con el asesinato.


Se suponía que James Rowell, de 16 años, iba a declarar que Shareef Cousin le había dicho que él había matado a Michael Gerardi. Sin embargo, cuando compareció ante el tribunal, James Rowell declaró que nunca había mantenido una conversación semejante, y que únicamente había dicho lo que su abogado y la policía le dijeron que debía decir si quería recibir un trato favorable respecto al cargo de robo a mano armada que se le imputaba.


La noche del asesinato, Shareef Cousin estaba jugando al baloncesto. Hubo cierta controversia respecto a la hora exacta del partido, pero varios testigos afirmaron que Shareef Cousin no podía haber cometido el asesinato; entre esos testigos se encontraba el entrenador de baloncesto que aseguró haber llevado al joven a su casa en automóvil y haberlo dejado allí después de la hora del crimen.


El 26 de enero, el jurado declaró a Shareef Cousin culpable de asesinato en primer grado. Mientras que el padre de éste, separado de su madre, se presentó demasiado tarde para poder testificar en favor de su hijo durante la vista para dictar sentencia, celebrada el 30 de enero, el padre de Michael Gerardi realizó una poderosa y emotiva «declaración sobre el impacto sufrido por los familiares de la víctima», en la que habló del dolor de perder a su hijo. El jurado decidió que Shareef Cousin debía morir.


Tras el juicio, una fuente anónima envió al equipo de la defensa una cinta magnetofónica con la declaración realizada por Connie Babin ante los investigadores unos días después del asesinato, y que ni siquiera se había mencionado durante el juicio. En ella, ante la pregunta de si podría identificar al asesino, Connie Babin respondía: «No lo sé, estaba oscuro y yo no llevaba ni las lentes de contacto ni las gafas, así que no podía ver bien». Según dijo, sólo veía «siluetas y formas».



Los menores y la pena de muerte


«No es más que un muchacho. Juro por Dios que, cuando lo detuvieron, Shareef me llamó y me dijo: "Tonya, ¿puedes ir a la escuela y pedir a alguien los deberes? Es que no quiero retrasarme con las lecciones..."

Después de la apelación me llamó... Mi hija estaba allí y yo le dije: "¿Sabes una cosa? Que tu tío Shareef va a tener un nuevo juicio". Y ella, que tenía cinco años, me dijo: "¿Eso quiere decir que ya no lo van a matar?" Me quedé helada...»


Tonya Cropper, hermana de Shareef Cousin, junio de 1998

La defensa afirmó que la fiscalía había ocultado testigos esenciales que proporcionaban una coartada al acusado. Por ejemplo, tres de los compañeros del equipo de baloncesto de Shareef Cousin estuvieron esperando en los juzgados un día entero, hacia el final del juicio, dispuestos a declarar que Shareef se encontraba con ellos en el automóvil del entrenador más o menos a la hora del asesinato. Sin embargo, unos empleados de la fiscalía llevaron a los muchachos a su despacho, y éstos no fueron citados a declarar. El fiscal de distrito adjunto afirmó que habían llevado a los jóvenes al despacho para que estuvieran más cómodos, porque hacía mucho calor en el lugar en el que estaban esperando. Al ser interrogado, admitió que el juicio se había celebrado en enero, una época fría del año.


El juez denegó la petición de un nuevo juicio y, el 2 de julio de 1996, confirmó la condena a muerte de Shareef Cousin. Éste fue enviado a la Prisión Estatal de Luisiana, en Angola, donde se convirtió en el condenado a muerte más joven de los Estados Unidos. En la vista de apelación, celebrada en abril de 1998, la Corte Suprema del estado dictaminó que el fiscal había hecho un uso indebido de las declaraciones presuntamente realizadas por James Rowell antes del juicio. Puesto que eso podía haber influido en el jurado, la Corte anuló la declaración de culpabilidad y la condena a muerte y ordenó que Shareef Cousin fuera sometido a un nuevo juicio. Actualmente, Shareef Cousin permanece en la prisión Orleans Parish, en Nueva Orleans. Está previsto que su nuevo juicio se celebre a finales de 1998; en él, la acusación volverá a pedir la pena de muerte, lo cual viola las leyes internacionales de derechos humanos.


¿Condenó el estado de Luisiana a Shareef Cousin por un crimen que no había cometido? De ser así, no sería la primera vez que eso sucede en Estados Unidos. En 1998, Curtis Kyles se convirtió en el preso número 75 liberado, desde 1973, tras descubrirse que podía ser inocente del delito por el que había sido condenado a muerte. Este hombre había sido juzgado por cinco cargos punibles con la pena capital por la misma Fiscalía de Distrito que procesó a Shareef Cousin. En su caso, la Corte Suprema de los Estados Unidos finalmente resolvió que el veredicto contra Curtis Kyles no era válido, porque la acusación había retenido pruebas cruciales sobre la poca fiabilidad de la declaración de testigos presenciales y había ocultado información importante sobre un confidente pagado que podría haber sido el auténtico asesino.(39)


Una mente asesina - Sean Sellers, Oklahoma


No tiene más que 17 años, pero cuando empuñó aquel .357 se convirtió en un hombre... Y cuando empuñó aquel .44 especial, se volvió a convertir en un hombre.


El fiscal de distrito durante el juicio de Sean Richard Sellers(40)




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En 1986, un fiscal utilizó estas palabras para convencer a un jurado de que Sean Sellers debía morir por los crímenes de «adulto» que había cometido. Doce años después, un tribunal federal de apelación dictaminó que Sean Sellers, de 16 años, pudo verse impulsado a cometer esos crímenes por la grave enfermedad mental que padecía. Sin embargo, las autoridades de Oklahoma siguen decididas a matarlo.


Sean Sellers fue condenado a muerte en 1986 por el asesinato, cometido en 1985, de Robert Bower, propietario de una tienda, y por los de su propia madre y su padrastro, cometidos en 1986. El 4 de febrero de 1998, la Corte de Apelación del Décimo Circuito denegó su último recurso, pese a reconocer que existían «pruebas significativas de que la persona que se enfrenta a la muerte... no es la misma que cometió los crímenes».(41) La Corte acababa de escuchar el testimonio de expertos que declararon que Sean Sellers sufre un trastorno de personalidad múltiple, una enfermedad mental en la cual se manifiestan en el paciente personalidades «alternas».



i0 Los menores y la pena de muerte


El condenarme a muerte no resuelve nada. La condena equivale a decir que mi vida no tiene ningún valor positivo, que estoy más allá de toda posibilidad de reforma o rehabilitación. Y eso no es cierto.


Jerry Mooney, menor recluido en el Módulo H de la prisión de Oklahoma, citado en «Buried Alive» (Enterrados vivos), revista SPIN, octubre de 1998.


Jerry Mooney, Sean Sellers y Scott Hain están en espera de ser ejecutados por unos crímenes que cometieron cuando aún no tenían 18 años. Los tres permanecen recluidos en el Módulo H de la Penitenciaría Estatal de Oklahoma. Sus condenas y su reclusión en el Módulo H constituyen una afrenta a los principios generalmente aceptados de que la rehabilitación y el «interés superior del niño» deben ser la prioridad más importante para las autoridades dedicadas a tratar la delincuencia juvenil. Construido con cemento y situado de manera que las celdas en las que viven los reclusos se encuentran bajo tierra, el Módulo H es una unidad controlada por medios electrónicos y diseñada para reducir al mínimo el contacto entre los internos y el personal de la prisión. Los presos permanecen recluidos durante veintitrés o veinticuatro horas al día en celdas sin ventanas que prácticamente no permiten la entrada de luz natural o aire fresco. Amnistía Internacional considera que las condiciones de reclusión de los internos del Módulo H constituyen un trato cruel, inhumano o degradante.


Jerry Mooney, condenado en 1995 por un asesinato cometido cuando tenía 16 años, sufrió una infancia conflictiva y llena de abusos y padece una lesión cerebral.

El testimonio de esos expertos afirmaba que: (a) un electroencefalograma cuantitativo había revelado que Sean Sellers sufría una lesión cerebral provocada por un golpe recibido en la cabeza cuando era niño; (b) el electroencefalograma cuantitativo cambiaba radicalmente con cada una de las personalidades alternas de Sean Sellers, e indicaba la presencia de al menos tres de esas personalidades alternas; (c) un Test de Potenciales Evocados, que analiza las señales biológicas del cuerpo y que no puede ser falseado por el paciente, había confirmado los resultados del electroencefalograma cuantitativo; (d) dos médicos, sin ninguna relación entre sí, hablaron sobre dos de las personalidades alternas de Sean Sellers, llamadas «Danny» y «El Controlador»; (e) Sean Sellers ya sufría el trastorno de personalidad múltiple cuando cometió los asesinatos; (f) una de las personalidades alternas, que no es probable que comprendiera la diferencia entre el bien y el mal, «debía haber controlado el cuerpo o la persona [de Sellers]» en aquellos momentos; (g) cuando se celebró el juicio, la comunidad médica dedicada a la salud mental tenía un conocimiento muy limitado del trastorno de personalidad múltiple, y no existían medios para diagnosticar esta enfermedad; (h) el trastorno de personalidad múltiple es una «enfermedad oculta» que normalmente tarda siete años en poder ser confirmada.


La Corte admitió que, si un jurado la consideraba digna de crédito, esta prueba de la culpabilidad de una personalidad alterna «convierte en inocente a la persona conocida como Sean Sellers». Sin embargo, declaró que, como corte federal dedicada a estudiar recursos de amparo, su labor se limitaba a decidir si una sentencia violaba la Constitución, no a corregir errores de hecho. Por lo tanto, resolvió que no podía actuar a menos que la afirmación de inocencia de Sean Sellers fuera tan evidente que ningún jurado razonable pudiera declararlo culpable. La Corte subrayó que, aunque los testimonios psiquiátricos eran «claros, poderosos y apoyaban la inocencia», los expertos no habían podido ser interrogados por la parte contraria en una sala de juicio y, por lo tanto, podía suponerse que las personas legas en la materia (es decir, los miembros del jurado) se mostrarían escépticas hacia el trastorno de personalidad múltiple. Por ello, según afirmó, la Corte no podía dar por sentado que ningún jurado votaría a favor de un veredicto de culpabilidad. Tras declarar que «el dilema del apelante no la había dejado indiferente», la Corte denegó la apelación, subrayando que Sean Sellers podía pedir el indulto al poder ejecutivo.


Sean Sellers ya había agotado sus apelaciones estatales cuando, en 1995, la Corte de Apelaciones en lo Penal de Oklahoma dictaminó que el condenado había renunciado a su derecho a presentar el trastorno de personalidad múltiple como atenuante porque dicho trastorno podía, y por lo tanto debía, haberse presentado cuando se celebró el juicio. Según la Corte, las pruebas relativas a la enfermedad no entraban en la categoría de pruebas «recién descubiertas» que podrían haber dado lugar a un fallo positivo en la apelación. Esta resolución, que aparentemente no estaba respaldada por el testimonio de ningún experto, contradice el testimonio irrefutable de que no habría sido posible alegar la existencia de un trastorno de personalidad múltiple en el juicio de Sean Sellers porque las pruebas clínicas para diagnosticar y confirmar la presencia de dicha enfermedad aún no se habían desarrollado en aquella época. Además, los expertos afirmaron que, normalmente, son precisos varios años y varios diagnósticos incorrectos para determinar que una persona sufre este trastorno.


En el juicio original, celebrado en 1986, un psiquiatra había declarado que Sean Sellers era «legalmente inconsciente» en el momento de los tres homicidios y, por lo tanto, no era capaz de actuar con la intencionalidad requerida para culparlo de asesinato en primer grado. Para rebatir esto, la fiscalía presentó el testimonio de un médico que no pudo descartar la posibilidad de que la evaluación del psiquiatra fuera correcta. En 1987, otro psiquiatra declaró que Sean Sellers padecía psicosis crónica, mostraba síntomas de esquizofrenia paranoide, llevaba a cabo peculiares actos de automutilación y sufría alucinaciones, delirios y obsesiones relativas a Dios, Satanás, el bien y el mal.


Durante la vista para dictar sentencia, el juez no permitió que la defensa presentara el testimonio de expertos que declararían que, en lo que se refiere al desarrollo, los menores son diferentes de los adultos, y justificó su negativa alegando que eso era algo que todos los miembros del jurado ya sabían. Tampoco permitió la comparecencia de un testigo que expusiera que una cadena perpetua en Oklahoma significaba pasar un mínimo de 15 años en prisión sin posibilidad de libertad condicional. Con ese testigo, la defensa intentaba contrarrestar los artículos publicados en algunos periódicos que sugerían que una condena a cadena perpetua significaba que el condenado sería liberado antes de cumplir la mitad de la pena.


Sean Sellers tuvo una infancia muy difícil. Su madre tenía 16 años cuando él nació, y sus padres se divorciaron al cabo de tres o cuatro años. Siendo niño se quedaba muy a menudo bajo el cuidado de familiares mientras su madre se marchaba con su padrastro, camionero de profesión. Un tío suyo le obligó a llevar pañales porque, a los 12 o 13 años, aún mojaba la cama. Si la mojaba dos noches seguidas, su tío le hacía llevar un pañal sucio en la cabeza todo el día, a modo de castigo. Desde muy corta edad estuvo expuesto a la violencia. Tanto su madre como su padrastro llevaban armas de fuego y cuchillos, y un tío suyo que lo llevaba a cazar trató de enseñarle a pisar la cabeza de un animal y tirarle de las patas para matarlo. Ninguno de estos datos se presentó al jurado como factor atenuante.


Las autoridades siguen exponiendo a Sean Sellers a la brutalidad al mantenerlo condenado a muerte. Con ello infringen las leyes internacionales. Además, tienen intención de marcar un hito en la historia de la pena capital en Oklahoma: ningún menor ha sido ejecutado en el estado hasta este momento.


El momento de la piedad - Kevin Hughes, Pensilvania


Las drogas que daban a Kevin durante el juicio le volvían más tranquilo y menos irritable, pero también le hacían aún menos capaz de comprender... Era como juzgar a un niño de tres años. No entendíamos cómo podían someter a juicio a alguien que estaba tan fuera de la realidad.


Declaración jurada de una tía de Kevin Hughes


El 1 de marzo de 1979, se encontró el cadáver de la niña de nueve años Rochelle Graham en un edificio de Filadelfia. Había sido violada y estrangulada. El terrible crimen quedó sin resolver hasta el 11 de enero de 1980, fecha en la que Kevin Hughes fue detenido; su detención se produjo cuando otra niña lo identificó ante la policía como la persona que la había agredido física y sexualmente unos días antes. Al darse cuenta de la similitud entre los dos crímenes, la policía interrogó a Kevin Hughes respecto a Rochelle Graham, y éste terminó confesando el asesinato, cometido cuando él tenía 16 años de edad.


En el momento de su detención, ya había indicios que sugerían que Kevin Hughes sufría trastornos mentales, pues, entre otras cosas, dijo a la policía que unas «voces» le habían obligado a cometer el asesinato. Durante los meses siguientes, los profesionales de salud mental tanto de la prisión en la que permanecía recluido en espera de juicio como del hospital psiquiátrico al que fue enviado en agosto de 1980 se dieron cuenta de la gravedad de esos trastornos. Sin embargo, fue declarado mentalmente apto para ser sometido a juicio por dos médicos, uno de los cuales descubrió en él señales de esquizofrenia pero consideró que ésta estaba controlada gracias al Thorazine, el medicamento antipsicótico que le estaban administrando. Un tercer psiquiatra declaró que Kevin Hughes no era apto para ser juzgado, ya que sufría «profundas alteraciones» y tenía la convicción delirante de que «lo único que tiene que hacer es contar su historia a un juez, y luego lo enviarán a casa». El juez dictaminó que podía seguirse adelante con el juicio, pero ordenó, a petición de la fiscalía, que se mantuviera a Kevin Hughes medicado con Thorazine durante todo el proceso.


Durante la vista para dictar sentencia, el jurado no recibió instrucciones adecuadas para considerar la juventud de Kevin Hughes como un factor atenuante, y tampoco dispuso de información sobre la infancia de abusos y abandono que Kevin había sufrido o sobre su enfermedad mental. Según unas declaraciones juradas prestadas posteriormente por sus familiares, a su madre le habían diagnosticado esquizofrenia. Además, era alcohólica y drogadicta, y mientras estaba embarazada de Kevin había consumido alcohol en abundancia. Respecto a su padre, Kevin Hughes nunca lo conoció. Él y sus cinco hermanos eran hijos de cinco padres diferentes. La familia no tenía ningún recurso económico, los niños solían pasar hambre y no iban a la escuela porque su madre estaba borracha o no estaba en casa. Ésta había tratado de suicidarse varias veces y, en una ocasión, Kevin trató de administrarle una sobredosis. Estuvo relacionada con muchos hombres, muchos de los cuales eran violentos y agresivos tanto con ella como con los niños. Muchas veces mantenía relaciones sexuales delante de los niños y trataba de hacerlos participar, y los niños presenciaron cómo era violada. Kevin Hughes sufría más abusos que los demás porque su mente funcionaba con lentitud. Según unos familiares, Kevin sufrió abusos sexuales por parte de al menos un hombre que le dijo que los hombres debían someter a las mujeres por la fuerza.


Los menores y la pena de muerte


Gary Graham es un menor que, desde 1981, permanece condenado a muerte en Texas por un asesinato que afirma no haber cometido.

A finales de 1994, dos destacados expertos estadounidenses en la pena de muerte escribieron al Houston Postpara subrayar el peligro de ejecutar a un inocente, y citaron el caso de Gary Graham. Un lector respondió diciendo: «...Como defensor de la pena de muerte, no tengo ningún problema en admitir que es posible que se ejecute a gente inocente y que no me importa lo más mínimo lo que le suceda a Gary Graham... En nuestro país se está librando una guerra, una guerra contra el crimen y contra individuos como Graham. Es triste que en toda guerra tenga que morir algún inocente, pero así son las cosas...»

Este tipo de opiniones no pueden menos que verse fomentadas por unos dirigentes políticos que se niegan a considerar la pena de muerte como una violación de los derechos humanos o la ejecución de menores como una violación de las leyes internacionales. Las respuestas simplistas de algunos políticos a la delincuencia violenta, de las que se hace eco esta carta, contribuyen a perpetuar el mito de que la pena de muerte puede ofrecer soluciones constructivas al problema.

Los familiares de Kevin Hughes han declarado que, durante su infancia, éste sufría cambios de humor radicales, oía voces, y muchas veces perdía el contacto con la realidad. Su hermano mayor ha manifestado que Kevin «creía que tenía poderes mágicos y que algún tipo de magia lo protegía. Resultaba muy extraño oírle decir eso, porque, a juzgar por todas las cosas malas que le habían pasado, era evidente que nunca había habido nada que lo protegiera». Los problemas de salud mental de Kevin Hughes han continuado durante su estancia en el pabellón de los condenados a muerte. Según los diagnósticos, sufre esquizofrenia y una lesión cerebral y su coeficiente intelectual es inferior a la media.


En su deseo de conseguir una condena a muerte, el fiscal asignado al caso señaló que Kevin Hughes había mantenido la calma y había tomado notas durante el juicio. Tanto su abogado actual como sus familiares afirman que esa «calma» era resultado del Thorazine que le estaban administrando y que las «notas» eran garabatos de niño y canciones infantiles. El fiscal declaró también que los miembros del jurado tendrían que «ir más allá de lo humano» y «más allá de lo racional» para «mostrarse piadosos». El 24 de marzo de 1981, el jurado condenó a Kevin Hughes a la pena capital. Actualmente permanece recluido en el pabellón de los condenados a muerte, y se espera que el fallo sobre su última apelación se pronuncie a finales de 1998 o principios de 1999.


La última vez que Pensilvania ejecutó a un menor fue en 1916. Ya ha llegado la hora de que a Kevin Hughes se le devuelvan sus derechos humanos y se le otorgue el indulto.


Vidas brutales, muertes brutales - Joseph Cannon y Robert Carter, Texas


Quiero que la gente sepa que estoy arrepentido de lo que hice, y que, si pudiera hacer algo, lo que fuera, para cambiar lo que sucedió, lo haría... Me da mucha vergüenza morir de esta manera.


Joseph John Cannon, ejecutado el 22 de abril de 1998


Voy a un sitio mejor. Espero que la familia de la víctima me perdone, porque yo no pretendía hacer daño ni matar a nadie.

Últimas palabras de Robert Anthony Carter, ejecutado el 18 de mayo de 1998



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En 1998, en un plazo de veintisiete días, dos hombres fueron ejecutados en Texas por delitos que habían cometido cuando tenían 17 años. Ambos compartieron la misma muerte: atados a una camilla en la misma cámara de ejecución e inyectados con las mismas sustancias químicas mortales. Su infancia fue similar, y su domicilio de adultos fue el Módulo Ellis 1 de Huntsville, un módulo penitenciario cuya sola existencia niega toda posibilidad de rehabilitación.


Joseph Cannon mató a Anne Walsh en 1977, el mismo año en el que Estados Unidos firmó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y reanudó las ejecuciones. Su vida hasta el momento en el que cometió su terrible crimen había sido una vida de abusos y privaciones.


Cuando tenía cuatro años, Joseph Cannon fue atropellado por un camión y sufrió fractura de cráneo. Esto le dejó como secuela hiperactividad y un impedimento en el habla; hasta los seis años de edad no pudo hablar con claridad. También tuvo dificultades de aprendizaje y era incapaz de mantener un comportamiento normal en clase. Fue expulsado de la escuela durante la enseñanza primaria (seis o siete años de edad) y no recibió ningún otro tipo de educación formal. Comenzó a inhalar pegamento y disolventes y, a los diez años de edad, le diagnosticaron un daño cerebral orgánico causado por el consumo de disolventes. Posteriormente le diagnosticaron esquizofrenia. También sufrió una depresión aguda y, a los 15 años, trató de suicidarse. Cuando tenía siete y ocho años sufrió graves abusos sexuales por parte de su padrastro y, entre los 10 y los 17 años de edad, sufrió agresiones sexuales sistemáticas por parte de su abuelo.


Su padrastro lo echó de casa, y él se introdujo en un apartamento y permaneció allí hasta que fue detenido por robo con escalamiento. El abogado que le asignaron para que lo representara en esa ocasión consiguió su libertad condicional y le invitó a alojarse en casa de su hermana, Anne Walsh. Allí permaneció aproximadamente una semana, hasta que, el 30 de septiembre de 1977, tras haber ingerido unas 25 «pastillas» y una gran cantidad de whisky, disparó contra Anne Walsh, huyó en el automóvil de la familia, se estrelló con él y fue detenido. Confesó, pero no fue capaz de explicar sus actos. «A veces me vuelvo loco... No guardaba ningún rencor a Anne ni tenía motivos para matarla; de hecho, ella abandonó sus costumbres normales sólo para ser amable conmigo.» Joseph Cannon fue condenado a muerte.


Los exámenes revelaron que su coeficiente intelectual era de tan sólo 79 (en el límite de la deficiencia mental). En 1989, un médico declaró que el pronóstico de «peligrosidad futura» presentado al jurado que juzgó a Cannon y el testimonio médico que afirmaba que éste no podría ser controlado en ningún sitio eran «de todo punto incoherentes con el conocimiento y los procedimientos científicamente establecidos». Otro psicólogo consideró que el caso de Joseph Cannon era «excepcional» en cuanto a la brutalidad y los abusos de los que había sido objeto durante la niñez. De hecho, Joseph Cannon había prosperado más en el pabellón de los condenados a muerte, donde aprendió a leer y a escribir, que en ningún otro momento de su vida en su entorno familiar, y tanto su coeficiente intelectual como sus aptitudes y su autoestima habían mejorado durante su estancia en prisión.



Los menores y la pena de muerte


Esta misma semana estuve hablando a un grupo de jóvenes en una escuela. Decidí contarles lo sucedido. Les dije que estaba allí porque unas cuantas personas decidieron que mi esposo había matado a uno de sus hermanos y lo apresaron. Luego montaron el mecanismo, fijaron una fecha, invitaron a la gente a contemplar el espectáculo, metieron a mi esposo en aquella habitación diminuta y lo ataron. Le pusieron electrodos en el cuerpo y le aplicaron descargas eléctricas, una tras otra, hasta que empezaron a salirle llamas de la cabeza y humo de las orejas. Cuando se aseguraron de que estaba muerto, algunos de ellos celebraron su venganza.


Los chicos a los que me dirigía estaban llorando.


Mi hija, a veces, cuando pasa por momentos difíciles (tenía 15 años cuando le hicieron aquello a su padre) o cuando tiene problemas, se pone el pijama y se sienta en un sitio tranquilo para meditar; reza para que su padre regrese.


Las personas que hicieron aquello —dije a los chicos— eran el estado de Florida. Eso los dejó conmocionados. Muchos seguían teniendo dudas sobre la pena de muerte, pero ninguno de ellos era capaz de afirmar que esa pena parecía la mejor solución...


Sonia Jacobs, junio de 1998. Ella y su esposo, Jesse Tafero, fueron declarados culpables de matar a un agente estatal y fueron condenados a muerte en 1976. Sonia fue liberada en 1992, cuando un tribunal resolvió que no era culpable de los cargos por los que había sido condenada. Esta decisión llegó demasiado tarde para salvar a Jesse Tafero, condenado por unas pruebas igual de dudosas. Su sentencia se había ejecutado en 1990: había sido electrocutado de una manera atroz, en una ejecución plagada de fallos.

El 22 de abril de 1998, Joseph Cannon fue conducido a la cámara de ejecución. Así se cumplía la amenaza con la que había vivido durante más de la mitad de su vida. Al empezar a entrar la solución letal en su cuerpo, la aguja «saltó de su brazo». Los funcionarios de la prisión hicieron salir a toda prisa a los testigos mientras volvían a insertarla. Al cabo de unos minutos, les permitieron regresar a la sala de observación para contemplar la ejecución. La madre de Cannon se desmayó después de ver cómo mataban a su hijo, y tuvo que ser trasladada a un hospital. Uno de los hijos de Anne Walsh, que había perdido a su madre de una forma tan violenta hacía veintiún años y que presenció la ejecución, dijo a los periodistas: «Un trabajo bien hecho, fin de la historia».


Pero ése no es el final de la historia. O, desde luego, no en Texas, donde en junio de 1998 se encontraban 26 de los 70 menores condenados a muerte en Estados Unidos. De los once menores ejecutados en todo el país desde 1985, siete fueron ajusticiados en Texas. Joseph Cannon fue el primer menor ejecutado en Estados Unidos desde 1993. Su ejecución, y la de Robert Carter, llevada a cabo poco menos de un mes después, constituyeron un poderoso recordatorio de por qué el mundo está abandonando esta violación cuidadosamente calculada de los derechos humanos.


Robert Carter, uno de los seis hijos de una de las familias más pobres de un barrio deprimido de Houston, sufrió abusos durante toda su infancia. Su madre y su padrastro golpeaban a los niños con varas de madera, cinturones y cables eléctricos. Cuando tenía cinco años, Robert fue golpeado en la cabeza con un ladrillo; en otra ocasión, su madre le arrojó un plato que se le estrelló en la cabeza. A los diez años recibió un golpe tan fuerte en la cabeza con un bate de béisbol que el bate se rompió. En ninguna de esas ocasiones recibió asistencia médica. En un incidente que tuvo lugar poco antes del asesinato por el que finalmente sería ejecutado, Robert Carter recibió en la cabeza un disparo efectuado por su hermano; la bala se alojó cerca de la sien. Después de eso, sufrió ataques y desmayos.


El 24 de junio de 1981, Sylvia Reyes, de 18 años, murió de un disparo durante un robo en la gasolinera donde trabajaba. Robert Carter, un joven de 17 años con lesiones cerebrales, fue detenido y recluido en régimen de incomunicación. Confesó el asesinato tras renunciar a su derecho a contar con la presencia de un abogado.


Durante el juicio, la fiscalía tardó un día entero en exponer el caso. Declaró que tres individuos se habían acercado a Robert Carter, le habían pedido que cometiera un robo sin pensarselo dos veces y le habían dado un arma. Según la fiscalía, Robert Carter había disparado accidentalmente a Sylvia Reyes cuando trataba de amartillar el arma. La defensa no ofreció ninguna prueba de descargo, y Robert Carter fue declarado culpable de asesinato. Durante la vista para dictar sentencia, en la que el fiscal dijo al jurado que la cadena perpetua sería como «un tirón de orejas», no se invitó al jurado a considerar como circunstancias atenuantes varios hechos: la edad de Robert Carter en el momento de cometer el delito; el hecho de que era deficiente mental (en 1986 se determinó que su coeficiente intelectual era de 74), que padecía lesiones cerebrales y que había sufridos unos abusos físicos brutales durante su infancia; o que se trataba de su primer delito. El jurado tardó diez minutos en decidir que Robert Carter debía morir.


Dieciséis años después, el 18 de mayo de 1998, el Robert Carter adulto fue llevado a una sala donde lo ataron a una camilla y lo mataron. Su muerte contribuyó a agravar aún más la violenta tragedia del homicidio de Sylvia Reyes, un crimen por el que Robert Carter manifestaba remordimientos, tal como presenciaron unos delegados de Amnistía Internacional que se reunieron con él unos meses antes de su ejecución.


Carter había pasado la última tarde de su vida hablando con el capellán de la prisión, quien, al día siguiente, declaró que «Robert estaba muy tranquilo, en paz... Fue muy amable y delicado. Había cambiado mucho. Era un hombre al que realmente abrumaban los remordimientos por lo sucedido». Su consejero espiritual, que también le había visitado el 18 de mayo, declaró que «una de las cosas que más le entristecían era que ni siquiera con su muerte se arreglarían las cosas. Estaba tan arrepentido...»


¿Para qué han servido las muertes de Robert Carter y Joseph Cannon? Ya nadie utiliza el efecto disuasorio como un argumento serio con el que defender la pena de muerte en Estados Unidos y, en cualquier caso, hace ya mucho tiempo que se considera que ese argumento se aplica aún menos en el caso de los menores. Tampoco se puede esgrimir el argumento de la represalia; teniendo en cuenta la juventud y la limitación intelectual de ambos condenados en el momento de cometer su crimen, no se puede considerar que ninguno de ellos fuera plenamente responsable de sus actos, y eso hace que este castigo letal de «ojo por ojo» sea completamente desproporcionado.


Al igual que muchos otros condenados a muerte, Robert Carter y Joseph Cannon procedían de entornos deprimidos y embrutecedores. Su muerte constituye una afrenta a las nociones fundamentales de humanidad y niega los progresos de ambos hacia la rehabilitación: el objetivo mundialmente aceptado para los menores que cometen delitos.


Sus ejecuciones no sólo violaron las leyes internacionales, sino que parecen haber sido simples actos de venganza.


A las puertas de la muerte - Dwayne Allen Wright, Virginia


El jurado de Wright disponía de toda la información sobre la temprana muerte de su hermano, sobre la ausencia de su padre, sobre sus problemas en la escuela, sus depresiones y su capacidad intelectual, que bordeaba la deficiencia...


Corte Federal de Apelación, al confirmar la condena a muerte de Dwayne Wright en julio de 1998(42)


En el momento de redactar este informe, es posible que a Dwayne Allen Wright sólo le queden unas semanas de vida. Si su ejecución se lleva a cabo en la fecha prevista, el 14 de octubre de 1998, se convertirá en el primer menor ejecutado en Virginia desde hace más de 65 años. Su vida recuerda a la de muchos otros menores condenados a muerte en Estados Unidos: una infancia marcada por la pobreza y las privaciones, exposición a la violencia desde una edad temprana y graves problemas de salud mental. Acusado de un asesinato que cometió cuando aún no tenía 18 años, fue juzgado por un jurado que decidió que suponía una amenaza futura para la sociedad y que esa amenaza era superior a cualquier esperanza de reforma.


Esta sombría visión se ve fomentada por la actitud de las autoridades, que insisten en que la pena de muerte es la única respuesta adecuada a determinados delitos violentos y en que las leyes nacionales estadounidenses tienen prioridad sobre las leyes internacionales en lo relativo a los menores acusados de delitos punibles con la pena capital. La Corte Suprema de Virginia reflejó esta actitud cuando, en 1993, confirmó la condena a muerte de Dwayne Wright, diciendo: «La ejecución de un acusado que tuviera 17 años en el momento de cometer un delito punible con la pena capital no viola las normas emergentes de decencia de la sociedad». Lo que la Corte no mencionó es que esa ejecución sí viola las normas internacionales.


Dwayne Wright creció en el seno de una familia pobre de un barrio deprimido de Washington DC, en el que había una gran actividad criminal relacionada con las drogas y donde fue testigo de una violencia constante que incluía tiroteos y asesinatos. Cuando tenía cuatro años, su padre fue encarcelado. Su madre, que sufría una enfermedad mental, pasaba largos períodos sin empleo. Cuando Dwayne tenía 10 años, su hermanastro, de 23 años y al que estaba muy unido, fue asesinado. Después de eso, Dwayne Wright desarrolló graves problemas emocionales. Sus resultados en la escuela eran muy malos. Entre los 12 y los 17 años, pasó períodos internado en hospitales y en centros de detención de menores, y recibió tratamiento por «depresión aguda con episodios psicóticos». Los exámenes que le realizaron descubrieron que su capacidad intelectual se encontraba en el límite de la deficiencia mental y su capacidad verbal era deficiente; los médicos también hallaron señales de daño cerebral orgánico.


En octubre de 1989, un mes después de cumplir los 17 años, Dwayne Wright se embarcó en una orgía de delincuencia violenta que duró dos días y culminó con el robo, el intento de violación y el asesinato de Saba Tekle, una mujer etíope de 33 años. Dwayne Wright fue atrapado al día siguiente, confesó ante la policía y fue juzgado en 1991.


Durante la vista para dictar sentencia, la defensa aceptó que el tribunal designara a un psicólogo clínico encargado de presentar pruebas atenuantes. Durante los interrogatorios posteriores, el abogado defensor tuvo noticia por primera vez de que ese psicólogo era autor de un estudio que concluía que las enfermedades mentales y el entorno no son responsables de que la gente cometa delitos, sino que los delincuentes actúan porque desarrollan la capacidad de «salir impunes» de sus delitos y de «vivir bastante bien» gracias a ellos. En julio de 1998, la Corte de Apelación del Cuarto Circuito admitió que el testimonio del psicólogo había supuesto «un golpe importante a la presentación de pruebas atenuantes por parte de la defensa». Pese a ello, consideró que el error cometido por el abogado defensor al no investigar los antecedentes del psicólogo no era lo suficientemente grave como para conceder una apelación basada en esa cuestión. Según declaró, aunque algunas parte del testimonio del psicólogo «no eran favorables a la defensa de Wright», el abogado defensor había conseguido utilizar ese mismo testimonio para presentar al jurado «una cantidad significativa» de pruebas atenuantes.


El fiscal dijo al jurado que aquel «asesino indiscriminado» debía morir por sus crímenes. También dijo: «Les desafío a encontrar en él una pizca de remordimiento, arrepentimiento o pesar por los actos que cometió. No hallarán ni una brizna». Según los informes, Dwayne Wright había permanecido casi impasible durante el juicio, pero rompió a llorar cuando su madre describió su desesperación ante la pérdida de su hermano en 1983. Ahora, el propio Dwayne Wright se enfrenta a una muerte brutal.


UN PASO EN LA DIRECCIÓN ADECUADA


Lo que caracteriza a una buena acción es que, al mirarla en retrospectiva, parece inevitable.


Robert Louis Stevenson


En Estados Unidos y en otros muchos países, la delincuencia violenta constituye un grave problema. Los delitos violentos dejan secuelas trágicas y duraderas en las familias y los seres queridos de las víctimas. Como organización dedicada a las víctimas de violaciones de derechos humanos, Amnistía Internacional jamás trataría de disculpar estos crímenes o restarles importancia. Sin embargo, la pena de muerte es una negación calculada del derecho a la vida y del derecho a no ser sometido a penas crueles, inhumanas o degradantes, unos derechos fundamentales que amparan a todos los seres humanos, independientemente de quienes sean o de lo que hayan hecho.


El uso que se hace actualmente de la pena de muerte en Estados Unidos tiene su origen en la rabia y el temor ante los delitos violentos, en el deseo de una justicia basada en la represalia y en la actitud de unas autoridades designadas por elección popular que no están dispuestas a arriesgar su carrera respaldando otras alternativas. El temor a los delitos violentos, ya sean cometidos por jóvenes o por adultos, puede hacer pensar a los ciudadanos que el abandonar la pena de muerte sería como arrojarse al vacío. Sin embargo, el abandono de esta pena no supone un paso hacia lo desconocido; la experiencia de muchísimos países ha demostrado que existen alternativas a la pena de muerte y que su abolición no trae consigo una oleada de disturbios sociales. Por ejemplo, la cifra de asesinatos en Canadá se redujo en un 34 por ciento a lo largo de los veinte años que siguieron a la abolición, aprobada en 1976.


Por otra parte, existe un abrumador consenso internacional, tanto legal como moral, contra el hecho de que cualquier nación ejecute a menores. Por atroz que sea su crimen, la condena a muerte y la ejecución de un menor niegan toda posibilidad de rehabilitación, no pueden justificarse alegando motivos como la represalia o la disuasión y van en contra de las normas contemporáneas de justicia y trato humano en todos los rincones del globo. Ahora que el mundo conmemora el 50 aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el poner fin al uso de la pena de muerte contra los menores sería, por parte del gobierno estadounidense, un paso adecuado hacia la abolición total de esta pena y hacia el cumplimiento de su promesa de «derechos para todos».


Amnistía Internacional insta al gobierno de Estados Unidos a dar dicho paso ya, sin más demora.


RECOMENDACIONES


Como medida hacia la abolición total de la pena de muerte, las autoridades federales de Estados Unidos deben:


- retirar su reserva al artículo 6.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;

- ratificar sin reservas la Convención sobre los Derechos del Niño;

- tomar todas las medidas necesarias para garantizar que las autoridades estatales cumplen estas normas internacionales en lo que se refiere a los menores y la pena de muerte; entre otras cosas, deben garantizar que la cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional no se establece como alternativa para los delitos cometidos por menores de 18 años.


Como medida hacia la abolición de la pena de muerte en su estado, las autoridades de los 24 estados que actualmente permiten su uso contra acusados que eran menores de 18 años en el momento de cometer el delito deben:


- dictar una suspensión inmediata de las ejecuciones de menores mientras se aprueba una ley que determine que, para poder ser condenado a muerte, el acusado debía tener una edad mínima de 18 años en el momento de cometer el delito.



TABLA 1 - MENORES EJECUTADOS EN ESTADOS UNIDOS ENTRE 1977 Y 1998



NombreEstadoFecha de ejecuciónEdad al cometer el delitoEdad al ser ejecutadoRaza






Charles RUMBAUGH

Texas

1985

17

28

B







James Terry ROACH

Carolina del Sur

1986

17

25

B







Jay PINKERTON

Texas

1986

17

24

B







Dalton PREJEAN

Luisiana

1990

17

30

N







Johnny GARRETT

Texas

1992

17

28

B







Curtis HARRIS

Texas

1993

17

31

N







Frederick LASHLEY

Misuri

1993

17

29

N







Ruben CANTU

Texas

1993

17

26

L







Chris BURGER

Georgia

1993

17

33

B







Joseph John CANNON

Texas

1998

17

38

B







Robert Anthony CARTER

Texas

1998

17

34

N








TABLA 2 - MENORES EN ESPERA DE SER EJECUTADOS EN ESTADOS UNIDOS EN JUNIO DE 1998



ESTADO

Nombre del preso

Edad al cometer el delito

Fecha del delito

Raza

(todos son varones)

Raza/sexo de la víctima

ALABAMA

Willie Roy BURGESS

Taurus CARROLL

Timothy Charles DAVIS

Gary Davis HART II

James Matthew HYDE

William Thomas KNOTTS

Marcus Dewayne PRESSLEY

Nathan D. SLATON


16

17

17

16

17

17

16

17


1993

D

1978

1989

1995

1989

1996

1987


N

N

B

N

B

B

N

B


B/H

D/D

B/M

B/H

B/H

N/M

2B/M

B/M






ARIZONA

Martin Paul FONG

Levi Jaimes JACKSON

Kenneth Jeremy LAIRD


17

16

17


1992

1992

1992


L/A

B

B


3A/H

B/M

B/M






ARKANSAS

Damien SANFORD


16


1995


N


N/F






CAROLINA DEL NORTE

Kevin GOLPHIN

Curtis Ray WOMBLE


17

17


1997

1993


N

N


2B/H

N/H






CAROLINA DEL SUR

Robert Lewis CONYERS

Joseph HUDGINS

Herman Lee HUGHES, Jr.

Ted Benjamin POWERS


16

17

17

16


1991

1992

1994

1990


N

B

N

B


B/M

B/H

D/H

B/H

411



FLORIDA

James BONIFAY

Keith M. BRENNAN

Roderick Justin FERRELL

Cleo Douglas LECROY

Nathan RAMIREZ

David SNIPES

Ryan URBIN


17

16

16

17

17

17

17


1991

1995

1996

1981

1995

1995

1995

D/H





GEORGIA

Jose Martinez HIGH

Alexander Edmund WILLIAMS


17

17


1976

1986


N

N


B/H

B/M






KENTUCKY

Kevin N. STANFORD


17


1981


N


B/M






MISISIPI

David BLUE

Ronald Chris FOSTER

William HOLLEY

Stephen McGILBERRY


17

17

17

16


1992

1989

1992

1994


N

N

B

B


N/M

B/H

N/H

2B/H+2B/M






MISURI

Antonio RICHARDSON

Christopher SIMMONS


16

17


1991

1993


N

B


2B/M

B/M






NEVADA

Michael DOMINGUES


16


1993


L


A/M + A/H






OKLAHOMA

Scott Allen HAIN

Jerry DuWane MOONEY

Sean Richard SELLERS


17

16

16


1987

1993

1985+86


B

B

B


B/H+B/M

B/H

2B/H+B/M






PENSILVANIA

Kevin HUGHES

Lee PERCY


16

17


1979

1986


N

N


N/M

2N/M






TEXAS

Steven Brian ALVARADO

Randy ARROYO

Mark ARTHUR

Mauro Morris BARRAZA

Napoleon BEAZLEY

Charles BURNELL

Edward B. CAPETILLO

John Curtis DEWBERRY

Justin Wiley DINKINS

Anthony Jerome DIXON

Gary L. GRAHAM

Anzel JONES

T.J. JONES

Miguel Angel MARTINEZ

Glenn Charles McGINNIS

Laquan MILES

Gerald Lee MITCHELL

Jose Ignacio MONTERRUBIO

Oscar ORTIZ III

Toronto PATTERSON

Efrian PEREZ

Johnny REY

Oswaldo Regaldo SORIANO

Raul VILLAREAL

Nanon McKewn WILLIAMS

Robert James WILLS


17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17


1991

1997

1996

1989

1994

1993

1995

1994

1994

1994

1981

1995

1994

1991

1990

1991

1985

1993

1994

1995

1993

1991

1992

1993

1992

1985


L

L

N

L

N

N

L

B

B

N

N

N

N

L

N

N

N

L

L

N

L

L

L

L

N

N


L/H+L/M

L/H

L/H

B/M

B/H

D/D

D/D

B/H

D/D

B/M

B/H

D/D

D/H

B/H+2L/H

B/M

2N/H

B/H

L/M

L/H

N/M

L/M+B/M

B/H

D/H

L/M+B/M

B/H

B/M






VIRGINIA

Chauncey JACKSON

Steve E. ROACH

Douglas Christopher THOMAS

Dwayne Allen WRIGHT


16

17

17

17


1994

1993

1990

1989


N

B

B

N


N/H

B/M

B/M+B/H

N/M







Clave: A=Asiática; N=Negra; L=Latina; B=Blanca; M=Mujer; H=Hombre; D=Desconocido;



Fuente: Victor L. Streib, The Juvenile Death Penalty Today: Death Sentences and Executions for Juvenile Crimes(La pena de muerte hoy: Condenas a muerte y ejecuciones por delitos cometidos por menores). El profesor Streib actualiza estos datos periódicamente. Pueden encontrarlos en el sitio web: http://www.law.onu.edu/faculty/streib/juvdeath.htm





ÚLTIMAS NOTICIAS




Dwayne Allen Wright fue ejecutado el 14 de octubre de 1998 en el Centro Correccional de Greensville, Virginia (véase página 34) El gobernador del estado le denegó el indulto a pesar de los centenares de llamamientos enviados tanto desde Estados Unidos como desde el extranjero para que se conmutara la condena a muerte por una alternativa más humana. Entre los autores de los llamamientos se encontraban la Unión Estadounidense para la Defensa de las Libertades Civiles, el reverendo Jesse Jackson, el senador estadounidense Edward Kennedy y Amnistía Internacional.


El Colegio Estadounidense de Abogados también pidió que se concediera el indulto, alegando que la ejecución prevista de Dwayne Wright «degrada nuestro sistema de justicia». Según los informes, en una carta enviada al gobernador Gilmore, el presidente del Colegio de Abogados escribió: «A un niño que bordea el límite de la deficiencia mental no se le puede hacer responsable y culpable de sus actos en el mismo grado que a un adulto».


Además, los abogados de Dwayne Wright habían obtenido recientemente las declaraciones juradas de dos miembros del jurado que lo condenó a muerte en 1991 que afirmaban que no lo habrían condenado a la pena capital si hubieran tenido conocimiento de la lesión cerebral que Dwayne Wright sufrió al nacer y que le provocaba estallidos de violencia. Uno de estos dos miembros del jurado declaró: «Si me hubieran dicho la verdad sobre Dwayne durante el juicio, jamás habría votado a favor de la pena de muerte».


Con su muerte, Dwayne Wright se convirtió en el tercer menor ejecutado en Estados Unidos en 1998. Amnistía Internacional no tiene conocimiento de que, durante ese mismo período, se haya ejecutado a ningún menor en ningún otro lugar del mundo.


****


(1) Joseph Green Brown, conocido también como Shabaka, fue declarado culpable y condenado a muerte en Florida en 1974 por un delito que no había cometido. Fue liberado trece años después.

(2) Entrevista concedida al programa «The Today Show», de la NBC-TV, presentado por Matt Lauer, Columbus, Ohio.

(3) En este documento utilizamos el término «menor» para referirnos a personas condenadas o acusadas de un delito que cometieron cuando eran menores de 18 años.

(4) De: Victor L. Streib. Death Penalty for Juveniles(La pena de muerte y los menores), Indiana University Press, 1987. Las referencias que hacemos en este informe a las ejecuciones de menores llevadas a cabo antes de 1977 en Estados Unidos han sido posibles gracias a las investigaciones del profesor Streib.

(5) Entrevista realizada en la Unidad Ellis 1, Huntsville, Texas, por Carmilla Floyd, de la revista Barnens Värld(El mundo del niño), de Suecia, en junio de 1998. El texto del recuadro procede de la misma entrevista.

(6) Si desean contar con una descripción general de las preocupaciones y las recomendaciones de Amnistía Internacional respecto a la pena de muerte en general en Estados Unidos, pueden consultar el documento Estados Unidos: Justicia para todos, Índice AI: AMR 51/35/98/s, de octubre de 1998. Si desean más información sobre las preocupaciones de la organización respecto a otros aspectos del sistema de justicia de menores de Estados Unidos, pueden consultar Jóvenes traicionados: Los menores en el sistema de justicia estadounidense, Índice AI: AMR 51/60/98/s, que será publicado el 20 de noviembre de 1998.

(7) Sonia Jacobs pronunció estas palabras en una reunión sobre «La cara humana de la pena capital» celebrada el 6 de junio de 1998 en Dallas, Texas, a la que asistió Amnistía Internacional. La reunión había sido organizada por «El Camino de la Esperanza... de la Violencia a la Curación» (The Journey of Hope... from Violence to Healing), una organización estadounidense encabezada por familiares de víctimas de asesinato.

(8) Opinión discrepante manifestada en Michael Domingues contra el estado de Nevada, 31 de julio de 1998. Las últimas ejecuciones de menores de las que se ha tenido noticia en los países citados por el juez Springer tuvieron lugar en 1986 (Bangladesh), 1987 (Iraq), 1992 (Irán) y 1997 (Pakistán y Nigeria). El tratado al que se refiere es el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

(9) Protocolos adicionales I y II a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativos a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales y de los conflictos armados sin carácter internacional, artículos 77.5 y 6.4, respectivamente.

(10) Gregg contra Georgia(1976). En 1972, enFurman contra Georgia, la Corte había puesto fin a las ejecuciones en Estados Unidos al concluir que la manera en la que se imponía la pena de muerte violaba la constitución.

(11) Artículo 18 de la Convención de la ONU sobre el Derecho de los Tratados (Viena, 1969).

(12) La reserva dice: «los Estados Unidos se reservan el derecho, con sujeción a sus limitaciones constitucionales, de imponer la pena capital a cualquier persona (excepto las mujeres embarazadas) condenada en buena y debida forma con arreglo a las leyes vigentes o futuras que permitan la imposición de la pena capital, incluido el castigo de delitos cometidos por personas menores de 18 años de edad».

(13) Alemania, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Italia, Noruega, Países Bajos, Portugal y Suecia.

(14) Véase William A. Schabas, The Abolition of the Death Penalty in International Law, Segunda Edición, Cambridge University Press, 1997, página 90.

(15) California, Colorado, Connecticut, Illinois, Kansas, Maryland, Nebraska, Nueva Jersey, Nueva York, Nuevo México, Ohio, Oregón, Tennessee y Washington fijan la edad mínima en 18 años. Alaska, Dakota del Norte, el Distrito de Columbia, Hawai, Iowa, Maine, Massachusetts, Michigan, Minnesota, Rhode Island, Vermont, Virginia Occidental y Wisconsin no contemplan la pena de muerte.

(16) Los 24 estados son (la edad mínima, ya haya sido determinada por ley o por una decisión judicial de la Corte Suprema federal o del estado, aparece entre paréntesis): Alabama (16), Arizona (16), Arkansas (16), Carolina del Norte (17), Carolina del Sur (16), Dakota del Sur (16), Delaware (16), Florida (16), Georgia (17), Idaho (16), Indiana (16), Kentucky (16), Luisiana (16), Misisipi (16), Misuri (16), Montana (16), Nevada (16), Nuevo Hampshire (17), Oklahoma (16), Pensilvania (16), Texas (17), Utah (16), Virginia (16) y Wyoming (16). Los estados en negrita son los que, en junio de 1998, tenían a menores en espera de ser ejecutados.

(17) Igual que Estados Unidos ha adoptado una postura según la cual aceptará determinadas normas internacionales siempre que no entren en conflicto con sus leyes nacionales o su constitución, algunos Estados islámicos, como Arabia Saudí o Irán, han manifestado, al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño, una reserva general que dice que sólo aceptarán sus disposiciones cuando éstas no entren en conflicto con las leyes islámicas.

(18) Por ejemplo, las Salvaguardias de la ONU para Garantizar la Protección de los Derechos de los Condenados a la Pena de Muerte («No serán condenados a muerte los menores de 18 años en el momento de cometer el delito...»). La Resolución 1984/50 del Consejo Económico y Social de la ONU, adoptada el 25 de mayo de 1984 y aprobada por la Asamblea General de la ONU en su resolución 39/118, adoptada sin necesidad de votación el 14 de diciembre 1984, es otra señal del fuerte consenso internacional para respetar estas disposiciones.

(19) Comisión Interamericana de Derechos Humanos, informe núm. 3/87, caso núm. 9647/USA.

(20) Thompson contra Oklahoma (1988), con una referencia a Trop contra Dulles (1958).

(21) Weems contra los Estados Unidos de América(1910).

(22) Stanford contra Kentucky. En realidad, este fallo abarca dos casos: el de Kevin Stanford (que tenía 17 años cuando cometió el delito y continúa en espera de ser ejecutado), y el de Heath Wilkins (que tenía 16 años en el momento del delito). La causa de este último era Wilkins contra Misuri.

(23) Comisión Internacional de Juristas. Administration of the Death Penalty in the United States(La administración de la pena de muerte en los Estados Unidos).

(24) Weems contra los Estados Unidos de América(1910).

(25) Trop contra Dulles(1958).

(26) «Executioner’s Myth» (El mito del verdugo) - Los Angeles Times, 5 de mayo de 1997.

(27) Allen contra el estado de Florida.

(28) «Death penalty to be sought for youths in tourist killing» (Debe pedirse la pena de muerte para los jóvenes responsables de la muerte de turistas). Sun-Sentinel, 23 de octubre de 1993.

(29) May contra Anderson(1953).

(30) Según las Reglas Mínimas para la Administración de la Justicia de Menores («Reglas de Beijing»), un elemento de la justicia de menores debe ser «la protección de los jóvenes» (regla 1.4), y su objetivo debe ser «el bienestar» de los menores (regla 5.1). Los sistemas de justicia de menores deben tener en cuenta, entre otras cosas, «las circunstancias y necesidades del menor» (regla 17.1a). Las Reglas de Beijing fueron adoptadas por la Asamblea General de la ONU el 29 de noviembre de 1985 (resolución 40/33).

(31) «Twentieth Century Fund Task Force on Sentencing Policy Toward Young Offenders, Confronting Youth Crime 7» (Informe del Grupo Especial Fondo Siglo XXI sobre la política seguida en materia de sentencias contra los delincuentes menores de edad, informe núm. 7 de la serie «Contra la delincuencia juvenil») (1978), citado en Eddings contra Oklahoma(1982).

(32) Dorsie Lee Johnson contra Texas.

(33) Eddings contra Oklahoma(1982).

(34) Estados Unidos de América: Pena de muerte y delicuentes juveniles. Índice AI: AMR 51/23/91/s, de octubre de 1991.

(35) Victor Streib, citado en «Dead Teen Walking» (artículo sobre los menores condenados a muerte), revista Time, 19 de enero de 1998.

(36) Expuesto en el informe de amicus curiaepresentado por el Colegio Estadounidense de Abogados en la causa de Stanford contra Kentucky.

(37) The Wall Street Journal, 20 de febrero de 1997. Dennis Brutus, poeta y ex activista contra el apartheid, es ahora catedrático de universidad en Pittsburgh, Estados Unidos.

(38) De las cartas enviadas a su hermana Tonya Cropper desde el pabellón de los condenados a muerte en 1997.

(39) Si desean más información, consulten Fatal Flaws: Innocence and the Death Penalty in the USA (Índice AI: AMR 51/69/98/s, que se publicará en noviembre de 1998).

(40) Aunque, técnicamente, el fiscal de distrito tenía razón al decir que Sean Sellers tenía 17 años (en el momento del juicio), sus palabras eran en cierto modo engañosas, ya que Sean Sellers tenía 16 años cuando cometió los crímenes.

(41) Corte Estadounidense de Apelación del Décimo Circuito, 4 de febrero de 1998 (Sellers contra Ward).

(42) Dwayne Allen Wright contra Ronald J. Angelone, 1998.

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