وثيقة - Inde. Inquiétudes au sujet de la Loi relative à la protection des droits humains
AMNISTÍA INTERNACIONAL
Declaración pública
Índice AI: ASA 20/019/2006 (Público)
Servicio de Noticias 205/06
4 de agosto de 2006
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLASA200192006
India: Motivos de preocupación respecto a la Ley para la Protección de los Derechos Humanos
Amnistía Internacional se ha dirigido por escrito al gobierno de India para exponer sus motivos de preocupación en relación con las enmiendas a la Ley para la Protección de los Derechos Humanos. La organización de derechos humanos tiene entendido que estas enmiendas han sido aprobadas hoy, 4 de agosto de 2006, por la Cámara Alta del Parlamento (Rajya Sabha).
Amnistía Internacional considera positivas las enmiendas al artículo 12 de la Ley para la Protección de los Derechos Humanos, que facultan a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para visitar prisiones sin previo aviso ni autorización.
No obstante, la organización resalta en su carta diversos motivos de preocupación sobre estas enmiendas que, en lugar de reforzar el marco de actuación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, vienen a debilitarlo.
Estos son sus motivos de preocupación:
El hecho de que no se aborden las restricciones que impone el artículo 19 de la Ley para la Protección de los Derechos Humanos sobre la competencia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos para investigar abusos cometidos por las fuerzas armadas.
La falta de competencia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos o de las Comisiones Estatales de Derechos Humanos para investigar las condiciones imperantes en instituciones controladas por el gobierno central, como los centros de interrogatorio dirigidos por las fuerzas armadas.
La falta de competencia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos para investigar denuncias de más de un año de antigüedad.
Las nuevas disposiciones que permiten transferir casos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos a las Comisiones Estatales de Derechos Humanos. Estas últimas carecen de recursos y experiencia suficientes para investigar denuncias con eficacia, y a menudo actúan según el caso.
El hecho de que no se haga mención expresa de los Principios de París, que son las normas por las que debe regirse la Comisión Nacional de Derechos Humanos. (Estos principios establecen las áreas de competencia y responsabilidad de las instituciones nacionales y contienen directrices sobre “composición y garantías de independencia y pluralismo” y “modalidades de funcionamiento”).
La preocupación de Amnistía Internacional es aún mayor al saber que el proyecto de ley no se consultó con el propio Grupo Básico de Organizaciones No Gubernamentales de la Comisión Nacional de Derechos Humanos ni con las organizaciones nacionales de derechos humanos.
La organización de derechos humanos expresa su decepción por el hecho de que las enmiendas introducidas en el proyecto de ley no parecen reflejar el compromiso formulado por el gobierno de India con anterioridad a la elección de miembros del Consejo de Derechos Humanos de la ONU en abril de 2006, según el cual “seguirá ateniéndose a sus mecanismos y procedimientos nacionales para promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de toda la ciudadanía”. Amnistía Internacional cree que el gobierno de India debe pasar de las promesas retóricas a la acción garantizando la contribución efectiva de la Comisión Nacional de Derechos Humanos a la promoción y protección de los derechos humanos en India.
Amnistía Internacional tiene entendido que el siguiente paso es presentar la Ley para la Protección de los Derechos Humanos ante la Cámara Baja del Parlamento (Lok Sabha). La organización pide garantías a las autoridades de que los motivos de preocupación planteados por las organizaciones nacionales de derechos humanos y por Amnistía Internacional van a tratarse con urgencia.
Información complementaria
En noviembre de 1998, Amnistía Internacional entregó sus recomendaciones al Comité Consultivo, constituido bajo la presidencia del juez Ahmadi para reformar la Ley para la Protección de los Derechos Humanos (Índice AI: ASA 20/026/1998). La revisión de la ley fue una medida celebrada, en vista de los reiterados llamamientos de organismos nacionales e internacionales para que se abordaran y remediaran las limitaciones de esta ley. Se esperaba que las enmiendas introducidas aumentaran las competencias de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y garantizaran su independencia y eficacia. Pero las que hoy se han aprobado no reflejan toda la gama de recomendaciones formuladas por la propia Comisión Nacional de Derechos Humanos, por el Comité Consultivo y por otros organismos de derechos humanos nacionales e internacionales.