تقرير منظمة العفو الدولية لعام  2012
حالة حقوق الإنسان في العالم

وثيقة - AUTRICHE. CRAINTES DE RENVOI FORCÉ / TORTURE. Muhammad Abd al Rahman Bilasi Ashri (h), 38 ans












PÚBLICO Índice AI: EUR 13/001/2005

7 de octubre de 2005


AU 266/05

Peligro de devolución (refoulement) / Tortura


AUSTRIA

Muhammad 'Abd al-Rahmin Bilasi-Ashri, de 38 años de edad



Austria va a extraditar a Muhammad ‘Abd al-Rahman Bilasi-Ashri a Egipto. Si la devolución se lleva a cabo, corre grave peligro de ser torturado o de sufrir otras graves violaciones de derechos humanos.


A finales de la década de los ochenta y principios de los noventa, las autoridades egipcias detuvieron en varias ocasiones a Muhammad ‘Abd al-Rahman Bilasi-Ashri –y, según se informa, lo maltrataron–, debido a su asociación con grupos islamistas como la Hermandad Musulmana. En 1995 Muhammad ‘Abd al-Rahman Bilasi-Ashri se desplazó a Austria y solicitó asilo. Estando ausente fue condenado por asociación con grupos terroristas y condenado a 15 años de prisión.


Egipto presentó la primera solicitud de extradición de Bilasi-Ashri en 1998. Cuando los tribunales austriacos negaron la petición, las autoridades egipcias respondieron inicialmente con una nueva solicitud de extradición fundamentada en cargos penales adicionales a los Bilasi-Ashri tendría que responder a su regreso a Egipto. Las autoridades egipcias requerían la extradición para poder abrir nuevo proceso judicial basado en su presunta incitación de varias personas a cometer robo y falsificación de documentos, mientras él se encontraba fuera del país.


El 12 de noviembre del 2001, el Tribunal Superior Regional de Viena decidió extraditarlo. El abogado de Muhammad ‘Abd al-Rahman Bilasi-Ashri presentó recurso contra esta decisión ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en Estrasburgo, y el 16 de abril del 2002, el Tribunal Europeo dictó una medida provisional para parar el proceso de extradición. Las autoridades austriacas suspendieron el proceso de extradición y pusieron en libertad a Muhammad ‘Abd al-Rahman Bilasi-Ashri, con lo cual el Tribunal Europeo de Derechos Humanos puso fin al procedimiento.


En marzo del 2005, el Ministerio de Justicia austriaco recomendó que el tribunal de menor instancia volviera a abrir el procedimiento de extradición, y dio instrucción de que, al considerar la nueva información o pruebas presentadas, tuviera en cuenta razones humanitarias que impidieran la extradición, como por ejemplo si Bilasi-Ashri correría peligro de tortura. El 24 de junio del 2005, el Tribunal Superior Regional de Krems decidió que la extradición de Muhammad ‘Abd al-Rahman Bilasi-Ashri era permisible pues no había nueva información o pruebas que justificaran cambiar la decisión inicial de permitir la extradición si las autoridades egipcias acordaban cumplir ciertas condiciones en relación con el trato que recibiría tras su regreso al país. El representante legal de Muhammad ‘Abd al-Rahman Bilasi-Ashri apeló esta decisión.


El 13 de septiembre del 2005, el Tribunal de Apelación de Viena declaró inadmisible el recurso presentado contra la decisión del 24 de junio del 2005 de extraditar a Muhammad ‘Abd al-Rahman Bilasi-Ashri, decisión que se comunicó al abogado defensor el 4 de octubre del 2005.


Información complementaria


En Egipto, los presuntos miembros de los grupos islámicos armados y los opositores políticos del gobierno, incluso los que son devueltos del extranjero, son sometidos frecuentemente a tortura, especialmente en las dependencias del Servicio de Seguridad del Estado (SSE) ubicado en la plaza Lazoghly de El Cairo, y otras dependencias del SSE, así como en las comisarías de policía y, a veces, incluso en las prisiones. En diciembre del 2001, las autoridades suecas devolvieron a dos solicitantes de asilo egipcios. El gobierno sueco pidió, y recibió, garantías del gobierno egipcio de que serían sometidos a un juicio justo y no se les impondría la pena de muerte. Sin embargo, los dos hombres fueron recluidos en régimen de incomunicación durante más de un mes. La familia de uno de ellos, Ahmed ‘Agiza, alegó que había sido torturado, pero las autoridades egipcias no parecen haber ordenado una investigación imparcial de estas alegaciones. (Véase AU 324/01, MDE 12/035/2001, del 19 de diciembre del 2001, y sus actualizaciones). Ahmed ‘Agiza fue sometido a un juicio injusto y condenado a 25 años de prisión, pena que quedó reducida a 15 años por orden del presidente.


La devolución (refoulement) de cualquier persona a un país en el que correría peligro de sufrir graves violaciones de derechos humanos, vulnera las obligaciones internacionales que ha contraído Austria en virtud del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales y de la Convención de la ONU contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen sus llamamientos, de forma que lleguen lo antes posible, en inglés, alemán o en su propio idioma:

- instando al gobierno de Austria a suspender la extradición de Muhammad ‘Abd al-Rahman Bilasi-Ashri a Egipto, donde corre peligro de sufrir graves violaciones de derechos humanos, incluida tortura;

- instando a las autoridades austriacas a no devolver a ninguna persona a un país donde puedan sufrir graves violaciones de derechos humanos, pues ello vulneraría las obligaciones internacionales que Austria ha contraído en virtud del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales y la Convención de la ONU contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.


LLAMAMIENTOS A:

Ministra de Justicia

Minister of Justice

Mag. Karin Gastinger

Bundesminister für Justiz

Museumstraße 7

A-1070 Wien, Austria

Fax: +43 1 521 52 2828

Tratamiento: Dear Minister/Señora Ministra


COPIAS A:

Presidente

President

Bundespräsident

Dr. Heinz Fischer

Prasidentschaftskanzlei

Hofburg, Bellariator, Ballhausplatz 2

A 1010 Wien, Austria

Fax: +43 1 535 6512

Correo electrónico:heinz.fischer@hofburg.at

Tratamiento: Your Excellency/Señor Presidente


y a los representantes diplomáticos de Austria acreditados en su país.


ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 18 de noviembre del 2005.