وثيقة - Hungary: Cries unheard: The failure to protect women from rape and sexual violence in the home: Summary
Hungría
Un clamor ignorado
La falta de protección a las mujeres ante la violación y la violencia sexual en el hogar
Informe resumido
Las niñas y las mujeres que buscan justicia tras una violación enfrentan obstáculos casi infranqueables en Hungría. Los delitos de violencia sexual destrozan las vidas de las mujeres en todos los países del mundo y el procesamiento eficaz de los responsables plantea desafíos a todos los gobiernos y todas las sociedades. Sin embargo, el gobierno y el sistema de justicia penal húngaros aún tienen que encarar los prejuicios generalizados que impiden que las mujeres violadas o sometidas a otras formas de violencia sexual reciban justicia o resarcimiento.
La mayoría de las violaciones y otros delitos de violencia sexual se cometen en el hogar y por personas que conocen a la víctima, más frecuentemente esposos y otras parejas y ex parejas. La cantidad de estudios sobre el tema realizados en Hungría es terriblemente pequeña, pero se calcula que casi una de cada tres mujeres ha sido sometida a violencia física por su pareja. En la única encuesta reciente sobre violencia física y sexual en el hogar en Hungría, aplicada a más de 1.000 mujeres, un 28 por ciento manifestó haber sido golpeada y más de un 7 por ciento señaló haber sido forzada por su pareja a tener relaciones sexuales.
La violación y otras formas de violencia sexual constituyen abusos contra los derechos humanos de las mujeres. La responsabilidad gubernamental ante delitos cometidos por particulares consiste en garantizar que las leyes y los procedimientos brinden un marco de protección, que dichas disposiciones se apliquen enérgicamente para proteger a las mujeres de la violencia y que las mujeres sometidas a actos de violencia reciban un apoyo activo para recibir justicia y resarcimiento. Estas obligaciones de carácter estatal se encuentran recogidas en las normas internacionales de derechos humanos que Hungría se ha comprometido a respetar y defender.
El gobierno ha dado algunos pasos en la dirección correcta. En 1997 se reconoció a la violación dentro del matrimonio como delito dentro del Código Penal. En 2003, la Asamblea Nacional decidió instaurar una estrategia nacional para la prevención y el tratamiento satisfactorio de la violencia doméstica. Además, en 2003 la policía publicó directrices sobre las responsabilidades de la fuerza policíaca al actuar en casos de violencia doméstica.
No obstante, la discriminación y el rechazo que las mujeres siguen enfrentando en su lucha por recibir justicia frente a violadores y abuso doméstico revelan la falta de voluntad política del Estado para hacer frente a los prejuicios omnipresentes que invaden todos los niveles del sistema de justicia penal y la sociedad en general. El gobierno aún no ha logrado abordar el requisito legal que exige probar la resistencia física de la víctima, así como tampoco ha abordado la actuación tardía de la policía o la falta de servicios especializados en el sistema judicial y el sistema de salud, factores todos que con seguridad desincentivan la denuncia del delito. Las niñas y las mujeres que han sido violadas pueden esperar incredulidad y estigmatización.
Amnistía Internacional hace un llamamiento al gobierno de Hungría para que respete, proteja y cumpla los derechos de las mujeres mediante modificaciones a la ley, la garantía del acceso a la justicia y la provisión de normas y capacitación para profesionales que trabajen con víctimas de delitos sexuales. Se exhorta al gobierno a brindar servicios de apoyo para las víctimas de violencia sexual, realizar investigaciones y recabar datos útiles para la formulación de políticas, y luchar activamente contra los prejuicios sociales con campañas de educación de la población. El gobierno debe encarar los delitos de violencia sexual con la misma seriedad que otros actos violentos contra la persona. Hasta que se tomen medidas eficaces, seguirá negándose a las niñas y las mujeres en Hungría el derecho a la justicia y al resarcimiento sin discriminación.
El impacto de la violación
La violación y otras formas de violencia sexual tienen un impacto devastador en las vidas de las mujeres. Las mujeres sometidas a violencia doméstica, que suele implicar violación, sufren el mismo dolor, humillación y amenazas que las víctimas de otras formas de violencia. Pueden tener lesiones físicas, estar sometidas a abuso psicológico y padecer los mismos sentimientos de impotencia y depresión. Además, es común que carezcan de apoyo emocional y enfrenten solas los mitos y prejuicios extendidos en su comunidad con respecto a la responsabilidad de la mujer en el maltrato que recibe de su pareja.
Muchas víctimas de violación se sienten avergonzadas por lo sucedido y son menos las que piden ayuda en comparación con las víctimas de otras formas de violencia física. Sencillamente están demasiado conscientes de que en los casos de violación la víctima es tratada como culpable hasta que pueda demostrar su inocencia, mientras que la persona acusada se considera inocente hasta que se demuestre culpable. Una jueza declaró a Amnistía Internacional:
"He trabajado como jueza durante 20 años, pero a decir verdad, yo no denunciaría una violación. Es muy difícil por los trámites legales, las actitudes y los convencionalismos. La víctima es quien tiene que defenderse y demostrar todo."
Todavía hay fuertes prejuicios en Hungría contra las mujeres que sufren violencia en el ámbito familiar o son violadas. Una encuesta de opinión pública aplicada a casi 1.200 personas en 2006 mostró que más del 32 por ciento de las personas encuestadas creía que las mujeres son responsables de ser violadas, casi el 40 por ciento de los hombres y más del 25 por ciento de las mujeres. Un total de 62 por ciento no sabía que la violación conyugal es un delito en Hungría. Más del 15 por ciento de los hombres pensaba que el hecho de que un esposo obligue a su esposa a tener relaciones sexuales no constituye una violación, opinión compartida por más del 8 por ciento de las mujeres.
Rózsa no recibió apoyo alguno de amigos o familiares a pesar de que su esposo la golpeaba y violaba rutinariamente; de hecho, trataban de explicar y legitimar la violencia, tal como lo relató a Amnistía Internacional.
"Cuando empezó a golpearme con regularidad, su padre dijo que tenía razón […]. Cuando lo denuncié a la policía, me dijeron que se había comportado bien la noche anterior en el bar […]. Me avergonzaba hablar de ello con personas conocidas. Todos pensaban que las mujeres deben simplemente aguantar estas cosas."
Todas las violaciones tienen un impacto devastador en las víctimas, pero la violación por parte de la pareja deja a la víctima bajo amenaza constante de una nueva agresión, impotente, sin crédito alguno por parte de muchas de las personas que la rodean y frecuentemente considerada responsable de los ataques que ha soportado.
Un obstáculo clave que enfrentan las mujeres al tratar de recibir justicia tras una violación y otros delitos de violencia sexual es la alta tasa de abandono en estos casos: el gran número y la proporción de casos que abandonan el proceso legal, casos que no consiguen siquiera llegar a los tribunales o no culminan en condenas penales. Es posible que la policía no identifique al agresor. La víctima u otros testigos pueden decidir retirar sus declaraciones o no presentar cargos. El caso puede ser etiquetado como "informe falso". Es posible que la policía, la fiscalía o la judicatura decida que los indicios son insuficientes.
A pesar de los altos niveles de abandono, la tasa de condenas penales por violación y otros delitos sexuales en Hungría es una de las más altas en Europa, con un promedio de condenas en más de la mitad de los casos. Sin embargo, son extraordinariamente pocos los casos denunciados a la policía, en buena parte debido a los prejuicios sociales dentro del sistema de justicia penal con los que se encuentran las mujeres que denuncian estos delitos. Otros factores son los defectos de la legislación sobre violación, las deficiencias en destrezas de investigación y capacitación dentro de la policía, y la falta de apoyo y servicios oficiales para las víctimas.
Defectos de la legislación sobre violación
Las leyes sobre violación en Hungría necesitan de una reforma urgente. El Código Penal define la violación y otros delitos de violencia sexual como "delitos contra el matrimonio, la familia, la juventud y la moral sexual". La atención no se concentra en el daño causado a la víctima y se fomenta el silencio por miedo al perjuicio que incluso una denuncia causará a la posición de una mujer en su comunidad. El Consejo de Europa ha recomendado a sus Estados miembros la definición de actos de violencia física o sexual como violaciones de "la libertad e integridad física, psicológica o sexual".
Lo más preocupante es que, según la definición del Código Penal, la violación debe implicar un componente de fuerza por medio de la violencia o la amenaza de daño físico, lo que niega de hecho los derechos de las mujeres a la autonomía sexual y la integridad física, y no las protege adecuadamente de la violencia. En la práctica, los tribunales han supuesto que, por más grave que sea el riesgo para la seguridad de la mujer, se considera que consintió en tener relaciones sexuales a menos que pueda demostrar haber opuesto resistencia.
János y Szilvia, pareja de edad madura, fueron atacados por cuatro jóvenes varones cuando se dirigían a casa por la noche. Golpearon e hirieron a János en la calle; violaron a Szilvia. Los cuatro jóvenes recibieron condenas de prisión condicionales, pero tres de ellos fueron absueltos en segunda instancia y al cuarto se le mantuvo la pena condicional. El tribunal resolvió que "se requiere que la víctima oponga resistencia o al menos manifieste su resistencia, si puede resistirse. Dicha resistencia debe ser seria y la víctima debe decir que no da su consentimiento: debe además actuar físicamente para intentar impedir el delito".
Un tribunal de apelaciones confirió carácter condicional a una condena de prisión por violación alegando que la adolescente no había podido probar que no opuso resistencia física por miedo a su agresor.
Bárbara tenía 15 años, padecía epilepsia y tenía una discapacidad del aprendizaje cuando fue violada por un hombre de 40 años. Al autor lo condenaron a tres años y medio en prisión, pero la condena se modificó por una condena condicional y se redujo en segunda instancia. El tribunal de apelaciones resolvió que la violencia física "no podía demostrarse de manera irrefutable a partir del testimonio de la joven, sino únicamente sobre la base del testimonio de una persona especialista en psiquiatría, quien opinó que la actitud decidida del autor del delito y lo superior de su fuerza impidieron que Bárbara consiguiera defenderse".
Para introducir los derechos de las mujeres a la autonomía y a la igualdad sexual en las leyes húngaras, la definición de violación y otros delitos de violencia sexual debe incluir la posibilidad de su comisión intencional o imprudente: intencional cuando el autor del delito sabe que la víctima no ha dado su consentimiento; imprudente cuando el autor del delito es indiferente al otorgamiento o negación del consentimiento. Esa definición no afecta la carga de la prueba o la presunción de inocencia del acusado, pues el proceso aún tiene que demostrar que no hubo consentimiento ni libre acuerdo.
Falta de justicia y resarcimiento
Es común que la aplicación de procedimientos penales y reglamentos no proteja a las víctimas y se convierta en un obstáculo aún mayor que los defectos de la propia ley. Los prejuicios generalizados en torno a la violación y las mujeres que la denuncian dentro de la policía y el sistema de justicia penal ocasionan un índice extremadamente bajo de denuncias de delitos sexuales.
Las razones de ese índice tan bajo de denuncias son complejas y variadas. Las mujeres temen las represalias del agresor y sus conocidos, además del estigma y el ridículo dentro de sus comunidades, pero también tienen poca confianza en el sistema de justicia penal y en los servicios de salud. Aun cuando sean dueñas de la propiedad donde viven, su pareja puede negarse a abandonar el hogar y la policía puede mostrarse renuente a brindar asistencia a menos que haya indicios de lesiones graves. El silencio de las mujeres abusadas también puede deberse a su dependencia económica. La tasa de desempleo es particularmente alta en zonas rurales y entre las madres de niños muy pequeños.
Con demasiada frecuencia, la policía no realiza investigaciones profesionales de denuncias de delitos sexuales. Los expedientes de las investigaciones policiales que se presentan a los tribunales son formalistas e inservibles. No se recogen pruebas materiales de vital importancia, como las ropas manchadas, para su análisis forense. No se busca o entrevista a testigos.
Después de que Sztella avisó a la policía que su ex esposo la había violado, los dos agentes que llegaron a su apartamento escucharon la versión de los hechos del ex esposo fuera del edificio, pero no entraron a analizar la escena del delito ni intentaron entrevistarse con Sztella, a quien pronto se llevó una ambulancia. Meses después, la policía decidió que no se podía determinar delito alguno ni esperar resultados. Sztella tuvo que iniciar un proceso judicial privado. El tribunal decidió que las pruebas eran insuficientes para fallar una condena.
Las entrevistas de Amnistía Internacional con varios agentes de la policía revelan prejuicios comunes en torno a la violación y las mujeres que la denuncian:
"¿Qué es una violación? Es diferente desde el punto de vista de un hombre y el punto de vista de una mujer [...]. [Acusar a alguien de violación] puede venirle muy bien a las mujeres cuando quieren divorciarse y obtener la patria potestad de los hijos [...]. Cualquiera de ellas puede golpearse la cabeza contra la mesa adrede [...]. ¿Por qué habrían de ser distintos de la sociedad los agentes de la policía, los fiscales o los jueces? [...]. Es común que las mujeres cambien de opinión y no quieran presentar cargos".
Un estudio húngaro de reacciones de funcionarios ante la violencia doméstica señala muchos casos en los que la policía rehusó continuar con las investigaciones, a veces sencillamente porque no le creyeron a la mujer o porque ella, al estar su pareja y agresor delante, dijo ser la causante de la violencia. La policía suele disuadir a las mujeres de denunciar delitos sexuales difíciles de probar o no registra las denuncias de delitos que no investiga.
Parece haber una grave insuficiencia en la médula del servicio policíaco a la hora de comprender las actitudes negativas a las que se enfrentan las mujeres cuando denuncian delitos sexuales o tratan con agentes de la policía. Los agentes de alto rango han revelado flagrantes prejuicios al intentar transferir a las víctimas no sólo la responsabilidad por el bajo índice de denuncias, sino también por los propios delitos. Un policía especialista en cuestiones relacionadas con las violaciones recibió a una representación de Amnistía Internacional en 2006 con estas palabras:
"¿Usted es quien ha venido a hablar de las chicas que han traído aquí y dicen haber sido violadas? [...] Al menos el 85 por ciento de ellas son putas. Quieren mantener relaciones sexuales, pero no son capaces de llegar a un acuerdo. Son prostitutas, abiertamente o en secreto. Un especialista puede advertirlo."
Tal intolerancia también se encuentra en los tribunales y otros componentes del sistema de justicia penal.
Las audiencias del tribunal en el caso de Dora, mujer que padece una enfermedad mental y fue violada en grupo y torturada, se prolongaron años. Aunque inicialmente dos hombres fueron sentenciados a penas de prisión por atentar contra la moral pública, después de un nuevo juicio y la reducción del cargo a difamación, uno de ellos fue absuelto y el otro recibió una multa. El tribunal resolvió considerar relevante el que Dora hubiese reconocido, al parecer, haber trabajado como prostituta.
Los testigos y las víctimas no están suficientemente protegidos del hostigamiento de los acusados y otras personas. Se permite a los acusados hacer preguntas directamente a las víctimas ante la policía y ante el tribunal; en la práctica, estas sesiones de careo tienen lugar en más de una ocasión. "Cuando trabajaba como investigadora me pareció que esto no servía para nada y era muy traumatizante", señaló un agente de la policía a Amnistía Internacional.
El trauma sigue en los tribunales.
Aunque Eva, adolescente, declaró constantemente ante el tribunal haber sido violada, durante una audiencia dijo que las relaciones sexuales con el acusado habían sido de mutuo acuerdo. En el acta judicial se registró que Eva, a diferencia de su testimonio previo, se mostraba renuente a responder preguntas, apenas habló y su discurso era incoherente. Aquel día se presentaron en la sala familiares del acusado y personas que lo apoyaban. Durante la siguiente audiencia, Eva declaró haber sido amenazada por los familiares en la entrada de los tribunales, imputación confirmada por el maestro que la acompañaba. El acusado fue absuelto.
Falta de datos y carencia de servicios de apoyo
El gobierno no garantiza la disponibilidad de datos estadísticos e investigaciones actualizadas en las que fundamentar la formulación de políticas públicas y la reforma legislativa en materia de delitos sexuales. Asimismo, falta capacitación para tratar las ideas inexactas comúnmente extendidas acerca del papel de las mujeres, ideas que obstaculizan el acceso al apoyo y el tratamiento profesionales.
Las estadísticas del servicio de policía y la fiscalía sobre casos de violación y otros delitos de violencia sexual o doméstica sólo muestran el número de casos que la policía ha empezado a investigar. No se registra el número de denuncias, tampoco aquellas desestimadas sin ser investigadas. Por lo tanto, no se sabe a ciencia cierta cuántos casos no fueron investigados porque la víctima decidió no presentar cargos o porque la policía determinó que los indicios eran insuficientes para iniciar un proceso penal.
El servicio de policía y la fiscalía tampoco llevan a cabo o encargan investigaciones sobre las razones del bajo nivel de denuncias a la policía y de procesamientos, sobre las experiencias de las niñas y mujeres que presentan cargos contra violadores o sobre las responsabilidades del Estado en el marco del derecho internacional de los derechos humanos.
in A pesar de que la policía ha puesto en marcha algunos cambios positivos, el resto del sistema de justicia penal va a la zaga. Hay una necesidad urgente de capacitación especializada orientada al personal del área de cumplimiento de la ley, miembros de la fiscalía y la judicatura y profesionales del peritajey de la medicina. Este tipo de capacitación debería garantizar que el sistema de justicia penal responda e investigue eficazmente las denuncias de violencia sexual y de pareja, procese enérgicamente los casos e imponga condenas adecuadas a los autores de delitos que hayan sido declarados culpables. Aunque 240 agentes de la policía húngara recibieron capacitación profesional en 2004 y 80 más hicieron lo propio en 2005, hay una grave falta de financiamiento para este tipo de capacitación.
Las personas que sobreviven a un delito sexual deben de tener acceso al apoyo de trabajadores sociales, a servicios psicológicos o jurídicos, y a otras formas de asesoría y tratamiento profesionales. En Hungría no es común que los profesionales de la medicina y la psicología formulen preguntas pertinentes cuando las mujeres requieren cuidados médicos para tratar lesiones que podrían ser consecuencia de la violencia doméstica, aun cuando hay indicios claros. Sus informes médicos sólo reflejan lo que las mujeres les dicen. Si una mujer sólo menciona lesiones físicas, no le preguntarán si además fue atacada sexualmente.
Después de que Zsuzsa fuera violada en grupo, su cuñada la llevó a la consulta ginecológica e informó a una asistente de lo sucedido. No obstante, el médico retiró el tampón que los violadores empujaron con fuerza hacia el interior del cuello del útero de Zsuzsa y no le hizo ninguna pregunta. Más adelante, la policía llevó a Zsuzsa a otro médico para que la examinara. El informe médico relataba detalladamente las lesiones internas de Zsuzsa. Posteriormente, en el tribunal, se destacaron las diferencias entre los dos informes de los exámenes médicos durante el interrogatorio.
En Hungría, la realización de los exámenes forenses de mujeres violadas o agredidas sexualmente compete a especialistas en ginecología y se practica en hospitales, no se asigna a especialistas en medicina forense o profesionales de la salud con capacitación especial. Hungría carece de centros especializados capaces de brindar tratamiento a las víctimas que sobreviven a una agresión sexual y de satisfacer los requisitos de la justicia penal vinculados a la recogida de pruebas forenses.
Recomendaciones
Amnistía Internacional hace un llamamiento al gobierno húngaro para que:
Reforme la ley
· Modifique el Código Penal (artículos 197, 198) de manera que se defina la violación y otros delitos de violencia sexual como delitos contra la libertad e integridad física, psicológica o sexual de una persona, no como delitos contra la moral sexual.
· Modifique el Código Penal (artículos 197, 198) de manera que refleje los derechos a la autonomía sexual y a la integridad física mediante el requisito probatorio de existencia de consentimiento o "libre acuerdo", no de resistencia física, como fundamento para determinar el delito de violación y otros delitos de violencia sexual. El Código Penal debe disponer de una lista no exhaustiva de ejemplos que ilustren situaciones en las que no hay consentimiento o libre acuerdo, como sucede cuando una persona se rinde a la violación por miedo a sufrir un daño mayor o porque se encuentra bajo los acusados efectos del alcohol.
Dé justicia y resarcimiento efectivo
· Revise, evalúe y ponga en práctica leyes, procedimientos y directrices para que la investigación policíaca de los delitos –particularmente en lo relacionado con la respuesta inicial, el registro y el seguimiento de las denuncias (incluidas aquellas que hayan sido retiradas), la recogida de pruebas, los exámenes forenses, la toma de declaraciones y la entrevista o detención de sospechosos– garantice que su aplicación en casos de violación, otros delitos de violencia sexual y violencia doméstica sea tan rigurosa como en otros delitos graves ontra la persona.
· Cree centros especiales, por ejemplo centros de atención a situaciones de crisis por violación o centros de derivación de casos de agresión sexual, a fin de brindar una práctica forense de calidad, útil a la eficacia de las investigaciones, además de apoyo y servicios a la denunciante (véase más abajo). Estos centros podrían establecerse en los hospitales.
· Establezca mecanismos eficaces para que la policía pueda actuar de inmediato frente a los autores de delitos de violencia sexual y violencia doméstica, por ejemplo mediante la emisión y el cumplimiento de órdenes judiciales de control y la institución de programas de protección de testigos cuyo objetivo sea proteger a las víctimas sobrevivientes y a los testigos de violación, otros delitos de violencia sexual y violencia doméstica de amenazas o represalias antes, durante y después de los procesos penales.
· Asigne los casos de violación, otros delitos de violencia sexual y violencia doméstica a miembros de la fiscalía que hayan recibido capacitación especializada.
· Garantice el control efectivo del edificio y la sala del tribunal durante el juicio a fin de proteger a los testigos, incluida la víctima, de amenazas e intimidaciones. Deben considerarse medidas como la presencia de una persona de apoyo o la colocación de mamparas para que los testigos, incluida la víctima, no vean al acusado o al público mientras prestan testimonio.
· Garantice la investigación inmediata, exhaustiva, independiente e imparcial de todas las acusaciones de negligencia policíaca en cuanto a la investigación adecuada de las violaciones y otros delitos de violencia sexual. Los agentes de policía y funcionarios públicos que incumplen su deber legal de proteger a las mujeres y evitar la violencia cuando claramente se requiere que lo hagan debn de ser llevados ante la justicia.
· Instituya programas de tratamiento especializado para los autores del delito de violación, otros delitos de violencia sexual y violencia doméstica, con la participación de profesionales y organizaciones de la sociedad civil con conocimientos y experiencia en el ámbito de la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, a fin de evitar la reincidencia.
Fortalezca la capacitación y las normas profesionales
· Recopile datos y publique información estadística sobre la violación, otros delitos de violencia sexual y violencia doméstica, en particular sobre:
· la frecuencia de estos delitos,
· el número de denuncias presentadas a la policía –incluidas aquellas desestimadas sin investigación– y el número de denuncias retiradas por denunciantes e investigaciones cerradas por la policía o la fiscalía antes de que éstas llegaran a los tribunales,
· el número de denuncias que efectivamente terminan en procesamiento..
· Lleve a cabo o encargue la investigación de:
· las razones del bajo nivel de denuncias a la policía, de procesamientos o condenas,
· las experiencias de niñas y mujeres que presentan cargos contra los violadores,
· ejemplos de buenas prácticas para que el Estado pueda cumplir con sus obligaciones de prevenir el delito de violación y otros delitos de violencia sexual y violencia doméstica, procesar a los autores de los delitos y brindar protección a las víctimas de conformidad con las normas internacionales.
· Dicha investigación debería de ser la base de las correspondientes iniciativas de políticas públicas, así como iniciativas legislativas y de capacitación.
· Traduzca, difunda e incluya las Directrices para la atención médico legal a las víctimas de violencia sexual, publicadas por la Organización Mundial de la Salud en 2003, en la capacitación de profesionales de la salud.
· Proporcione y financie capacitación y directrices especializadas para el cuerpo de policía, la judicatura, la fiscalía, profesionales del derecho y otras personas que tratan con mujeres sobrevivientes de violación, otros delitos sexuales y violencia doméstica. En dichas directrices y capacitación se debe contar con profesionales y organizaciones de la sociedad civil con conocimientos y experiencia en el ámbito de la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, y deben contemplar:
· el carácter de la violencia contra las mujeres, particularmente en relación con estos delitos, a fin de acabar con los prejuicios y los estereotipos acerca de las víctimas y de los autores del delito,
· investigaciones y procesamientos eficaces, y directrices para dictar sentencias a fin de garantizar que los autores reciban condenas acordes al delito.
· Eleve el nivel de los exámenes forenses y el tratamiento médico para sobrevivientes de violación, otros delitos de violencia sexual y violencia doméstica mediante la introducción de normas y protocolos fundados en las buenas prácticas para la recogida de pruebas por parte de profesionales de la salud, incluido el uso de un kit específico para ello.
· Brinde apoyo a las víctimas, incluida la recogida de pruebas sin presionarlas a mantener o retirar la denuncia, y evite procedimientos y prácticas durante la investigación y el juicio que vuelvan a traumatizar a las víctimas y provoquen su renuencia a seguir adelante con el caso.
· Promueva el acceso de las víctimas a exámenes realizados por peritos médicos mujeres.
· Garantice que los programas de protección de testigos les brindan esa protección antes, durante y después de los procesos penales, e incluyen la emisión y el cumplimiento de órdenes judiciales para proteger a denunciantes y testigos.
· Integre una perspectiva de género en todo el sistema de justicia penal.
Brinde apoyo y servicios a las víctimas sobrevivientes
· Garantice que la policía a cargo de la investigación de casos de violación, otros delitos sexuales y violencia doméstica, al llegar a la escena del delito, informe a la víctima de los servicios de apoyo disponibles, como refugios y centros de atención a situaciones de crisis. Esta información debe proporcionarse en privado y no en presencia del agresor, e independientemente de que la víctima la haya solicitado.
· Cree centros especiales, por ejemplo centros de atención a crisis por violación o centros de derivación de casos de agresión sexual, a fin de brindar apoyo y servicios a la denunciante –como un tratamiento médico adecuado que incluya atención psicológica, intervención en crisis, asesoría y defensa legal– así como una práctica forense de calidad, útil a la eficacia de las investigaciones (véase más arriba). Estos centros podrían establecerse en los hospitales.
· Proporcione y financie capacitación y directrices especializadas para el personal de los servicios de salud, profesionales del trabajo social y otras personas que proporcionan servicios para mujeres sobrevivientes de violación, otros delitos sexuales y violencia doméstica. En dichas directrices y capacitación se debe contar con profesionales y organizaciones de la sociedad civil con conocimientos y experiencia en el ámbito de la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, y deben contemplar:
· el carácter de la violencia contra las mujeres, particularmente en relación con estos delitos,
· los prejuicios sociales en torno a la violencia contra las mujeres,
· asesoría sobre servicios disponibles, como refugios, servicios médicos y de otros tipos de apoyo, y servicios jurídicos.
· Garantice el apoyo profesional, incluido el psicológico, para sobrevivientes de violación, otros crímenes de violencia sexual y violencia doméstica que se encuentren prestando testimonio a la policía o en procesos penales.
· Proporcione y financie refugios para mujeres que huyen de la violación y la violencia sexual en el hogar, y garantice que las mujeres en peligro de ser víctimas de estos delitos tengan la seguridad de tenencia, para ellas y sus hijos, del hogar compartido con sus agresores.
Información y educación de la población
· Organice y financie campañas de educación de la población sobre el derecho de las mujeres a vivir sin violencia, mostrando que la violación y otras formas de violencia son manifestaciones de relaciones de poder desiguales entre los hombres y las mujeres, relaciones de poder que han derivado en la dominación y la discriminación masculina contra las mujeres.
· En colaboración con el personal de los servicios de salud y las organizaciones de la sociedad civil, elabore y distribuya material educativo e información sobre los servicios disponibles para personas que han sobrevivido a una violación, otros delitos de violencia sexual y violencia doméstica.
· Incluya la enseñanza de la igualdad y el respeto mutuo entre los sexos, así como la prevención de la violencia contra las mujeres, en los planes de estudio de educación primaria y secundaria.
Este texto resume el documento titulado Hungary: Cries unheard – The failure to protect women from rape and sexual violence in the home(Índice AI: EUR 27/002/2007), publicado por Amnistía Internacional en mayo de 2007.. Si desean más información o emprender acciones al respecto, consulten el documento completo. En el sitio web http://www.amnesty.orgencontrarán una amplia selección de materiales de AI sobre éste y otros asuntos. Los comunicados de prensa de la organización pueden recibirse por correo electrónico solicitándolo en la dirección:
http://www.amnesty.org/email/email_updates.html
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Traducción de Editorial Amnistía Internacional (EDAI), España
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