تقرير منظمة العفو الدولية لعام  2012
حالة حقوق الإنسان في العالم

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Declaración pública

Índice AI: MDE 12/023/2002/s (Público)

Servicio de Noticias 112/02

2 de julio de 2002


Egipto: Derechos sin discriminación



Hoy se inicia ante un tribunal penal del distrito de Qasr al-Nil, en El Cairo, el nuevo juicio contra 50 hombres que ya habían sido juzgados el año pasado en relación con su presunta orientación sexual.


Amnistía Internacional ha declarado: «Nos alegró que el presidente Mubarak anulara anteriormente la condena, pues con esa anulación quedaron en libertad 21 presos de conciencia. Sin embargo, sentimos una preocupación evidente por la decisión de las autoridades egipcias de procesar otra vez a estos hombres por cargos que son discriminatorios y violan su derecho a la intimidad».


La embajada egipcia en Zagreb ha escrito recientemente a Amnistía Internacional para manifestar que, basándose en el derecho a la intimidad, reconocido por el derecho internacional, nadie, incluidos los homosexuales, debe ser sometido a medidas opresivas a causa de su orientación sexual. La carta dice también: «Las leyes egipcias no sancionan la práctica de la homosexualidad si no se lleva a cabo en público», y añade que «los homosexuales no deben ser objeto de discriminación alguna». Sin embargo, el nuevo juicio de estos 50 hombres demuestra que sigue utilizándose el cargo de «libertinaje habitual» para castigar las relaciones homosexuales mantenidas de mutuo acuerdo y en privado.


Varios de los hombres denunciaron haber sido sometidos a tortura y malos tratos tales como golpes con un palo en las plantas de los pies (falaka) durante las primeras fases de la detención. Los gays (o aquellos a quienes se cree gays) se enfrentan a un mayor peligro de sufrir tortura y malos tratos en las comisarías y prisiones de Egipto.


Poco después de su detención, uno de los 50 hombres dijo al fiscal que había sido torturado bajo custodia, y le mostró las marcas que la tortura dejó en su cuerpo. El fiscal dejó constancia de «líneas verticales rojas en la parte media de la espalda [...] que el acusado afirma que fueron causadas por golpes con un palo fino [...]». En algunos casos, los acusados han declarado ante el tribunal que los habían obligado mediante coacción a realizar confesiones que más tarde retiraron.


Amnistía Internacional ha hecho llegar en varias ocasiones a las autoridades egipcias las denuncias de tortura y malos tratos recibidas, pero no se tiene constancia de que se hayan llevado a cabo investigaciones al respecto. En virtud de las obligaciones internacionales contraídas por Egipto, todas las denuncias de tortura deben ser investigadas de forma rápida e imparcial y las declaraciones realizadas bajo tortura no deben en ningún caso ser presentadas como prueba ante un tribunal.


Amnistía Internacional ha declarado: «El encarcelamiento de personas exclusivamente por su orientación sexual o su presunta orientación sexual constituye una violación del derecho a no sufrir discriminación, garantizado por tratados internacionales». La organización reitera su llamamiento a las autoridades egipcias para que dejen en libertad de forma inmediata e incondicional a todas las personas encarceladas exclusivamente por su orientación sexual o su presunta orientación sexual.


Información general


Los cargos de «libertinaje habitual» se basan en la Ley 10, de 1961, sobre Lucha contra la Prostitución. La ley en sí no ofrece una descripción de «libertinaje», pero el poder judicial egipcio ha aplicado el término a las relaciones entre personas del mismo sexo en el contexto de la prostitución masculina, así como a las relaciones homosexuales mantenidas de mutuo acuerdo y en privado entre varones.


En mayo del 2001 fueron detenidos en El Cairo unos 60 hombres, la mayoría de ellos en un club nocturno o en un barco conocido como el Queen Boat. En junio del 2001, 52 de estos hombres fueron remitidos por decreto presidencial al Tribunal de Seguridad del Estado para Delitos Menores (Estado de Excepción) de El Cairo, un tribunal extraordinario establecido mediante la legislación del estado de excepción. En noviembre, este tribunal condenó a 23 de los hombres a penas de entre uno y cinco años de prisión: a 21 de ellos por «libertinaje habitual», a otro por «desprecio a la religión» y a otro por ambos cargos. Amnistía Internacional ha adoptado como presos de conciencia a 22 de estos 23 hombres y ha pedido su excarcelación inmediata e incondicional (véase Egipto: Torturas y encarcelamiento por la orientación sexual real o aparente de las personas, de diciembre de 2001 - [Índice AI: MDE 12/033/2001/s]).


En mayo del 2001, el presidente Mubarak ratificó la condena de 2 de los 52 acusados que, violando las normas internacionales de justicia procesal, habían sido condenados a tres y cinco años de prisión.



Documento público

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