تقرير منظمة العفو الدولية لعام  2012
حالة حقوق الإنسان في العالم

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Público Índice AI: MDE 13/002/2004

9 de enero de 2004


Más información (actualización núm. 1) sobre AU 364/03 (MDE 13/041/2003/s, de 15 de diciembre de 2003) Temor de ejecución inminente


IRÁN Kobra Rahmanpour (mujer), de 22 años



Según informes, Kobra Rahmanpour fue detenida el 5 de noviembre de 2000 por matar a su suegra. A pesar de haber alegado que lo hizo en defensa propia, porque la víctima intentó agredirla con un cuchillo de cocina, fue condenada a muerte por la Sección 1608 del Tribunal Penal de Teherán hacia el 1 de enero de 2000 o ese mismo día. El Tribunal Supremo reafirmó con condena en enero de 2003.


Según información publicada en el sitio web iraní de noticias Yas-e No, el 1 de enero de 2004 se aplazó quince días la ejecución de Kobra Rahmanpour por orden del juez Asqar, de la Unidad de Ejecución de Condenas. El 4 de enero, el periódico iraní informó de que el ayatolá Shahroudi, presidente de la Magistratura, había afirmado que, en vista de la posibilidad de que la familia de la víctima accediera a conmutar la pena a Kobra Rahmanpour, se había dado cursado a la Magistratura de Teherán orden de aplazar temporalmente la ejecución. Según el Código Penal iraní, una vez confirmadas por el Tribunal Supremo, las condenas de muerte impuestas por asesinato sólo pueden conmutarse si los herederos de la víctima renuncian a su derecho a exigir que se ejecute la condena a cambio de una indemnización, llamada “dinero de sangre”(diyeh), o si el presidente de la Magistratura hace uso de su poder para anular una sentencia firme en caso de que se observen fallos en ella y remitir la causa a otro tribunal.


La prensa iraní informó ampliamente del aplazamiento de la condena, y, de acuerdo con la información disponible, se han enviado gran número de cartas a periódicos iraníes instando a la familia de la víctima a indultar a Kobra Rahmanpour.


Previamente, el 31 de diciembre de 2003, varios periódicos iraníes informaron de que Kobra Rahmanpour iba a ser ejecutada ese mismo día por la mañana, pues la Unidad de Ejecución de Sentencias había comunicado el 30 de diciembre a su abogado que sería ejecutada en la prisión de Evin al día siguiente.


Según un reportero de Yas-e No que acudió a la prisión de Evin el 31 de diciembre, la familia de la víctima y el abogado de Kobra Rahmanpour se presentaron allí de madrugada. Al parecer, la madre de la condenada hizo una última súplica a la familia de la víctima para que indultaran a su hija, pero fue en vano. Tras una larga espera a la entrada de la prisión, se indicó a la familia de la víctima y al abogado que podían pasar, y una vez dentro las autoridades de la prisión les comunicaron que no había ninguna ejecución prevista ese día.


A la salida, el abogado informó a la prensa de que había habido un error en la comunicación de la orden y que las autoridades de la prisión no habían preparado la ejecución de su cliente ese día. Horas después, el juez de la Unidad de Ejecución de Sentencias confirmó a un reportero del sito web iraní de noticias Iranian Students News Agency (ISNA) que la ejecución se había cancelado porque las autoridades de la presión no estaban preparadas, por lo que se había llamado al director para pedirle explicaciones por esta negligencia. Según información publicada en la prensa, las autoridades de la prisión habían intentado preparar la ejecución con muy poca antelación y no disponían de esposas para llevar a la condenada.


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos, procurando que lleguen lo antes posible, en farsi, en inglés, en francés o en su propio idioma:

- instando a que se conmute de inmediato la condena de muerte impuesta a Kobra Rahmanpour;

- instando a las autoridades a garantizar que la familia de la víctima es informada de su derecho, según la ley islámica, a indultar a la condenada;

- instando a las autoridades a garantizar que Kobra Rahmanpour es tratada con respeto y dignidad, conforme al artículo 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que dispone: “Toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”;

- manifestando que Amnistía Internacional reconoce el derecho y del deber de los gobiernos de llevar a los delincuentes ante los tribunales, pero que se opone categóricamente a la pena de muerte por considerar que constituye la forma más extrema de pena cruel, inhumana y degradante y una violación de la Declaración Universal de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el que Irán es Estado Parte.

Llamamientos a:

Presidente de la Magistratura

His Excellency Ayatollah Mahmoud Hashemi Shahrudi

Ministry of Justice

Park-e Shahr

Tehran, Irán

Telegramas: Head of Judiciary, Tehran, Irán

Fax: + 98 21 879 6671 (insistan si les cuesta comunicar; indiquen: "care of Director of International Affairs, Judiciary")

Tratamiento: Your Excellency/Excelencia


Líder de la República Islámica de Irán

His Excellency Ayatollah Sayed ‘Ali Khamenei

The Presidency, Palestine Avenue, Azerbaijan Intersection

Tehran, Irán

Telegramas: Leader of Islamic Republic, Tehran, Irán

Correo-e: webmaster@wilayah.org; (en «asunto» escriban: «For the attention of the office of His Excellency, Ayatollah al Udhma Khamenei, Qom»)

Tratamiento: Your Excellency/Excelencia


Presidente

His Excellency Hojjatoleslam val Moslemin Sayed Mohammad Khatami

The Presidency, Palestine Avenue, Azerbaijan Intersection

Tehran, Irán

Telegramas: President Khatami, Tehran, Islamic Republic of Irán

Correo-e: (insistan en enviar el mensaje si no lo consiguen la primera vez)

Tratamiento: Your Excellency/Excelencia


Copia a:

Portavoz del gobierno

Mr Abdollah Ramanzadeh

Correo-e: webmaster@information.spk-gov.ir

Tratamiento: Dear Sir/Señor Abdollah Ramanzadeh


Secretario de la Comisión Islámica de Derechos Humanos

Mr Mohammad Hassan Zia’i-Far

Secretary, Islamic Human Rights Commission

PO Box 13165-137, Tehran, Irán

Fax: + 98 21 204 0541

y a los representantes diplomáticos de Irán acreditados en su país.


ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 20 de febrero de 2004.