وثيقة - Iraq: People come first - Protect human rights during the current unrest: Amnesty International's 10-point appeal.
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Público |
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Amnistía Internacional
Irak
Las personas primero: la protección de los derechos humanos durante los actuales disturbios

Irak:
Las personas primero: la protección de los derechos humanos durante los actuales disturbios
Llamamiento de 10 puntos de Amnistía Internacional
22 de abril de 2003 MDE 14/093/2003/s
Es urgente la protección de los derechos humanos en Irak. Aunque parece que han finalizado las operaciones de combate de envergadura, continúa habiendo violencia, homicidios, destrucción de bienes e inseguridad generalizada, y sigue existiendo una situación de emergencia humanitaria. Para que el futuro de Irak sea esperanzador, ha de construirse sobre el respeto a los derechos humanos.
Amnistía Internacional pide a las potencias ocupantes y a todas las demás entidades que ejercen la autoridad en Irak que se comprometan públicamente a cumplir los siguientes 10 puntos, basados en las obligaciones contenidas en el derecho internacional humanitario, y especialmente en el IV Convenio de Ginebra relativo a la Protección Debida a las Personas Civiles en Tiempo de Guerra, así como en las normas internacionales de derechos humanos. Los demás Estados deben insistir en que se respeten estos principios:
1. Garantizar el orden público y la seguridad
Las potencias ocupantes y cualquier autoridad provisional en Irak deben restaurar y mantener el orden público y la seguridad en las zonas que están bajo su control. Deben prevenir los actos de violencia contra personas o propiedades. En el mantenimiento del orden público, deben garantizar que todo uso de la fuerza es necesario y proporcional a la amenaza. Deben respetar los derechos a la libertad de expresión, de reunión y de asociación.
Quienes reorganicen la policía o las fuerzas de seguridad deberán implantar procedimientos imparciales de examen a fin de reducir la posibilidad de reintegrar en el servicio activo a funcionarios que puedan haber estado implicados en violaciones graves de derechos humanos.
2. Satisfacer las necesidades básicas de la población iraquí
En concreto, las potencias ocupantes deben garantizar el suministro sin demora de alimentos, agua, alojamiento y productos médicos a las personas que viven en las zonas de Irak que están bajo su control, mantener los hospitales y otros servicios públicos y proteger la salud y la higiene públicas.
3. Donde continúen los combates, proteger a los civiles y actuar con legitimidad
Puede que continúe habiendo combates esporádicos en algunas partes de Irak. En todos los casos, los civiles y otras personas que no tomen parte en las hostilidades deben ser protegidos, y no debe haber ataques indiscriminados, toma de rehenes, castigos colectivos ni otros tratos inhumanos o arbitrarios.
4. Respetar los derechos de los detenidos
Cuando finalice el conflicto armado, deberán ser liberados los prisioneros de guerra. Por su parte, los civiles detenidos deberán ser puestos en libertad a la mayor brevedad posible, salvo que sean acusados formalmente de un delito reconocido y enjuiciados. En todas las circunstancias, tendrán derecho a impugnar la legalidad de su detención.
En todos los casos, los detenidos recibirán un trato humano y serán protegidos de la coacción, la tortura y los malos tratos.
5. Prohibición de las expulsiones arbitrarias y de la limpieza étnica. Proteger a los refugiados.
Las potencias ocupantes no podrán expulsar a ningún civil iraquí del territorio ocupado, y los detenidos civiles no serán trasladados fuera de Irak. Todos los iraquíes deberán ser protegidos del desplazamiento forzoso o arbitrario de sus hogares.
Quienes huyan al extranjero o ya estén en el exilio deberán ser protegidos de la devolución (refoulement) mientras corran el riesgo de sufrir abusos graves contra los derechos humanos en Irak.
6. Situar los derechos humanos del pueblo iraquí en el centro del esfuerzo de la reconstrucción
La protección de los derechos humanos debe ser un factor clave al establecer las prioridades y poner en práctica los proyectos de reconstrucción. Las potencias ocupantes deben salvaguardar las propiedades de los civiles (en virtud del Cuarto Convenio de Ginebra, todos los nacionales iraquíes son personas protegidas) y, como encargados provisionales de la propiedad pública y los recursos nacionales, no deben apropiarse de los mismos ni enajenarlos.
7. Comprometerse con un programa global para garantizar la justicia
Todos los responsables de haber cometido en Irak delitos tipificados en el derecho internacional y otros abusos graves contra los derechos humanos deben comparecer ante la justicia, con arreglo a lo previsto en las normas internacionales sobre imparcialidad procesal y sin la imposición de la pena de muerte. No debe haber amnistías para delitos previstos en el derecho internacional.
Todo programa global de justicia debe girar en torno a la reforma del sistema de justicia penal iraquí. Mientras tanto, deberán tenerse en cuenta planteamientos complementarios y provisionales, como el establecimiento de tribunales internacionales o mixtos.
8. Establecer una comisión de expertos de la ONU para que asesore sobre planteamientos para garantizar la justicia
Debe comenzar a trabajar de inmediato una comisión de expertos de la ONU, en estrecha consulta con los iraquíes, e informar en unos meses de propuestas para reformar el sistema de justicia penal iraquí y de planteamientos sobre la justicia complementarios y provisionales. Sus recomendaciones deberán ser puestas en práctica por un nuevo gobierno iraquí, pues en virtud del derecho internacional las potencias ocupantes no pueden introducir cambios de gran alcance en el sistema existente. Sin embargo, dichas potencias ocupantes deben suspender la imposición de la pena de muerte y de otras penas crueles e inhumanas, así como las actuaciones de los tribunales especiales iraquíes que vulneren las normas internacionales sobre imparcialidad procesal, y no deben establecer sus propios tribunales.
9. Desplegar observadores de derechos humanos de la ONU en todo Irak
Los observadores de derechos humanos contribuirían a la protección de los derechos de las personas al ocuparse de casos y asuntos de derechos humanos directamente con las autoridades sobre el terreno y proporcionando información autorizada y puntual a la comunidad internacional.
10. Ayudar en la labor de las organizaciones humanitarias
Las potencias ocupantes deben permitir que las organizaciones humanitarias tengan acceso a las personas necesitadas y no demorar innecesariamente sus actividades. Deberán cooperar plenamente con el Comité Internacional de la Cruz Roja, lo que incluye darle acceso a todos los detenidos, así como con la Sociedad de la Media Luna Roja iraquí.
Índice AI: MDE 14/093/2003/s
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