Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - Apologists for torture must be challenged

Índice AI: ACT 30/063/2001/s

Externo


Hay que responder a quienes propugnan la tortura


Tras los atentados del 11 de septiembre contra Estados Unidos, se han producido algunos intentos de legitimar el uso de la tortura. Ciertos comentaristas estadounidenses alegan que la existencia de una amenaza de atentado debe dar lugar a que se permita que los agentes encargados de hacer cumplir la ley torturen a los detenidos.


Esto resucita argumentos que creíamos enterrados para siempre. Hace generaciones que el mundo condena la tortura de forma unánime, del mismo modo que rechaza el concepto de esclavitud.


La amenaza a las vidas de los civiles en Estados Unidos parece haber cambiado las prioridades.


¿Qué quieren decir quienes propugnan la tortura? ¿Se refieren a abofetear al sospechoso? Y si eso no funciona, ¿son aceptables las descargas eléctricas? ¿Y qué hay de introducir el mango roto de una escoba en el ano de la víctima, como le hicieron a Abner Louima en una comisaría de Nueva York en 1997? Y si es aceptable causar dolor a un solo detenido para salvar diez o cien vidas, ¿por qué no torturarlo hasta la muerte?


La tortura degrada y embrutece tanto a la víctima como al torturador. Y corrompe a la sociedad que la permite.


La experiencia de Amnistía Internacional muestra que la tortura no se puede «regular» ni limitar a la hipótesis de la «bomba de relojería» que utilizan sus defensores. Israel utilizó esta justificación en 1987 para autorizar el uso de una «presión física moderada» durante los interrogatorios a detenidos palestinos. En poco tiempo, las fuerzas de seguridad sometían sistemáticamente a los detenidos palestinos a sacudidas violentas y les colocaban grilletes para mantenerlos en posturas dolorosas durante periodos prolongados. En algunos casos, esa «presión física moderada» se convirtió en tortura y casi desembocó en la muerte de la víctima. Finalmente, en 1999 el Tribunal Superior israelí resolvió que esos métodos eran ilegales y debían prohibirse.


Ante el silencio obstinado de un detenido, la tortura puede parecer tentadora. Pero hay que resistir a la tentación. Una vez que se justifica la tortura para un solo fin, otros fines se sucederán. Y el recurso a la tortura traerá como secuela información falsa, confesiones falsas, condenas injustas, y víctimas con el cuerpo roto y la mente destrozada.


La tortura no es eficaz para combatir la amenaza del «terrorismo». Cuando el Reino Unido utilizó la tortura en Irlanda del Norte, a principios de los setenta, no logró poner fin a la campaña de violencia de los grupos republicanos y unionistas. Sólo el proceso de paz que se inició a mediados de los noventa, con un énfasis importante en la protección de los derechos humanos, ha traído consigo, pese a sus dificultades, una diferencia real para la seguridad de las personas corrientes.


La tortura no es sólo moralmente repugnante e ineficaz. También es ilegal.


Estados Unidos ha desempeñado un papel destacado en el desarrollo de normas internacionales contra la tortura. Contribuyó a redactar la Convención de la ONU contra la Tortura, que establece expresamente que no hay justificación para la tortura en ninguna circunstancia. Además, ratificó la Convención contra la Tortura en 1994 y está vinculado legalmente a ella. El año pasado, Estados Unidos fue el país que más dinero entregó al Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura.


Sería una triste ironía que Estados Unidos, después de desempeñar un papel tan importante en la formulación de normas internacionales contra la tortura, las desobedezca. Según el derecho internacional, el país no puede eludir legalmente la prohibición de la tortura ni modificando las leyes nacionales ni entregando a los detenidos a las fuerzas de seguridad de otro país que esté dispuesto a recurrir a la tortura.


El derecho a no ser torturado es tan absoluto que nunca puede restringirse, a diferencia de otros derechos, como el derecho a la libertad, que en época de emergencia nacional puede limitarse legalmente. La tortura está prohibida, incluso en tiempo de guerra, por los Convenios de Ginebra de 1949.


Los actos de «terrorismo» son una afrenta para los derechos humanos fundamentales. La respuesta a tales actos no debe ser otra afrenta a esos derechos humanos fundamentales. Los Estados democráticos no deben utilizar las tácticas de sus enemigos.


Si Estados Unidos permite el uso de la tortura, como algunos propugnan, vulneraría derechos humanos fundamentales, así como tratados legalmente vinculantes que ha prometido respetar y promover. Eso debilitaría el Estado de derecho tanto dentro del país como en el ámbito internacional, y daría luz verde a los torturadores de todo el mundo.

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