Document - Death Penalty News September 1997
Amnistía Internacional
contra la pena de muerte
SEPTIEMBRE DE 1997 EDAI
Índice AI: ACT 53/04/97/s Distribución: SC/DP/PO/CO/GR (41/97)
|
RESUMEN DE ACONTECIMIENTOS SOBRE LA PENA DE MUERTE Y AVANCES EN EL CAMINO DE LA ABOLICIÓN |
POLONIA ELIMINA LA PENA DE MUERTE
El 3 de julio, el presidente Aleksander Kwasniewski firmó un nuevo código penal que elimina la pena de muerte para todos los delitos. El nuevo código, aprobado el 6 de junio por la cámara baja del Parlamento (Sejm) tras su aprobación por el Senado en abril, sustituye a la legislación anterior en la que se establecía la pena capital como pena facultativa para el asesinato y algunos otros delitos. Entrará en vigor el 1 de enero de 1998.
El primer código penal nacional polaco de 1932 establecía la pena capital para el asesinato y los delitos de tipo político. Durante la década de los cuarenta se añadieron más delitos punibles con la pena de muerte, entre ellos los cometidos durante la Segunda Guerra Mundial. Hasta 1956, la mayoría de las sentencias de muerte se dictaron en juicios celebrados ante tribunales militares, y no consta que se conserven registros. Se calcula que entre 1944 y 1956 fueron ejecutadas varios miles de personas.
El nuevo código penal que entró en vigor en 1970 mantenía la pena capital como pena facultativa para el asesinato, los delitos contra el Estado y el delito militar de incumplimiento de una orden durante el combate. A partir de 1970, las autoridades comenzaron a llevar estadísticas sobre las sentencias de muerte y las ejecuciones. Según estas cifras, 1972 fue el año en el que se dictaron más penas de muerte, 33, y 1976 el año en el que se llevaron a cabo más ejecuciones, 16.
El sindicato independiente Solidaridad se opuso a la pena de muerte y propuso su abolición total en 1981. La iniciativa fracasó al proclamarse la ley marcial en diciembre de 1981 y prohibirse Solidaridad. La última ejecución llevada a cabo en el país fue la de un hombre de 28 años, identificado como Andrzej Cz., al que se ahorcó por asesinato en la prisión de Cracovia en 1988.
La cámara baja del Parlamento estuvo debatiendo desde marzo de 1996 el nuevo código penal, en el que se abolía totalmente la pena de muerte. El brutal asesinato de un estudiante a manos de una banda delictiva en la Universidad Politécnica de Varsovia suscitó sentimientos públicos contrarios a la abolición. El 30 de marzo de 1996, durante una intervención televisiva, el primer ministro Wodzimierz Cimoszewicz reconoció que era necesario detener el aumento de la delincuencia pero manifestó que la pena de muerte no era el medio adecuado: «No creo que la ira y el deseo de venganza sean una buena base para combatir la delincuencia eficazmente ... Tengo serias dudas de que ... arrebatar la vida a alguien, aunque sea un criminal, pueda aceptarse. Me parece que hay algo humillante en todo ello, no sólo para la víctima, sino también para el Estado que aplica tales formas de castigo...»
AI llevaba largo tiempo haciendo campaña en favor de la abolición. Los miembros polacos de la organización, en colaboración con otras organizaciones locales de derechos humanos, promovieron la abolición a través de los medios de comunicación y de la captación de apoyos entre los parlamentarios.
MALAWI: CONMUTACIONES
En respuesta a una petición de AI, el presidente de Malawi, Bakili Muluzi, ha conmutado todas las sentencias de muerte y se ha comprometido a no firmar ninguna orden de ejecución durante su mandato.
El presidente Muluzi anunció su decisión después de la reunión mantenida el 22 de julio con una delegación de AI presidida por su secretario general, Pierre Sané, en la capital de Malawi, Blantyre. El señor Sané expresó su satisfacción por la decisión al tratarse de un importante avance en el camino hacia la abolición de la pena capital en Malawi. En las declaraciones que realizó tras la audiencia con el presidente Muluzi, el señor Sané declaró que las conmutaciones probablemente servirían como ejemplo positivo para otros países de la región.
JAPÓN: EJECUCIONES EN SECRETO
El 1 de agosto cuatro personas fueron ahorcadas en secreto, entre ellas el conocido escritor Nagayama Norio, que llevaba encarcelado 28 años. Parece que los cuatro reos, todos ellos condenados por asesinato, fueron elegidos al azar entre unos 55 presos cuyas sentencias de muerte habían sido aprobadas de forma definitiva. Como es habitual en Japón, ni los condenados ni sus familiares fueron avisados con antelación de las ejecuciones. Uno de los cuatro era una mujer.
Nagayama Norio, que en el momento de cometer el delito tenía 19 años de edad y por lo tanto era menor de edad según la legislación japonesa, mató a cuatro personas en 1968. Le detuvieron en 1969 y su proceso se prolongó diez años hasta que en 1979 le condenaron a muerte. El Tribunal Superior de Tokio conmutó su sentencia por la de cadena perpetua en 1981 pero, en 1987, el recurso de los fiscales contra la reducción de su sentencia consiguió que volvieran a condenarle a muerte. En 1990, el Tribunal Superior confirmó la sentencia de muerte. Durante su reclusión, Nagayama Norio escribió dos libros que se convirtieron en grandes éxitos. Cedió los derechos de autor de su primer libro a los familiares de sus víctimas.
En Japón, los reos de muerte son tratados de forma cruel e inhumana. Generalmente son recluidos en celdas de aislamiento donde les obligan a permanecer sentados de la misma postura todo el día. Los guardias de la prisión les vigilan constantemente, no les permiten conversar con los demás internos y las únicas visitas que pueden recibir son las de sus familiares más próximos. Muchos padecen problemas psicológicos asociados con la tensión de saber que pueden ser ejecutados en cualquier momento sin previo aviso. AI ha instado a las autoridades a poner fin a las ejecuciones y a mejorar el trato de los reos de muerte como paso previo a la abolición de esta pena en su legislación.
BURUNDI: PRIMERAS EJECUCIONES EN 16 AÑOS
El 31 de julio se llevaron a cabo las primeras ejecuciones en Burundi desde 1981. Seis hombres fueron ahorcados en el patio de la cárcel de Bujumbura, la capital, tras ser sentenciados en juicios que no reunieron las garantías debidas. Estos hombres fueron condenados por haber participado en las matanzas u homicidios perpetrados después del asesinato del primer presidente elegido democráticamente en Burundi, Melchior Ndadaye, en 1993. Las ejecuciones merecieron la condena de los gobiernos de la comunidad internacional, incluidos los de Uganda, Tanzania, Zimbabue, que actualmente ocupa la presidencia de la Organización para la Unidad Africana, Estados Unidos y la presidencia de la Unión Europea.
En julio se dictaron 20 penas de muerte, con lo que se eleva a 150 el número de reos de muerte en Burundi.
CORTE CARIBEÑA
Los Estados del Caribe han dado un paso hacia la creación de una Corte Suprema Caribeña. En su reunión celebrada el 9 de septiembre, los fiscales generales de los catorce países que integran la Comunidad y Mercado Común Caribeño (CARICOM) recomendaron que la corte tuviera su sede en Trinidad. La recomendación deberá ser aprobada y ratificada por los jefes de gobierno de la CARICOM y varios Estados deberán enmendar sus constituciones antes de que la Corte Suprema Caribeña se convierta en una realidad. Según los informes recibidos, el Comité de Asuntos Jurídicos de la CARICOM recomendará que se constituya una comisión de servicios jurídicos no partidista que designe a los jueces para la nueva corte propuesta.
Esta corte se constituiría en la corte final de apelaciones para los recursos penales de la región del Caribe, sustituyendo al sistema vigente de apelación al Comité Judicial del Consejo Privado de la Reina, con sede en Londres. Las causas civiles continuarán remitiéndose al Comité Judicial.
En los últimos años, el Comité Judicial del Consejo Privado de la Reina ha emitido importantes resoluciones en las que establecía que la reclusión prolongada de los reos de muerte constituía un trato o pena inhumano o degradante y violaba la constitución de varios países caribeños. En el curso de estas resoluciones, el Comité Judicial ha establecido directrices respecto al período de tiempo máximo que no violaría tales disposiciones.
ARABIA SAUDÍ: PROCESO A DOS ENFERMERAS
AI ha dirigido un llamamiento al rey de Arabia Saudí en relación con los juicios de dos enfermeras británicas, Deborah Parry y Lucille McLauchlan, que, según los informes recibidos por la organización, han sido declaradas culpables del asesinato de su colega Yvonne Gilford en 1996. Al parecer, fueron condenadas por el tribunal de la sharia de Khobar, en el este de Arabia, cuyas vistas se celebraron casi todas en secreto. Si bien las dos mujeres tuvieron acceso a sus abogados antes del inicio del juicio, lo cual constituye una excepción, éstos no pudieron defenderlas ante el tribunal ni analizar ninguna de las pruebas presentadas contra ellas.
Hasta la fecha, en lo que va de año, en Arabia Saudí han sido ejecutados 114 presos, entre ellos 73 ciudadanos extranjeros. Según la información de la que dispone AI, ninguna de las personas ejecutadas tuvieron acceso a asistencia letrada en ningún momento del proceso judicial. AI ha instado al rey a conmutar todas las sentencias de muerte pendientes y a modificar los procedimientos judiciales seguidos en Arabia Saudí para ponerlos en consonancia con las normas internacionales.
NIGERIA: MENOR DE EDAD EJECUTADO
El 31 de julio fueron ejecutados delante de miles de personas Chidiebere Omuoha, de 17 años, y otros cinco presos en Owerri, estado de Imo, en el sudeste de Nigeria. Habían sido condenados a muerte el 30 de mayo por un Tribunal de Robo y Tenencia Ilícita de Armas de Fuego, un tribunal especial designado directamente por las autoridades militares y cuyas sentencias son inapelables. Esta ejecución pública y precipitada vulneró el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por Nigeria, que en su artículo 6 afirma: «No se impondrá la pena de muerte por delitos cometidos por personas de menos de 18 años...» Chidiebere Onuoha tenía 15 años en el momento de cometer el robo a mano armada por el que fue ejecutado.
El administrador militar del estado de Imo conmutó por cadena perpetua la sentencia de muerte dictada contra Patrick Obinna Okoroafor, otro menor condenado por el mismo robo.
PORTUGAL: LEY DE EXTRADICIÓN
Las autoridades portuguesas han abandonado su propuesta de permitir la extradición por delitos punibles con la muerte a raiz de las protestas provocadas por un cambio que socavaría la postura de Portugal como país abolicionista.
La propuesta habría enmendado el artículo 33 de la Constitución portuguesa, según el cual se prohíbe la extradición de cualquier persona por delitos que puedan suponer la aplicación de la pena de muerte en virtud de la legislación del Estado solicitante. Según la enmienda propuesta, la extradición se concedería en casos excepcionales en los que el gobierno estuviera convencido de haber recibido «garantías satisfactorias» de que la pena de muerte sería conmutada y sustituida por otra pena de duración limitada. Ahora, el nuevo artículo 33 (4), aprobado a comienzos de septiembre, reitera la postura de Portugal en relación con las extradiciones.
Portugal abolió la pena de muerte para todos los delitos en 1976.
TURKMENISTÁN Y GEORGIA: CONMUTACIONES EN GRAN ESCALA
Según los informes que obran en nuestro poder, en Turkmenistán la amnistía decretada por el presidente Saparmurad Niyazov el 21 de junio ha servido para conmutar las penas de muerte dictadas contra 222 personas por delitos relacionados con el narcotráfico por penas de entre 10 y 20 años de cárcel. Se ha sugerido que las conmutaciones han sido una reacción al creciente descontento popular provocado por la frecuencia con la que se estaba aplicando la pena capital para los delitos de narcotráfico. Sin embargo, después de la amnistía han seguido dictándose sentencias de muerte.
En Georgia, el 25 de julio, el presidente Eduard Sheverdnadze promulgó un decreto por el que se otorgaba clemencia a los 54 reos de muerte que había en ese momento y se les conmutaba la pena por condenas de 20 años de cárcel.
El Parlamento de Georgia ha aprobado este año la primera lectura de un nuevo código penal en el que se elimina la pena de muerte y se sustituye por cadena perpetua. La segunda lectura está prevista para una fecha posterior de este mismo año.
ESTADOS UNIDOS - KENTUCKY
El 1 de julio Harold McQueen fue electrocutado en Kentucky. Era la primera ejecución que se llevaba a cabo en ese estado desde hacía 35 años. Harold McQueen había sido condenado a muerte por asesinato en 1981.
Harold McQueen fue juzgado junto con su hermanastro y coacusado Keith Burnell, cuyo padre pagó a un abogado particular para que le defendiera, mientras que a McQueen le defendió un abogado de oficio. El abogado de McQueen no solicitó un juicio separado pese a saber que el abogado de Burnell iba a inculpar a su cliente como autor material del crimen. Tampoco presentó debidamente las pruebas atenuantes durante la vista de determinación de sentencia, cuando el jurado debía decidir si se dictaba una pena de muerte o de reclusión. El jurado no tuvo conocimiento de que McQueen había padecido un gran abandono siendo niño y había empezado a consumir alcohol a los diez años. Mientras McQueen fue condenado a muerte, Burnell fue condenado a 20 años de cárcel y salió en libertad condicional en 1988.
Durante los 16 años que estuvo condenado a muerte, Harold McQueen fue un preso modelo. Participó en un programa para evitar que los delincuentes juveniles reincidieran y trabajó como portero en la cárcel. Los guardias de la prisión firmaron declaraciones en las que aseguraban que creían que McQueen no constituiría un peligro para los demás presos en caso de que le trasladaran del pabellón de los condenados a muerte. A pesar de las irregularidades cometidas en su juicio y de su posterior buena conducta, Paul Patton, gobernador de Kentucky, se negó a concederle clemencia.
ESTADOS UNIDOS - VIRGINIA
El ciudadano mexicano Mario Benjamín Murphy fue ejecutado el 17 de septiembre a pesar de las peticiones de conmutación presentadas por las autoridades mexicanas.
Mario Murphy fue una de las seis personas acusadas por el asesinato de un oficial de la marina cometido en 1991, pero fue el único condenado a muerte. Tenía 19 años en el momento del crimen y carecía de antecedentes penales por delitos violentos. Como ciudadano mexicano, Mario Murphy tenía derecho, en virtud de la Convención de Viena sobre Declaraciones Consulares, ratificada por Estados Unidos en 1969, a ser informado de que podía ponerse en contacto con la embajada mexicana y solicitar asistencia. No le informaron de este derecho en ningún momento desde el arresto hasta la imposición de la pena de muerte, en 1992.
Las autoridades judiciales de Virginia se mostraron desdeñosas respecto a las obligaciones establecidas por dicha Convención. Al ser requerido para que comentara la violación por parte del estado de Virginia del artículo 36, el fiscal Robert Humphreys calificó la cuestión de «ridícula». El gobernador del estado Allen hizo caso omiso de una carta de las autoridades mexicanas en la que manifestaban que habían sido «incapaces de descubrir un motivo satisfactorio para que nuestro conciudadano tuviera que ser elegido entre los demás acusados para la aplicación de la pena más severa, la pena capital. Nuestra experiencia en estos asuntos ... nos lleva a creer que si nuestro cónsul hubiera intervenido en la defensa del señor Murphy a tiempo... éste no habría sido condenado a la pena de muerte».
AI Contra la Pena de Muerte, septiembre de 1997 1