Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - Cameroon: Further information on prisoner of conscience / health concern / cruel, inhuman or degrading treatment: Pius Njawe, journalist, director of Le Messager:









PÚBLICO Índice AI: AFR 17/10/98/s

13 de agosto de 1998


Más información (actualización núm. 5) sobre AU 07/98 (AFR 17/01/98/s, del 8 de enero de 1998) y actualizaciones posteriores (AFR 17/03/98/s, 15 de enero; AFR 17/04/98/s, 4 de marzo; AFR 17/06/98/s, 15 de abril, y AFR 17/08/98/s, del 26 de junio de 1998) - Preso de conciencia, preocupación por la salud y trato cruel, inhumano y degradante


CAMERÚN Pius Njawé, periodista, director de Le Messager




Amnistía Internacional sigue expresando gran inquietud por la salud del preso de conciencia Pius Njawé, todavía encarcelado en la Prisión Central de New Bell, en Duala. Las condiciones que imperan en esta prisión son particularmente penosas, y aunque Pius Njawé ha sufrido pérdida de visión, se le impide el acceso a tratamiento especializado.


El 13 de mayo de 1998 Pius Njawé fue autorizado a visitar a un especialista en un hospital, pero después el alcaide de la prisión (régisseur) le ha impedido asistir a una segunda cita, en contra de las recomendaciones del médico de la prisión.


El artículo 22 (2) de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de la ONU establece: «Se dispondrá el traslado de los enfermos cuyo estado requiera cuidados especiales, a establecimientos penitenciarios especializados o a hospitales civiles [...]».


Pius Njawé fue detenido el 24 de diciembre de 1997 a raíz de la publicación de un artículo en Le Messager dos días antes en el que se planteaban dudas sobre el estado de salud del presidente Paul Biya. Aunque el periódico publicó después el desmentido oficial de la enfermedad del presidente Biya, el 26 de diciembre Pius Njawé fue acusado de divulgación de noticias falsas y enviado a la prisión de New Bell. El 13 de enero de 1998 fue declarado culpable y condenado a dos años de cárcel y el pago de una multa. El Tribunal de Apelaciones de Duala redujo la cuantía de la multa así como la pena de cárcel a un año el 14 de abril.


Algunos participantes de la Acción Urgente han recibido respuestas de representantes diplomáticos de Camerún en su país, por ejemplo en Estados Unidos y en Japón. En ellas se afirma que Pius Njawé ha sido juzgado y condenado por un delito siguiendo los debidos procedimientos legales, y que es un asunto que compete al poder judicial y no al ejecutivo.


Amnistía Internacional cree que a Pius Njawé lo han encarcelado simplemente por su legítima actividad profesional, conculcando su derecho a la libertad de expresión. Desde 1990 se han entablado más de una treintena de pleitos contra Le Messager, casi todos a instancias del gobierno.


El artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que «todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión». El artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por Camerún en 1984, le obliga a garantizar la libertad de expresión.


NUEVAS ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen telegramas, fax, cartas urgentes o cartas por vía aérea en francés, inglés o en su propio idioma:


- reiterando su llamamiento en favor de la excarcelación inmediata e incondicional de Pius Njawé por tratarse de un preso de conciencia;


- expresando gran inquietud por las duras condiciones de reclusión que está soportando, que entrañan una amenaza para su seguridad y su salud, y pidiendo que se tomen medidas urgentes para garantizar que su reclusión reúne las condiciones que exigen las normas internacionales sobre el tratamiento de reclusos;


- expresando preocupación porque no le han autorizado a asistir a una cita en el hospital, y solicitando que le permitan recibir todo el tratamiento médico que necesite, como acceso periódico a un médico de su elección y tratamiento hospitalario;


- recordando al gobierno su obligación de garantizar la libertad de expresión en virtud de, entre otros, el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que ratificó en 1984, y el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, según el cual «todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión».


LLAMAMIENTOS A:


Presidente:

Son Excellence M. Paul Biya

Président de la République, Palais de l'Unité

1000 Yaoundé, República de Camerún

Telegramas: President, Yaounde, Camerún

Fax: + 237 22 16 99

Tratamiento: Monsieur le Président de la République / Dear President Biya / Señor Presidente Biya


Ministro de Justicia:

M. Laurent Esso

Ministre de la Justice, Garde des Sceaux

Ministère de la Justice, 1000 Yaoundé, República de Camerún

Telegramas: Ministre Justice, Yaoundé, Camerún

Tratamiento: Monsieur le Ministre / Dear Minister / Señor Ministro


Ministro para la Comunicación:

M. René Zé Nguélé

Ministre de la Communication, Ministère de la Communication

1000 Yaoundé, República de Camerún

Telegramas: Ministre Communication, Yaoundé, Camerún

Tratamiento: Monsieur le Ministre / Dear Minister / Señor Ministro

En los llamamientos al alcaide de la prisión de New Bell deben solicitar específicamente que permita a Pius Njawé acudir al hospital si lo necesita.


Alcaide de la Prisión de New Bell:

M. Daniel Njang

Régisseur, Prison centrale de Douala

New Bell, Douala, República de Camerún

Telegramas: Régisseur, Prison centrale, New Bell, Douala, Camerún

Tratamiento: Monsieur le Régisseur / Señor Alcaide

COPIAS DE SUS LLAMAMIENTOS A:


Dr Solomon Nfor Gwei, President, National Commission on Human Rights and Freedoms, PO Box 20317, Yaoundé, Camerún.


Le Messager, BP 5925, 11 Boulevard de la Liberté, Douala, Camerún

L'Expression, BP 15333, 12 rue Prince de Galles, Douala, Camerún

Cameroon Post, BP 1981, Yaoundé, Camerún

The Herald, BP 3659 Messa, Yaoundé, Camerún


y a los representantes diplomáticos de Camerún acreditados en su país.


ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 21 de febrero de 1998. Fecha límite: 2 de octubre de 1998

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AMNESTY INTERNATIONAL WORLDWIDE