Document - Libéria. Amnesty International demande l'abrogation de la loi sur la peine de mort promulguée par la présidente du Libéria
AMNISTÍA INTERNACIONAL
DECLARACIÓN PÚBLICA
Fecha: 25 de julio de 2008
Índice AI: AFR 34/009/2008
Liberia: Amnistía Internacional pide la revocación de la ley de
pena de muerte sancionada por la presidenta del país
Amnistía Internacional condenó que la presidenta liberiana Ellen
Johnson-Sirleaf haya sancionado con su firma una ley que tipifica
como punibles con la muerte los delitos de atraco a mano armada,
terrorismo o secuestro cuando estos delitos tengan consecuencias
letales.
La organización ha pedido a la presidenta Johnson-Sirleaf la
revocación de la ley.
Amnistía Internacional ha declarado que la ley viola directamente
las obligaciones de Liberia en virtud del Segundo Protocolo
Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, al que este país
se adhirió el 16 de septiembre de 2005.
En las leyes liberianas ya figuraba la posibilidad de aplicar la
pena de capital, aunque en 2005 el país debería haber incorporado a
ellas el Segundo Protocolo Facultativo, aboliendo así la pena de
muerte para todos los delitos.
Según el derecho internacional consuetudinario, reflejado en el
artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los
Tratados, ratificada por Liberia el 29 de agosto de 1985, un Estado
“no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como
justificación del incumplimiento de un tratado”.
En la mayor parte de África no hay ejecuciones legales, pues sólo
hay constancia de que en 2007 se hayan llevado a cabo este tipo de
ejecuciones en siete países de los 53 de la región. Según la
información de que dispone Amnistía Internacional, 14 países de
África son abolicionistas en la ley y otros 21 lo son en la
práctica.
Los Estados tienen la obligación de proteger el derecho a la vida y
la seguridad de las personas frente a los delitos violentos, pero
no hay ninguna prueba científica válida de que la pena de muerte
disuada del delito de forma más eficaz que otros castigos.
Con demasiada frecuencia los políticos han encontrado en la pena de
muerte una herramienta útil para aparentar que se enfrentan al
delito y hacer que la población se sienta segura, cuando la
realidad es que la pena capital no tiene tal efecto y simplemente
distrae de la necesidad de abordar las causas del delito y
proporcionar remedios eficaces, que es lo que debería hacer el
gobierno de Liberia.
Información complementaria
El Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte,
fue aprobado por la Asamblea General de la ONU en 1989 y dispone la
total abolición de la pena capital, aunque permite a los Estados
Parte conservar este castigo en tiempo de guerra si formulan una
reserva en el momento de ratificarlo o adherirse a él.
Cualquier Estado Parte en el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos puede convertirse en Parte en el
Protocolo.
FIN/