Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - Sierra Leone: First indictments before the Special Court for Sierra Leone

AMNISTÍA INTERNACIONAL


Declaración pública


Índice AI: AFR 51/001/2003/s (Público)

Servicio de Noticias: 79/03

2 de abril de 2003



Sierra Leona: El Tribunal Especial dicta sus primeros autos de procesamiento



El 10 de marzo de 2003, el Tribunal Especial para Sierra Leona anunció sus primeros autos de procesamiento. Siete personas fueron inculpadas por crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario de competencia del Tribunal. Los inculpados son:


- Foday Sankoh, ex líder del grupo armado de oposición Frente Revolucionario Unido;

- Issa Hassan Sesay, ex miembro destacado del Frente Revolucionario Unido;

- Alex Tamba Brima, ex miembro del Consejo Revolucionario de las Fuerzas Armadas que se alió al Frente Revolucionario Unido tras el golpe militar de mayo de 1997;

- Morris Kallon, ex miembro destacado del Frente Revolucionario Unido;

- Johnny Paul Koroma, ex líder del Consejo Revolucionario de las Fuerzas Armadas elegido miembro del Parlamento en mayo de 2002;

- Sam Bockarie («Mosquito»), miembro destacado del Frente Revolucionario Unido;

- Samuel Hinga Norman, ministro del Interior y ex coordinador nacional de las Fuerzas de Defensa Civil.


Se espera que el Tribunal dicte más autos de procesamiento. Además de estas siete personas, otro individuo, Augustine Gbao, ex jefe militar del Frente Revolucionario Unido, ha sido entregado como sospechoso a la custodia del Tribunal, pero todavía no ha sido inculpado. El fiscal del Tribunal dispone de un plazo de 30 días para presentar su acusación formal o solicitar que se prorrogue la reclusión del sospechoso durante 30 días más. Si no se dicta auto de acusación al cabo de 90 días, el individuo debe quedar en libertad.


Cinco de los siete inculpados se hallan bajo la custodia del Tribunal, y se han dictado órdenes de detención internacionales contra Johnny Paul Koroma y Sam Bockarie. Johnny Paul Koroma eludió la detención en enero de 2003 tras un asalto contra dependencias militares en la capital, Freetown. Según los informes recibidos, Sam Bockarie se encuentra en Liberia —cuyo gobierno, presidido por Charles Taylor, ha apoyado al Frente Revolucionario Unido— y está vinculado con grupos armados de oposición de Costa de Marfil. El fiscal ha pedido que se entregue a ambos hombres a la custodia del Tribunal por tratarse de criminales de guerra inculpados formalmente.


Amnistía Internacional acoge positivamente el hecho de que el Tribunal haya dado comienzo a su labor y que vayan a iniciarse las actuaciones contra las personas a quienes, según se sospecha, cabe «el mayor grado de responsabilidad» por los crímenes sobre los que el Tribunal tiene jurisdicción para actuar. Éste es un importante y significativo comienzo para un proceso que contribuirá a poner fin a la impunidad de que han gozado los autores de abusos graves contra los derechos humanos perpetrados en Sierra Leona durante los 10 años en que se libró el conflicto armado interno.


Amnistía Internacional también ve con satisfacción que los primeros autos de procesamiento dictados por el Tribunal reflejan el hecho de que se han investigado los crímenes cometidos por todas las partes durante el periodo del conflicto sobre el que esta institución tiene competencia (es decir, a partir del 30 de noviembre de 1996): se ha inculpado no sólo a importantes dirigentes del Frente Revolucionario Unido y del Consejo Revolucionario de las Fuerzas Armadas sino también al coordinador nacional de las Fuerzas de Defensa Civil aliadas al gobierno.


Amnistía Internacional ha instado reiteradamente a que se siga una política de procesamientos ecuánime e imparcial que no se centre en una sola de las partes adversarias.


El Estatuto del Tribunal Especial para Sierra Leona ofrece una serie de garantías de justicia procesal. Estas disposiciones, junto con las garantías jurídicas reconocidas internacionalmente, deben aplicarse plenamente a fin de garantizar que todos los juicios que se celebren ante el Tribunal se adhieran a los más elevados principios de imparcialidad.


Dadas la atroz naturaleza y la enorme escala de los abusos perpetrados durante el conflicto, y considerando también la elevada proporción de la población sierraleonense que se vio afectada por los crímenes cometidos, es importante que se tenga en cuenta que no deberá darse por sentada la culpabilidad de los encausados sino que, conforme a los principios internacionales de justicia procesal, estas personas deberán ser consideradas inocentes mientras el Tribunal no demuestre su culpabilidad con prueba suficiente sin que quede duda razonable. Las autoridades y los funcionarios del Tribunal deben hacer todos los esfuerzos que estén en su mano para velar por que la presunción de inocencia se respete plenamente en todas las declaraciones públicas de esa institución.


Amnistía Internacional considera que deben ofrecerse todas las formas de reparación a las víctimas de los crímenes sobre los que el Tribunal está facultado para actuar. Todas las víctimas tienen derecho a reparación plena, lo que debe incluir restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición. El Estatuto del Tribunal debe enmendarse a fin de que contemple todas estas formas de reparación. Los tribunales nacionales deben también poder ofrecerlas.


El Tribunal procesará a un número relativamente pequeño de personas: se ocupará de aquellos individuos sobre los que recae «el mayor grado de responsabilidad» por los crímenes cometidos después del 30 de noviembre de 1996. También se ha creado una Comisión de la Verdad y Reconciliación a la que se ha encargado reunir información sobre los abusos cometidos contra los derechos humanos desde el inicio del conflicto en 1991, a fin de determinar la verdad de lo ocurrido y fomentar la reconciliación a medida que Sierra Leona va recuperándose de los traumas infligidos por la guerra. No obstante, esta Comisión no es un mecanismo judicial. Si los individuos identificados por ella como perpetradores de crímenes graves comprendidos en el derecho internacional no son sometidos a investigación —y, de contarse con suficientes pruebas de cargo, procesados por el Tribunal—, continuarán disfrutando de impunidad en Sierra Leona en virtud de la amnistía general dispuesta en el acuerdo de paz de Lomé de 1999 y posteriormente plasmada en ley. No obstante, con arreglo al derecho internacional cualquier otro Estado del mundo puede ejercer la jurisdicción universal sobre tales personas.


Amnistía Internacional considera que el gobierno sierraleonense debe anular la amnistía declarada en 1999 a fin de que los tribunales nacionales puedan abordar la cuestión de la impunidad en los casos que no serán remitidos al Tribunal.


Amnistía Internacional considera que el Tribunal debe contribuir al fortalecimiento a largo plazo del sistema nacional de justicia penal y civil —mediante, por ejemplo, la provisión de capacitación, personal, recursos de infraestructura y textos jurídicos— para que en el futuro éste pueda ocuparse eficazmente del problema de la impunidad. Dado que se trata de crímenes contra la comunidad internacional y no sólo contra la población sierraleonense, y dado que el gobierno de Sierra Leona carece de los medios para restaurar el sistema de justicia por sí solo, la comunidad internacional debe contribuir a este esfuerzo mediante el suministro de recursos adecuados.


Información general


El Tribunal Especial para Sierra Leona fue creado en virtud de un acuerdo suscrito por la ONU y el gobierno sierraleonense en enero de 2002, tras una decisión adoptada en agosto del 2000 por el Consejo de Seguridad de la ONU. El Tribunal procesará a los individuos sobre los que recaiga «el mayor grado de responsabilidad» por crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad, otras violaciones graves del derecho internacional humanitario y ciertos delitos tipificados en las leyes sierraleonenses cometidos a partir del 30 de noviembre de 1996. El Tribunal es independiente de cualquier gobierno u organización y sus actuaciones se sufragan mediante las contribuciones de 30 Estados. Tiene jueces y funcionarios sierraleonenses e internacionales. Su sede está ubicada en Freetwon, y su mandato actual es de tres años. (El sitio web del Tribunal es <http://www.sc-sl.org>.)




Documento público

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