Document - Sudan: Open letter to the members of the United Nations Security Council: The situation in the Sudan
Ref. UN/NYt/006/95
Índice AI: AFR 54/024/2005
21 de febrero de 2005
Carta abierta a los miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas:
La situación en Sudán
Señor Embajador / Señora Embajadora:
Mientras el Consejo de Seguridad delibera sobre el informe del secretario general sobre Sudán (S/2005/57), me dirijo a Usted para presentarle las recomendaciones de Amnistía Internacional sobre el despliegue de una operación de las Naciones Unidas de apoyo a la paz en Sudán, según se propone en el informe del secretario general. Nuestro breve memorándum (AFR 54/025/2005) adjunto expone unas recomendaciones específicas acerca del componente de derechos humanos de la nueva misión, la protección de mujeres y niños, la impunidad, la protección de los civiles, refugiados y desplazados internos, así como el control y la recogida de armas.
También está pendiente ante el Consejo de Seguridad el informe de la comisión internacional de investigación sobre Darfur, que concluyó que se han cometido crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra en Darfur. El secretario general ha calificado este informe de "uno de los documentos más importantes en la historia reciente de las Naciones Unidas".
Amnistía Internacional ha documentado numerosos crímenes definidos por el derecho internacional, cometidos a gran escala contra la población civil por todas las partes involucradas en el conflicto en el sur del país, en las zonas fronterizas de Abyei, las montañas Nuba y Darfur, y también en otras regiones bajo el control del gobierno sudanés situadas fuera de estas zonas de conflicto. Por ello, nuestra organización opina que la misión propuesta de las Naciones Unidas en Sudán, UNMISUD, que se desplegará conforme al Acuerdo General de Paz, deberá disponer, tal como se indica en nuestro informe, de un componente fuerte y dotado de recursos suficientes, que se encargue de la supervisión, protección y promoción de los derechos humanos y que aborde todos los derechos humanos, así como el establecimiento de las instituciones encargadas de hacer cumplir la ley.
El componente de derechos humanos debe ser capaz de garantizar que los derechos humanos se integran de forma eficaz en la totalidad del trabajo de la misión, debe recibir pleno respaldo político y dotarse de los recursos adecuados. Debe poder documentar la situación de los derechos humanos en todas las regiones del país y presentar informes públicos sobre la misma. Por este motivo Amnistía Internacional acoge con satisfacción el énfasis que se ha dado a los derechos humanos, el Estado de derecho y la protección de los civiles en el informe del secretario general.
Desafortunadamente, el primer borrador de resolución presentado por Estados Unidos sobre la creación de una nueva misión unificada en Sudán no respalda el firme mandato de derechos humanos mencionado anteriormente. De hecho, las disposiciones relativas a los derechos humanos son exiguas. El texto propuesto prevé que el mandato del componente civil de la misión, integrado por funcionarios encargados de las instituciones judiciales, los derechos humanos y el ámbito jurídico, no abarcaría nada más que la coordinación de las actividades de los diferentes organismos de derechos humanos de las Naciones Unidas. El borrador no establece ningún mandato para la misión en materia de protección de los derechos humanos o promoción de la justicia y el Estado de derecho, sino únicamente "promover la comprensión [de éstos]". También es motivo de honda preocupación que en el borrador de resolución prácticamente no se preste ninguna atención a los abusos basados en el género cometidos en Sudán, a pesar de que hayan tenido lugar violaciones masivas y de que estos abusos se hayan documentado de forma exhaustiva y fidedigna.
Así pues, Amnistía Internacional insta al Consejo de Seguridad a que apruebe una resolución que contenga firmes disposiciones en materia de derechos humanos y a que la parte operativa de la resolución condene la violación sistemática de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario perpetrada en Sudán. La resolución debe potenciar un fuerte componente de derechos humanos que permita contribuir eficazmente a la promoción y protección de los derechos humanos en Sudán y a la investigación de las violaciones de derechos humanos a fin de acabar con la impunidad y desempeñar plenamente su papel en el desarrollo de la capacidad de las instituciones locales. Esto permitirá a los sudaneses vivir en un Estado que promueva y proteja eficazmente el Estado de derecho y los derechos humanos, incluidos los derechos de los más vulnerables.
Nuestra organización acoge con satisfacción la atención que se presta en el borrador presentado por Estados Unidos a la prevención de la explotación y el abuso sexuales por los funcionarios encargados del mantenimiento de la paz. No obstante, el Consejo de Seguridad debe aprobar una resolución que condene la violación y otras formas de violencia sexual cometidas por las fuerzas gubernamentales y las milicias de manera generalizada y sistemática, y que pueden constituir un crimen de lesa humanidad, según ha concluido también la comisión de investigación sobre Darfur. El Consejo debería solicitar a la UNMISUD que tome medidas para abordar esta cuestión y que garantice que la perspectiva de género y la protección de la infancia ocupen un lugar de primordial importancia y se integren plenamente en todos los aspectos de la misión.
Numerosos informes de Amnistía Internacional han documentado los crímenes de guerra y de lesa humanidad perpetrados a gran escala en Darfur, así como en el sur del país y en las zonas fronterizas. Estos crímenes han quedado totalmente impunes. La comisión de investigación sobre Darfur llegó a la misma conclusión. El borrador de resolución insta a que los autores "sean llevados ante la justicia por medios internacionalmente reconocidos". La comisión de investigación ha realizado un análisis detallado de todas las opciones y ha concluido que el sistema judicial sudanés carece de capacidad y voluntad para abordar la situación en Darfur, que al parecer no existe ninguna voluntad política para establecer un tribunal penal internacional especial, y que sería muy costoso y contraproducente añadir la situación de Sudán al mandato bien del Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia, bien del Tribunal Penal Internacional para Ruanda. Asimismo, la comisión ha concluido que los tribunales mixtos no serían necesariamente aceptables para el gobierno, que no harían justicia con prontitud ni atraerían los fondos necesarios. La comisión ha llegado a la conclusión de que "la Corte Penal Internacional (CPI), el único mecanismo penal verdaderamente internacional, es el mejor medio para que se haga justicia con respecto a los crímenes cometidos en Darfur".
Amnistía Internacional está de acuerdo con esta conclusión e insta al Consejo a que en su próxima resolución remita la situación de Darfur al fiscal de la Corte Penal Internacional y a que establezca una comisión de indemnización que colabore con la comisión de indemnización ya creada por el gobierno sudanés para proporcionar reparación a las víctimas. El propio interés político de algunos miembros del Consejo de Seguridad no debe prevalecer sobre la necesidad primordial del pueblo sudanés de gozar de justicia y resarcimiento. El pueblo sudanés ha sufrido demasiado y durante demasiado tiempo.
Esperamos que considere atentamente estos puntos de vista en relación con la creación de una nueva y muy importante misión de las Naciones Unidas en Sudán.
Atentamente,
Yvonne Terlingen
Representante de Amnistía Internacional ante las Naciones Unidas
y directora de la Oficina de AI ante las Naciones Unidas********
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