Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - Sudan: UN Security Council must ensure Sudan arrests war crimes suspects

AMNISTÍA INTERNACIONAL
DECLARACIÓN PÚBLICA


Índice AI: AFR 54/028/2008 (Público)
Fecha: 5 de junio de 2008



Sudán: El Consejo de Seguridad de la ONU debe garantizar que Sudán detiene a presuntos autores de crímenes guerra



Amnistía Internacional ha instado hoy, 5 de junio de 2008, al Consejo de Seguridad a que tome de inmediato medidas para garantizar que el gobierno de Sudán detiene a Ahmad Harun y Ali Kushayb y los entrega a la Corte Penal Internacional, que ha dictado órdenes de detención contra ambos.

El fiscal de la Corte ha dicho esta mañana al Consejo de Seguridad que el gobierno sudanés no está cooperando con ella y que debe enviar ya a Sudán un mensaje enérgico para garantizar que cumple con lo dispuesto en la Resolución 1593 (2005) del Consejo, en virtud de la cual debe detener a estos dos hombres y entregarlos a la Corte.

Hasta ahora, Sudán no sólo se ha negado reiteradamente a detener y entregar a estos dos hombres, sino que incluso ha ascendido a Ahmed Harun al cargo de ministro de Estado para Asuntos Humanitarios.

Amnistía Internacional ha manifestado que toda nueva demora del Consejo de Seguridad en pedir a Sudán que cumpla de inmediato con sus obligaciones jurídicas no hará más que perpetuar la impunidad y fomentar la comisión de más delitos graves en Darfur.

La organización ha expresado satisfacción y apoyo ante la oportuna iniciativa llevada por Costa Rica al Consejo de Seguridad para pedir que Sudán cumpla con sus obligaciones, y ha pedido a todos los miembros del Consejo que tomen medidas conforme a la propuesta costarricense sin más dilación y sin menoscabarla.

Amnistía Internacional ha dicho que los miembros del Consejo de Seguridad que sean Partes en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional o lo hayan firmado tienen la obligación particular de hacer todo lo posible para fomentar la cooperación de todos los Estados con la Corte, lo que incluye velar por que el Consejo garantice el cumplimiento de la resolución en que remitió la situación en Darfur al fiscal de la Corte.

Información complementaria

De los miembros del Consejo de Seguridad, Bélgica, Burkina Faso, Costa Rica, Croacia, Francia, Italia, Panamá, Reino Unido y Sudáfrica son Estados Partes en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. La Federación Rusa lo ha firmado.

El 31 de marzo de 2005, el Consejo determinó que la situación en Sudán constituía una amenaza a la paz y la seguridad internacionales. Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, aprobó la Resolución 1593, por la que remitió “la situación en Darfur desde el 1° de julio de 2002” al fiscal de la Corte Penal Internacional.

El fiscal de la Corte inició una investigación sobre la situación en Darfur, Sudán, el 1 de junio de 2005. El 27 de abril de 2007 se dictaron sendas órdenes de detención contra Ahmad Harun y Ali Kushayb, por crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad cometidos presuntamente entre agosto de 2003 y marzo de 2004.

Al mismo tiempo que las órdenes de detención, la Corte cursó al gobierno de Sudán y a todos los Estados Partes en el Estatuto de Roma requerimientos de detención y entrega de Ahmad Harun y Ali Kushayb.

El gobierno de Sudán se ha negado públicamente a entregar a la Corte a Ali Kushayb o a Ahmad Harun. Aunque Sudán no ha ratificado el Estatuto de Roma, la Resolución 1593 (2005) del Consejo de Seguridad lo obliga a cooperar plenamente con la Corte y a prestar toda la asistencia necesaria a la Corte y a su fiscal. Véase ¡Detención ya! Darfur (Sudán): Ahmad Harun y Ali Kushayb (Índice AI: AFR 54/015/2008), 27 de abril de 2008.

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Documento Público
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