Document - Sudan: UN Security Council must ensure Sudan arrests war crimes suspects
AMNISTÍA INTERNACIONAL
DECLARACIÓN PÚBLICA
Índice AI: AFR 54/028/2008 (Público)
Fecha: 5 de junio de 2008
Sudán: El Consejo de Seguridad de la ONU debe garantizar que
Sudán detiene a presuntos autores de crímenes guerra
Amnistía Internacional ha instado hoy, 5 de junio de 2008, al
Consejo de Seguridad a que tome de inmediato medidas para
garantizar que el gobierno de Sudán detiene a Ahmad Harun y Ali
Kushayb y los entrega a la Corte Penal Internacional, que ha
dictado órdenes de detención contra ambos.
El fiscal de la Corte ha dicho esta mañana al Consejo de Seguridad
que el gobierno sudanés no está cooperando con ella y que debe
enviar ya a Sudán un mensaje enérgico para garantizar que cumple
con lo dispuesto en la Resolución 1593 (2005) del Consejo, en
virtud de la cual debe detener a estos dos hombres y entregarlos a
la Corte.
Hasta ahora, Sudán no sólo se ha negado
reiteradamente a detener y entregar a estos dos hombres, sino que
incluso ha ascendido a Ahmed Harun al cargo de ministro de Estado
para Asuntos Humanitarios.
Amnistía Internacional ha manifestado que toda nueva demora del
Consejo de Seguridad en pedir a Sudán que cumpla de inmediato con
sus obligaciones jurídicas no hará más que perpetuar la impunidad y
fomentar la comisión de más delitos graves en Darfur.
La organización ha expresado satisfacción y apoyo ante la oportuna
iniciativa llevada por Costa Rica al Consejo de Seguridad para
pedir que Sudán cumpla con sus obligaciones, y ha pedido a todos
los miembros del Consejo que tomen medidas conforme a la propuesta
costarricense sin más dilación y sin menoscabarla.
Amnistía Internacional ha dicho que los miembros del Consejo de
Seguridad que sean Partes en el Estatuto de Roma de la Corte Penal
Internacional o lo hayan firmado tienen la obligación particular de
hacer todo lo posible para fomentar la cooperación de todos los
Estados con la Corte, lo que incluye velar por que el Consejo
garantice el cumplimiento de la resolución en que remitió la
situación en Darfur al fiscal de la Corte.
Información complementaria
De los miembros del Consejo de Seguridad, Bélgica,
Burkina Faso, Costa Rica, Croacia, Francia, Italia, Panamá, Reino
Unido y Sudáfrica son Estados Partes en el Estatuto de Roma de la
Corte Penal Internacional. La Federación Rusa lo ha firmado.
El 31 de marzo de 2005, el Consejo determinó que la situación en
Sudán constituía una amenaza a la paz y la seguridad
internacionales. Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de
las Naciones Unidas, aprobó la Resolución 1593, por la que remitió
“la situación en Darfur desde el 1° de julio de 2002” al fiscal de
la Corte Penal Internacional.
El fiscal de la Corte inició una investigación sobre la situación
en Darfur, Sudán, el 1 de junio de 2005. El 27 de abril de 2007 se
dictaron sendas órdenes de detención contra Ahmad Harun y Ali
Kushayb, por crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad
cometidos presuntamente entre agosto de 2003 y marzo de 2004.
Al mismo tiempo que las órdenes de detención, la Corte cursó al
gobierno de Sudán y a todos los Estados Partes en el Estatuto de
Roma requerimientos de detención y entrega de Ahmad Harun y Ali
Kushayb.
El gobierno de Sudán se ha negado públicamente a entregar a la
Corte a Ali Kushayb o a Ahmad Harun. Aunque Sudán no ha ratificado
el Estatuto de Roma, la Resolución 1593 (2005) del Consejo de
Seguridad lo obliga a cooperar plenamente con la Corte y a prestar
toda la asistencia necesaria a la Corte y a su fiscal. Véase
¡Detención ya! Darfur (Sudán): Ahmad Harun y Ali Kushayb
(Índice AI: AFR 54/015/2008), 27 de abril de 2008.
/FIN
Documento Público
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