Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - UA 82/91 - Cuba: death penalty: Joaquin Emiliano Duenas Carbonell












EXTERNO (Para distribución general) Indice AI: AMR 25/04/91/s

Distr: AU/SC


AU 82/914 de marzo de 1991


Pena de muerte


CUBA:Joaquín Emiliano Dueñas Carbonell


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Según los informes de prensa, Joaquín Emiliano Dueñas Carbonell, de 37 años, ha sido condenado a muerte recientemente por un tribunal de primera instancia de la Habana. El acusado, calificado como un "vagabundo", fue acusado de matar a dos agentes de policía el 27 de diciembre de 1990, cuando le llevaban esposado en un coche de policía, después de capturarle con mercancías robadas tras un robo en la barriada de Cotorro, en La Habana. La sentencia, que, según el fiscal, "se impone en casos excepcionales de convictos muy peligrosos", ha sido transferido automáticamente transferido al Tribunal Supremo Popular, para que lleve a cabo una revisión. Si este tribunal confirma la sentencia, el caso pasará al Consejo de Estado, presidido por Fidel Castro, para que emita la decisión final. En algunos casos anteriores, este procedimiento sólo ha llevado días o semanas. Por esta razón Amnistía Internacional teme que la ejecución pueda ser inminente.


INFORMACION GENERAL


Cuba mantiene la pena de muerte para un amplio número de delitos, y en la actualidad se está considerando extender su uso a delitos graves relacionados con el tráfico de drogas. No obstante, en los últimos años ha habido una reducción del número de ejecuciones llevadas a cabo. Según las estadísticas oficiales proporcionadas a Amnistía Internacional por el ministro de Justicia durante una visita a Cuba en marzo de 1988, entre 1984 y 1987 se produjeron 12 ejecuciones, 11 por delitos comunes, sobre todo asesinato, y una por terrorismo, delito contra la seguridad del Estado. En algunos casos, la pena de muerte fue comnutada tras presentarse una apelación. No obstante, en julio de 1989, cuatro oficiales del ejército de alta graduación fueron ejecutados por un pelotón de fusilamiento, tras ser declarados culpables por un consejo de guerra de varios delitos, entre ellos actos hostiles contra un Estado extranjero, tráfico de drogas y abuso de sus cargos oficiales. Aunque los acusados negaron que sus acciones tuvieran una motivación política, Amnistía Internacional sintió preocupación porque el fiscal pudo haber introducido cargos políticos para permitir la aplicación de la pena de muerte.

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Según la información de que dispone Amnistía Internacional, desde julio de 1989 no se ha producido ninguna ejecución, a pesar de que no se han recibido nuevas noticias sobre el caso de Jorge Luis González Norona, condenado a muerte por un tribunal de primera instancia el 1 de octubre de 1990 (véase UA 430/90, AMR 25/05/90/s, del 24 de octubre de 1990).


El código penal cubano dispone que la pena de muerte sólo se use excepcionalmente. No puede condenarse a muerte a personas menores de 20 años o a mujeres que estaban embarazadas en el momento en que se cometió el delito o en el momento en que se pronunció la sentencia. Una vez que un tribunal de primera instancia ha dictado la sentencia, el caso pasa automáticamente al Tribunal Supremo Popular y después al Consejo de Estado que, asesorado por el ministro de Justicia, decide si el preso va a ser ejecutado o si se le va a conceder clemencia.


Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos, por considerarla una violación del derecho a la vida y del derecho de toda persona a no ser sometida a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos. La preocupación por el uso de la pena de muerte en Cuba se agudiza por la falta de garantías procesales o la insuficiencia de éstas en la práctica, especialmente del derecho a una defensa adecuada.


ACCIONES RECOMENDADAS: Telegramas, télex, cartas urgentes, cartas por vía aérea:


-instando a que se conmute la pena de muerte recientemente impuesta a Joaquín Emiliano Dueñas Carbonell;


-manifestando la oposición incondicional de Amnistía Internacional a la pena de muerte en todos los casos;

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-expresando satisfacción por la reducción del uso de la pena de muerte en cuba en los últimos años, pero manifestando preocupación porque, según informes, se está considerando la posiblilidad de extendr su uso a los delitos relacionados con el tráfico de drogas.


LLAMAMIENTOS A:


Dr Fidel Castro Ruz

Presidente del Consejo de Estado

Ciudad de la Habana, Cuba


Telegramas: Presidente Castro, Havana, Cuba

Télex: 51212 P DESP PRESID


Dr José Raúl Amaro Salup

Presidente del Tribunal Supremo Popular

Ciudad de la Habana, Cuba


Telegramas: Presidente, Tribunal Supremo Popular, Havana,

Cuba

Télex: 511 457 TSUPO CU


Dr Carlos Amat Forés

Ministro de Justicia

Ministerio de Justicia

Calle O, Nº 216, 8º piso

entre 23 y Humboldt

Vedado, Ciudad de la Habana

Cuba


Telegramas: Ministro Justicia, Havana, Cuba

Télex: 511 331 MINJU CU


COPIAS A:


Dr Ramón de la Cruz Ochoa

Fiscal General de la República

Fiscalía General

San Rafael 3

Ciudad de la Habana

Cuba


Granma

Apartado 6260

Ciudad de la Habana

Cuba


y a la representación diplomática de Cuba en el país del remitente.


SE RUEGA ENVIEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de la Sección si los envían después del 15 de abril de 1991.

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