Document - Cuba: Prisoners of conscience - Manuel Antonio Gonzalez Castellanos, Leonardo Varona Gonzalez and Roberto Rodriguez Rodriguez
Amnistía Internacional
CUBA
Presos de conciencia: Manuel Antonio González Castellanos, Leonardo Varona González y Roberto Rodríguez Rodríguez
14 de mayo de 1999 ÍNDICE AI: AMR 25/27/99/s
DISTR: SC/CO/GR (20/99)
Amnistía Internacional considera que los periodistas Manuel Antonio González Castellanosy Leonardo Varona Gonzálezy el ex preso político Roberto Rodríguez Rodríguezson presos de conciencia, detenidos por haber ejercitado pacíficamente el derecho a la libertad de expresión y asociación, y hace un llamamiento para que se les devuelva la libertad de inmediato y sin condiciones.
Manuel Antonio González Castellanos, periodista de la agencia de noticias independiente Cuba Press, fue detenido el 1 de octubre de 1998 en Holguín y acusado de «desacato» (artículo 144 del Código Penal de Cuba). Según los informes recibidos, tras su detención unos familiares suyos acudieron a la comisaría de policía local para hacer averiguaciones, pero la policía se negó a facilitarles información y les dirigió insultos y amenazas. Cuando regresaron a su casa, la hermana de Manuel González y el hijo de ésta, Leonardo Varona, escribieron en las paredes y puertas de la vivienda unas consignas antigubernamentales en las que denunciaban la detención de su pariente. Al día siguiente, según los informes, los sometieron a un «acto de repudio»(1) en el que varios centenares de personas, dirigidas por agentes del Departamento de Seguridad del Estado y miembros de las Brigadas de Respuesta Rápida,(2) rodearon la casa y corearon amenazas e insultos. A continuación, unos agentes del gobierno forzaron su entrada y golpearon a dos miembros de la familia,Yoani y Leonardo Varona, y a una persona que se hallaba allí de visita, Roberto Rodríguez Rodríguez. Los tres fueron detenidos, peroYoani Varona quedó en libertad el 5 de octubre.
El 6 de mayo de 1999 se sometió a juicio a Manuel González , de 41 años de edad, Leonardo Varona, de 24, y Roberto Rodríguez, de 27. Los tres fueron declarados culpables de «desacato». A Manuel González le impusieron una pena de dos años y siete meses de cárcel, a Leonardo Varona un año y cuatro meses y a Roberto Rodíguez un año y cinco meses. Según los informes, algunos familiares de los procesados y varios disidentes quedaron detenidos en forma provisional hasta que concluyó el juicio.
Al parecer, Manuel González y Leonardo Varona están afiliados a Santiago Press, agencia de noticias independiente de la provincia de Santiago de Cuba. Leonardo Varona es nieto de Lydia Doce, mártir de la revolución que llevó a Fidel Castro al poder en 1959. Según informes, poco antes de su detención Leonardo Varona había hecho unas declaraciones a la emisora de radio La Voz, con sede en Miami, en las que había expresado su desagrado por el hecho de que se hubiera dado el nombre de Lydia Doce a un campo de trabajo correccional.
Información general
El Estado cubano controla todos los medios de comunicación, y la libertad de expresión, asociación y reunión está gravemente restringida en el país. Durante los últimos años han surgido una serie de agencias de noticias independientes que han tratado de desafiar el monopolio estatal de la información, pero las restricciones imperantes sólo les permiten difundir sus informes fuera de Cuba. Numerosos periodistas que trabajan para estas agencias son víctimas frecuentes de actos de hostigamiento, detención durante breves periodos y amenazas en las que se les dice que, de no interrumpir sus actividades y abandonar el país, irán a parar a la cárcel. A otros los han sometido a juicio y les han impuesto condenas de privación de libertad, convirtiéndose de esta manera en presos de conciencia.
El 16 de febrero de 1999, la Asamblea Nacional promulgó una severa normativa encaminada a combatir la disidencia política y proteger la economía cubana. La nueva ley, que entró en vigor en marzo, prevé penas de hasta veinte años de cárcel para todo disidente o periodista al que se declare culpable de trabajar en contra del Estado cubano. Conocida como Ley de Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba, la nueva norma prevé penas de siete a quince años de cárcel por proporcionar al gobierno de Estados Unidos, sus agencias, dependencias, representantes o funcionarios cualquier información que facilite la aplicación de medidas anticubanas como la Ley «Helms-Burton», de Estados Unidos (que penaliza el comercio con empresas cubanas expropiadas a ciudadanos estadounidenses), y el bloqueo económico de la isla; las penas pueden ascender a veinte años cuando la información se adquiere en forma clandestina o en connivencia con dos o más personas o cuando se obtiene a través de un empleo. También se sanciona con penas de tres a ocho años la posesión, distribución o reproducción de materiales subversivos del gobierno estadounidense, sus agencias, dependencias, representantes o funcionarios o de cualquier entidad extranjera, y con penas de dos a cinco años la colaboración con publicaciones y emisoras de radio o televisión extranjeras a las que se atribuye colaborar con la aplicación de las medidas anticubanas del gobierno estadounidense.
Entre los periodistas independientes acusados o encarcelados recientemente en Cuba figura Bernardo Arévalo Padrón, director de la agencia de noticias independiente Línea Sur Press. Fue detenido el 14 de agosto de 1997, y cumple una pena de seis años por «desacato». En febrero de 1998, el periodista Juan Carlos Recio Martínez fue declarado culpable de «otros actos contra la seguridad del Estado» y condenado a un año de «trabajo correccional con internamiento». La condena se fundó en que sabía de la existencia de un folleto escrito por Cecilio Monteagudo pero no lo había denunciado a las autoridades. Mario Julio Viera González, director de la agencia de noticias independiente Cuba Verdad, está en libertad en espera de juicio por cargos de «injuria». El 27 de abril de 1999 lo amenazaron con añadir otro cargo, por el delito de «desacato», por un artículo que había publicado en la Internet. Jesús Joel Díaz Hernández, director ejecutivo de la agencia de noticias independiente Cooperativa Avileña de Periodistas Independientes, fue detenido el 18 de enero de 1999 y condenado a cuatro años de cárcel por «peligrosidad».
Envíen fax o cartas urgentes, en español o en su propio idioma:
! expresando preocupación por el hecho de que Manuel Antonio González Castellanos, Leonardo Varona González y Roberto Rodríguez Rodríguez han sido detenidos únicamente por ejercitar pacíficamente el derecho a la libertad de expresión y asociación;
! pidiendo la libertad inmediata y sin condiciones de Manuel Antonio González Castellanos, Leonardo Varona González y Roberto Rodríguez Rodríguez, por tratarse de presos de conciencia;
! exhortando a que se garantice a todos los ciudadanos cubanos el derecho que les asiste a disfrutar de la libertad de asociación, reunión y expresión, conforme a la Declaración Universal de Derechos Humanos, e instando al gobierno cubano a hacer alto de inmediato al encarcelamiento, exilio forzado y cualquier otro castigo contra las personas que tratan de ejercitar pacíficamente estos derechos.
Envíen los llamamientos a:
Jefe del Estado y del Gobierno:
Dr. Fidel Castro Ruz
Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros
La Habana, Cuba
Télex y fax: a través del Ministerio Relaciones Exteriores (véase más abajo)
Tratamiento: Su Excelencia / Your Excellency
Fiscal General:
Dr. Juan Escalona Reguera
Fiscal General de la República
Fiscalía General de la República
San Rafael 3, La Habana, Cuba
Telegramas: Fiscal General, La Habana, Cuba
Télex: 511456 fisge Fax: + 53 7 - 57 07 95
Tratamiento: Señor Fiscal General / Dear Attorney General
Ministro de Relaciones Exteriores:
Sr. Roberto Robaina González
Ministro de Relaciones Exteriores
Ministerio de Relaciones Exteriores
Calzada No. 360
Vedado, La Habana, Cuba
Telegramas: Ministro Relaciones Exteriores, La Habana, Cuba
Télex: 511122 / 511464 / 512950 Fax: + 53 7 - 333 085 / - 335 261 / - 333 460
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Tratamiento: Señor Ministro / Dear Minister |
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PALABRAS CLAVE: PRESOS DE CONCIENCIA1 / PERIODISTAS / LIBERTAD DE EXPRESIÓN |
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SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO
TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL (EDAI), ESPAÑA
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(1) Los «actos de repudio» son manifestaciones de partidarios del gobierno, organizadas por las autoridades, en las que se insulta a la víctima y, en algunas ocasiones, también se la agrede físicamente.
(2) Estos destacamentos fueron creados en 1991 «para defender el país, la Revolución y el socialismo en toda circunstancia, haciendo frente y elminando cualquier signo de contrarrevolución o delincuencia» (Traducción de Editorial Amnistía Internacional). Han participado en numerosos enfrentamientos violentos con disidentes. Durante los últimos años, sus actividades parecen haberse vuelto menos frecuentes.
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