Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - Cuba: Prisoner of conscience: Nestor Rodriguez Lobaina









PÚBLICOÍndice AI: AMR 25/33/99/s

AU 169/9919 de julio de 1999

Preso de conciencia


CUBANestor Rodríguez Lobaina



El activista político Nestor Rodríguez Lobaina fue detenido arbitrariamente el 11 de julio de 1999, y se desconoce su paradero. Amnistía Internacional lo considera un preso de conciencia, detenido exclusivamente por ejercer su derecho a la libertad de expresión. En virtud de la estricta ley dictada recientemente para silenciar a los disidentes, podría enfrentarse a una larga pena de prisión.


Nestor Rodríguez Lobaina, presidente del Movimiento de Jóvenes Cubanos por la Democracia (MJCD), fue detenido en el domicilio del coordinador de ese mismo Movimiento en Santiago de Cuba. Se cree que su detención fue debida a que había iniciado una huelga de hambre en señal de solidaridad con un grupo de disidentes de La Habana conocidos como los Ayunantes de Tamarindo 34; estos disidentes iniciaron el 7 de junio una huelga de hambre de cuarenta días para exigir la liberación de todos los presos políticos y el respeto por los derechos humanos en Cuba.


INFORMACIÓN GENERAL


Nestor Rodríguez Lobaina ya ha sido detenido en varias ocasiones. En febrero y marzo de 1999 permaneció recluido varios días. Asimismo, estuvo detenido del 7 al 15 de diciembre de 1998 por formular una protesta personal ante la negativa del gobierno cubano a concederle permiso para abandonar el país con el fin de asistir a la conferencia de París que conmemoraba el 50º aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos (véase AU 307/98, AMR 25/28/98/s, del 9 de diciembre de 1998, y su actualización, AMR 25/29/98/s, del 18 de diciembre de 1998). Ya había sido detenido en abril de 1997 y había sido condenado a dieciocho meses de prisión por «desacato» y «resistencia a las autoridades» tras criticar el Cuarto Festival de Jóvenes y Estudiantes.


También fue detenido el 6 de junio de 1996, según los informes en relación con los intentos pacíficos del MJCD de organizar un movimiento para introducir reformas universitarias en la capital. Fue condenado a doce meses de «limitación de libertad» y a cinco años de «destierro» en su localidad natal de Baracoa, provincia de Guantánamo.


El 16 de febrero de 1999, la Asamblea Nacional de Cuba aprobó la Ley de Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba, una nueva ley muy severa destinada a combatir la disidencia política. Según los informes, en virtud de esta nueva ley los disidentes y periodistas que se considere que están trabajando contra el Estado cubano pueden ser condenados a penas de hasta veinte años de prisión. La ley dispone penas de entre siete y quince años por hacer llegar a Estados Unidos información que pueda utilizarse para fomentar la adopción de medidas contra Cuba, como por ejemplo el bloqueo económico a la isla, y las penas ascienden a veinte años si la información se obtiene de forma subrepticia. La ley prohíbe asimismo la posesión, distribución o reproducción de «materiales subversivos» del gobierno estadounidense, y propone penas de prisión de hasta cinco años por colaborar con emisoras de radio y televisión y con publicaciones que se considere que ayudan a la política estadounidense.


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen telegramas, télex, fax, cartas urgentes o cartas por vía aérea en español o en su propio idioma:


-expresando preocupación por la detención, el 11 de julio de 1999, de Nestor Rodríguez Lobaina, e instando a que sea liberado de forma inmediata e incondicional, ya que se trata de un preso de conciencia detenido exclusivamente por intentar ejercer pacíficamente su derecho a la libertad de expresión, asociación y reunión;


-instando a que se le permita el acceso inmediato a un abogado de su elección.


LLAMAMIENTOS A:


1) Dr. Juan Escalona Reguera

Fiscal General de la República

Fiscalía General de la República

San Rafael 3, La Habana, Cuba

Telegramas: Fiscal General, La Habana, Cuba

Télex: 511456 fisge

Tratamiento: Sr. Fiscal General

Fax: + 53 7 57 07 95


2) Sr. Felipe Pérez Roque

Ministro de Relaciones Exteriores

Ministerio de Relaciones Exteriores

Calzada No. 360, Vedado, La Habana, Cuba

Telegramas: Ministro Relaciones Exteriores, La Habana, Cuba

Télex: 511122 / 511464 / 512950

Fax: + 53 7 335261 / 33 3085 / 33 3460

Tratamiento: Señor Ministro


3) General Abelardo Colomé Ibarra

Ministro de Interior

Ministerio del Interior

Plaza de la Revolución, La Habana, Cuba

Telegramas: Ministro Interior, La Habana, Cuba

Tratamiento: Señor Ministro

Fax: + 53 7 335261


COPIAS DE SUS LLAMAMIENTOS A:


Unión Nacional de Juristas

Apartado 4161

La Habana 4, Cuba


Sr. Jacinto Granda de Laserna

Director, Diario Granma

Apdo 6260, La Habana, Cuba


y a los representantes diplomáticos de Cuba acreditados en su país.


ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 30 de agosto de 1999.

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