Document - Cuba: Political prisoners in need of medical attention
PÚBLICO
ÍNDICE AI: AMR 25/40/99/s
Distrib: PG/SC/CO (40/99)
Fecha: 12 de octubre de 1999
ACCIÓN MÉDICA
Presos políticos necesitados de atención médica
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CUBA |
A: Red de profesionales de la salud [para acción]
Todos los coordinadores de Cuba, del Caribe y de la RAR del Caribe [para información]
Todos los grupos con Expedientes de Acción sobre Cuba [para información y posible acción]
De: Programa Regional para América y Oficina Médica
Fecha: 12 de octubre de 1999
Palabras clave
Tema: Presos de conciencia / presos políticos / mala salud / atención médica / malos tratos
Resumen
A juzgar por los reiterados informes que ha recibido, Amnistía Internacional (AI) teme que en Cuba algunos presos políticos, entre ellos presos de conciencia, no estén recibiendo los cuidados médicos que precisan ni, al igual que el resto de la población reclusa en general, una dieta adecuada.
AI reconoce que algunos factores económicos, entre ellos el embargo comercial estadounidense, pueden estar afectando la calidad de la alimentación y de la atención médica penitenciaria. Sin embargo, la organización ve con preocupación que en algunos casos a determinados presos se los puede estar privando deliberadamente de la atención médica y de los alimentos como castigo. Las deficientes condiciones sanitarias y la falta de alimentos que, según informes, se registran en muchas prisiones puede en algunos casos constituir trato o pena cruel, inhumana o degradante.
AI solicita a las autoridades cubanas que informen sobre las condiciones penitenciarias del país y que tomen medidas para garantizar que el nivel de alimentación, cuidados médicos y condiciones higiénicas que se proporciona a las personas recluidas en las prisiones cubanas sea equiparable al que disfruta la población general. AI también formula recomendaciones específicas sobre ocho presos de conciencia y otros ochos presos políticos cuya situación se describe más adelante.
Presos políticos en Cuba
AI está trabajando actualmente en favor de la excarcelación incondicional de 17 presos de conciencia. La organización cree que la cifra real es mucho más elevada y está investigando nuevos casos. Sin embargo, resulta difícil obtener información pormenorizada sobre casos individuales debido a que las autoridades cubanas no publican información sobre la población reclusa y en Cuba las restricciones a las actividades de vigilancia de la situación de los derechos humanos son muy severas.
La mayoría de los presos políticos en Cuba están encarcelados por intentar ejercitar su derecho a las libertades de expresión, asociación y reunión. Algunos han sido condenados por delitos abiertamente políticos y en otros casos, en lugar de formular contra ellos cargos de esta naturaleza, las autoridades optan por encarcelarlos por delitos comunes menores, en algunos casos inventados, para ocultar que su detención obedece a motivos políticos. Al parecer, hay muchos presos políticos más que han sido condenados por delitos más graves (que en ocasiones implican violencia).
En Cuba, los procesos judiciales en las causas por delitos políticos, así como aquellos juicios por delitos punibles con la muerte, normalmente no respetan las normas internacionales sobre justicia procesal, especialmente en lo concerniente al derecho a asistencia letrada. Las condenas muchas veces se basan en «confesiones» obtenidas mediante coacción mientras el detenido permanece bajo reclusión preventiva, en ocasiones durante varios meses, sin acceso a asistencia letrada.
Condiciones penitenciarias
Las presiones económicas ejercidas sobre Cuba han afectado ineludiblemente a las prisiones y a las condiciones de reclusión de los presos. Aunque algunos informes recientes indican que en algunas prisiones se dispone de más alimentos que en el pasado reciente, al parecer, en muchas otras tanto su cantidad como su calidad siguen siendo extremadamente deficientes, y en ocasiones el régimen alimenticio consiste únicamente en un poco de arroz con una sopa aguada o agua azucarada una o dos veces al día. Normalmente se permite a los familiares llevar a los presos suministros adicionales de comida, conocidos como la jaba (cesta), aproximadamente cada dos meses pero, según informes, en ocasiones no se entregan los presos. A causa de la escasez de alimentos adecuados, también es frecuente por lo visto que los presos se roben estos suministros los unos a los otros. Muchos presos padecen complicaciones, como anemia, problemas cutáneos, diarrea, infecciones parasitarias y graves pérdidas de peso. Los problemas más graves de los que se informa más a menudo son la neuropatía óptica y el beriberi (ambos provocados por deficiencias vitamínicas), la tuberculosis pulmonar y la leptospirosis (enfermedad transmitida por el agua o la comida contaminadas por la orina de animales como las ratas). Muchos informes indican una escasez crónica de agua, tanto para consumo como para higiene, y falta de artículos básicos como el jabón. El país padece una escasez generalizada de medicamentos, que, a su vez, influye en los cuidados médicos dispensados en las prisiones. Según informes, existe escasez de medicamentos básicos, como analgésicos, antibióticos y anestésicos, al igual que aparatos, como piezas para máquinas de rayos X, unidades de diálisis, respiradores y otro equipo médico esencial.
Por verdaderos que sean los problemas que enfrentan las autoridades para satisfacer las necesidades básicas de los presos, AI ha recibido informes que indican que en ocasiones a determinados presos, particularmente a los que han llevado a cabo alguna clase de protesta por sus condiciones de reclusión, se los priva de alimentos o cuidados médicos a modo de castigo. Algunos presos también han denunciado haber sido golpeados por quejarse, oficial o extraoficialmente, de sus condiciones de reclusión. Aunque en teoría existen cauces para que los presos presenten quejas sobre sus condiciones y el trato que reciben a las autoridades penitenciarias locales, provinciales y nacionales (todas dependientes del Ministerio de Interior), en la práctica estas autoridades no suelen responder a las quejas. Con la excepción de algunos grupos religiosos que tienen un acceso limitado a determinados presos, en Cuba no existen organizaciones independientes a la que los presos puedan solicitar ayuda para formular sus quejas, y los medios de comunicación oficiales, que están totalmente controlados por el Estado, normalmente no se ocupan de esas cuestiones. Prácticamente el único recurso que les queda a estos presos, en caso de que sus quejas no se tomen con seriedad, es intentar sacar clandestinamente de las prisiones informes sobre las condiciones que padecen con la esperanza de que lleguen a las organizaciones internacionales de derechos humanos o a los medios de comunicación extranjeros.
En ocasiones, los presos políticos llevan a cabo protestas contra su reclusión o en favor de que se les conceda un reconocimiento especial. Entre las formas de protesta se incluyen las huelgas de hambre prolongadas o que los presos se declaren «plantados», lo que normalmente consiste en negarse a llevar el uniforme penitenciario y a participar en los denominados «programas de reeducación» u otros tipos de actividades que les exigen demostrar su apoyo al gobierno. Si bien AI reconoce el derecho de las autoridades penitenciarias a tomar las medidas disciplinarias correspondientes contra los presos que no cumplen las reglas penitenciarias que se atienen a las normas internacionales, la organización siente preocupación por los informes que indican que en algunos casos los «plantados» y otros presos han estado recluidos durante meses en celdas de castigo y se los ha privado de cuidados médicos, alimentos y agua aparentemente para hacerlos desistir de su protesta. Estas condiciones constituirían trato o pena cruel inhumano, cruel y degradante de conformidad con lo establecido en la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, instrumento que Cuba ratificó en 1995.
Si desean información sobre el embargo económico a Cuba, consulten la Acción Médica AMR 25/07/97/s [28 de mayo de 1997].
PRESOS EN MAL ESTADOS DE SALUD: EJEMPLOS
Ninguna organización humanitaria internacional tiene acceso a las prisiones cubanas. La labor de vigilancia de la situación de los derechos humanos está gravemente limitada y resulta sumamente difícil verificar los informes que, a pesar de los obstáculos, en ocasiones salen de las prisiones. Sin embargo, AI ha llegado a la conclusión de que existen suficientes indicios para sentir honda preocupación por el actual estado de salud de los siguientes presos políticos, ocho de los cuales son considerados «presos de conciencia» por la organización. Los informes indican que posiblemente no han recibido cuidados médicos adecuados ni suficientes alimentos, que, de por sí ya suelen carecer del necesario valor nutritivo.
PRESOS DE CONCIENCIA
AI solicita la excarcelación inmediata e incondicional de los siguientes ocho presos políticos basándose en que son presos de conciencia cuya reclusión obedece únicamente a haber expresado pacíficamente sus opiniones políticas.
Marcelo Amelo Rodríguez (50 años)
< Lugar de detención: Prisión de Boniato, provincia de Santiago de Cuba.
< Fecha de detención: 19 de febrero de 1993
< Cargos: «rebelión».
< Condena: ocho años de reclusión
< Estado de salud: Según nuestras fuentes, existe el temor de que Marcelo Amelo padezca problemas renales, hipertensión y pérdida de visión. Según informes, no está recibiendo la medicación adecuada.
Según las informaciones, Marcelo Amelo Rodríguez fue acusado de «rebelión» por haber imprimido material en el que se declaraba que las elecciones de 1993 habían sido fraudulentas. Lo excarcelaron el 13 de abril de 1996 con la condición de que abandonara el país. Sin embargo, según informes, no logró reunir el dinero necesario para hacerlo. Ese mismo año, formó Geraldo González «El Hermano de la Fe», grupo de derechos humanos formado por presos y ex presos políticos. El 3 de junio de 1997, Marcelo Amelo Rodríguez volvió a ser detenido y se anuló su libertad condicional.
Bernardo Arévalo Padrón (34 años)
< Lugar de detención: Prisión de Ariza, provincia de Cienfuegos
< Fecha de detención: 14 de agosto de 1997 (juzgado en noviembre de 1997).
< Cargos: «desacato»
< Condena: seis años de reclusión
< Estado de salud: Según informes, Bernardo Arévalo Padrón ha perdido mucho peso y se encuentra muy débil. Los informes también indican que unos guardias penitenciarios lo golpearon el 11 de abril de 1998 y, como confirmó el doctor de la prisión, quedó cubierto de hematomas. Al parecer, como resultado de la paliza, padeció amnesia el resto del año.
Bernardo Arévalo es el fundador y director de Línea Sur Press, agencia de noticias independiente, con sede en la provincia de Cienfuegos. En diciembre de 1998, le escribió una carta a Fidel Castro en la que manifestaba: «En la prisión de Ariza se violan los más elementales derechos humanos, hay chinches en abundancia que chupan nuestra sangre, muchos presos duermen en el piso sin colchonetas ni tablero, hay tremenda plaga de ratones que aquí campean por su respeto, infestándonos con sus epidemias, las golpizas continúan por parte de los militares y, para colmo, los militares le hurtan víveres de la jaba a los reclusos en sus días de visita, cuando nuestros familiares nos la traen.»
Francisco Chaviano González (46 años)
< Lugar de detención: Prisión Combinado del Este, provincia de La Habana.
< Fecha de detención: 7 de mayo de 1994
< Cargos: «revelación de secretos concernientes a la seguridad del Estado», «revelación de secretos administrativos» y «falsificación de documentos públicos»
< Condena: 15 años de reclusión
< Estado de salud: Según los informes, Francisco Chaviano González padece úlcera duodenal, artritis y problemas respiratorios, y ha recibido varias palizas en prisión. El 17 de junio de 1999, al parecer, sufrió lesiones en la cara y en la cabeza como resultado de los golpes que le propinaron unos guardias penitenciarios. También se ha declarado varias veces en huelga de hambre. Al parecer, Francisco Chaviano González lleva ya tres meses recluido en una celda de castigo.
Jesús Joel Díaz Hernández (25 años)
< Lugar de detención: Prisión Provincial de Ciego de Ávila (conocida como «Canaleta»), provincia de Ciego de Ávila.
< Fecha de detención: 18 de enero de 1999.
< Cargos: «peligrosidad».
< Condena: cuatro años de reclusión.
< Estado de salud: Según informes, Jesús Joel Díaz Hernández padece una grave diarrea y ha perdido mucho peso.
Jesús Díaz es el director ejecutivo de la agencia de noticias independiente Cooperativa Avileña de Periodistas Independientes y miembro del Comité Cubano Pro Derechos Humanos (CCPDH).
Durante los 11 primeros días de reclusión Jesús Díaz llevó a cabo una huelga de hambre en protesta por su detención. El 20 de mayo de 1999, un funcionario del Departamento de Seguridad del Estado informó al padre de Jesús Díaz de que su hijo estaba recluido en régimen de aislamiento debido a que la policía había hallado en su posesión artículos de periódicos y denuncias escritas por él. También se ha informado de que las autoridades penitenciarias le vienen negando los medicamentos que sus familiares le han llevado y que no ha recibido ningún cuidado médico desde marzo de 1999.
Del 12 al 29 de julio de 1999, Jesús Díaz llevó a cabo una segunda huelga de hambre en protesta por su reclusión y, según informes, lo encerraron en una celda de castigo.
Manuel Antonio González Castellanos (41 años)
< Lugar de detención: Prisión Cuba Sí, provincia de Holguín.
< Fecha de detención: 1 de octubre de 1998
< Cargos: «desacato».
< Condena: dos años y siete meses de reclusión.
< Estado de salud: Según informes, a Manuel Antonio González Castellanos no le permiten realizar ninguna clase de ejercicio al aire libre y no le están procurando los cuidados médicos adecuados para el virus respiratorio y los problemas dentales que padece.
Manuel González es periodista de la agencia de noticias independiente Cuba Press.
Orestes Rodríguez Horruitiner (47 años)
< Lugar de detención: Prisión del Manguito, provincia de Santiago de Cuba.
< Fecha de detención: 23 de julio de 1997
< Cargos: «propaganda enemiga»
< Condena: cuatro años de reclusión.
< Estado de salud: Orestes Rodríguez Horruitiner padece al parecer hipertensión y artritis. Según informes, no está recibiendo tratamiento médico adecuado.
Se ha informado de que Orestes Rodríguez solicitó «licencia penal» [excarcelación temprana por motivos de salud], pero le fue denegada. En mayo de 1998, se dice que le negaron durante varios días los cuidados médicos para un grave dolor en el hombro izquierdo que incluso le impedía dormir. Cuando finalmente fue trasladado a una clínica, parece que los médicos le diagnosticaron hipertensión, glaucoma y bursitis.
Marta Beatriz Roque Cabello (53 años)
< Lugar de detención: Hospital Militar Carlos J. Finlay, La Habana, hasta mediados de septiembre de 1999 cuando, según informes, fue trasladada a una «casa de descanso y recuperación» de la Seguridad del Estado.
< Fecha de detención: 16 de julio de 1997
< Cargos: «otros actos contra la seguridad del estado», relativos a un delito de «sedición».
< Condena: tres años y medio de reclusión
< Estado de salud: Durante su reclusión Marta Beatriz Roque Cabello ha padecido úlcera estomacal, problemas renales, diarrea, jaquecas, hipertensión, pérdida de peso, infección ocular y le fue diagnosticada una displasia mamaria benigna.
El 16 de julio de 1999, Marta Beatriz Roque Cabello inició una huelga de hambre en protesta por no haber recibido una respuesta al recurso que interpuso contra su condena, y al día siguiente la trasladaron del Centro de Reeducación de Mujeres de Occidente, conocido como «Manto Negro», al pabellón penitenciario del Hospital Militar Carlos J. Finlay. El 2 de septiembre de 1999 inició una huelga de sed, pero concluyó su protesta al cabo de dos días tras las conversaciones que mantuvo con las autoridades, aunque se comprometió a reanudarla si no recibía ninguna respuesta a su recurso. Mientras tanto, según informes, Marta Beatriz Roque se negó a recibir cualquier tratamiento médico en el hospital militar debido a que no se fiaba de su personal. Según el Conjunto de Principios de las Naciones Unidas para la Protección de Todas las Personas Sometidas a Cualquier Forma de Detención o Prisión, «La persona detenida o presa [...] tendrá derecho a solicitar autorización de un juez u otra autoridad para un segundo examen médico o una segunda opinión médica» (Principio 25).
Leonardo Varona González (24 años)
< Lugar de detención: Prisión Cuba Sí, provincia de Holguín.
< Fecha de detención: 1 de octubre de 1998
< Cargos: «desacato»
< Condena: un año y cuatro meses de reclusión.
< Estado de salud: Según informes, no le permiten realizar ejercicio al aire libre y padece una dolencia en el pecho y en las articulaciones pero no está recibiendo cuidados médicos adecuados.
Leonardo Varona es miembro deSantiago Press, agencia de noticias independiente de la provincia de Santiago de Cuba. Es nieto de Lydia Doce, mártir de la revolución cubana que llevó al poder a Fidel Castro en 1959.
OTROS PRESOS POLÍTICOS
Los siguientes ocho presos están cumpliendo penas por delitos contra la seguridad del Estado. Algunos, si no todos, parecen obedecer a motivos políticos. Es probable que no hayan sido juzgados con las debidas garantías y, por consiguiente, no está claro si tales cargos fueron debidamente probados. AI ve con preocupación las condiciones en que se encuentran recluidos y continúa solicitando información sobre sus juicios y las circunstancias de su detención. La organización también está investigando la posibilidad de que algunos de ellos sean presos de conciencia.
Ernestino Abreu Horta (74 años)
< Lugar de detención: Prisión Combinado del Este, provincia de La Habana, aunque estuvo recluido temporalmente en el Hospital Militar Carlos J. Finlay.
< Fecha de detención: 28 de mayo de 1998
< Cargos: «rebelión» y otros «otros actos contra la seguridad del Estado».
< Condena: pendiente de juicio
< Estado de salud: A causa de su avanzada edad, las deficientes condiciones de reclusión que padece lo ponen en especial peligro. Según informes ha perdido al menos 20 kg de peso y padece diarrea, edema de las extremidades y fractura de una costilla. Debido a operaciones anteriores de úlcera de estómago y cáncer de próstata precisa una dieta y unas condiciones higiénicas muy estrictas. Al parecer, no le permiten recibir los medicamentos que le llevan los familiares.
Según informes, Ernestino Abreu ha sido recluido en régimen de aislamiento y sometido a interrogatorio reiteradas veces. En dos ocasiones, noviembre de 1998 y agosto de 1999, tuvo que ser hospitalizado. Tras iniciar una huelga de hambre en protesta por sus condiciones de reclusión, lo recluyeron en una celda de castigo sin luz ni instalaciones sanitarias, inundada de agua de los desagües e infestada de ratas. Según informes, Ernestino Abreu fue arrestado en la provincia de Pinar del Río junto con Vicente Marcelino Martínez Rodríguez (véase infra), ambos nacionalizados estadounidenses, cuando volvieron a Cuba en mayo de 1998. Según informes, los dos hombres habían vuelto para «unirse a la resistencia interna y ayudar a fortalecerla» por medios pacíficos. Según el documento de acusación oficial, se encontró un arsenal de armas en la provincia en la que se detuvo a los dos hombres, aunque no en su posesión. Ernestino Abreu era el presidente internacional de la Junta Patriótica Cubana, grupo exiliado con base en Miami, y secretario general del Movimiento de Recuperación Revolucionaria (MRR), grupo anticastrista también con base en Miami.
Jorge Luis García Pérez (sobrenombre «Antúnez») (32 años)
< Lugar de detención: Prisión Provincial de Sancti Spiritus (Nieves Morejón), provincia de Sancti.
< Fecha de detención: 15 de marzo de 1990
< Cargos: «propaganda enemiga» y posteriormente «tentativa de sabotaje», «tenencia ilegal de armas» y «evasión» por intentar evadirse.
< Condena: Un total de 18 años de reclusión por todas las condenas.
< Estado de salud: Al parecer, Jorge Luis García Pérez padece una afección renal e inflamación de la articulación de la rodilla, y ha perdido peso. Según parece, las autoridades penitenciarias se niegan a proporcionarle las medicinas que le llevan sus familiares.
Jorge Luis García se ha declarado varias veces en huelga de hambre en prisión y parece haber sido golpeado en varias ocasiones. En febrero de 1999, unos guardias penitenciarios lo golpearon por todo el cuerpo y en la cabeza tras un incidente en el que estuvieron implicados varios presos comunes. Tras un breve periodo en la enfermería de la prisión, fue recluido temporalmente en una celda de castigo.
Para más información sobre el caso de Jorge Luis García Pérez véanse las acciones médicas anteriores: AMR 25/21/99/s (15 de abril de 1999) y AMR 25/04/99/s (8 de febrero de 1999).
Bulmaro Víctor Gómez Díaz (29 años)
< Lugar de detención: Prisión Provincial de Ciego de Ávila (conocida como Canaleta), provincia de Ciego de Ávila
< Fecha de detención: 22 de septiembre de 1993.
< Cargos: «piratería», «disparo de arma de fuego», «tenencia ilegal de armas» y «lesiones»
< Condena: trece años de cárcel.
< Estado de salud: Al parecer, Bulmaro Víctor Gómez Díaz se encuentra en mal estado de salud: foco epiléptico, anemia, pérdida de peso y mareos a causa de una lesión en la cabeza que sufrió en un accidente antes de ser encarcelado. Según informes, ha sido golpeado y recluido en varias ocasiones en una celda de castigo carente de luz. Según informes, en mayo de 1997, estuvo esposado a unos raíles de una celda de castigo durante más de un mes como castigo por no llevar el uniforme penitenciario durante las visitas familiares.
Juan Carlos Herrera Acosta (32 años)
< Lugar de detención: Prisión Combinado de Guantánamo, provincia de Guantánamo.
< Fecha de detención: 26 de septiembre de 1997.
< Cargos: «salida ilegal».
< Condena: cinco años de reclusión
< Estado de salud: Al parecer, Juan Carlos Herrera Acosta se encuentra en un estado de salud muy precario, pues padece hipertensión arterial y una cardiopatía. Según informes, está recluido en una celda de castigo carente de luz por sus actividades en favor de los derechos de los presos y por negarse a cooperar con el programa de reeducación. Es miembro del grupo Presidio Político Pedro Luis Boitel.
Vicente Marcelino Martínez Rodríguez (66 años)
< Lugar de detención: Prisión Combinado del Este, provincia de La Habana, recluido temporalmente en el Hospital Militar Carlos J. Finlay.
< Fecha de detención: 28 de mayo de 1998
< Cargos: «rebelión» y «otros actos contra la seguridad del Estado».
< Condena: pendiente de juicio.
< Estado de salud: Según informes, Vicente Marcelino Martínez Rodríguez tiene úlcera duodenal, problemas en la espalda y una infección cutánea, y ha perdido más de 20 kilos de peso.
Según informes, Vicente Martínez ha estado recluido en régimen de aislamiento y ha sido interrogado reiteradas veces. En dos ocasiones, noviembre de 1998 y agosto de 1999, tuvo que ser hospitalizado. Tras iniciar una huelga de hambre por sus condiciones de reclusión, se informa de que lo recluyeron en una celda de castigo sin luz ni instalaciones sanitarias, inundada de agua de los desagües e infestada de ratas. Según informes, a Ernestino Abreu lo arrestaron en la provincia de Pinar del Río junto con Vicente Marcelino Martínez Rodríguez (véase supra). Vicente Martínez luchó como capitán con Castro y las fuerzas rebeldes que derrocaron a Fulgencio Batista. Posteriormente se hizo miembro del Movimiento de Recuperación Revolucionaria (MRR), grupo anticastrista con base en Miami.
Jorge Luis Ortega Palacios (26 años)
< Lugar de detención: Prisión Especial de Máxima Severidad, conocida como Kilo 8, provincia de Camagüey.
< Fecha de detención: 13 de abril de 1996.
< Cargos:«desacato» y «resistencia».
< Condena: cuatro años de reclusión.
< Estado de salud: Al parecer, Jorge Luis Ortega Palacios ha perdido peso y padece problemas de columna. Mientras estuvo recluido en la Prisión Kilo 5½ lo mantuvieron en una celda de castigo y le confiscaron sus objetos personales, según parece por protestar por la falta de asistencia médica y la deficiente alimentación. Después lo trasladaron a Kilo 8, prisión de máxima seguridad, donde estuvo recluido en una celda de castigo más de 60 días, al parecer, por haber defendido los derechos de los presos.
José Manuel Rodríguez Santana (38 años)
< Lugar de detención: Prisión Provincial de Las Mangas, Bayamo, provincia de Granma.
< Fecha de detención: 14 de octubre de 1992.
< Cargos:«rebelión».
< Condena: diez años de reclusión.
< Estado de salud: Al parecer, José Manuel Rodríguez Santana padece asma crónica y una neuropatía que le afecta las extremidades.
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José Antonio Rodríguez Santana, hermano de José Manuel, al que acusaron de los mismos cargos y condenaron a la misma pena, quedó en libertad condicional en abril de 1998 tras la visita del papa a Cuba. Ahora vive en el exilio en Canadá.
Miguel Eumelio Sánchez Valiente (62 años)
< Lugar de detención: Prisión Combinado del Este, provincia de La Habana.
< Fecha de detención: 31 de agosto de 1992.
< Cargos: «espionaje» y «salida ilegal».
< Condena: diez años de reclusión.
< Estado de salud: Según informes, Miguel Eumelio Sánchez Valiente padece sacrolumbagias.
Miguel Eumelio Sánchez Valiente es un ex teniente coronel que se retiró de las fuerzas armadas en 1986 y comenzó a trabajar de ingeniero. En 1989 tras enviarle una carta abierta al gobierno de Fidel Castro en la que expresaba su desacuerdo con su política y se daba de baja en el Partido Comunista, se dice que comenzó a ser hostigado. Pasó a realizar denuncias sobre violaciones de derechos humanos y en 1990 fundó una organización clandestina llamada Libertad y Democracia. AI teme que Miguel Eumelio Sánchez Valiente no fuera juzgado con las debidas garantías de imparcialidad. Según informes, se ha declarado en huelga de hambre varias veces desde su encarcelamiento y, por consiguiente, ha estado varias veces recluido en celdas de castigo.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Acciones recomendadas
Aunque hay factores sobre los cuales las autoridades cubanas tienen poco o ningún control y que contribuyen a la situación padecida por los presos cubanos, AI insta al gobierno cubano a que tome todas las medidas posibles para garantizar el bienestar de los presos en todo momento. La organización siente especial preocupación por los informes que indican que en algunos casos se ha podido privar a los presos de cuidados médicos y de una alimentación adecuada deliberadamente por motivos aparentemente punitivos, y que esta clase de medidas pueden haberse tomado contra los presos por haberse quejado éstos de sus condiciones de reclusión, como la denegación de los cuidados médicos debidos.
Por consiguiente, solicitamos a los profesionales médicos que envíen cartas, preferentemente en español o en su propio idioma, a las direcciones que figuran al final del documento. Utilicen las siguientes recomendaciones al redactar sus llamamientos.
Los Grupos de AI que trabajan con Expedientes de Acción relacionados con los presos citados también pueden pedir a los profesionales médicos con los que estén en contacto que envíen llamamientos en favor de su recluso.
Recomendaciones en relación con todos los presos cubanos, incluidos los 16 casos citados en este documento:
< Soliciten información sobre las condiciones de reclusión de los presos en Cuba y sobre la alimentación y los cuidados médicos que reciben.
< Señalen que reconocen que los factores económicos, incluido el embargo estadounidense, pueden afectar a la calidad de la alimentación y de los cuidadados médicos en las prisiones, pero insten a que la alimentación, los cuidados médicos y las condiciones higiénicas que se proporciona a los presos sea equiparable al nivel del resto de la población.
< Señalen que las condiciones de detención deben atenerse en todo momento a las normas internacionales mínimas, como las expuestas en las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos.
< Expresen preocupación por los informes que indican que en algunos casos se priva deliberadamente a algunos presos de tratamiento médico y de alimentos, a modo de castigo.
< Pidan a las autoridades que garanticen que todos los presos enfermos tienen acceso a la debida atención médica y que se les trasladará a un hospital si la prisión no dispone del tratamiento especializado necesario.
< Pregunten por las normas vigentes en relación con el derecho de los familiares de los detenidos a llevar medicinas a las prisiones.
< Indiquen que no debe castigarse, maltratarse ni perjudicarse de ningún modo a ningún preso por solicitar tratamiento o alimentación adecuada, o por quejarse de sus condiciones de reclusión.
< Insten a que se lleven a cabo investigaciones independientes e imparciales sobre las denuncias de malos tratos para que todos los responsables de estos actos sean llevados ante la justicia, de conformidad con las obligaciones que ha contraído Cuba en virtud de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
< Soliciten que los presos sean recluidos a una distancia razonable de sus casas para que sus familiares puedan llevarles periódicamente los medicamentos que precisen y alimentos adicionales.
Recomendaciones adicionales en relación con los casos de los presos de conciencia Marcelo Amelo Rodríguez, Bernardo Arévalo Padrón, Francisco Chaviano González, Jesús Joel Díaz Hernández, Manuel Antonio González Castellanos, Orestes Rodríguez Horruitiner, Marta Beatriz Roque Cabello y Leonardo Varona González
< Insten a las autoridades a que los excarcelen de inmediato e incondicionalmente ya que su reclusión se debe únicamente a la expresión no violenta de su derecho a la libertad de expresión y asociación.
Recomendación adicional en el caso de la presa de conciencia Marta Beatriz Roque Cabello
< Señalen que el principio 25 del Conjunto de Principios para la Protección de Todas las Personas Sometidas a Cualquier Forma de Detención o Prisión establece el derecho de los reclusos «a solicitar autorización de un juez u otra autoridad para un segundo examen médico o una segunda opinión médica».
DIRECCIONES
General Abelardo Colomé Ibarra
Ministro del Interior
Ministerio del Interior
Plaza de la Revolución
La Habana, Cuba
Tratamiento: Señor Ministro
Tlf:+53 7 301566
Señor Director
Dirección de Cárceles y PrisionesMinisterio del Interior
Plaza de la Revolución
La Habana, Cuba
Tratamiento: Señor Director
Tlf:+53 7 301566
Sr Eliecer Pérez
Fiscal, Jefe de la Dirección de
Control de Centros Penitenciarios
Fiscalía General de la República
San Rafael 3
La Habana, Cuba
Tratamiento: Señor Fiscal
Tlf: +53 7 333164
Fax: +53 7 570795 / 669485
Télex: 511456 fisge
Copias a:
Sr. Felipe Pérez Roque
Ministro de Relaciones Exteriores
Ministerio de Relaciones Exteriores
Calzada No. 360
Vedado
La Habana, Cuba
Tratamiento: Señor Ministro
Fax: +53 7 33 3085 / 33 5261 / 33 3460
Télex 511122/511464/512950
Sr. Carlos Dotres Martínez
Ministro de la Salud Pública
Calle 23, No. 301
Vedado
La Habana
Cuba
Tratamiento:Señor Ministro
Télex: 511149
y a la representación diplomática cubana acreditada en su país o la más cercana.
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