Document - Ecuador: Human rights in jeopardy/Ill-treatment: Estalin Olimpo Coello Rosado
PÚBLICO Índice AI: AMR 28/01/99/s
AU 10/99 15 de enero de 1999
Derechos humanos en peligro y malos tratos
ECUADOR Presuntos delincuentes en la provincia de Guayas
Estalin Olimpo COELLO ROSADO (malos tratos)
Amnistía Internacional siente preocupación porque el estado de excepción de sesenta días declarado el 7 de enero de 1999 en la provincia ecuatoriana de Guayas, en virtud del cual se han suspendido ciertos derechos constitucionales, podría dar lugar a un aumento de las violaciones de derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad.
De acuerdo con el estado de excepción, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas pueden entrar en cualquier edificio sin necesidad de orden judicial y sin que lo autoricen sus ocupantes. También se ha limitado el derecho a la libertad de circulación.
Estas medidas han sido adoptadas por el presidente Jamal Mahuad Witt y por tres de sus ministros, al parecer como parte de un intento por controlar «una ola delictiva [en la Provincia de Guayas] que pone en peligro la vida y bienes de los ciudadanos».
Amnistía Internacional no adopta postura alguna sobre si es legítimo, y en qué circunstancias, que las autoridades declaren el estado de excepción. No obstante, a la organización le preocupa que, al poner en vigor el estado de excepción, las autoridades puedan dejar de garantizar el pleno respeto por los derechos humanos.
Entre los derechos que pueden verse afectados se encuentran el derecho de los detenidos a no ser sometidos a torturas o malos tratos; el derecho a ser informado sin demora y por escrito de los motivos de la detención; el derecho a tener acceso inmediato a abogados, médicos y familiares; el derecho a no ser recluido en régimen de incomunicación excepto cuando la investigación de un delito así lo exija, y sólo en las condiciones especificadas por la ley; y el derecho a comparecer sin demora ante un juez. Las autoridades deben recluir asimismo a los detenidos en un centro de detención reconocido y deben hacer público su paradero de inmediato. Los detenidos, o sus representantes, deben poder presentar un recurso de hábeas corpus si se produce una presunta violación de sus derechos.
El 8 de enero de 1999, un día después de la declaración del estado de excepción, Estalin Olimpo Coello Rosado, mecánico de motocicletas, fue detenido, según los informes, por 11 miembros de la Fuerza Naval armados y uniformados en la ciudad de Guayaquil, capital de la provincia de Guayas, o en sus alrededores. Lo detuvieron como sospechoso de tener en su taller una motocicleta robada. Estalin Coello Rosado afirmó haber sido golpeado, arrastrado hasta una furgoneta, llevado a la orilla de un río y luego golpeado de nuevo con «un fierro» por los miembros de la Fuerza Naval, quienes, a continuación, lo arrojaron al río y lo apuntaron con sus armas antes de dejarlo en libertad. Según el Diario El Comercio, un periódico ecuatoriano, la Fuerza Naval ha iniciado una investigación sobre estas denuncias.
INFORMACIÓN GENERAL
Amnistía Internacional ha documentado centenares de casos de tortura y malos tratos por parte de miembros de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas de Ecuador. La organización ha recibido también denuncias de muertes a consecuencia de torturas, «desapariciones» y ejecuciones extrajudiciales. La inmensa mayoría de las víctimas han sido acusadas de delitos comunes. Respecto a los responsables, salvo contadas excepciones no han comparecido ante los tribunales.
El estado de excepción, establecido en el Decreto Ejecutivo 483, dispone el uso de la fuerza pública para restablecer las condiciones necesarias de seguridad en la provincia de Guayas. De acuerdo con la Ley de Seguridad Nacional, también otorga al Comité de Seguridad Nacional —órgano compuesto por autoridades civiles, militares y policiales— autoridad para supervisar la aplicación del estado de excepción.
Las autoridades ecuatorianas ya han tomado antes medidas similares. En septiembre de 1994, el ex presidente Sixto Duran Ballén emitió el Decreto Núm. 30, que pedía la adopción de medidas especiales, incluida la intervención del ejército, para combatir la delincuencia. Mientras ese Decreto estuvo en vigor, Amnistía Internacional recibió informes de violaciones de derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad; esas violaciones incluían detenciones arbitrarias y malos tratos a detenidos.
ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen telegramas, télex, fax, cartas urgentes o cartas por vía aérea en español o en su propio idioma:
- subrayando que las autoridades han declarado un estado de excepción de sesenta días en la provincia de Guayas con el fin de combatir la delincuencia;
- reconociendo que las autoridades tienen el deber de mantener el orden público;
- instando a las autoridades a garantizar que, al aplicar el estado de excepción, las fuerzas de seguridad respetan de forma plena e inequívoca los derechos humanos de los detenidos, incluido el derecho a no ser sometido a torturas o malos tratos, a comparecer sin demora ante un juez y a presentar un recurso de hábeas corpus en caso de que se produzca una presunta violación de los derechos del detenido;
- expresando preocupación por los informes que indican que, el 8 de enero de 1999, varios miembros de la Fuerza Naval, en el contexto del estado de excepción, golpearon repetidamente a Estalin Olimpo Coello Rosado, utilizando para ello incluso un hierro, en la ciudad de Guayaquil o sus alrededores;
- pidiendo que se lleve a cabo una investigación inmediata e independiente sobre las denuncias de malos tratos a Estalin Olimpo Coello Rosado, que se hagan públicos sus resultados y que se procese a los responsables.
LLAMAMIENTOS A:
Presidente Jamil Mahuad Witt
Palacio de Gobierno
García Moreno 1043 y Chile
QUITO
Ecuador
Tratamiento: Estimado Sr. Presidente
Fax: + (00 593 2) 580-735/580-774/580-142
COPIAS DE SUS LLAMAMIENTOS A:
Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU)
Carlos Ibarra 176 y 10 de Agosto
Edificio Yuraj Pirca
Piso 9
QUITO
Ecuador
Tratamiento: Estimados amigos
y a los representantes diplomáticos de Ecuador acreditados en su país.
ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 26 de febrero de 1999.
Visite el sitio web de Amnistía Internacional sobre la campaña de la Declaración Universal de Derechos Humanos en la dirección http://www.amnesty.excite.com