Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - Panama: Further information on fear of refoulement / fear for safety: Refugee peasant farmers from the Uraba region of Colombia









EXTERNOÍndice AI: AMR 44/05/97/s

8 de mayo de 1997


Más información (actualización núm. 2) sobre EXTRA 50/97 (AMR 44/01/97/s, del 4 de abril de 1997) y su actualización (AMR 44/04/97/s, del 21 de abril) - Temor de repatriación forzosa y temor por la seguridad


PANAMÁRosaira Velez Domico

Amalia Borgas Velez

Maria Dellanira Borgas Velez

Maria Margarita Borgas Velez

Maria Cladibel Guizao (niña)

Hildardo Antonio Guizao (niño)

Deisy Luz Guizao (niña)

Davinson Jose Muentes Vargas (niño)

Jose Muentes Fuentes

Euclides Osorio Fuentes

Luis Gomez

Luis Manoles


Campesinos refugiados de la región de Urabá, en Colombia



Los 12 campesinos refugiados citados en el encabezamiento, que huyeron de la región de Urabá, en Colombia, en abril de 1997, pueden ser repatriados por la fuerza a Colombia, país donde su integridad física puede correr peligro.


Luis Gomez y Luis Manoles fueron detenidos el 22 de abril por la policía panameña en Boca de Cupe, una localidad en la frontera con Colombia. Los otros 10 fueron detenidos por la policía de Panamá el 25 de abril en El Real, también cerca de la frontera. Según la información recibida por Amnistía Internacional, todos ellos van a ser repatriados por la fuerza a Colombia.


Los 12 campesinos llevaban ocultos desde abril, cuando más de 200 refugiados colombianos que habían huido a Panamá para escapar de la violencia en su región de origen, en el noroeste de Colombia, fueron repatriados por la fuerza por las autoridades panameñas en colaboración con las autoridades Colombianas (véase la EXTRA original y la actualización anterior).


La repatriación forzosa de estos refugiados se produjo inmediatamente después de que las autoridades panameñas aseguraran al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) que no emprenderían ninguna acción precipitada y que permitirían que una delegación del ACNUR visitara la zona para evaluar la situación de los refugiados.


Los refugiados repatriados han sido alojados provisionalmente en la parcela «El Cacique» en Bahía Solano, en la costa pacífica del noroeste de Colombia, en la provincia de Chocó. Los refugiados dijeron a unas organizaciones independientes que temen constantemente por la seguridad de sus dirigentes. También confirmaron que habían sido repatriados por la fuerza por las autoridades panameñas, que les dieron 72 horas para subir a bordo de unos helicópteros de las fuerzas armadas colombianas.


La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, que Panamá ha ratificado, declara específicamente que no se puede deportar a nadie a un país en el que el deportado pueda correr peligro de sufrir graves abusos contra los derechos humanos.



NUEVAS ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen telegramas, télex, fax, cartas urgentes o cartas por vía aérea en español o en su propio idioma:


-recordando a las autoridades la obligación contraída por Panamá en virtud del principio internacional de no repatriación forzosa, es decir, que no obligará a nadie a regresar a un país en el que el deportado pueda correr peligro de sufrir violaciones graves de derechos humanos; haciendo referencia al artículo 33 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, de la que Panamá es Estado parte;


-instando a las autoridades panameñas a tomar todas las medidas adecuadas y necesarias para garantizar la seguridad y el bienestar de los refugiados colombianos que se encuentran en su territorio.


LLAMAMIENTOS A:


1) S.E. Ernesto Pérez Balladares

Presidente de la República

Palacio Presidencial

Valija 50, Panamá 1, REPÚBLICA DE PANAMÁ

Telegramas: Presidente Balladares, Panamá

Télex: 2770 PRESIPA PG

Fax: + 507 2 27-6818

Tratamiento: Sr. Presidente


2) Sr. Raúl Montenegro

Ministro de Gobierno y Justicia

Ministerio de Gobierno y Justicia

Apartado 1628, Panamá 1, REPÚBLICA DE PANAMÁ

Telegramas: Ministro de Gobierno y Justicia, Panamá

Télex: 2746

Fax: + 507 2 12-0372

Tratamiento: Señor Ministro


3) Dr. Ricardo Alberto Arias

Ministro de Relaciones Exteriores

Ministerio de Relaciones Exteriores

C. 34 Plaza Porras, Panamá 4, REPÚBLICA DE PANAMÁ

Telegramas: Ministro de relaciones Exteriores, Panamá

Télex: 2771 EXTPAN PG

Fax: + 507 2 11-0416

Tratamiento: Señor Ministro


COPIAS DE SUS LLAMAMIENTOS A:


1) Sres. Centro de Investigación de los Derechos Humanos y Socorro Jurídico de Panamá

Apartado Postal 10215, Panamá 4, PANAMÁ

Fax: +507 2 23 2595


2) Sres. Asociación Regional para Las Migraciones Forzadas

Apartado 862 - C.P. 2050 San Pedro de Montes de Oca

San José, Costa Rica

Fax: 506 255 0733


y a los representantes diplomáticos de Panamá acreditados en su país.


ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 10 de junio de 1997.

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AMNESTY INTERNATIONAL WORLDWIDE