Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - USA (North Carolina): Death penalty / Legal concern: James Edward Thomas (m)












PÚBLICO Índice AI: AMR 51/018/2007

24 de enero de 2007

AU 18/07 Pena de muerte / preocupación jurídica


EE. UU. (Carolina del Norte) James Edward Thomas, negro, de 51 años de edad



Está previsto que James Thomas sea ejecutado en Carolina del Norte a las dos de la madrugada del 2 de febrero de 2007 por el asesinato de Teresa Ann West, una mujer blanca, cometido en junio de 1986. Thomas fue declarado culpable de asesinato en primer grado y condenado a muerte en 1987. La Corte Suprema del estado anuló la condena de muerte en 1991 porque el jurado había recibido instrucciones erróneas. En 1995 se celebró una nueva vista de determinación de la pena, en la que James Thomas fue condenado de nuevo a muerte.


El 14 de junio de 1986 se halló el cadáver de Teresa West en la Sir Walter Raleigh Tourist Home, la residencia turística que regentaba en Raleigh, Carolina del Norte. Había sido estrangulada. James Thomas, que era adicto a la heroína y había vivido anteriormente en la casa con su prometida, había visitado a Teresa West al atardecer del 13 de junio después de que ésta le dijera que tenía heroína para él. Teresa West era adicta a medicamentos que se obtienen con receta.


James Thomas asegura no recordar haber matado a Teresa West. No niega que estuvo allí, y al parecer siente fuertes remordimientos, pero dice que después de tomar heroína y algunas píldoras no identificadas, y cuando Teresa West empezó a ponerse agresiva y a reclamarle relaciones sexuales, se desmayó. En su juicio de 1987, sus abogados alegaron que James Thomas había matado a Teresa West, pero que era culpable de algo más leve que el asesinato en primer grado, lo que convertiría el delito en no punible con la muerte. Sin embargo, no ofrecieron al jurado ningún testimonio, ni de expertos ni de otros testigos, que explicara el efecto que el consumo de drogas y el historial de James Thomas podían haber tenido en su estado mental o en su capacidad para llevar a cabo actos premeditados.


La infancia de James Thomas estuvo caracterizada por los graves abusos sexuales a manos de adultos. Además, a los ocho años comenzó a consumir drogas que le proporcionaba su padrastro, y para cuando llegó a la adolescencia ya era adicto. Antes de la segunda vista de determinación de la pena –la de 1995–, fue evaluado por el doctor David Lisak, experto especializado en los efectos psicológicos a largo plazo que tienen en los hombres los abusos sufridos de niños. El doctor Lisak explicó en aquella vista que las víctimas de abusos infantiles aprenden a “disociar” como mecanismo de defensa. La disociación puede hacerse automática al verse ante situaciones que inducen recuerdos de abusos. Según el doctor Lisak, la combinación de circunstancias que condujo a la muerte de Teresa West probablemente hizo a James Thomas incapaz de planear premeditadamente el crimen. Sin embargo, los abogados del juicio original no presentaron ningún testimonio experto de este tipo.


Tras la segunda vista de determinación de la pena se designó a dos abogados para que representaran a James Thomas en las apelaciones posteriores a la condena. Estos abogados apenas se ocuparon del caso y, en febrero de 1998, presentaron una petición de página y media en la que alegaban que Thomas se encontraba bajo la influencia de las drogas en el juicio de 1987 y, por lo tanto, no había podido mostrar remordimientos en su primera vista de determinación de la pena. No presentaron ninguna prueba que respaldara su argumentación pero, aunque lo hubieran hecho, no habría habido remedio posible, pues Thomas ya había tenido una nueva vista de determinación de la pena en 1995. El juez rechazó de inmediato la petición. En julio de 1998, otros abogados presentaron ante el mismo juez una moción para que se retirara del caso a los dos abogados anteriores alegando que no habían “representado de forma competente y consciente a su cliente”. El juez concedió la moción, y firmó una orden en la que designaba a los nuevos abogados e indicaba que iban a intentar conseguir el remedio que los abogados originales habían pedido de forma inadecuada. Los nuevos abogados presentaron posteriormente nuevas apelaciones, pidieron que la fiscalía entregara todas las pruebas con las que contaba y solicitaron el nombramiento de expertos periciales. Un juez diferente denegó las apelaciones alegando que había errores de procedimiento, ya que no se incluían en la petición original.


Basándose en estos errores de procedimiento, la fiscalía ha combatido con éxito todos los intentos de hacerle entregar todas sus pruebas sobre el caso. Los tribunales, sobre la base de que debía haber sido planteada en la petición original, también se han negado a considerar la alegación de que los abogados que representaron a James Thomas durante el juicio fueron ineficaces. En abril de 2006, la Corte de Apelaciones del Cuarto Circuito, corte federal, rechazó la alegación de asistencia letrada inefectiva argumentando que no podía examinarla por cuestiones de procedimiento. La Corte de Apelaciones alegó que “si hubiera alguna injusticia” en esta omisión “es el hecho de que los abogados designados en primer lugar para representar a Thomas en la revisión posterior a la condena fueron deficientes”. Sin embargo, consideró que no existía error porque no existe un derecho constitucional a la asistencia letrada en los procedimientos posteriores a la condena. Las normas internacionales establecen que los acusados de delitos punibles con la muerte deben recibir “asistencia letrada adecuada en todas las etapas del proceso”.


La apelación presentada por James Thomas ante la Corte Suprema de Estados Unidos en octubre de 2006 decía: “No puede caber duda alguna de que, en este caso, la asistencia letrada posterior a la condena fue sumamente ineficaz: no pidió que se desvelaran las pruebas (algo que la fiscalía está obligada a hacer si se le pide) y presentó una petición de dos páginas sin ninguna reclamación reconocible. Nadie ha presentado otras alegaciones, y ningún tribunal las ha examinado”. Pese a ello, en diciembre de 2006 la Corte Suprema rechazó intervenir, y se fijó la fecha de ejecución.


Según los informes, James Thomas goza de amplio respeto entre los reclusos y entre el personal penitenciario. Se ha labrado una reputación de ser una influencia estabilizadora en la prisión, y ha actuado como profesor de alfabetización para otros presos.


INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


El sistema de aplicación de la pena capital de Estados Unidos está plagado de errores e incoherencias. Han salido a la luz condenas erróneas en decenas de casos, y un estudio pionero publicado en el año 2000 concluyó que las condenas de muerte impuestas en Estados Unidos están “sembradas de errores persistentes y sistemáticos”, principalmente a causa de la asistencia letrada inadecuada y de la conducta indebida de la fiscalía. El estudio manifestó “serias dudas” respecto a que los tribunales detecten todos esos errores.


Los entornos de privaciones y abusos de los que proceden muchos de los condenados a muerte de Estados Unidos, y sus posibles consecuencias sobre la salud mental, son un aspecto de la pena capital que resulta imposible ignorar. En muchos casos, los abogados que representan al acusado durante el juicio no investigan esos antecedentes, por lo que los jurados apenas tienen conocimiento de la vida que han llevado las personas a las que se les pide que condenen a muerte (véase Cycle of violence – from the home to the death chamber, inUSA: The execution of mentally ill offenders, de enero de 2006, http://web.amnesty.org/library/index/engamr510032006).


Desde que se reanudaron los homicidios judiciales en el país en 1977, en Estados Unidos se han llevado a cabo 1.060 ejecuciones, 43 de ellas en Carolina del Norte. Hay indicios de que Estados Unidos está dando lentamente la espalda a la pena capital (véase USA: The experiment that failed: A reflection on 30 years of judicial killing, de enero de 2007, http://web.amnesty.org/library/Index/ENGAMR510112007). En Carolina del Norte existe un fuerte apoyo público en favor de una suspensión de las ejecuciones. Aproximadamente un millar de congregaciones religiosas, empresas y grupos comunitarios –incluidos casi 40 gobiernos locales del estado– han adoptado resoluciones en las que piden dicha suspensión. Además, más de 40.000 habitantes del estado han firmado la petición de suspensión.


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen sus llamamientos para que lleguen lo antes posible, en inglés o en su propio idioma, utilizando sus propias palabras:


- manifestando su apoyo a los familiares y amigos de Teresa Ann West, y explicando que no pretenden disculpar la manera en que murió ni menospreciar el sufrimiento que su muerte ha causado;

- expresando preocupación por la asistencia letrada, totalmente inadecuada, que James Edward Thomas recibió en la apelación posterior a la condena, y por el hecho de que la actuación indebida de estos abogados ha impedido que James Thomas tuviera acceso a las pruebas de la acusación sobre el caso o pudiera impugnar la eficacia de la asistencia letrada con la que contó durante el juicio;

- expresando preocupación porque los abogados que representaron a James Thomas durante el juicio no presentaron testimonio alguno, ni de expertos ni de otro tipo, para respaldar la teoría de que su cliente no era culpable de asesinato en primer grado, y señalando el testimonio prestado por un experto tras la condena respecto a los posibles efectos que los graves abusos sexuales que sufrió de niño y el consumo de drogas tuvieron sobre la capacidad de Thomas de actuar de manera premeditada o deliberada en el momento del crimen;

- pidiendo al gobernador que otorgue el indulto a James Thomas en aras de la compasión y la justicia;

- pidiendo al gobernador que respalde una suspensión de las ejecuciones en Carolina del Norte, y señalando el gran apoyo público a una medida de este tipo, un apoyo basado en la preocupación existente en torno a la fiabilidad y la imparcialidad del sistema de aplicación de la pena capital.


LLAMAMIENTOS A:


Gobernador de Carolina del Norte

Governor Michael F. Easley, Governor's Office, 20301 Mail Services Center, Raleigh, NC 27699-0301, EE. UU.

Correo-E.: governor.office@ncmail.net

(a través del sitio web) http://www.governor.state.nc.us/email.asp?to=1.
Fax: +1 919 733 2120 o +1 919 715 3175
Tratamiento: Dear Governor / Señor Gobernador


COPIA A: la representación diplomática de Estados Unidos acreditada en su país.


ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE, para que lleguen antes del 1 de febrero de 2007.

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AMNESTY INTERNATIONAL WORLDWIDE