Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - USA (Oklahoma): Death penalty / Legal concern - Walanzo Deon Robinson.












PÚBLICO Índice AI: AMR 51/023/2003/s

12 de febrero de 2003

EXTRA 13/03 Pena de muerte y preocupación jurídica


EE. UU. (Oklahoma) Walanzo Deon Robinson de 32 años de edad y raza negra



La ejecución de Walanzo Robinson está prevista para el 18 de marzo de 2003 en Oklahoma. Fue condenado a muerte en junio de 1990 por el asesinato, en mayo de 1989, de Dennis Eugene Hill, de raza negra. Walanzo Robinson había cumplido 18 años justo un mes antes del asesinato.


Dennis Hill y Walanzo Robinson eran traficantes de estupefacientes al por menor en Oklahoma City. Dennis Hill murió abatido por disparos en las primeras horas del 19 de mayo de 1989; al parecer, previamente había discutido con Walanzo Robinson. Éste ha mantenido que, si bien se encontraba en la zona en que se produjo la muerte, no fue él quien disparó contra Dennis Hill. Walanzo Robinson fue declarado culpable del asesinato a partir de declaraciones de testigos presenciales, un tipo de prueba que se considera particularmente de escasa solvencia. De hecho, el relato de los hechos difería según los distintos testigos. No se presentaron pruebas materiales que relacionaran a Walanzo Robinson con los disparos. El juicio a que fue sometido duró dos días.


El jurado estuvo compuesto por 11 personas de raza blanca y 1 mujer afroamericana. Las investigaciones que la defensa ha realizado con posterioridad a la declaración de culpabilidad han sacado a la luz que la única persona del jurado que no deseaba votar en favor de la imposición de la pena capital fue la mujer de raza negra. Esta miembro del jurado manifestó al investigador de la defensa que los demás miembros del jurado la sometieron a intimidación física y psicológica, que le «gritaban y chillaban», y que «estampaban papeles contra la mesa, a la que también daban golpes con manos y puños» porque era la única persona que no votaba a favor de la pena de muerte. La mujer ha afirmado además que los otros jurados llegaron a decirle en términos insultantes que no era más que «una negra ayudando a otro negro», y que «el jurado no iba a abandonar la sala sin una sentencia de muerte». Tras ocho horas sometida a esta presión, la mujer afirma que acabó transigiendo y votando a favor de la pena de muerte porque «estaba cansada de la hostilidad y crueldad del resto de los jurados». Otro investigador de la defensa firmó un affidávit en el que declaraba haber conversado con el presidente del jurado. Éste, al parecer, confirmó al investigador que la mujer afroamericana había sido la única miembro del jurado que no deseaba votar a favor de la pena capital y que él, el presidente del jurado, había sido uno de los que la habían arengado para que cambiara de opinión.



En términos generales, las normas que en Estados Unidos rigen la pertinencia y admisibilidad de las pruebas no permiten a los tribunales admitir a trámite alegación alguna de los jurados en los procedimientos posteriores a la declaración de culpabilidad, medida con la que se trata de preservar el interés del Estado en la protección del proceso deliberante del jurado. Los tribunales de apelación han optado por no hacer excepciones con esta causa. En 1999, un juez de distrito federal reconoció que las alegaciones formuladas por la jurado «de ser ciertas, son atroces e intolerables». La Corte de Apelaciones del Décimo Circuito resolvió, remitiéndose a un precedente que sobre esta cuestión se había presentado en 1915 ante la Corte Suprema de Estados Unidos, que optar por no admitir el affidávit de la jurado en la causa de Walanzo Robinson suponía «optar por “el mal menor”: no resarcir los perjuicios ocasionados a un litigante particular para reafirmar el principio público de que las deliberaciones de los jurados sean confidenciales e incuestionables».

En cualquier caso, estas restricciones sobre las normas relativas a la pertinencia y admisibilidad de pruebas no son aplicables a la prerrogativa de gracia del poder ejecutivo, atribución que en parte tiene su razón de ser precisamente para compensar la posibilidad de que la judicatura, por incapacidad o falta de voluntad, no tome en cuenta cierto tipo de pruebas. En marzo de 1999, por ejemplo, el gobernador de Arkansas, Mike Huckabee, conmutó la pena de muerte de Bobby Ray Fretwell aduciendo que le había influido el recurso presentado por uno de los jurados del juicio para que se suspendiera la ejecución. Según afirmaba ese jurado, había sido el único de entre los 12 jurados que inicialmente votó a favor de la cadena perpetua, pero que posteriormente cambió el sentido de su voto a favor de la pena de muerte porque se sintió intimidado y no deseaba verse rechazado por su comunidad.

El 12 de marzo de 2003, la Junta de Indultos y Libertad Condicional del estado de Oklahoma celebrará una vista para analizar la posibilidad de que se conceda el indulto en la causa de Walanzo Robinson. El gobernador del estado no puede conmutar una sentencia a muerte si antes la Junta de Indultos no se lo recomienda. El gobernador puede rechazar la recomendación, pero también está facultado para cursar una orden de suspensión temporal de la ejecución, plazo que puede utilizar para pedir a la Junta que reconsidere su decisión, en caso de que fuera contraria a la concesión del indulto.


INFORMACIÓN GENERAL



Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos. Desde que en 1977 se reanudaron las ejecuciones en Estados Unidos se han consumado 830 en todo el país, de las cuales 56 se han llevado a cabo en Oklahoma. En el año 2001, Amnistía Internacional publicó un extenso informe sobre toda la variedad de motivos de preocupación que suscita la aplicación de la pena capital en el estado de Oklahoma, que la organización remitió a las instancias pertinentes del poder legislativo y a las autoridades del poder ejecutivo de ese estado (véase Old Habits Die Hard: The death penalty in Oklahoma, AMR 51/055/2001, abril de 2001).


En su informe de 2001 sobre Estados Unidos, el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación Racial instó a las autoridades «a que garanticen, posiblemente mediante la imposición de una moratoria, que no se imponga la pena de muerte como consecuencia de prejuicios raciales por parte de los fiscales, jueces, jurados y abogados». El caso de Walanzo Robinson no es el primero que se denuncia en Estados Unidos sobre posible coacción racista contra un jurado de raza negra por parte de otros jurados de raza blanca. Por ejemplo, William Hance, de raza negra, fue ejecutado en Georgia en 1994. La única persona afroamericana que formaba parte del jurado en su juicio denunció que, pese a que ella no había votado a favor de que lo condenaran a muerte, el resto de los miembros del jurado decidió comunicar al juez que el jurado había llegado al veredicto unánime de que fuera ejecutado. Esta mujer afirmó además que también ella se sintió intimidada por la impropia conducta y la actitud racista de los demás jurados, por lo que no protestó. Louis Truesdale, de raza negra, fue ejecutado en Carolina del Sur en 1998. La única persona afroamericana que formaba parte del jurado en su juicio denunció posteriormente que su deseo había sido votar a favor de la cadena perpetua, pero que, intimidada por la actitud racista imperante en la sala de deliberación del jurado, decidió cambiar el sentido de su voto a favor de la pena capital.


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos lo antes posible en inglés o en su propio idioma:

- expresando sus condolencias a la familia y amigos de Dennis Eugene Hill, y explicando que, en modo alguno, tratan de excusar su muerte ni el sufrimiento que ello ha causado;

- haciendo constar que la declaración de culpabilidad de Walanzo Robinson se basó únicamente en declaraciones de testigos presenciales, un tipo de prueba que se considera particularmente de escasa solvencia;

- manifestando su honda preocupación por las denuncias realizadas por el único jurado afroamericano de su juicio, una mujer, que ha asegurado que decidió cambiar el sentido de su voto a favor de la pena de muerte por haberse sentido intimidada física y psicológicamente por el resto de los miembros del jurado;

- recordando que un juez de distrito federal reconoció que las alegaciones formuladas por la jurado «de ser ciertas, son atroces e intolerables»;

- haciendo constar que las normas sobre pertinencia y admisibilidad de pruebas no han permitido que los tribunales admitan a trámite la declaración de esta jurado, pero subrayando que estas restricciones no son aplicables a las autoridades del poder ejecutivo facultadas para ejercer la prerrogativa de gracia, atribución que, en parte, tiene su razón de ser precisamente para compensar la posibilidad de que la judicatura, por incapacidad o falta de voluntad, no tome en cuenta ciertos factores en una causa (pueden citar la causa Fretwell, del estado de Arkansas, en 1999);

- solicitando que se conceda el indulto a Walanzo Robinson, en interés del fin del racismo y en interés de la propia justicia y la reputación del estado de Oklahoma y de Estados Unidos en su conjunto;

- en los llamamientos que envíen al gobernador, ínstenle a que, en el caso de que la Junta de Indultos y Libertad Condicional no le presente una recomendación favorable al indulto, utilice su facultad de ordenar la suspensión temporal de la ejecución.


LLAMAMIENTOS A:

Los llamamientos a la Junta de Indultos tienen que llegar antes del 11 de marzo; los remitidos al gobernador se pueden enviar hasta el mismo 18 de marzo). Citen el número de recluso de Walanzo Robinson: #189399 (en el exterior del sobre, si envían sus llamamientos por carta).


Junta de Indultos y Libertad Condicional

The Pardon and Parole Board

4040 N. Lincoln Blvd., Suite 219

Oklahoma City, OK 73105, Estados Unidos


Fax: +1 405 427 6648

Correo-E: terry.jenks@pbb.state.ok.us

Tratamiento: Dear Board members / Señores Miembros de la Junta


Gobernador del Estado de Oklahoma

Governor Brad Henry

Office of the Governor

State Capitol Building

2300 N. Lincoln Blvd., Room 212

Oklahoma City, OK 73105, Estados Unidos

Fax: +1 405 521 3353

Correo-E: governor@gov.state.ok.us

Tratamiento: Dear Governor / Señor Gobernador


COPIA A: La representación diplomática de Estados Unidos acreditada en el país del remitente.


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