Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - ÉTATS-UNIS. Craintes de renvoi forcé.

PÚBLICO Índice AI: AMR 51/103/2007

15 de junio de 2007

AU 149/07 Temor de devolución


EE. UU. Abdul Ra'ouf Omar Mohammed Abu al Qassim, ciudadano libio, de unos 42 años


Se teme que Abdul Ra’ouf al Qassim, ciudadano libio bajo custodia militar estadounidense en la bahía de Guantánamo, Cuba, corra peligro inminente de ser transferido a la custodia del gobierno libio. Amnistía Internacional teme que en Libia pueda ser recluido sin cargos en régimen de incomunicación durante un periodo prolongado, lo que lo pondría en grave riesgo de tortura o malos tratos. La organización teme también que finalmente pueda ser sometido a un juicio injusto en el que podría ser condenado a muerte.


Abdul Ra’ouf al Qassim fue reclutado por el ejército libio cuando tenía unos 18 años, y sirvió en él durante 7 años. Huyó de Libia en 1990 y fue a Afganistán. En el año 2000 se casó con una mujer afgana, Rahima, y en el momento de la intervención militar encabezada por Estados Unidos en Afganistán en octubre de 2001 vivían en la capital afgana,Kabul. Abdul Ra’ouf al Qassim y Rahima, entonces embarazada, huyeron a Pakistán. Allí, él fue puesto bajo custodia en un momento en que Estados Unidos pagaba recompensas de hasta 5.000 dólares por cada presunto "terrorista" que se le entregara, una práctica que facilitó las detenciones arbitrarias en Pakistán. A finales de 2001 o principios de 2002, Abdul Ra’ouf al Qassim fue transferido a la custodia estadounidense y pasó a formar parte de los centenares de hombres enviados a la bahía de Guantánamo. Lleva recluido allí cinco años sin cargos ni juicio. Rahima dio a luz a su hija, Khiria, que ya tiene más de cinco años y vive en Afganistán con su madre.


Según los expedientes desclasificados sobre la vista en Guantánamo de su caso ante el Tribunal de Revisión del Estatuto de Combatiente y la Junta de Revisión Administrativa, el gobierno estadounidense ha acusado a Abdul Ra’ouf al Qassim de asociación con el Grupo de Combate Islámico Libio, grupo de oposición no autorizado. En su presunta respuesta a la denuncia de haberse alojado en una casa de huéspedes del Grupo de Combate Islámico Libio en Afganistán, manifestó que eso había sucedido en un momento en el que no tenía "ningún otro lugar adonde ir". A la denuncia de que era miembro del Grupo de Combate Islámico Libio, su respuesta fue: "Nunca fui miembro. Me vi obligado a alojarme con ellos. No tuve más opción que hacerlo".


Amnistía Internacional teme que el vínculo establecido por el gobierno estadounidense entre Abdul Ra’ouf al Qassim y el Grupo de Combate Islámico Libio, por tenue que sea, ponga a este hombre en peligro especial de sufrir violaciones de derechos humanos si es devuelto a Libia. Un nuevo informe publicado por Amnistía Internacional y otras cinco organizaciones (Sin rastro oficial: Responsabilidad de Estados Unidos en las desapariciones forzadas de la "guerra contra el terror", AMR 51/093/2007, junio de 2007, http://web.amnesty.org/library/index/eslAMR510932007?open&of=esl-USA) cita a cinco presuntos miembros del Grupo de Combate Islámico Libio de los que se cree que han estado recluidos bajo custodia secreta de Estados Unidos y cuyo paradero continúa sin confirmarse. Cuatro de estos individuos permanecen recluidos, según los informes, en Trípoli tras ser trasladados desde la custodia de Estados Unidos a la de Libia. Los informes indican que al menos uno de ellos se encuentra en muy mal estado de salud, recluido en régimen de aislamiento.


El 19 de abril de 2007, un juez federal de primera instancia estadounidense denegó una moción presentada en favor de Abdul Ra’ouf al Qassim en la que se pedía una orden que impidiera a Estados Unidos transferirlo a Libia por el riesgo de que allí sufriera graves violaciones de derechos humanos. El juez declaró que "aunque el tribunal reconoce la gravedad de las denuncias del apelante, no tiene más opción que denegar la moción", ya que la jurisdicción del tribunal para considerar la petición había sido retirada por la Ley de Comisiones Militares, cuya entrada en vigor firmó el presidente Bush en octubre de 2006. El 1 de mayo de 2007, la Corte Suprema de Estados Unidos rechazó intervenir en el caso.


Abdul Ra’ouf al Qassim ha manifestado su temor a ser transferido a la custodia del gobierno libio. En los expedientes desclasificados sobre su procedimiento ante la Junta de Revisión Administrativa en 2005, un oficial del ejército que había entrevistado al detenido declaró que, cuando se planteó la cuestión de su traslado a la custodia libia, "se puso muy nervioso y dijo: ‘no quiero volver a Libia bajo ninguna condición".


En 2006, el Comité de Derechos Humanos de la ONU instó a Estados Unidos a tomar "todas las medidas necesarias para asegurar que ninguna persona, tampoco las que se hallen detenidas fuera de su territorio, sea trasladada a otro país [...] si hay razones consistentes para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura o a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes". En su informe de 2006 al Comité de la ONU contra la Tortura, Estados Unidos manifestó que "no traslada a personas a ningún país en que los Estados Unidos crean que lo más probable es que sean torturadas", es decir, un grado de protección inferior al establecido por el derecho internacional. El informe continuaba diciendo: "Los Estados Unidos reciben garantías, según proceda del gobierno extranjero al que se transfiera al detenido de que éste no será torturado". Amnistía Internacional se opone al uso de "garantías diplomáticas" como base para enviar a personas a países donde puedan correr peligro de tortura o malos tratos. En esas circunstancias, las garantías diplomáticas son poco fiables e imposibles de hacer realidad.


El Comité contra la Tortura subrayó a Estados Unidos que no debía basarse en garantías en los casos de Estados que son responsables de violaciones sistemáticas de la Convención contra la Tortura. El Comité de Derechos Humanos subrayó que "cuanto más sistemática sea en un país la práctica de la tortura o de los tratos crueles, inhumanos o degradantes, menos probable será que las garantías dadas puedan evitar el riesgo real de esos tratos, por más estrictos que sean los procedimientos de seguimiento acordados". En el apartado sobre Libia de su informe más reciente sobre los derechos humanos en otros países, el Departamento de Estado estadounidense manifiesta que "el personal de seguridad torturaba de forma habitual a los presos durante los interrogatorios o como castigo […] Los informes de tortura eran difíciles de corroborar, ya que muchos detenidos permanecían en régimen de incomunicación. Entre los métodos de tortura y los abusos denunciados se encontraban encadenar a los presos a la pared durante horas, golpearlos con palos, aplicarles descargas eléctricas, aplicarles sacacorchos en la espalda, verter zumo de limón en heridas abiertas, romperles los dedos y dejar que se curaran sin atención médica, asfixiarlos con bolsas de plástico, privarlos durante periodos prolongados del sueño, el alimento y el agua, colgarlos por las muñecas, colgarlos de un palo insertado entre las rodillas y los codos, quemarlos con cigarrillos, amenazarlos con ataques de perros y golpearlos en las plantas de los pies". El apartado añade que los detenidos eran sometidos además a condiciones de reclusión crueles, inhumanas o degradantes y que se les negaba "la atención médica adecuada, lo que dio lugar a varias muertes bajo custodia".


En abril de 2007, un tribunal británico, la Comisión Especial de Apelaciones sobre Inmigración, bloqueó el intento de Reino Unido de devolver a su país a dos ciudadanos libios presuntamente vinculados al Grupo de Combate Islámico Libio. La Comisión Especial concluyó que el memorándum de entendimiento entre los gobiernos de Reino Unido y Libia no había eliminado el riesgo de que estos dos hombres sufrieran violaciones graves de derechos humanos en Libia. También señaló que "se utiliza ampliamente la tortura contra los opositores políticos, de entre los cuales los extremistas islamistas y los miembros del Grupo de Combate Islámico Libio son los más odiados por el gobierno libio, las organizaciones de seguridad y, sobre todo, el [dirigente libio] coronel Gadafi".


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen sus llamamientos para que lleguen lo antes posible, en inglés o en su propio idioma, utilizando sus propias palabras:


- expresando preocupación por que el gobierno estadounidense puede estar a punto de transferir al detenido de Guantánamo Abdul Ra’ouf al Qassim a la custodia del gobierno libio;

- señalando que el propio gobierno estadounidense ha informado de que el personal de seguridad libio utiliza la tortura de forma habitual;

- haciendo constar que la afirmación del gobierno estadounidense de que Abdul Ra’ouf al Qassim está relacionado con el Grupo de Combate Islámico Libio pone a este hombre en especial peligro de sufrir a su regreso violaciones de derechos humanos tales como detención prolongada en régimen de incomunicación, tortura, malos tratos y juicio injusto;

- oponiéndose al uso de garantías diplomáticas, ya que son inherentemente poco fiables y es imposible hacerlas cumplir;

- pidiendo a Estados Unidos que busque otra solución para liberar a Abdul Ra’ouf al Qassim de Guantánamo, una solución que garantice que éste recibe un trato plenamente acorde al derecho internacional; señalando que la esposa y la hija de Abdul Ra’ouf al Qassim, ciudadanas afganas, viven en Afganistán y aguardan su regreso.


LLAMAMIENTOS A:


Secretaria de Estado

The Honorable Condoleezza Rice

Secretary of State, Department of State, 2201 C Street, N.W., Washington DC 20520, EE. UU.

Fax: + 1 202 261 8577

Correo-E.: Secretary@state.gov.

Tratamiento: Dear Secretary of State / Sra. Secretaria de Estado


Secretario de Defensa

The Honorable Robert Gates, Secretary of Defence, 1000 Defense Pentagon, Washington DC 20301, EE. UU.

Fax: + 1 703 697 8339

Tratamiento: Dear Secretary of Defense / Sr. Secretario de Defensa


COPIA A:la representación diplomática de Estados Unidos acreditada en su país.


ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE.Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 27 de julio de 2007.********



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