Document - USA: Crying out for clemency: The case of Alexander Williams, mentally ill child offender facing execution
Público
Amnistía Internacional
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams, enfermo mental condenado a muerte por un delito cometido cuando era menor de edad
Septiembre del 2000 RESUMEN ÍNDICE AI: AMR 51/139/00/S
DISTR: SC/PG/CO/GR/DP (36/00)
Aleta Carol Bunch, de 16 años, desapareció el 4 de marzo de 1986. La habían visto con vida por última vez ese mismo día en un centro comercial de Augusta, Georgia. Ocho días después, Alexander Edmund Williams, de 17 años, fue detenido. El 15 de marzo, el abogado que le habían asignado condujo a la policía, tras entrevistarse con Williams, hasta el cadáver de Aleta Bunch, que se hallaba en una zona boscosa apartada en las afueras de Augusta. La habían secuestrado, atracado, violado y dado muerte con un arma de fuego. Alexander Williams fue acusado del crimen. Tras un juicio de cuatro días celebrado en agosto de 1986, fue enviado al pabellón de los condenados a muerte, donde ha permanecido hasta el día de hoy.
El mundo ha evolucionado desde que Alex Williams fue condenado a muerte. En los 14 años transcurridos desde entonces, el principio de que los menores —quienes tienen menos de 18 años en el momento de cometer un delito— nunca deben ser condenados a muerte ha cristalizado en una norma de derecho internacional consuetudinario vinculante para todos los países.
No obstante, Estados Unidos, una nación aislada en lo que se refiere a la pena de muerte, se considera por encima de dicha norma y encabeza un diminuto grupo de países que también la desobedecen. En Estados Unidos hay cerca de 80 personas condenadas a muerte en 16 estados por delitos cometidos cuando tenían 16 ó 17 años. Tras haber estado a 48 horas de ser ejecutado en agosto del 2000, Alex Williams todavía puede convertirse en la quinta persona ejecutada este año en Estados Unidos por un delito cometido cuando era menor de edad, la cifra anual más alta desde la electrocución de seis menores en Florida y Georgia en 1954. Sólo en este año, Estados Unidos ha llevado a cabo tantas ejecuciones de menores —cuatro— como el resto del mundo desde agosto de 1993.
Hay otros aspectos en el caso de Alex Williams, que actualmente cuenta 32 años, que ilustran hasta qué punto Estados Unidos se aleja de la tendencia mundial en lo que respecta al uso de la pena capital, y cuán dispuesto se muestra a violar las normas internacionales con el fin de ejecutar a determinadas personas condenadas por delitos de homicidio. Alex Williams es un enfermo mental y lleva siéndolo muchos años. Según los archivos de la prisión, desde que ingresó en el pabellón de los condenados a muerte le diagnosticaron una enfermedad mental grave y en varias ocasiones tuvieron que administrarle a la fuerza fármacos antipsicóticos. En el juicio de 1986, su abogado no investigó ni presentó pruebas sobre sus problemas mentales ni sobre los terribles abusos sufridos durante su infancia con las que rebatir los argumentos de la acusación que lo presentaban como un asesino despiadado y desprovisto de remordimientos que debía ser ejecutado. Como consecuencia, los miembros del jurado no llegaron a saber realmente, como ocurre en muchos otros casos de pena capital juzgados en Estados Unidos, a quién estaban condenando. En agosto del 2000, cinco de los ocho miembros del jurado de 1986 que aún vivían se declararon en contra de la ejecución de Alex Williams, afirmando que no habrían votado a favor de la condena de muerte si hubieran tenido noticia de los abusos que había sufrido y de su enfermedad mental.
Frente a la voluntad de Estados Unidos, no sólo de utilizar la pena muerte, sino de aplicarla en casos de menores, enfermos mentales y acusados a los que se ha negado una adecuada representación letrada, una mayoría de países han abandonado por completo las ejecuciones judiciales, reconociendo que constituyen un castigo cruel, falible y anacrónico. Ciento ocho países —más de la mitad— han abolido la pena de muerte en la ley o en la práctica. Más de 50 de ellos se han unido a esta lista desde que Alex Williams ingresó en el pabellón de los condenados a muerte de Georgia para aguardar su electrocución.
La fecha de la ejecución de Alex Williams estaba fijada para el 24 de agosto del 2000. El 22 de ese mismo mes, la Corte Suprema de Georgia la suspendió mientras tomaba una decisión, en un caso distinto, sobre la constitucionalidad de la silla eléctrica. En los días previos al fijado para la ejecución de Alex Williams hubo una enorme oleada de peticiones de indulto nacionales e internacionales. La Junta de Indultos y Libertad Condicional de Georgia aún no había hecho pública su decisión cuando la Corte Suprema anunció su decisión de suspender la ejecución. Amnistía Internacional está pidiendo a la Junta que no espere a que los tribunales retomen el caso y que conmute la condena de muerte de Alex Williams.
Al solicitar el indulto, Amnistía Internacional no pretende en absoluto disculpar el homicidio de Aleta Bunch ni menospreciar el inmenso sufrimiento que ha causado a sus familiares y amigos su muerte prematura y violenta. Sólo quiere que el Estado encuentre una respuesta mejor que perpetuar el ciclo de violencia, para que de este modo prevalezcan los principios básicos de justicia y humanidad vigentes en todo el mundo.
PALABRAS CLAVE: CONDENA A MUERTE1 / MENORES1 / SALUD MENTAL1 / JUICIOS / DISCRIMINACIÓN RACIAL / EJECUCIÓN INMINENTE / FOTOGRAFÍAS
Este texto resume el documento titulado Estados Unidos de América: Clamando por el indulto. El caso de Alexander Williams, enfermo mental condenado a muerte por un delito cometido cuando era menor de edad(Índice AI: AMR 51/139/00/s), publicado por Amnistía Internacional en septiembre del 2000. Es una versión actualizada de Abandoning Justice: The imminent execution of Alexander Williams, mentally ill child offender (AMR 51/121/00, agosto del 2000). Si desean más información o emprender acciones sobre este asunto, consulten el documento principal. Pueden encontrar una amplia selección de materiales de Amnistía Internacional sobre éste y otros temas en http://www.amnesty.org, y nuestros comunicados de prensa se pueden recibir por correo electrónico:http://www.amnesty.org/news/emailnws.htm. Para los documentos traducidos al español consulten la sección "centro de documentación" de las páginas web de EDAI en http://www.edai.org/centro/.»
SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 0DW, REINO UNIDO
TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL (EDAI), ESPAÑA
ÍNDICE
[<a href= "#INT">Introducción</a>]
[<a href= "#Inf">Información general: El debate cambia, la crueldad continúa</a>]
[<a href= "#ENL">En la oscuridad: Condenado por un jurado sin la suficiente información</a>]
[<a href= "#ELV">El veredicto del jurado: Unanimidad a base de presión</a>]
[<a href= "#JUS">Justicia denegada: La apelación no soluciona nada</a>]
[<a href= "#DIA">Diagnóstico en el pabellón de los condenados a muerte: Se confirma la enfermedad mental AlexWilliams </a>]
[<a href= "#LAE">La ejecución de menores en Estados Unidos: Una excepción inadmisible</a>]
[<a href= "#CRE">Crece la oposición contra las ejecuciones previstas</a>]
[<a href= "#CON">Conclusión: La hora de la dignidad</a>]
[<a href= "#AP1">Apéndice 1: Presos condenados a muerte en Estados Unidos por delitos cometidos cuando tenían 16 ó 17 años - Julio del 2000.</a>]
[<a href= "#AP2">Apéndice 2: Menores ejecutados en Estados Unidos desde 1977. Información adicional sobre los ocho ejecutados desde 1998.</a>]
[<a href= "#AP3">Apéndice 3: Ejecuciones reconocidas de menores en todo el mundo, enero de 1990 - agosto del 2000</a>]
Introducción
Información general: El debate cambia, la crueldad continúa
En la oscuridad: Condenado por un jurado sin la suficiente información
El veredicto del jurado: Unanimidad a base de presión
Justicia denegada: La apelación no soluciona nada
Diagnóstico en el pabellón de los condenados a muerte: Se confirma la enfermedad mental AlexWilliams
La ejecución de menores en Estados Unidos: Una excepción inadmisible
Crece la oposición contra las ejecuciones previstas
Conclusión: La hora de la dignidad
Apéndice 1: Presos condenados a muerte en Estados Unidos por delitos
cometidos cuando tenían 16 ó 17 años - Julio del 2000.
Apéndice 2: Menores ejecutados en Estados Unidos desde 1977. Información
adicional sobre los ocho ejecutados desde 1998.
Apéndice 3: Ejecuciones reconocidas de menores en todo el mundo, enero de 1990 - agosto del 2000
CAMPAÑA CONTRA LA PENA DE MUERTE EN ESTADOS UNIDOS
Éste es uno de los numerosos informes publicados por el Secretariado Internacional de Amnistía Internacional dentro de una campaña mundial contra la pena de muerte en Estados Unidos. A continuación se citan otros informes publicados desde marzo de 1998:
La pena de muerte en Texas: Injusticia leta
(AMR 51/10/98/s, marzo de 1998)
«Una macabra cadena de montaje»: Noticias sobre la pena de muerte en 1997
(AMR 51/20/98/s, abril de 1998)
La ejecución de Ángel Breard: Las disculpas no bastan
(AMR 51/27/98/s, mayo de 1998)
En la página equivocada de la historia: Los menores y la pena de muerte en Estados Unidos
(AMR 51/58/98/s, octubre de 1998)
Sumar oprobio al daño: El caso de Joseph Stanley Faulder
(AMR 51/86/98/s, noviembre de 1998)
Errores fatales: Inocencia y pena de muerte en Estados Unidos
(AMR 51/69/98/s, noviembre de 1998)
Matar la esperanza: la ejecución inminente de Sean Sellers
(AMR 51/108/98/s, diciembre de 1998)
Prejuicios que matan: La dimensión racial de la pena de muerte en Estados Unidos
(AMR 51/52/99/s, mayo de 1999)
Matar sin piedad: Los procedimientos de concesión de indulto en Texas
(AMR 51/85/99/s, junio de 1999)
Es hora de intervenir por motivos humanitarios: La ejecución inminente de Larry Robison
(AMR 51/107/99/s, julio de 1999)
Hablando claro: voces contra la muerte
(AMR 51/128/99/s, octubre de 1999)
Vergüenza en el siglo XXI: Está previsto que tres menores sean ejecutados en enero del 2000
(AMR 51/189/99/s, diciembre de 1999)
Más allá de la razón: La ejecución inminente de John Paul Penry
(AMR 51/195/99/s, diciembre de 1999)
Mumia Abu-Jamal: Una vida en juego
(AMR 51/01/00/s, febrero del 2000)
Malograr el futuro: Noticias sobre la pena de muerte, mayo de 1998 - marzo del 2000
(AMR 51/03/00/s, abril del 2000)
Un abismo entre dos mundos. Violaciones de los derechos de los ciudadanos extranjeros condenados a muerte.
Casos de europeos
(AMR 51/1010/00/s)
Desde marzo de 1998, Amnistía Internacional ha publicado además muchos otros documentos sobre una amplia variedad de violaciones de derechos humanos, incluidos casos de brutalidad policial y de tortura y malos tratos en prisiones y centros de detención. También ha publicado decenas de documentos de acción sobre personas que se enfrentan a una ejecución inminente.
Visite el sitio web de AI: www.amnesty.org
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
Amnistía Internacional, septiembre del 2000 Índice AI: AMR 51/139/00/s
Índice AI: AMR 51/139/00/s Amnistía Internacional, septiembre del 2000
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams, enfermo mental condenado a muerte por un delito cometido cuando era menor de edad
La imposición de un castigo tan salvaje a alguien que era menor de edad en el momento de cometer el delito viola los principios fundamentales de justicia. Los menores son más propensos a dejarse influir por otros y menos capaces de comprender las consecuencias de sus actos. Bajo ningún concepto debe declararse a un menor irrecuperable. El resto del mundo está de acuerdo. La imposición de la pena de muerte a los menores de edad es objeto de condena mundial. Editorial, Florida, julio del 2000. «Putting teens to death represents barbarism» (La ejecución de adolescentes constituye una barbarie). Daytona Beach News-Journal, 15 de julio del 2000.
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Introducción
Aleta Carol Bunch, de 16 años, desapareció el 4 de marzo de 1986. La habían visto con vida por última vez ese mismo día en un centro comercial de Augusta, Georgia. Ocho días después, Alexander Edmund Williams, de 17 años, fue detenido. El 15 de marzo el abogado de Williams, tras entrevistarse con él, condujo a la policía hasta el cadáver de Aleta Bunch, que se hallaba en una zona boscosa apartada en las afueras de Augusta. La habían secuestrado, atracado, violado y dado muerte con un arma de fuego. Alexander Williams fue acusado del crimen. Tras un juicio de cuatro días celebrado en agosto de 1986, fue enviado al pabellón de los condenados a muerte, donde ha permanecido hasta el día de hoy.
El mundo ha evolucionado desde que Alex Williams fue condenado a muerte. En los 14 años transcurridos desde entonces, el principio de que los menores —quienes tienen menos de 18 años en el momento de cometer un delito— nunca deben ser condenados a muerte ha cristalizado en una norma de derecho internacional consuetudinario vinculante para todos los países.
Estados Unidos, una nación aislada en lo que se refiere a la pena de muerte, se considera por encima de dicha norma y encabeza un diminuto grupo de países que también la desobedecen. En Estados Unidos hay cerca de 80 personas condenadas a muerte en 16 estados por delitos cometidos cuando tenían 16 ó 17 años (véase Apéndice 1), y los fiscales estatales siguen pidiendo la pena de muerte para menores acusados de delitos sancionados con la pena capital. Por ejemplo, el 24 de agosto del 2000 dio comienzo en Prescott, Arizona, el juicio de Christopher Huerstel, para quien las autoridades del Condado de Pima pedían la pena de muerte. Huerstel tenía 17 años cuando cometió el delito. Véase la Acción Urgente de Amnistía Internacional 255/00, AMR 51/138/00/s, 25 de agosto.Tras haber estado a 48 horas de ser ejecutado en agosto del 2000, Alex Williams todavía puede convertirse en la quinta persona ejecutada este año en Estados Unidos por un delito cometido cuando era menor de edad, la cifra anual más alta desde la electrocución de seis menores en Florida y Georgia en 1954. Nathaniel Johnson y Abraham Beard (Florida); Willie Jackson, Herman Lee Miller, Joe Lee Jones y Charles L. King (Georgia). Death Penalty for Juveniles(Pena de muerte para menores), Victor Streib, Indiana University Press, 1987. Sólo en este año, el número de ejecuciones de menores llevadas a cabo hasta el momento por Estados Unidos —cuatro— iguala a las registradas en el resto del mundo desde agosto de 1993; en estos siete años, según los informes, la República Democrática del Congo, Irán, Nigeria y Pakistán han ejecutado cada uno a una persona que era menor de edad en el momento de cometer el delito (véase Apéndice 3). En julio del 2000, Pakistán declaró ilegales este tipo de ejecuciones.
Hay otros aspectos en el caso de Alex Williams, que actualmente cuenta 32 años, que ilustran hasta qué punto Estados Unidos se aleja de la tendencia mundial en lo que respecta al uso de la pena capital y cuán dispuesto se muestra a violar las normas internacionales con el fin de ejecutar a determinadas personas que han sido declaradas culpables de homicidio. Estados Unidos también ejecuta a ciudadanos extranjeros. En la última década, 14 acusados de otros países han sido ejecutados por verdugos estadounidenses. A muchos de ellos se les negó el derecho a comunicarse con su consulado tras ser detenidos. Véase, por ejemplo, Estados Unidos de América: Un abismo entre dos mundos: Violaciones de los derechos de los ciudadanos extranjeros condenados a muerte. Casos de europeos(AMR 51/101/00/s, julio del 2000).Alex Williams es un enfermo mental y lleva siéndolo muchos años. Según los archivos de la prisión, desde que ingresó en el pabellón de los condenados a muerte le diagnosticaron una enfermedad mental grave y en varias ocasiones tuvieron que administrarle a la fuerza fármacos antipsicóticos. En el juicio de 1986, su abogado no investigó ni presentó pruebas sobre su estado mental ni sobre los terribles abusos sufridos durante su infancia con las que rebatir los argumentos de la acusación que lo presentaban como un asesino despiadado y desprovisto de remordimientos que debía ser ejecutado. Como consecuencia, los miembros del jurado no llegaron a saber realmente, como ocurre en muchos otros casos de pena capital juzgados en Estados Unidos, a quién estaban condenando. En agosto del 2000, cinco de los ocho miembros del jurado de 1986 que aún vivían firmaron unas declaraciones manifestando que no habrían condenado a Alex Williams a muerte de haber conocido, como ahora conocen, los abusos sufridos durante su niñez y su enfermedad mental. Los cinco han pedido que sea indultado.
Frente a la voluntad de Estados Unidos, no sólo de utilizar la pena muerte, sino de aplicarla en casos de menores, enfermos mentales y acusados a los que se ha negado una adecuada representación letrada, una mayoría de países han abandonado por completo las ejecuciones judiciales, reconociendo que constituyen un castigo cruel, falible y anacrónico. Ciento ocho países —más de la mitad— han abolido la pena de muerte en la ley o en la práctica. Más de 50 de ellos se han unido a esta lista desde que Alex Williams ingresó en el pabellón de los condenados a muerte de Georgia para aguardar su electrocución. Desde agosto de 1986, 43 países han eliminado la pena de muerte de su legislación. En 1987, Haití, Liechtenstein y la República Democrática Alemana. En 1989, Camboya, Nueva Zelanda, Rumanía y Eslovenia. En 1990, Andorra, Croacia, la República Federal Checoslovaca, Hungría, Irlanda, Mozambique, Namibia y Santo Tomé y Príncipe. En 1992, Angola, Paraguay y Suiza. En 1993, Grecia, Guinea-Bissau, Hong Kong y Seychelles. En 1994, Italia. En 1995, Yibuti, Mauricio, Moldavia y España. En 1996, Bélgica. En 1997, Georgia, Nepal, Polonia, Sudáfrica, Bolivia y Bosnia y Herzegovina. En 1998, Azerbaiyán, Bulgaria, Canadá, Estonia, Lituania y Reino Unido. En 1999, Timor Oriental, Turkmenistán, Ucrania y Letonia. Desde agosto de 1986, otros nueve países se han unido a la lista de naciones consideradas abolicionistas de hecho (es decir, que no han llevado a cabo ejecuciones en los últimos 10 años y se cree que practican una política contraria a ellas): Burkina Faso, la República Centroafricana, la República del Congo, Gambia, Granada, Malí, Surinam, Tonga y Turquía.
El creciente aislamiento de Estados Unidos respecto al uso de la pena de muerte, en especial contra los menores, se puso de manifiesto con la condena internacional generada por el caso cuando se fijó la ejecución de Alex Williams para el 24 de agosto del 2000. Entre quienes solicitaron el indulto figuraban dos relatores especiales de las Naciones Unidas, la Unión Europea y el Consejo de Europa, que se unieron a los numerosos ciudadanos y organizaciones del mundo entero y de Estados Unidos que pedían la conmutación de la condena. Antes de que la Junta de Indultos y Libertad Condicional de Georgia anunciara su decisión sobre la concesión del indulto, la Corte Suprema de este estado suspendió la ejecución mientras tomaba una decisión, en un caso distinto, sobre la constitucionalidad del uso de la silla eléctrica en Georgia. El 28 de abril del 2000, el gobernador de Georgia firmó un proyecto de ley que convierte a la inyección letal en el método utilizado para ejecutar a los condenados por delitos punibles con la pena capital cometidos a partir del 1 de mayo del 2000. Todos los condenados por delitos cometidos con anterioridad serán ejecutados en la silla eléctrica, a menos que este método sea declarado inconstitucional, en cuyo caso se utilizaría la inyección letal. En el momento de redactarse este informe, la Corte Suprema aún no había tomado una decisión sobre el caso de Troy Davis, que ha cuestionado el reiterado uso de la silla eléctrica por parte del estado. Amnistía Internacional se opone a todas las ejecuciones, sea cual sea el método empleado. Como escribió recientemente el juez Katz, de la Corte Suprema de Connecticut, «... ya sea por empalamiento o electrocución, crucifixión o gas letal, fusilamiento o ahorcamiento, inyección letal o cualquier otro método aún por inventar, la quintaesencia de la pena capital es la crueldad» (El estado contra Webb, 15 de febrero del 2000).
Amnistía Internacional considera que la Junta de Indultos y Libertad Condicional de Georgia no debe esperar a que los tribunales reactiven una vez más el caso de Alex Williams, sino que debe conmutar inmediatamente su condena. Al solicitar el indulto, Amnistía Internacional no pretende en absoluto disculpar el homicidio de Aleta Bunch ni menospreciar el inmenso sufrimiento que ha causado a sus familiares y amigos su muerte prematura y violenta. Sólo quiere que el Estado encuentre una respuesta mejor que perpetuar el ciclo de violencia, para que de este modo prevalezcan los principios básicos de justicia y humanidad vigentes en todo el mundo.
Información general: El debate cambia, la crueldad continúa [<a name= "Inf"></a>]
Los delitos a los que nos enfrentamos son actos horribles, atroces, censurables. Su absoluta brutalidad no puede ni debe minimizarse... La cuestión, por tanto, no es si aprobamos o no la violación o el homicidio, pues indudablemente no lo hacemos, sino si la pena capital ha dejado de ser un castigo consecuente con nuestra dignidad. Corte Suprema de Estados Unidos, 1972. Furman contra Georgia(1972), intervención del juez Marshall.
Alexander Williams tenía seis meses en septiembre de 1968, fecha en que un enfermo mental afroamericano llamado William Henry Furman fue condenado a muerte en Georgia. En 1971, la apelación de Furman llegó a la Corte Suprema de Estados Unidos. El 29 de junio de 1972, en Furman contra Georgia, la Corte puso fin a las ejecuciones judiciales en Estados Unidos al resolver que el modo arbitrario en que se aplicaba la pena de muerte violaba la Constitución estadounidense.
No obstante, la decisión «Furman» no estableció que la pena de muerte fuera inconstitucional en sí, y pronto se hizo evidente que los legisladores del país no estaban dispuestos a utilizar esta decisión para dirigir al país hacia la abolición. Los estados empezaron a redactar de nuevo sus leyes sobre la pena capital para que concordaran con la mencionada resolución. En marzo de 1973, Georgia fue uno de los primeros estados en restaurar la pena de muerte.
Cuatro años después de la resolución «Furman», la Corte Suprema de Estados Unidos revisó las nuevas leyes. En el centro de sus deliberaciones volvía a estar una condena de muerte dictada en Georgia, esta vez contra Troy Gregg por asesinato. El 2 de julio de 1976, la Corte resolvió que las leyes, que permitían libertad de criterio al dictar sentencia y establecían que los juicios sobre delitos sancionados con la pena capital se celebraran en dos fases —una para determinar la culpabilidad o la inocencia y otra para dictar sentencia—, eran constitucionales.
La condición racial y la pena de muerte
En 1987, la Corte Suprema de Estados Unidos (McCleskey contra Kemp) rechazó un estudio global que denunciaba la existencia de discriminación racial en la aplicación de la pena de muerte en Georgia. El estudio demostraba que, tras considerar otros factores, los acusados de raza negra y los acusados de matar a víctimas de raza blanca tenían entre 4 y 11 veces más probabilidades de ser condenados a muerte que otros acusados. La Corte rechazó la apelación de Warren McCleskey argumentando que no había probado que existiera racismo en su caso y que «las aparentes discrepancias en la condena forman parte inseparable de nuestro sistema de justicia penal». Considerando simplemente el historial de racismo en el sistema de pena de muerte de Estados Unidos, el fallo fue extraordinariamente autocomplaciente. El juez Powell, que redactó la opinión de la mayoría (5 contra 4), declaró posteriormente que lamentaba haber votado contra McCleskey.
En 1990, el Departamento General de Contraloría de Estados Unidos (General Accounting Office), agencia gubernamental independiente, llegó a la conclusión de que, en más del 80 por ciento de los 28 estudios de este tipo que había revisado y dado por buenos, la condición racial de la víctima guardaba relación con la condena de muerte. Es decir, que, tras considerar todos los demás factores, existían bastantes más probabilidades de que un acusado fuera condenado a muerte si la víctima era de raza blanca que si era de raza negra.
Alexander Williams es negro. Aleta Bunch era blanca. De las 23 personas (12 negras y 11 blancas) ejecutadas en Georgia desde que se reanudaron las ejecuciones en 1983, 21 (un 91 por ciento) fueron declaradas culpables de matar a individuos de raza blanca. Los afroamericanos constituyen el 27 por ciento de la población de Georgia y el 65 por ciento de sus víctimas de homicidio.
La última vez que Estados Unidos ejecutó a más de cuatro menores en un año fue en 1954, año en que dio muerte a seis adolescentes negros por delitos contra blancos. Los cuatro menores ejecutados hasta el momento en el país este año, dos blancos y dos negros, fueron declarados culpables de delitos contra personas de raza blanca.
El 17 de enero de 1977 dio comienzo en Estados Unidos la época moderna de las ejecuciones judiciales, con el fusilamiento de Gary Gilmore en Utah.
Desde la ejecución de Gary Gilmore, más de 650 presos estadounidenses han sido gaseados, fusilados, electrocutados, ahorcados o ejecutados por inyección letal. El ritmo de las ejecuciones se ha incrementado al tiempo que los presos agotaban sus recursos; desde enero de 1993, mes en que asumió el cargo el actual presidente, se han llevado a cabo más de 450 ejecuciones. Durante la campaña presidencial de 1992, el entonces gobernador de Arkansas, Bill Clinton, regresó a su estado para supervisar la ejecución de Ricky Ray Rector, aquejado de una enfermedad mental grave. Ocho años después, los políticos estadounidenses continúan desobedeciendo las normas internacionales en pos de lo que consideran una política pública popular. En agosto del 2000, por ejemplo, Oliver Cruz y John Satterwhite, dos presos con un historial de discapacidad mental grave, fueron ejecutados en Texas tras negarse a intervenir la junta de indultos estatal y el gobernador George W. Bush.
No obstante, un castigo que durante mucho tiempo había sido visto por los políticos como una garantía de voto ha empezado recientemente a ser objeto de un análisis público más detenido. La decisión tomada en enero del 2000 por el gobernador de Illinois de detener todas las ejecuciones en el estado por su «vergonzoso» historial de condenas injustas ha impulsado el debate nacional sobre la pena capital. De repente la población parece estar despertando a lo que numerosas organizaciones e individuos llevan años denunciando, esto es, que el sistema de aplicación de la pena capital en Estados Unidos está plagado de injusticias y errores. Uno de los casos que está centrando la atención en el debate sobre el riesgo de ejecutar a personas condenadas injustamente ocurrió en el estado de Georgia. En julio del 2000, un juez autorizó una prueba basada en un análisis de ADN sobre el caso de Ellis Wayne Felker, ejecutado en Georgia en 1996 a pesar de existir dudas sobre su culpabilidad. Se cree que es la primera vez que un juez estadounidense firma una autorización de este tipo. El análisis de ADN está siendo financiado por CBS Newsy por tres periódicos. Para más detalles sobre el caso Felker, véase Estados Unidos de América: Noticias sobre la pena de muerte en 1996, Índice AI: AMR 51/01/97/s, marzo de 1997.
El debate, no obstante, continúa centrado sobre todo en el riesgo que supone para las personas inocentes el sistema de aplicación de la pena capital en Estados Unidos. Pero este riesgo ineludible constituye sólo uno de los rasgos característicos de este castigo cruel y embrutecedor. Casi tres décadas después de la resolución «Furman», el sistema de aplicación de la pena capital sigue siendo una lotería: quién vive y quién muere dependen tanto del lugar donde se cometió el delito, de la calidad del abogado defensor y de la identidad de la víctima del homicidio como del grado de atrocidad del crimen. El debate sobre los errores en casos de pena de muerte no debe centrarse sólo en la condena o la ejecución de los inocentes, sino también en la cuestionable imparcialidad de un sistema que permite que una persona viva y otra muera por delitos similares.
Un importante estudio reciente sobre el período comprendido entre 1973 y 1995 ha llegado a la conclusión de que las condenas de muerte en Estados Unidos están «constante y sistemáticamente cargadas de errores». A Broken System: Error Rates in Capital Cases, 1973 -1995(Un sistema quebrado: Índices de error en casos de pena capital, 1973 - 1995), James S. Liebman, Jeffrey Fagan y Valerie West. Facultad de Derecho de Columbia, Nueva York. El informe concluía: «Si lo que estuviera en tela de juicio fuera la fabricación de tostadoras, la tramitación de reclamaciones a la seguridad social, la inspección previa al despegue de un avión comercial o la dirección de cualquier otra actividad pública o privada, ni los consumidores ni los contribuyentes, ni los directores ni los inversores, tolerarían siquiera un instante las tasas de error y los costes aparejados que decenas de estados y la nación en su conjunto han tolerado durante décadas en el sistema de aplicación de la pena capital. Cualquier sistema con tal cantidad de errores y gastos sería detenido inmediatamente, examinado y, o bien reformado, o bien desechado».El estudio, comenzado en 1991 y publicado el 12 de junio del 2000, revela que los tribunales de apelación federales y estatales han encontrado errores graves —que exigen reparación judicial— en un 68 por ciento de los miles de condenas de muerte examinadas por sus autores. En el 82 por ciento de los 2.370 casos que volvieron a juzgarse y cuyo resultado era conocido por los investigadores, la condena de muerte fue sustituida por otra pena más leve, y en un 7 por ciento de los casos los acusados resultaron absueltos. Los errores más comunes, según el estudio, habían sido «1) abogados defensores extraordinariamente incompetentes que ni siquiera buscaron —y claramente no encontraron— pruebas importantes de que el acusado era inocente o no merecía morir; y 2) policías o fiscales que descubrieronpruebas como las mencionadas pero las ocultaron, con lo que tampoco llegaron a conocimiento del jurado». El informe señalaba que en Georgia el porcentaje de errores revocables era del 80 por ciento y que el motivo en que se apoyaba la revocación era por lo general la falta de eficacia de los abogados defensores.
El estudio afirmaba albergar «serias dudas» sobre el descubrimiento de todos los errores por parte de los tribunales. El caso de Alex Williams es sólo un ejemplo que justifica estas dudas. El manifiesto fracaso de su abogado defensor, que de hecho abandonó a su cliente —tan sólo un adolescente— en el juicio de 1986, no se ha solucionado con la apelación.
Las peticiones para que se dicte una suspensión de las ejecuciones estatales y federales, aunque ahora al menos están recibiendo una respuesta más considerada por parte de políticos que antes eran capaces de descalificarlas tachándolas de ocurrencias de una minoría liberal, han servido de poco hasta el momento para reducir el ritmo de las ejecuciones judiciales. En las primeras 35 semanas del 2000 fueron ejecutados 66 presos.
Alexander Williams nació en 1968, primer año de la historia de Estados Unidos, según se cree, en que no hubo ejecuciones judiciales, y se expone a morir en otro año que quizá se recuerde como aquel en que, por primera vez en casi medio siglo, Estados Unidos ejecutó a más de 100 presos en un año. Esta ejecución oficial debe ser condenada por cuantos se preocupan por el progreso de la humanidad.
En la oscuridad: Condenado por un jurado sin la suficiente información [<a name= "ENL"></a>]
Había multitud de señales de alarma para hacer comprender a cualquier abogado razonablemente eficaz que era indispensable investigar a los familiares [de Williams]... El hecho de no haber entrevistado a la familia en este caso resulta tan poco razonable e infructuoso como si un abogado omitiera las entrevistas con los testigos de un accidente en un caso de negligencia. Juez federal Rosemary Barkett,1999. Opinión discrepante, Williams contra Head, Corte de Apelaciones del Undécimo Circuito, 26 de agosto de 1999.
El primer abogado del caso de Alexander Williams se retiró del caso tras conducir a la policía hasta el cadáver de Aleta Bunch. Se le asignó otro abogado, O.L. Collins, para que lo representara en el juicio ante la Corte Superior del Condado de Richmond, en Augusta. Esta elección parece haber sellado la suerte de Alex Williams tanto como el indudable carácter atroz del crimen.
Incluso en las condiciones del sistema de pena de muerte en Estados Unidos, no es suficiente el argumento de la acusación de que porque a Aleta Bunch la privaran del derecho a la vida del modo más brutal el estado está autorizado automáticamente a matar a la persona declarada responsable. Cuando la Corte Suprema de Estados Unidos resolvió en 1976 que podían reanudarse las ejecuciones, lo hizo con la condición de que las condenas en casos de pena capital tuvieran un carácter individual. La Corte sostuvo que el jurado debía considerar y sopesar la «naturaleza particular del crimen y las características particulares del acusado». Gregg contra Georgia, 1976.A los miembros del jurado que condenaron a muerte a Alex Williams se les ofrecieron todos los detalles sobre el crimen que se le imputaba, pero apenas les proporcionaron pistas sobre sus «características particulares», puesto que O.L. Collins incumplió totalmente su deber de investigar o presentar tales detalles.
En 1990, el Comité Tripartito para la Defensa de los Indigentes en el Condado de Richmond decidió no volver a encomendar a Collins la representación de acusados sin medios económicos, en vista de su historial de actuaciones inadecuadas. En enero del 2000, la Corte Suprema de Georgia aprobó nuevas leyes para mejorar la calidad de los abogados defensores en los casos de delitos punibles con la pena capital juzgados en el estado. Uno de los requisitos que se exigían era «estar familiarizado y tener experiencia en el trato con peritos y en la utilización de pruebas, incluidos, aunque no sólo, datos psiquiátricos y forenses». Otro requisito era «haber demostrado la competencia y dedicación necesarias para garantizar la calidad de la representación letrada en casos de pena capital».Había representado a cuatro acusados en casos de pena capital tras la restauración de la pena de muerte en Georgia en 1973, y todos fueron condenados a muerte. En 1993, a uno de ellos, Ernest Morrison, le concedieron una nueva vista para dictar sentencia, con el fin de que el jurado pudiera considerar la alegación de que padecía un retraso mental, factor que Collins no había investigado y del que no había presentado prueba alguna en el juicio inicial de 1987. De hecho, Collins abogó por la pena de muerte para Ernest Morrison porque era lo que su cliente —disminuido psíquico— le había ordenado que hiciera. Tras ser condenado Morrison a muerte, Collins le dijo a un periodista, según los informes, que ése había sido el único caso de pena capital que había ganado.En una vista de apelación de otro de los cuatro acusados, Billy Birt, le preguntaron a Collins si podía citar alguna decisión de un tribunal de apelación en un caso penal juzgado en Estados Unidos. Collins, al parecer, sólo pudo citar dos decisiones aparte de la de Birt, y una de ellas era de un caso civil. O.L. Collins citó Miranda contra Arizona (1966), una de las resoluciones más conocidas de la Corte Suprema de Estados Unidos (por la que se conceden ciertos derechos a los sospechosos que están siendo interrogados por la policía). En una vista preliminar del caso de Williams se refirió a dicha resolución como Miranda contra Maryland. El caso civil que nombró fue Dred Scott contra Sandford(1856).
Una decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos que Collins debió haber considerado cuando preparaba la defensa de Alex Williams se encuentra en Eddings contra Oklahoma(1982), caso en que la Corte se pronunció sobre la especial importancia de las circunstancias atenuantes en casos de menores que se enfrentan a condenas de muerte (Monty Lee Eddings tenía 16 años). La Corte resolvió que, para los acusados menores de edad:
No cabe ninguna duda de que las circunstancias de historia familiar turbulenta, palizas a manos de un padre severo y problemas emocionales graves son de particular relevancia... La juventud es algo más que un hecho cronológico. Es el momento y la condición vital en que una persona puede ser más susceptible a las influencias y a sufrir daños psicológicos... Todo esto no quiere decir que los menores estén eximidos de su responsabilidad si cometen un homicidio... Más bien se pretende afirmar que, al igual que la edad cronológica de un menor constituye en sí misma un factor atenuante de gran peso e importancia, a la hora de dictar sentencia se debe prestar la debida consideración al desarrollo mental y emocional de los acusados menores de edad y a sus circunstancias.
La estrategia de un abogado que pretende defender a un adolescente que aún vivía con su familia cuando cometió el delito sin entrevistar a un sólo miembro de aquélla, y mucho menos a los directivos de su instituto o a otras personas con las que hubiera tenido relación, no puede considerarse admisible. Sin embargo, así es como O.L. Collins quiso salvar a Alex Williams de la silla eléctrica. Y anque existían indicios de que éste podía padecer una enfermedad mental, Collins no pidió que se le practicara una evaluación psiquiátrica ni investigó a fondo su historial o su estado psicológico. Existen ejemplos que ilustran el extraño comportamiento de Williams, como cuando pidió a Collins que le llevara toallas y velas a la cárcel para celebrar un ritual religioso, o cuando le informó de que había hecho un voto de silencio y que ya no se le permitía hablar con él. Posteriormente Collins declaró que el motivo por el que no había solicitado una evaluación psiquiátrica era porque Williams «es sumamente inteligente para su edad». Esto parece indicar una falta de comprensión elemental por parte de Collins de lo que es una enfermedad mental, ya que ésta y la inteligencia no se excluyen mutuamente. Collins ignoraba que Williams había pasado una semana en un hospital psiquiátrico menos de un año antes del crimen, mientras que el estado sabía desde poco antes de la detención que Alex Williams podía tener problemas mentales. Un ayudante del fiscal del distrito firmó una solicitud para que se sometiera a Williams a una evaluación psiquiátrica, ya que existían indicios de que podía estar padeciendo alucinaciones visuales y auditivas y creyendo que Dios le decía «que hiciera o no hiciera ciertas cosas». La fiscalía no compartió esta información con la defensa. En su declaración jurada de 1990, la madre de Williams afirmó: «Antes del juicio de Alexander, le dije al señor Collins que creía que mi hijo tenía problemas psicológicos y que pensaba que debía someterle a un examen psiquiátrico, pues me parecía que tenía problemas mentales». Y el padre de Alex dijo en su declaración jurada: «Vi la retransmisión del juicio por televisión. Alex no parecía sentir ningún interés por lo que estaba pasando. Se balanceaba en la silla y miraba al vacío». En las declaraciones juradas formuladas en agosto del 2000 por cinco miembros del jurado original, uno de ellos recordó que «durante el juicio, el señor Williams se balanceaba adelante y atrás y parecía sumido en un sueño. No me ha sorprendido enterarme de que el señor Williams padece una enfermedad que le mantiene fuera de la realidad». Otro miembro del jurado declaró: «Me parecía que el señor Williams no estaba bien de la cabeza, pero en el juicio no nos proporcionaron ninguna información en este u otro sentido». Tampoco presentó ningún argumento para solicitar indulgencia por la edad de su defendido, un elemento que la Corte Suprema había considerado como un «factor atenuante de mucho peso» en Eddings contra Oklahoma.
La fase para dictar sentencia dio comienzo la mañana del 29 de agosto de 1986. A media tarde, el adolescente ya había sido condenado a muerte. La exposición de circunstancias atenuantes por parte de O.L. Collins duró quince minutos, y su transcripción —incluidos los interrogatorios de la parte contraria— ocupa tan sólo 13 páginas. Para rebatir el argumento de la acusación de que Alexander Williams era un asesino frío y sin remordimientos que merecía morir, Collins presentó dos testigos: la madre de Williams y una joven amiga de éste.
La madre de Williams dijo que Collins nunca le explicó el propósito de su declaración y que sólo le pidió que dijera algo agradable. Afirmó que la noche antes de que se dictara sentencia «él me dijo que al día siguiente el jurado iba a decidir si mi hijo viviría o moriría, y que debía estar preparada para decir algo agradable sobre él, y que debía llevar conmigo a alguien que pudiera decir algo agradable sobre él. Es todo lo que me dijo». Declaración jurada, 1990.
Cuando la llamaron a declarar, le dijo al jurado que su hijo coleccionaba comics y monedas, que iba a la iglesia y había sido un buen niño que nunca discutía o daba malas contestaciones, y que en ocasiones quizá ella había sido «demasiado severa» con él. El interrogatorio al que la sometió Collins ante el tribunal demuestra que éste no hizo nada por prepararla como testigo de la defensa:
P: ¿Hay alguna otra cosa que quiera decir a este jurado sobre su hijo para intentar que dicten otra condena distinta de la pena capital
R: Se me ocurren millones de cosas que decirles. Pero, ¿está pensando en algo concreto?
P: ...Se lo dejo a usted, mamá.
R: De acuerdo. Sólo que se trata de mi niño... No quiero que le quiten la vida, al igual que nadie quiere que le quiten la vida a su hijo. Y creo que le deben perdonar la vida. Y, como ya he dicho, no me parece que fuera él quien mató a la joven... Creo que, si ocurrió así, como de hecho ocurrió, pues tenemos pruebas del fallecimiento de la joven, alguien más participó en ello además de mi hijo. Y me gustaría saber, como a los padres de esa joven, quién es el responsable.
Aunque resulta comprensible que una madre se niegue a creer a su hijo culpable de un crimen así, no constituye una buena estrategia defensiva en esta fase del proceso decirle a los miembros del jurado —que el día anterior habían declarado a Williams culpable del secuestro, la violación y el homicidio de Aleta Bunch— que han dictado un veredicto equivocado. Y volvió a hacerlo el segundo testigo de la defensa, una joven amiga de Alex Williams. Declaró que conocía al acusado desde hacía dos años, que había ido a patinar con él y que no creía que pudiera haber cometido el homicidio.
Tal como alegó en 1999 Rosemary Barkett, juez federal del Circuito, en su solicitud de una nueva vista para dictar sentencia, «este insulso retrato de Alex Williams no refleja en absoluto la realidad de su joven vida». Afirmó que los factores atenuantes — «fáciles de conseguir» a través de su familia— «habrían pintado un cuadro enormemente distinto». Opinión discrepante, Williams contra Head, Corte de Apelaciones del Undécimo Circuito, 26 de agosto de 1999.Estas circunstancias sólo se pusieron de manifiesto en las declaraciones juradas de su hermana mayor, su madre y su padre biológico, obtenidas por los abogados de la apelación en 1990, y en la de su hermanastro, más joven que él, obtenida en 1994.
Alex Williams nació de una madre de 18 años y de un padre que no vivía con la familia. A veces su madre desaparecía sin previo aviso durante días o semanas, y en una ocasión estuvo fuera un año. Durante estas ausencias, Alex, al que en su familia llamaban «Smokey», vivía con su abuela paterna, que le golpeaba con frecuencia, a veces con el tacón de una zapatilla de cristal y con ramas de árboles. Cuando su madre estaba en casa, también lo sometía a constantes abusos. En sus propias palabras, pronunciadas en 1990, «le daba frecuentes palizas». La hermana mayor de Alex declaró lo siguiente:
Recuerdo que en una ocasión fuimos a una fiesta y volvimos a casa un poco tarde. Madre nos estaba esperando en la puerta y nos dijo que no entráramos si no estábamos dispuestos a recibir una paliza. Nos ordenó que nos quedáramos en el patio. Smokey dijo que quería entrar. Mamá respondió que de acuerdo, pero que tendría que recibir una paliza. Smokey le preguntó que con qué iba a pegarnos esa vez. Mamá le enseñó una barra. Smokey y yo decidimos quedarnos en el patio toda la noche en vez de que nos golpeara con la barra. Una vez mi madre utilizó un martillo y un destornillador para obligar a Smokey a respetarla.
Alexander Williams y su hermana mayor. c. 1971
© Privado (para uso de AI)
Otras veces le golpeaba con las manos o con un cinturón por no respetarla.
El padre de Alex Williams declaró:
He visto a Pat, cuando Alex todavía tenía muy pocos años, sacudirlo de tal modo que pensaba que iba a arrancarle la cabeza. La he visto azotarlo y golpearlo con tanta ira y vehemencia que parecía poseída por el diablo. Cuando Alex era adolescente, Patricia se enfurecía tanto por cualquier cosa que podía echar a su hijo de casa en mitad de la noche.
La madre de Alex se casó con otro hombre y tuvo con él otros dos hijos y una hija. Tal como recordaba la hermana mayor de Alex en 1990, «nuestro padrastro... también nos daba palizas de vez en cuando. Solía golpear a Smokey sin motivo en la parte inferior de la espalda cuando pasaba a su lado». El mayor de los dos hermanastros de Alex afirmó que sus padres eran más duros con éste que con los demás hijos: en el caso de su padrastro, porque no era su hijo y, en el de su madre, porque culpaba a Alex de la ruptura de su relación con su padre natural, según las declaraciones juradas. El hermanastro recordaba en su declaración otro castigo, al que llamaban «confinamiento en cama», impuesto por el padre, así como los malos tratos infligidos por la madre:
El confinamiento en cama consistía en que no se te permitía salir de ella excepto para ir al baño, o a la escuela si era época de clases. Generalmente, el confinamiento duraba de tres días a una semana. A veces se prolongaba varias semanas. Mientras duraba, sólo nos permitían comer una vez al día, por lo que, cuando nos dejaban levantarnos, nos sentíamos tan débiles y mareados que nos costaba tenernos en pie. Recuerdo que Alex y yo pasábamos la mayor parte de las vacaciones de verano confinados en cama.
En más de una ocasión, mi madre desnudó a Alex y lo echó de casa en pleno día delante de sus amigos. A veces lo dejaba fuera toda la noche... Todavía hoy me enfurezco al pensar en cómo lo trataba. Le daba a Alex muchas más palizas que al resto de nosotros. Alex recibía golpes por tener manchas en la ropa, por hablar demasiado alto, por gastar demasiada electricidad, por cualquier cosa. Mi madre le hacía desnudarse y le pegaba con cables o correas una y otra vez. Todos recibíamos golpes, pero ella la tenía tomada con él. Todavía tengo pesadillas sobre aquellas palizas. Incluso hoy me despierto y me sorprendo intentando escapar de ella. Los golpes nos dejaban moratones por todo el cuerpo... Mi madre tenía además otras formas de castigarnos. Una vez se enfureció con Alex y lo llamó desde el piso de abajo. Tenía un martillo en una mano y un destornillador en la otra. Le ordenó a Smokey estarse quieto mientras le clavaba el destornillador en los dedos de los pies con el martillo. Yo era muy joven cuando ocurrió, pero lo recuerdo. Una cosa así no se olvida... Mi madre nos ha amenazado muchas veces a Alex y a mí con matarnos. En alguna ocasión llegó a blandir un cuchillo o a apuntarnos con un arma mientras nos amenazaba.
Aunque los miembros del jurado habían oído decir a la madre del acusado que Alex había sido un buen niño que nunca daba malas contestaciones, su hermana y su padre podrían haberles dado una versión muy distinta de los hechos. En su declaración jurada de 1990, su hermana recordaba lo siguiente sobre su madre:
Ella no podía entender por qué Smokey actuaba como lo hacía. Cuanto menos capaz era de entenderlo, más a menudo lo echaba de casa. Obligaba a Smokey a quitarse toda la ropa y a salir fuera, y le decía que tendría que marcharse del mismo modo que había venido al mundo, desnudo. Lo dejaba fuera desnudo y Smokey no entraba en casa en toda la noche. Ya era un adolescente, pero lo aceptaba. Creo que lo que mi madre pretendía conseguir era algún tipo de reacción, como la que tendría un chico normal. Smokey nunca reaccionaba; no respondía, ni lloraba, ni gritaba, ni peleaba, ni nada, aunque ya tenía edad y tamaño suficientes para defenderse. Pero no lo hacía. Se metía en su habitación durante horas y horas, o se marchaba de casa durante varias semanas.
Los recuerdos del padre de Alex eran similares:
La reacción de Alex a estos abusos siempre me impresionaba. Casi no reaccionaba. Nunca respondía ni trataba de huir. Lo aceptaba, como si lo esperara. Cuando era más joven, se metía en su habitación y permanecía en ella durante horas. Al hacerse mayor, cuando no lo echaban de casa desaparecía durante semanas o incluso durante más tiempo.
Cuando tenía 14 años, Alex Williams se fue a vivir con su padre a Atlanta. Durante esta época, el padre comentó a la madre de Alex que su hijo necesitaba tratamiento psiquiátrico. La madre no estuvo de acuerdo y, ocho meses después, tras un incidente en el instituto durante el que Alex recibió un navajazo en la espalda en el curso de una pelea, exigió que el muchacho volviera a Augusta. Su madre afirmó que, tras su regreso, Alex era distinto: «Ni siquiera conocía al Alexander que me devolvieron de Atlanta.... Nada de lo que yo pudiera hacer le importaba. Volvía a casa a la hora que quería. Las palizas no le hacían escuchar. Si le echaba de casa, no parecía importarle. Cuanto más trataba de imponerle disciplina, más se apartaba de mí».
La declaración jurada de la hermana de Alex arroja cierta luz: «Cuando volvió me contó que nuestro padre le había dicho que era un hijo bastardo, ya que él y nuestra madre nunca se habían casado. Esto parecía atormentarlo cuando volvió a Augusta. Sus problemas se hicieron cada vez más graves y ésta parecía ser una de las cosas que más le obsesionaban».
El primer contacto de Alex Williams con el sistema de justicia de menores se produjo cuando tenía 15 años, al denunciar su madre que se había marchado de casa sin permiso y que no había vuelto cuando se suponía que debía hacerlo. El siguiente contacto tuvo lugar tras dos incidentes ocurridos en diciembre de 1984, uno relacionado con una pelea en el instituto y el otro cuando lo acusaron de amenazar con un cuchillo a un muchacho de 13 años. En el juicio por el homicidio de Aleta Bunch, la fiscalía recurrió a estos incidentes para abogar por la condena de muerte: «Ésta es una de esas situaciones en las que un individuo, a pesar de su juventud, entra en una dinámica de conducta que le lleva paso a paso... a un terreno en el que nadie está a salvo».
El 29 de marzo de 1985, un día después de cumplir Alex los 17 años, su madre consiguió que lo admitieran en el Hospital Psiquiátrico Regional de Georgia para examinarlo. Una semana después le dieron el alta con la recomendación de que asistiera a una consulta psiquiátrica. En junio de 1985 recibió atención hospitalaria en dos ocasiones por lesiones en la cabeza provocadas por golpes.
El mismo año del homicidio de Aleta Bunch, Alex Williams pasó cinco meses en prisión por un cargo de robo. Los miembros de su familia que fueron a visitarlo recuerdan que su comportamiento era extraño, y que creía que se le había aparecido una luz en su celda y que una voz procedente de ella le había hablado. Su padre declaró que un mes antes del homicidio Alex creía que podía comunicarse con los demás sin hablar, y afirmó que su hijo parecía «vivir en una especie de mundo imaginario».
Los miembros del jurado no oyeron ninguno de estos atenuantes, ni tampoco ninguna declaración prestada por peritos.
a última parte de la fase para dictar sentencia, antes de que el jurado se retirara, consistió en la exposición de las conclusiones de la acusación y la defensa. El fiscal trazó un retrato de un individuo impasible, «indiferente, implacable y sin remordimientos», que debía ser ejecutado. Instó a los miembros del jurado a acallar cualquier preocupación que sintieran por participar en la muerte de un ser humano, y en definitiva los animó a vengar la muerte de Aleta Bunch.
hora sé y comprendo que las personas buenas, decentes, trabajadoras y honradas sienten repulsión ante la idea del homicidio... Pero lo único que se les está pidiendo es que cumplan la ley... Ustedes no van a condenar a Alex Williams a muerte; se condenó él mismo el 4 de marzo de este año.
¿Por qué tendrían que perdonarle la vida? ¿Qué ha hecho para merecerlo? ¿Para que pueda ir a prisión y comer caliente tres veces al día? Aleta Bunch no volverá a hacer tres comidas diarias. ¿Para que le den ropa con que vestirse? ¿Para que esté en un lugar cálido en las frías noches de invierno? ¿Para que esté en un lugar fresco en los calurosos días del verano? Aleta Bunch no disfrutará de estas ventajas. ¿Para que pueda recibir asistencia médica y le arreglen la boca? Su madre todavía podrá ir a visitarlo. Podrá ver a sus amigos. Podrá sentarse delante del televisor los sábados y ver los partidos de fútbol. Pero, ¿qué pasa con Aleta Carol Bunch?
El enfrentamiento entre ambas partes terminó de venirse abajo cuando Collins expuso sus conclusiones, en las que no había un solo argumento capaz de convencer al jurado para que perdonara la vida a Alex Williams. Nada sobre el atenuante que suponía su juventud, ni sobre las carencias y abusos de su educación; ninguna alusión a sus posibles problemas mentales o traumas psicológicos. Los argumentos de Collins consistieron en continuas referencias a Dios, en reconocer que él mismo era partidario de la pena capital y en sostener que una condena de cadena perpetua era peor que la muerte porque de ese modo Williams tendría que «levantarse cada mañana, mirarse al espejo y enfrentarse a sí mismo».
Quizá algún día Dios llegue a él. Quizá algún día Dios vuelva a hacer de él un hombre, para que cuando se enfrente a su creador tenga las mismas posibilidades de llegar a donde se supone que debe llegar, el mismo lugar hacia el que todos nos dirigimos, y que la joven Aleta ya ha alcanzado. Por eso les digo que en este momento ella probablemente está mejor que él.
La esencia del razonamiento de Collins era que los miembros del jurado no tenían que dictar una condena de muerte si no querían. Pero tampoco les dio ningún motivo para no hacerlo:
No tienen por qué condenar a este hombre a la silla eléctrica. Por cualquier motivo que puedan aducir; por ninguno en absoluto... Si creen que debe ir a la silla eléctrica, envíenle a ella; pero miren en su propia alma, miren en su corazón, hablen con su creador y escuchen lo que les dice... Alexander Williams está en sus manos... Hagan con él lo que consideren.
Los miembros del jurado —ocho hombres y cuatro mujeres— se retiraron a deliberar. Poco antes de que volvieran a la sala para anunciar su veredicto, O.L. Collins le dijo al juez: «Le he proporcionado a este hombre la mejor defensa que podía darle. Cuando me vaya a la cama esta noche, sea cual sea el veredicto, dormiré profundamente».
El veredicto del jurado: Unanimidad a base de presión [<a name= "ELV"></a>]
El hecho de que cinco miembros de un jurado hayan cambiado de idea resulta sorprendente. Puesto que para dictar una condena de muerte es necesaria la unanimidad de todo el jurado, habría bastado con que en el juicio una de esas cinco personas votara en contra para salvar a Williams de ser ejecutado. Editorial, agosto del 2000. «Parole Board should act to spare mentally ill man» (La Junta de Libertad Condicional debe actuar para salvar la vida de un enfermo mental), Atlanta Journal-Constitution, 25 de agosto del 2000.
Los miembros del jurado tardaron tres horas y media en volver con el veredicto. Consideraron que en el homicidio habían concurrido tres agravantes: secuestro con daños físicos, robo a mano armada y violación. También encontraron un factor atenuante, que formularon así: «Como en las circunstancias del acusado entran consideraciones religiosas, rezamos para que prevalezca la justicia divina». Luego se pronunciaron en favor de la pena de muerte.
Teniendo en cuenta que a los miembros del jurado no se les ofrecieron circunstancias atenuantes, resulta bastante sorprendente que tardaran tanto en decidir el veredicto. Una clave puede estar en un incidente ocurrido a la media hora de retirarse a deliberar. El jurado regresó a la sala porque parecía encontrarse en un callejón sin salida. El presidente del jurado explicó que «uno de los miembros ha manifestado que preferiría no pronunciarse sobre el caso. No sé qué hacer; dice que no quiere participar». El juez explicó que todos los miembros del jurado estaban obligados a pronunciarse sobre el caso, y éstos volvieron a la sala para intentar ponerse de acuerdo.
En agosto del 2000, cinco de los ocho miembros del jurado de 1986 que aún vivían (cuatro habían muerto) redactaron unas declaraciones juradas pidiendo la conmutación de la condena dictada catorce años antes. Por fin habían llegado a su conocimiento los atenuantes que no se expusieron en el juicio. Los cinco afirmaron que, de haber tenido noticia de los abusos sufridos por Alexander Williams durante su infancia y de su enfermedad mental, no habrían votado a favor de la pena de muerte. Uno de ellos, actualmente pediatra especializado en enfermedades respiratorias, describió con más detalle lo inadecuado de la defensa de Williams por parte de Collins y lo que había ocurrido durante la deliberación del jurado el 29 de agosto de 1986:
Aunque durante el proceso desconocía esta información, sí que sabía —incluso en el transcurso del juicio— que el abogado de Alex no podía preocuparse menos por su cliente y que no se esforzaba lo más mínimo por defenderle. Al principio pensé que el señor Collins era un simple bufón sin preparación para encargarse de la defensa de Alex, pero a medida que el juicio avanzaba me di cuenta de que era algo más que un incompetente; tenía mala fe.
El señor Collins trató a Alex con desprecio durante todo el proceso. Empecé a darme cuenta del modo en que se dirigía a su cliente y de cómo hablaba de él con el juez. La actitud del señor Collins hacia su cliente me parecía racista. Continuamente se dirigía a Alex llamándole «muchacho», y por su tono era evidente que no se refería a su edad. El señor Collins utilizaba este apelativo como un insulto con el que señalaba que su cliente era un varón de raza negra.
A causa de mi trabajo, estoy familiarizado con lo que constituye conducta impropia en un profesional. Desde mi punto de vista, la conducta del señor Collins en este caso lo fue.
En la fase del juicio destinada a dictar sentencia, el señor Collins no hizo nada por cambiar el retrato de Alex trazado por la acusación, que le presentaba como un joven insensible que había elegido hacer el mal... Sin nada que me ayudara a entender quién era Alex o cómo había llegado a ser capaz de tanta violencia, me resigné a aceptar el retrato que el fiscal hizo de él, el de un hombre malvado. En efecto, los miembros del jurado aceptaron hasta tal punto el retrato del fiscal, que emplearon cierta agresividad con uno de ellos para convencerlo de que cambiara su voto.
Al hacer una ronda de opinión en la que cada uno expuso su voto respecto a la sentencia, uno de los jurados estaba absolutamente convencido de que Alex Williams debía ser condenado a cadena perpetua en vez de a la pena de muerte. En las posteriores deliberaciones, que duraron varias horas, los miembros del jurado se unieron cada vez más contra este hombre —discutiendo airadamente y engatusándolo— hasta que al final cedió a nuestras presiones y cambió su voto. Durante años me he arrepentido en secreto por el papel que desempeñé en aquella sala y por el hecho de que aquel hombre se viera obligado a sacrificar sus convicciones ante un grupo de personas que había perdido la paciencia. Hoy día a este arrepentimiento se suma el horror, al darme cuenta por primera vez de que aquel jurado al que ayudé a convencer fue el único que vio todo lo que no se había dicho en favor de Alex y comprendió la verdad de su vida. Lamento tanto lo que ocurrió durante aquella deliberación como me enfurezco con el señor Collins por no facilitarnos siquiera una pequeña parte de la abundante información que ahora sé que estaba disponible y que habría influido en el resultado, no sólo porque nos habría hecho respetar el voto de un jurado que creía que Alex merecía una cadena perpetua, sino también porque me habría hecho cambiar mi voto y resistir junto a él las presiones de los demás.
El jurado tenía que ofrecer un veredicto unánime si se pronunciaba en favor de la pena de muerte. Más de la mitad de sus miembros que todavía viven consideran ahora que la ejecución de Alex Williams sería una injusticia. Uno de ellos, el que presidió el jurado en 1986, escribió en su declaración jurada: «En vista de la edad del señor Williams en el momento del crimen, de los abusos sufridos durante su infancia y de su enfermedad mental, considero que sería cruel, inmoral e inhumano ejecutarlo».
La Junta de Indultos y Libertad Condicional de Georgia, a la que se presentaron las declaraciones juradas de los cinco miembros el 22 de agosto del 2000, debe enmendar esta injusticia En marzo de 1999, el gobernador Huckabee de Arkansas conmutó la condena de muerte de Bobby Ray Fretwell. Declaró que lo había convencido la solicitud presentada por uno de los miembros del jurado para que se detuviera la ejecución. Éste había declarado por escrito que había sido el único de los 12 miembros en votar en un principio contra la pena de muerte, pero que había cambiado su voto porque se había sentido intimidado y no quería verse rechazado por comunidad., puesto que los tribunales de apelación no han ofrecido ninguna solución y no se puede confiar en que lo hagan.
Justicia denegada: La apelación no soluciona nada [<a name= "JUS"></a>]
Una cuestión preliminar implica el punto de vista desde el que consideramos las quejas por representación ineficaz. En su decisión primera acerca de las leyes modernas sobre representación ineficaz, la Corte Suprema resolvió que «el análisis judicial de las actuaciones de los letrados debe ser sumamente respetuoso». Williams contra Head, 1999, op. cit., opinión mayoritaria en contra de la apelación, cita de Strickland contra Washington (1984)
El argumento de que la defensa de Alex Williams por parte de Collins había sido inadecuada se presentó por primera vez los días 14 y 15 de octubre de 1987 en la vista de una moción para la celebración de un nuevo juicio. Al fracasar esta moción, se colocó una barrera de procedimiento ante el posible examen de la actuación de Collins por parte de cualquier tribunal de apelación.
En la vista de 1987, Alex Williams estuvo representado por otro abogado, Richard Allen. Cinco semanas antes de la vista, la Corte Suprema de Georgia, que estaba intentando conseguir que las quejas de representación ineficaz se formularan «tan pronto como fuera posible», estableció un nuevo procedimiento según el cual las pruebas de representación ineficaz que no se presentaran en la vista de la moción para la celebración de un nuevo juicio quedarían definitivamente excluidas del examen de los tribunales. Hasta el momento de dictarse esta
Alexander Williams
© Departamento de Prisiones de Georgia
resolución, Richard Allen no había pensado en plantear la ineficacia de la defensa de Collins en la vista para la celebración de un nuevo juicio, sino que había decidido dejar esta cuestión para una fase posterior de la apelación. Cuando se enteró de la decisión, poco antes de la vista, modificó su solicitud para incluir esta queja.
Parece ser que, debido a falta de tiempo para la preparación o a falta de pericia o esfuerzo en la investigación, Allen tampocó presentó muchos de los factores atenuantes que podrían haber facilitado los familiares de Alex Williams. No habló, por ejemplo, con su padre ni con su hermana mayor, que sólo tres años más tarde testificarían en declaraciones juradas los abusos sufridos por Williams durante su niñez. El 12 de noviembre de 1987, el tribunal estatal rechazó la moción para la celebración de un nuevo juicio, sosteniendo que Collins era un abogado defensor con experiencia en casos penales que había actuado adecuadamente y que el testimonio de los testigos adicionales citados por Allen durante la vista —entre ellos dos sacerdotes y un trabajador comunitario— no habría cambiado el resultado del juicio. El tribunal culpó al adolescente de no haber colaborado con Collins.
Amnistía Internacional no pretende analizar la defensa de Alex Williams por parte de Allen. Considera que la actuación de Collins basta para ilustrar que en este caso no se cumplió la norma internacional que establece que las personas acusadas de delitos punibles con la pena capital deben recibir «la asistencia letrada apropiada en todas las etapas del proceso». La Salvaguardia 5 de las Salvaguardias para Garantizar la Protección de los Derechos de los Condenados a la Pena de Muerte establece lo siguiente: «Sólo podrá ejecutarse la pena capital de conformidad con una sentencia definitiva dictada por un tribunal competente, tras un proceso jurídico que ofrezca todas las garantías posibles para asegurar un juicio justo, equiparables como mínimo a las que figuran en el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, incluido el derecho de todo sospechoso o acusado de un delito sancionable con la pena capital a la asistencia letrada adecuada en todas las etapas del proceso». Las Salvaguardias fueron aprobadas por las Naciones Unidas en 1984, dos años antes del juicio de Alex Williams.Sin tener en cuenta el hecho de que, según el derecho internacional, la ejecución de Alex Williams es ilegal a causa de la edad que tenía en el momento de cometer el delito, lo principal es que ningún juez ni jurado ha considerado el carácter atenuante de sus circunstancias y su estado mental al decidir si la muerte es el castigo adecuado.
Con la clara excepción de la juez Rosemary Barkett, los tribunales de apelación parecen creer que se ha hecho justicia. La juez Barkett formaba parte del tribunal de tres jueces de la Corte de Apelaciones del Undécimo Circuito que el 26 de agosto de 1999 decidió por dos votos a favor y uno en contra rechazar la apelación de Alex Williams. Williams contra Head, op.cit.En contraste con la enérgica discrepancia manifestada por la juez Barkett, partidaria de que se dictara una nueva sentencia, sus dos compañeros optaron por una interpretación estricta de la decisión adoptada en 1984 por la Corte Suprema de Estados Unidos, Strickland contra Washington, que regula la resolución de las quejas por representación ineficaz. La opinión mayoritaria del Undécimo Circuito decía así: «Siguiendo las instrucciones de la Corte Suprema, nos permitimos suponer con seguridad que la conducta [de Allen] entra dentro de lo que se considera una actuación profesional aceptable...». Y continuaba de este modo: «Es cierto, desde luego, que mirándolo a posteriori probablemente habría sido mejor que Allen hubiera avanzado más en este sentido y hubiera entrevistado a los hermanos y al padre de Williams, [pero, según Stricklandcontra Washington, se debe] hacer todo lo posible por eliminar las distorsiones que produce la mirada retrospectiva...». La juez Barkett, en su interpretación de Strickland contra Washington, llegó a la conclusión opuesta: «Según Strickland, Williams debe probar que “existe una probabilidad razonable de que, de no haber mediado errores debidos a la falta de profesionalidad de su abogado, el resultado del proceso habría sido distinto. Una probabilidad razonable es una probabilidad suficiente para debilitar la confianza en el resultado”. A mi juicio, mirando el historial completo, existe una probabilidad razonable de que, de no haber mediado errores debidos a la falta de profesionalidad de Collins y Allen, los resultados de los procesos hubieran sido distintos. El hecho de que Collins no presentara los atenuantes que una investigación podría haber sacado a la luz debilita la confianza en el resultado de la fase destinada a dictar sentencia. Y el hecho de que posteriormente Allen no adoptara las medidas lógicas para probar la falta de eficacia de Collins en este aspecto debilita la confianza en el resultado de la vista de la moción para proporcionar a Williams un nuevo juicio. La intervención de Allen, por tanto, resultó ineficaz y Williams tiene derecho a una nueva vista para dictar sentencia».
El sistema que ha condenado a Alex Williams parece haberse colocado una venda ante los ojos en su intento por garantizar que ni él ni la justicia se benefician de consideraciones a posteriori.
Diagnóstico en el pabellón de los condenados a muerte: Se confirma la enfermedad mental de Alex Williams [<a name= "DIA"></a>]
En los reconocimientos presenta numerosos rasgos de delirio, entre otros la idea equivocada de que ha estado con el médico que lo examinaba varios años antes del reconocimiento, o la de que el dentista de la prisión ha coincidido anteriormente con él en reuniones familiares y ha actuado como «líder» en algunas de ellas. Declaración jurada, Barry F. Scanlon, doctor en medicina, psiquiatra y neurólogo. Octubre de 1990.
Otro indicio de que O.L. Collins y Richard Allen debían haber investigado más a fondo el estado mental de Alex Williams en el momento del crimen y durante el juicio lo prueba el hecho de que, tras el ingreso de Williams en el pabellón de los condenados a muerte, se le diagnosticó una enfermedad mental grave. En 1990, un psiquiatra y un psicólogo evaluaron su estado mental a instancias de los abogados de la apelación. Ambos llegaron a la conclusión de que sufría esquizofrenia paranoide. Los psiquiatras contratados por el estado le han diagnosticado unas veces esquizofrenia paranoide y otras trastornos afectivos esquizoides con rasgos bipolares. Entre los síntomas que padece se incluyen delirios, alucinaciones y pérdida de contacto con la realidad. De vez en cuando, su enfermedad ha obligado a las autoridades de la prisión a administrarle a la fuerza fármacos antipsicóticos. A continuación se ofrece una selección de notas tomadas por médicos y psiquiatras de la prisión a lo largo de estos años:
11 de diciembre de 1986 Los resultados del examen revelan una alta probabilidad de comportamiento irracional, «loco»... El interno Williams muestra indicios de una enfermedad psicótica importante y generalizada. [Nota: Esto ocurría tan sólo cuatro meses después del juicio, y evidencia una vez más que Collins debería haber pedido que su cliente fuera objeto de un examen psiquiátrico.]
17 de julio de 1989 Se le pone vigilancia para evitar que se suicide. Pide que le dejen irse a casa. El comportamiento del paciente se califica de «extraño».
27 de noviembre de 1989 El señor Williams sufre alucinaciones auditivas y visuales de voces incomprensibles de familiares suyos y de roedores.
20 de junio de 1990 También se han recibido informes de que hoy ha pasado su tiempo de recreo arrastrándose sobre el vientre como una serpiente, según uno de los agentes... Al preguntarle por qué había agredido a su abogado [en mayo, Williams golpeó al letrado en la sala de visitas], respondió algo referente a un hombrecillo rojo que había en el ojo del letrado... Afirma que empezó a ver al hombrecillo cuando dejó de ver las ranas verdes.
22 de junio de 1990 Al referirse a él, otros dicen que parece estar respondiendo a algo que nadie más percibe... En este momento me da la impresión de que el señor Williams sufre algún tipo de psicosis, casi con toda seguridad esquizofrenia.
20 de julio de 1990 Al preguntarle por su comportamiento psicótico, el señor Williams responde: «Estaba en el programa». Cuando habla del «programa» se refiere a lo que las voces le dicen que haga.
s20 15 de octubre de 1990 Dice que no podía ver las ranas ni las ratas, pero que las voces le explicaron que las habían irradiado...
16 de enero de 1992 El comportamiento del señor Williams sigue siendo bastante extraño a veces... En su visita de hoy aseguró que oía voces, sobre todo las de su madre y su hermana.
28 de enero de 1992 El señor Williams no parece capaz de controlar su pensamiento. Parece sufrir un proceso esquizofrénico...
27 de enero de 1993 Tiene problemas para dormir porque las voces le mantienen despierto por las noches.
5 de febrero de 1993 No hace falta investigar ni preguntar demasiado para darse cuenta de que está fuera de la realidad.
13 de diciembre de 1993 Los guardias han informado al médico de que el señor Williams vuelve a «actuar de modo extraño». Afirman que pasa parte del tiempo desnudo en su celda, que habla de un modo extraño y que hace cosas sin sentido, como untar con pasta de dientes su ropa interior.
20 de marzo de 1995 El señor Williams se da cuenta de que sus pensamientos son más psicóticos y de que vive en un mundo de magia y fantasía cuyo dios es Sigourney Weaver...
11 de octubre de 1995 El señor Williams padece una evidente psicosis. Las alucinaciones y los delirios parecen acompañarle durante buena parte del día.
26 de julio de 1996 El señor Williams asegura que otro interno entró en su celda en forma de espíritu y le sacó un ojo.
2 de julio de 1997 El preso ha sido visto en su celda con una máscara hecha con una sábana y actuando como si fuera el Llanero Solitario.
11 de julio de 1997 Definitivamente padece un trastorno psicótico, como se trasluce en sus ideas sobre que las mujeres son diosas, que Sigourney Weaver es la diosa principal, que los insectos le han sacado un ojo y lo han sustituido por una concha que parece un ojo y otros indicios de psicosis.
20 de abril de 1998 Los delirios son evidentes y últimamente han aumentado.
16 de diciembre de 1998 No creo que este interno pueda ni quiera colaborar con nosotros para recibir voluntariamente tratamiento médico, debido a la grave psicosis crónica que padece. Se ha producido cierta mejora en su funcionamiento general desde que empezó a recibir con regularidad un tratamiento médico que se le aplica sin su consentimiento... Considero que, si se interrumpiera el tratamiento, probablemente asistiríamos a un rápido deterioro de su estado mental.
27 de mayo de 1999 ... el interno sigue sufriendo delirios paranoides crónicos.
29 de diciembre de 1999 Continúan la paranoia y la psicosis.
Las normas internacionales prohíben el uso de la pena de muerte contra las personas que han perdido la razón. La Salvaguardia 3 de las Salvaguardias para Garantizar la Protección de los Derechos de los Condenados a la Pena de Muerte, aprobadas sin votación por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 14 de diciembre de 1984, establece que no se impondrá la pena de muerte a «personas que hayan perdido la razón».Aunque las leyes constitucionales estadounidenses prohíben la ejecución de personas legalmente dementes Ford contra Wainwright (1986), es decir, de presos que no entienden el motivo o la realidad del castigo que se les avecina, las normas mínimas que regulan estos casos en Estados Unidos han permitido condenar a muerte a muchas personas cuya cordura en el momento del crimen o la ejecución ofrecía serias dudas.
La opinión generalizada de que la ejecución de los enfermos mentales desobedece abiertamente las normas básicas de respeto a la dignidad está contenida en una Resolución aprobada por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU el 26 de abril del 2000, en la que se insta a todos los países que todavía mantienen la pena de muerte a «no imponer la pena capital, ni ejecutar, a ninguna persona que sufra una forma de trastorno mental». E/CN.4/RES/2000/65. Esta opinión se manifiesta asimismo en la oposición interna existente en Estados Unidos contra dicha aplicación de la pena capital. Por ejemplo, la Alianza Nacional para los Enfermos Mentales sostiene que «la pena de muerte nunca es el castigo apropiado para un acusado que padece esquizofrenia u otro trastorno mental grave». El gobernador Gilmore de Virginia conmutó en mayo de 1999 la condena de muerte de Calvin Swann por motivos de enfermedad mental. Calvin Swann padece esquizofrenia desde hace más de veinticinco años.
La ejecución de menores en Estados Unidos: Una excepción inadmisible [<a name= "LAE"></a>]
Estados Unidos ha permanecido muy silencioso ante la utilización de la pena de muerte por parte de China, pese a la insistencia de Washington en que los derechos humanos constituyen un elemento esencial de sus relaciones con Pekín. Los Angeles Times, 31 de julio del 2000. «Critics Decry China’s Sweeping Use of Death Penalty» (Los críticos condenan el arrollador uso de la pena de muerte por parte de China). Y el artículo sigue así: «Las autoridades chinas a menudo justifican el empleo de la pena capital alegando que Estados Unidos la utiliza. En sus conversaciones con países que han prohibido la pena de muerte y han instado a China a hacer lo mismo, el país comunista más grande del mundo se siente en terreno seguro a causa de la democracia más poderosa del mundo».
El silencio puede ser muy elocuente; así lo fue el silencio con el que las autoridades estadounidenses recibieron el llamamiento de Amnistía Internacional para pedirles que condenaran la ejecución de un niño de 14 años en la República Democrática del Congo en enero del 2000. USA: An appeal to President Clinton, Vice-President Gore and Governor Bush of Texas to condemn one illegal execution and to stop another(AMR 51/96/00, 15 de junio del 2000).
Del mismo modo, el gobierno estadounidense no ha hecho ningún comentario ante el hecho de que China, el país que tiene en su haber más ejecuciones judiciales, haya accedido a no condenar a muerte ni ejecutar a menores. En marzo de 1997, las autoridades chinas abolieron la pena de muerte para las personas que tuvieran menos de 18 años en el momento de cometer un delito. Estados Unidos no ha hecho nada semejante por cumplir con sus obligaciones internacionales. Tal como escribió en mayo del 2000 en el semanario Newsweek el embajador estadounidense en Francia, Felix Rohatyn, la utilización de la pena de muerte por parte de Estados Unidos está dañando cada vez más su imagen en el extranjero. «The Shadow over America: How our use of the death penalty hurts our image abroad» (La sombra sobre América: La utilización de la pena de muerte en nuestro país daña su imagen en el extranjero), 29 de mayo del 2000.La ejecución de menores es el principal ejemplo de una política aberrante que está manchando la reputación de Estados Unidos y poniendo en entredicho sus continuas afirmaciones de que el país constituye una fuerza en progreso en favor de los derechos humanos. Por ejemplo: «[S]omos la principal fuerza en favor de los derechos humanos en todo el mundo». Presidente Bill Clinton, Comentarios en la Convención Nacional del Partido Demócrata, Los Ángeles, 14 de agosto del 2000.
En todas partes la ley reconoce que los menores son diferentes. En Georgia, una persona menor de 18 años no puede votar, actuar como jurado, comprar alcohol, lotería ni tabaco, ocupar cargos públicos ni dar su consentimiento a la hora de recibir la mayor parte de los tratamientos médicos. Sin embargo, el estado puede ejecutar a una persona de 17 años por sus actos.
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
Amnistía Internacional, septiembre del 2000 Índice AI: AMR 51/139/00/s
Índice AI: AMR 51/139/00/s Amnistía Internacional, septiembre del 2000
Generalmente se acepta que los supuestos objetivos del castigo o la disuasión resultan especialmente inaplicables en los casos de menores, lo cual hace que su ejecución sea un simple acto de venganza sancionada por el estado. El principio de que los niños, debido a su inmadurez y capacidad de rehabilitación, nunca deben pagar con su vida los delitos cometidos inspira hoy día un respeto tan generalizado que se ha convertido en un principio del derecho consuetudinario internacional vinculante para todos los países, sean cuales sean los instrumentos internacionales que han ratificado. La selección de fechas que se ofrece a continuación ilustra los progresos realizados hacia un mundo sin ejecuciones judiciales de menores:
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
Amnistía Internacional, septiembre del 2000 Índice AI: AMR 51/139/00/s
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‚ 1949 - Se aprueba el Cuarto Convenio de Ginebra. El Artículo 68.4 establece que «en ningún caso podrá dictarse sentencia de muerte contra una persona protegida cuya edad sea de menos de dieciocho años cuando cometa la infracción».
‚ 1955 - Estados Unidos ratifica el Cuarto Convenio de Ginebra sin ninguna reserva al Artículo 68.4, con lo que admite que, en caso de guerra o de cualquier tipo de conflicto armado en que pueda verse envuelto el país, protegerá de la pena de muerte a todos los civiles menores de edad de los países ocupados.
‚ 1977 - Estados Unidos firma el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, con lo que se compromete de buena fe a no hacer nada en contra del objeto y el propósito de ambos tratados hasta decidir si los ratifica (Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1979), Artículo 18a). Tanto el PIDCP como la Convención Americana prohíben el uso de la pena de muerte contra quienes tienen menos de 18 años en el momento de cometer un delito (PIDCP, Artículo 6.5; Convención Americana, Artículo 4.5).
‚ 1984 - La ONU aprueba por consenso las Salvaguardias para Garantizar la Protección de los Derechos de los Condenados a la Pena de Muerte. La Salvaguardia 3 establece lo siguiente: «No serán condenados a muerte los menores de 18 años en el momento de cometer el delito...».
‚ 1986 - Alexander Williams es condenado a muerte en el Condado de Richmond, Georgia.
‚ ab1987 - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos declara que Estados Unidos ha violado el Artículo 1 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre al ejecutar a James Terry Roach y a Jay Pinkerton en 1986 por delitos cometidos cuando tenían 17 años. La Comisión hace referencia al «pujante» principio del derecho consuetudinario internacional que prohíbe la ejecución de menores.
‚ 1989 - La Asamblea General de la ONU aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño, cuyo Artículo 37 reitera la prohibición de las ejecuciones de personas que tengan menos de 18 años en el momento de cometer un delito.
‚ 1992 - Estados Unidos ratifica el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) con una reserva con la que pretende eximirse del cumplimiento del Artículo 6(5), que prohíbe utilizar la pena de muerte contra los menores de 18 años. No obstante, el Artículo 4 del PIDCP establece que no es posible retraerse del cumplimiento del Artículo 6, ni siquiera en situaciones de emergencia. Once países se oponen formalmente a la reserva de Estados Unidos.
‚ 1994 - Yemen, uno de los seis países de los que se sabe que han ejecutado a un menor durante los años noventa, suprime la pena de muerte para quienes tengan menos de 18 años en el momento de cometer un delito.
‚ 1995 - El Comité de Derechos Humanos de la ONU, organismo experto que vigila el cumplimiento del PIDCP por parte de los diversos países, resuelve que la reserva de Estados Unidos viola el objeto y el propósito del tratado y debe ser retirada. El Comité «deplora» el constante uso de la pena de muerte contra los menores por parte de Estados Unidos.
‚ 1995 - Estados Unidos firma la Convención sobre los Derechos del Niño, con lo que se compromete a respetar sus términos de buena fe.
‚ 1997 - China suprime la pena de muerte para quienes tienen menos de 18 años en el momento de cometer un delito, con el fin de cumplir con las obligaciones contraídas en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño, que ratificó en 1992.
‚ 1998 - La relatora especial de la ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias reitera en su informe sobre la misión de 1997 en Estados Unidos que la reserva de este país al PIDCP debe considerarse nula, y que el empleo de la pena de muerte contra los menores viola el derecho internacional.
‚ 1999 - Décimo aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño. El tratado ha sido ratificado por 191 países, todos excepto Estados Unidos y el desintegrado estado de Somalia.
‚ 1999 - Montana se convierte en el decimoquinto estado retencionista de Estados Unidos en prohibir la pena de muerte contra quienes tienen menos de 18 años en el momento de cometer un delito. Puesto que hay otros 12 estados que han prohibido totalmente la pena capital, esto significa que 27 estados de Estados Unidos, más de la mitad, acatan la prohibición mundial. Las leyes federales y militares que regulan la aplicación de la pena capital también establecen que los menores no pueden ser ejecutados.
‚ 1999 - La Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos de la ONU «Condena inequívocamente la imposición y aplicación de la pena capital contra quienes tuvieran menos de 18 años en el momento de la comisión del delito», y pide a los países que aún utilizan la pena capital contra los menores que dejen de hacerlo.
‚ 1999 - El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos pide al gobierno estadounidense y a las autoridades estatales de Virginia que impidan la ejecución prevista de Douglas Christopher Thomas y que «respalden la prohibición del derecho consuetudinario internacional de utilizar la pena de muerte contra los menores». La traducción de esta cita es de EDAI.
‚ 2000 - Pakistán, en su Ordenanza del Sistema de Justicia de Menores, firmada por su presidente el 1 de julio, parece abolir la pena de muerte para quienes tienen menos de 18 años en el momento de cometer un delito. Existe cierta ambigüedad en el texto de la Ordenanza que Amnistía Internacional no había podido aclarar en el momento de redactar este informe y que podría limitar su alcance. No obstante, parece que se trata al menos de un paso importante hacia la abolición de la pena de muerte contra los menores en Pakistán, uno de los cinco países de los que se sabe que han ejecutado a un menor después de 1994.
‚ 2000 - La Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos de la ONU afirma que «la imposición de la pena de muerte a quienes tienen menos de 18 años en el momento de cometer un delito se opone al derecho consuetudinario internacional». E/CN.4/Sub.2/2000/L.29. 14 de agosto del 2000. La traducción de estas citas es de EDAI.La Subcomisión reitera su clara condena contra esta aplicación de la pena capital y pide a los países que aún conservan la pena de muerte contra los menores que la supriman lo antes posible, y que «mientras tanto recuerden a los jueces que la imposición de la pena capital a los menores constituye una violación del derecho internacional».
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
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Amnistía Internacional, septiembre del 2000 Índice AI: AMR 51/139/00/s
Índice AI: AMR 51/139/00/s Amnistía Internacional, septiembre del 2000
$ En los diez años anteriores a julio del 2000, entre las miles de ejecuciones judiciales llevadas a cabo en el mundo, hubo 25, según los informes, de menores. Catorce de ellas (el 56 por ciento) tuvieron lugar en Estados Unidos.
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
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Amnistía Internacional, septiembre del 2000 Índice AI: AMR 51/139/00/s
Índice AI: AMR 51/139/00/s Amnistía Internacional, septiembre del 2000
$ En los cinco años previos a julio del 2000, Estados Unidos fue responsable de ocho (un 67 por ciento) de las 12 ejecuciones de menores documentadas (véase Apéndice 3).
Es evidente que fuera de Estados Unidos la práctica de ejecutar a personas por delitos cometidos cuando eran menores de edad casi ha sido erradicada.
Crece la oposición contra las ejecuciones previstas [<a name= "CRE"></a>]
La imposición de la pena de muerte a enfermos mentales menores de edad debería ser impensable en una sociedad civilizada. En interés de la justicia y la humanidad, les insto a conmutar la condena del señor Williams.. Ex primera dama Rosalynn Carter.
El 11 de agosto del 2000, un juez de Augusta firmó la orden para ejecutar a Alex Williams. El 22 de agosto, la Corte Suprema de Georgia detuvo la ejecución, prevista para el 24 de ese mes, mientras tomaba una decisión, relacionada con otro caso, sobre la constitucionalidad de la silla eléctrica. En los 11 días siguientes se desató lo que el periódico The Atlanta Journal-Constitutioncalificó de «furor internacional», una oleada masiva de manifestaciones de condena nacionales e internacionales contra la intención de Georgia de ejecutar a Alex Williams. El diario de Atlanta habló de «centenares de cartas, mensajes de correo electrónico y solicitudes de todo el mundo pidiendo el indulto». «Killer’s case goes to pardons board» (El caso de un homicida se remite a la Junta de Indultos), 22 de agosto del 2000.El caso atrajo la atención de los medios de comunicación de todo Estados Unidos y del exterior.
En una carta dirigida a la Junta de Indultos y Libertad Condicional de Georgia, Amnistía Internacional manifestaba que «la comunidad internacional está siguiendo el desarrollo de este caso con profunda preocupación, ya que se trata de una ejecución que casi ningún otro país del mundo toleraría, teniendo en cuenta que Alexander Williams era menor en el momento de cometer el delito. De hecho, lejos de ejecutar a menores, 108 países han vuelto la espalda a la pena capital en todoslos casos. En este contexto, la decisión de la Junta va a repercutir inevitablemente en la reputación internacional tanto de Georgia como de Estados Unidos en su conjunto, y por tanto les instamos a considerar no sólo cómo contemplará la historia su decisión, sino también la forma en que la verá el resto del mundo hoy».
Entre las solicitudes de indulto internacionales había dos procedentes de relatores especiales de las Naciones Unidas. El relator especial sobre la independencia de jueces y abogados, Param Cumaraswamy, manifestó una especial preocupación por la actuación de O.L. Collins en el juicio de 1986, y calificó las denuncias relativas a dicha actuación como «sumamente alarmantes». En su solicitud urgente del 16 de agosto, la relatora especial de la ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Asma Jahangir, puso de relieve la edad de Alex Williams en el momento de cometer el delito y su enfermedad mental.
La Unión Europea y el Consejo de Europa también solicitaron el indulto. El secretario general del Consejo de Europa, Walter Schwimmer, escribió: «El Consejo de Europa y sus miembros se oponen sin paliativos a la pena de muerte y consideran que no hay lugar para ella en una sociedad civilizada. Se supone que, como país observador de esta organización, Estados Unidos comparte los mismos principios y valores fundamentales... Si desean más información sobre este particular, consulten la página 71 y siguientes de Estados Unidos: Malograr el futuro. Noticias sobre la pena de muerte, marzo de 1998 - marzo del 2000 (Índice AI: AMR 51/03/00/s), publicado por Amnistía Internacional en abril del 2000.Les pido, en nombre de la dignidad humana, que detengan la ejecución de Alexander Williams».
Entre los llamamientos procedentes de Estados Unidos se incluía el de la ex primera dama Rosalynn Carter (esposa del ex presidente Jimmy Carter), que escribió lo siguiente: «Como sociedad, hemos concedido tradicionalmente especial consideración a los menores que cometen delitos, ya que reconocemos que carecen de la madurez o la capacidad mental para actuar como adultos. La imposición de la pena de muerte a menores se considera un castigo inadecuado en todo el mundo. Este antiguo principio se ha codificado en la Convención de los Derechos del Niño, de la ONU, y ha sido ratificado por todos los países excepto Estados Unidos y Somalia. La enfermedad mental del señor Williams plantea además una cuestión ética. La ejecución de los enfermos mentales constituye un castigo cruel e insólito, y la imposición de la pena de muerte a enfermos mentales menores de edad debería ser impensable en una sociedad civilizada. En interés de la justicia y la humanidad, les insto a conmutar la pena del señor Williams por una condena de cadena perpetua».
Entre las organizaciones estadounidenses que solicitaron la detención de la ejecución figuraba el Fondo para la Defensa de la Infancia, que el 17 de agosto dirigió una carta al presidente de la Junta de Indultos y Libertad Condicional de Georgia manifestando que «la ejecución prevista del señor Williams dejará una huella permanente en la conciencia del estado de Georgia, en su gobierno y en nuestra nación». En otra carta dirigida a la Junta, la Alianza Nacional para los Enfermos Mentales destacó «la clara e indiscutible evidencia de que el señor Williams sufría una grave enfermedad mental antes de cometer el crimen y de que todavía la padece», y señaló que su ejecución «se opondría al espíritu de la Octava Enmienda [de la Constitución de Estados Unidos], que prohíbe las penas crueles e insólitas, así como al derecho internacional y a todas las normas de respeto a la dignidad».
La Junta de Indultos y Libertad Condicional aún no había hecho pública su decisión sobre la conmutación de la condena de muerte de Alex Williams cuando el 22 de agosto la Corte Suprema de Georgia anunció la suspensión de la ejecución. La responsabilidad de conceder el indulto a los internos que se enfrentan a una ejecución recae exclusivamente en la Junta de Indultos y Libertad Condicional del estado. La Junta se compone de cinco miembros designados por el gobernador para un período renovable de siete años previa confirmación del Senado de Georgia. Cada año, la Junta elige a uno de sus miembros para que haga las funciones de presidente. Es necesaria una mayoría de votos para que la Junta conmute una condena de muerte por otra de cadena perpetua. Los actuales miembros de la Junta son: Bobby Whitworth, ex director de Asuntos Penitenciarios; el doctor Eugene Walker, ex director del Departamento de Justicia de Menores; Garfield Hammonds, ex agente especial de la Agencia Antidrogas; Walter Ray, ex senador estatal que participa activamente en asuntos de justicia penal (el señor Ray es el actual presidente de la Junta), y la doctora Betty Ann Cook, ex directora del Departamento de Prevención de Accidentes de Carretera, directora adjunta de Recursos Naturales y profesora y jefa de departamento en la Universidad de Atlanta.En un editorial posterior, el periódico Atlanta Journal-Constitution escribió que la Junta «se ha equivocado al utilizar la resolución de la Corte como excusa para suspender las reuniones que iba a celebrar esta semana sobre la suerte de Williams. La resolución sólo ha pospuesto el momento inevitable en que la Junta tendrá que hacer frente a las complicadas cuestiones que rodean el caso... Pero para tomar su decisión cuenta con una ventaja que no tuvo el jurado del señor Williams. Conoce toda su desdichada historia...» «Parole Board should act to spare mentally ill man» (La Junta de Libertad Condicional debe actuar para salvar la vida a un enfermo mental), Atlanta Journal-Constitution, 25 de agosto del 2000.
Amnistía Internacional también cree que la Junta de Indultos y Libertad Condicional no debe esperar a que los tribunales reactiven el caso de Alex Williams. Debe actuar para conmutar inmediatamente su condena de muerte.
Conclusión: La hora de la dignidad [<a name= "CON"></a>]
¿Somos hoy mejores que hace ocho años? Claro que sí... Pero no sólo somos mejores, somos un país mejor. Ahora somos más tolerantes, más decentes, más humanos... Presidente Bill Clinton, 14 de agosto de 2000. Comentarios del presidente en la Convención Nacional del Partido Demócrata, Los Ángeles.
Cuando Alex Williams tenía 10 años y vivía una infancia repleta de abusos, una Comisión Presidencial presentó un informe sobre la delincuencia juvenil en Estados Unidos en los años setenta, en el que figuraba la siguiente observación: «Los delitos cometidos por menores pueden hacer tanto daño a las víctimas como los cometidos por adultos, pero merecen un castigo más leve porque los adolescentes tienen menos capacidad que los adultos para controlar su conducta y hacer consideraciones a largo plazo. Además, cuando un menor comete un delito no es sólo culpa suya; los delitos cometidos por menores suponen también un fracaso de la familia, la escuela y el sistema social, que comparten la responsabilidad del desarrollo de la juventud en América». Twentieth Century Fund Task Force on Sentencing Policy Toward Young Offenders («Grupo Especial del Fondo del Siglo Veinte sobre las Condenas de Menores»), Confronting Youth Crime 7(«Frente a la delincuencia juvenil, 7») (1978), citado en Eddings contra Oklahoma(1982).
Los tiempos cambian. En lo que respecta a la pena de muerte, el liderazgo de los derechos humanos se ha perdido en la política del castigo.
En 1989, la Corte Suprema de Estados Unidos rechazó expresamente lo que se hacía en otros países, al resolver que «las normas evolutivas de respeto a la dignidad que caracterizan el progreso de una sociedad en desarrollo» no habían evolucionado en Estados Unidos hasta el punto de que la Constitución de este país prohibiera la ejecución de los delincuentes de 16 y 17 años. Stanford contra Kentucky.Ya en el año 2000, las autoridades estatales de Virginia y Texas —que se negaron a conceder el indulto a Chris Thomas, Steve Roach, Glen McGinnis y Gary Graham— y las autoridades federales —con su vergonzosa complicidad en estos casos— han demostrado su falta de disposición a ofrecer el liderazgo necesario para salir de esta cultura de desprecio por el derecho internacional y las normas de justicia. Las autoridades federales estadounidenses siguen lavándose las manos en lo relativo a tales ejecuciones y sostienen que los diferentes estados pueden hacer lo que quieran respecto a la pena de muerte, con la única restricción de las limitaciones constitucionales impuestas por la Corte Suprema. No obstante, según la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, el gobierno estadounidense no puede utilizar el sistema federal para justificar una violación del derecho internacional a ningún nivel gubernamental. Incluso aunque considere que no está autorizado a intervenir, el gobierno estadounidense podría al menos oponerse públicamente a tales violaciones y tomar medidas para instruir a los funcionarios estatales en las normas internacionales, con el fin de conseguir su adhesión. Para su vergüenza, sigue prefiriendo no hacerlo.
Georgia ya ha recorrido antes este camino. El 7 de diciembre de 1993, Christopher Burger fue ejecutado por un delito cometido cuando tenía 17 años, con lo que se convirtió en el primer menor, y hasta el momento el único, ejecutado en Georgia desde que el estado restauró la pena de muerte en 1973. Al igual que Alex Williams, Christopher Burger había tenido una infancia llena de carencias, inestabilidad y abusos; recibía frecuentes palizas de su madre, que padecía una enfermedad mental crónica. Según el testimonio presentado por ésta en la vista de apelación, a veces tenía que encerrar a su hijo en una habitación para impedirse a sí misma maltratarlo. También recibía golpes y malos tratos de su padre, sus dos padrastros y un novio de su madre con el que lo dejaron varios meses. En el juicio en que se decidía su condena de muerte, Christopher Burger estuvo representado por un defensor de oficio que no investigó las circunstancias de su cliente ni presentó ningún atenuante en la fase para dictar sentencia. Al jurado no le dijeron que el coeficiente de inteligencia de Burger estaba por debajo de la media, que tenía una lesión cerebral y padecía una enfermedad mental, que su educación había estado llena de problemas e inestabilidad ni que había intentado suicidarse cuando tenía 15 años. Si desean más información, consulten las páginas 16-18 de La pena de muerte en Georgia: Racista, arbitraria e injusta. Índice AI: AMR 51/25/96/s, junio de 1996.
Georgia todavía puede evitar que se repita esta injusticia. Puede demostrar que sus «normas de respeto a la dignidad» no han permanecido invariables desde el 7 de diciembre de 1993. No tiene que esperar a que la Corte Suprema nacional o el gobierno federal reconozcan que en esta cuestión Estados Unidos se encuentra en el lado equivocado de la historia. Georgia puede ofrecer un ejemplo de liderazgo progresista en derechos humanos al abandonar su idea de ejecutar a Alexander Williams. El hacerlo no es insultar la memoria de Aleta Bunch ni olvidar la forma brutal en que murió. Es apelar a la mejor faceta de la humanidad.
LES ROGAMOS QUE ENVÍEN LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE A LAS AUTORIDADES DE GEORGIA PARA DETENER ESTA EJECUCIÓN, ILEGAL EN VIRTUD DE LAS NORMAS INTERNACIONALES.
Envíen llamamientos a:
The State Board of Pardons and Paroles
Floyd Veterans Memorial Building
Balcony Level, East Tower
2 Martin Luther King, Jr. Drive, S.E.
Atlanta, Georgia 30334, Estados Unidos
Fax: +1 404 651 8502
Correo-e: A través del sitio web de la Junta: www.pap.state.ga.us
Tratamiento: Dear Board Members / Estimados miembros de la Junta
Amnistía Internacional ha distribuido también una Acción Urgente de carácter internacional solicitando el indulto. Si desean más detalles, pueden dirigirse a la Sección de su país.
Apéndice 1: Presos condenados a muerte en Estados Unidos por delitos cometidos cuando tenían 16 ó 17 años - Julio del 2000. Cada condena de muerte constituye una violación del derecho internacional.[<a name= "AP1"></a>]
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
Amnistía Internacional, septiembre del 2000 Índice AI: AMR 51/139/00/s
Índice AI: AMR 51/139/00/s Amnistía Internacional, septiembre del 2000
Alabama
Renaldo Adams
Roy Burgess
Willie Burgess, Jr.
Taurus Carroll
Timothy Davis
Mark Duke
Trace Duncan
Gary Hart
James Hyde
William Knotts
Kenny Loggins
John Neal
Marcus Pressley
Nathon Slaton
Shaber Wimberly
Gregory Wynn
Arizona
Martin Soto-Fong
Levi Jackson
Kenneth Laird
Arkansas
Damond Sanford
Florida
James Bonifay
Rodrick Ferrell
Cleo LeCroy
Ronald Lee Bell
Georgia
Exzavious Gibson
Jose Martinez High
Larry Jenkins
Alexander Williams
Kentucky
Kevin Stanford
Larry Osborne
Luisiana
Dale Craig
Cedric Howard
Lawrence Jacobs
Misisipi
David Blue
Kelvin Dycus
Ronald Foster
William Holley
Stephen McGilberry
Misuri
Antonio Richardson
Christopher Simmons
Nevada
Michael Domingues
Robert Servin
Carolina del Norte
Kevin Golphin
Oklahoma
Scott Hain
Pensilvania
Derrick Harvey
Kevin Hughes
Percy Lee
Carolina del Sur
Robert Conyers
Herman Hughes
William Kelly
Ted Powers
Texas
Steven Alvarado
Randy Arroyo
Mark Arthur
Mauro Barraza
Napoleon Beazley
Johnnie Bernal
Edward Capetillo
Raymond Cobb
John Dewberry
Justin Dinkins
Anthony Dixon
Derek Guillen
Eddie Johnson
Anzel Jones
T.J. Jones
Leo Little
Michael Lopez
Miguel Martinez
Gerald Mitchell
Jose Monterrubio
Toronto Patterson
Efrian Perez
Christopher Solomon
Oswaldo Soriano
Raul Villareal
Bruce Williams
Nanon Williams
Geno Wilson
Virginia
Shermaine Johnson
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
Amnistía Internacional, septiembre del 2000 Índice AI: AMR 51/139/00/s
Índice AI: AMR 51/139/00/s Amnistía Internacional, septiembre del 2000
Apéndice 2: Menores ejecutados en Estados Unidos desde 1977. Información adicional sobre los ocho ejecutados desde 1998. [<a name= "AP2"></a>]
América está matando a quienes carecen de recursos económicos, a los que pertenecen a estratos socioeconómicos inferiores, matando a enfermos mentales, matando a retrasados, matando a analfabetos, matando a quienes padecen traumas emocionales, matando a los que no pueden votar y a quienes carecen de influencia en la vida política, matando a los que sufrieron abusos tan terribles cuando eran niños que nunca tuvieron la oportunidad de convertirse en seres humanos equilibrados. Ronald Spivey, pabellón de condenados a muerte, Georgia. Welcome to Hell. Letters and Writings from Death Row(Bienvenido al infierno. Cartas y escritos desde el pabellón de los condenados a muerte). Editado por Jan Arriens. Northeastern University Press, 1991. Ron Spivey, que actualmente cuenta 60 años, lleva en el pabellón de los condenados a muerte de Georgia desde 1977.
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
Amnistía Internacional, septiembre del 2000 Índice AI: AMR 51/139/00/s
Índice AI: AMR 51/139/00/s Amnistía Internacional, septiembre del 2000
Charles Rumbaugh (Texas, 1985)
James Roach (Carolina del Sur, 1986)
Jay Pinkerton (Texas, 1986)
Dalton Prejean (Luisiana, 1990)
Johnny Garrett (Texas, 1992)
Curtis Harris (Texas, 1993)
Frederick Lashley (Misuri, 1993)
Ruben Cantu (Texas, 1993)
Christopher Burger (Georgia, 1993)
Joseph Cannon (Texas, 1998)
Robert Carter (Texas, 1998)
Dwayne Wright (Virginia, 1998)
Sean Sellers (Oklahoma, 1999)
Chris Thomas (Virginia, 2000)
Steve Roach (Virginia, 2000)
Glen McGinnis (Texas, 2000)
Gary Graham (Texas, 2000)
Joseph Cannon [Texas]. A los cuatro años fue atropellado por un camión, que le golpeó en la cabeza, y desde entonces padeció hiperactividad y un defecto del habla. Lo expulsaron de la escuela cuando tenía siete años. A los 10 le diagnosticaron una lesión cerebral, depresión grave (a los 15 años intentó suicidarse), esquizofrenia y un retraso mental límite. Entre los 7 y los 17 años sufrió reiterados abusos sexuales graves a manos de algunos familiares varones. Aprendió a leer y a escribir en el pabellón de los condenados a muerte. Fue ejecutado el 22 de abril de 1998por matar con un arma de fuego a Ann Walsh en 1977.
Robert Carter [Texas]. Era uno de los seis hijos de una familia muy pobre. Su madre y su padrastro los golpeaban y azotaban con cinturones y cables eléctricos. Durante su infancia sufrió varias heridas graves en la cabeza por las que no recibió tratamiento. Poco antes de matar con un arma de fuego a Sylvia Reyes en 1981, delito por el que lo condenaron a muerte, Robert Carter recibió un disparo en la cabeza efectuado por su hermano. Tras ello, sufría ataques y desmayos. El jurado, al que no se invitó a considerar como atenuantes su edad, su retraso mental, su lesión cerebral ni los abusos sufridos durante su infancia, tardó diez minutos en condenarlo. Fue ejecutado el 18 de mayo de 1998.
Dwayne Wright [Virginia]. Creció en una familia pobre de un barrio desfavorecido donde abundaban los delitos de drogas y en el que Dwayne presenció con frecuencia homicidios y conflictos violentos con armas de fuego. Cuando tenía cuatro años encerraron a su padre en prisión. Cuando tenía 10, su hermanastro, al que estaba muy unido, fue asesinado. Empezó a sufrir graves problemas emocionales y a ir muy mal en la escuela. Recibió tratamiento por enfermedad mental. Se evaluó su capacidad mental y se llegó a la conclusión de que padecía un retraso límite y retraso en la capacidad verbal. Fue ejecutado el 14 de octubre de 1998por matar con un arma de fuego a Saba Tekle en 1989.
Sean Sellers [Oklahoma]. Fue condenado a muerte por matar a tiros a un comerciante, además de a su madre y a su padrastro. Cuando él nació, su madre tenía 16 años, y lo criaron varios familiares. Entró en contacto con la violencia y los abusos físicos a una edad muy temprana y se vio envuelto en asuntos de drogas y actos satánicos. En los exámenes a que lo sometieron tras ser condenado le encontraron una psicosis crónica y síntomas de esquizofrenia paranoide y otros trastornos emocionales importantes. En 1992 le diagnosticaron un trastorno de personalidad múltiple. Fue ejecutado el 4 de febrero de 1999.
Chris Thomas [Virginia].Tras la muerte de sus padres adoptivos, ocurrida cuando tenía 12 años, Chris Thomas participó en algunos delitos menores y empezó a consumir drogas. Los informes psicológicos le describían como un adolescente solitario, irritable, depresivo y alienado. Mantuvo una intensa relación con Jessica Wiseman, de 14 años, que culminó en un plan elaborado por ambos para matar a los padres de la joven. Sin ningún adulto presente, todavía bajo los efectos del alcohol y las drogas y habiendo dormido sólo dos horas de las 40 anteriores, Thomas confesó ambos homicidios. Posteriormente dijo que él no había efectuado el segundo disparo que acabó con la vida de la madre, cuyo homicidio decidió su condena de muerte (había sido condenado a cadena perpetua por el homicidio del padre). El jurado no tuvo noticia en ningún momento de las pruebas que señalaban a Jessica como posible autora del segundo disparo. Jessica quedó en libertad en 1997, cuando tenía 21 años. Chris Thomas fue ejecutado el 10 de enero del 2000.
Steve Roach [Virginia]. Fue condenado a muerte por matar con un arma de fuego a Mary Ann Hughes en 1993, único acto de violencia que consta en su historial. Nacido en una familia en la que los padres se ausentaban a menudo, Roach abandonó los estudios cuando tenía 14 años porque querían que se pusiera a trabajar. En el juicio, un perito declaró que Roach tenía escaso control sobre sus impulsos y que era especialmente inmaduro a causa de la falta de estructura de su vida familiar. Para apoyar el argumento de que Roach constituía un futuro peligro, la acusación alegó que había violado su libertad condicional al entrar en posesión de un arma de fuego, pese a que ningún adulto, ni siquiera la policía, había considerado necesario retirársela. Fue ejecutado el 13 de enero del 2000.
Glen McGinnis [Texas]. Hijo de una madre adicta al crack que abandonaba el piso de un dormitorio en que vivían para trabajar como prostituta, Glen McGinnis, de raza negra, sufrió reiterados abusos físicos a manos de su madre y su padrastro, que lo violó cuando tenía 9 ó 10 años. Se escapó de casa a los 11 y estuvo viviendo en la calle, donde se dedicó a robar en tiendas y automóviles. Fue condenado a muerte por un jurado compuesto íntegramente por miembros de raza blanca por matar con un arma de fuego a Leta Ann Wilkerson, también blanca, durante un robo perpetrado en 1990. Varios funcionarios de correccionales de menores declararon que no era agresivo, ni siquiera cuando otros reclusos se burlaban de él por su homosexualidad, y que tenía la capacidad de sacar lo mejor de sí mismo en el estructurado entorno de la prisión. Fue ejecutado el 25 de enero del 2000.
Gary Graham [Texas]. Nacido de una madre enferma mental y de un padre alcohólico, creció en un barrio desfavorecido de Houston, donde estuvo expuesto a la violencia desde muy joven. Gary Graham (aka Shaka Sankofa) se vio envuelto en el consumo de drogas y alcohol, y a los 15 años ya tenía antecedentes por robo. En 1981, cuando contaba 17, se hallaba detenido por una serie de robos a mano armada y atracos con agravantes cuando lo acusaron del homicidio de Bobby Lambert, de raza blanca, delito por el que fue condenado a muerte por un jurado compuesto por 11 personas blancas y una negra. Los abogados que lo representaron estaban demasiado ocupados o carecían de la motivación suficiente para defender a un cliente al que al parecer habían considerado culpable porque había admitido otros delitos. La falta de interés de la defensa permitió que Gary Graham fuera declarado culpable apoyándose en el testimonio de una única testigo cuya credibilidad no se comprobó en ningún momento. La defensa tampoco cuestionó las pistas ofrecidas por la policía a la testigo cuando ésta identificó a Graham. No interrogaron a otros testigos más fiables que no lo habrían identificado como autor del disparo, ni a otros que habrían declarado que no fue él quien disparó. No existían pruebas físicas que relacionaran a Gary Graham con los hechos. El jurado no supo que las pruebas periciales practicadas al arma que llevaba el acusado en el momento de la detención indicaban que el disparo que causó la muerte de Bobby Lambert no había sido efectuado con ella. Tampoco se celebró ninguna vista para decidir si dichas pruebas respaldaban la declaración de inocencia presentada por Graham a los 19 años. Dos de los miembros del jurado afirmaron en declaraciones juradas que no habrían votado a favor de la pena de muerte si hubieran conocido tales pruebas. Gary Graham fue ejecutado el 22 de junio del 2000.
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams
Amnistía Internacional, septiembre del 2000 Índice AI: AMR 51/139/00/s
Índice AI: AMR 51/139/00/s Amnistía Internacional, septiembre del 2000
Apéndice 3: Ejecuciones reconocidas de menores en todo el mundo, enero de 1990 - agosto del 2000[<a name= "AP3"></a>]
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PaísNombre del presoEdad en el momento del delito (D), de la condena (C), o de la ejecución (E)Fecha de la ejecución |
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República Democrática del Congo |
Kasongo |
14 (D/E) |
15 de enero del 2000 |
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Irán |
Kazem Shirafkan Varón (nombre desconocido) Varón (nombre desconocido) Varón (nombre desconocido) Ebrahim Qorbanzadeh |
17 (E) 16 (E) 17 (E) 17 (E) 17 (E) |
1990 29 de septiembre de 1992 29 de septiembre de 1992 29 de septiembre de 1992 24 de octubre de 1999 |
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Nigeria |
Chiebore Onuoha |
15/17 (D/E) |
31 de julio de 1997 |
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Pakistán |
Nombre desconocido Shamun Masih |
17 (E) 14 (D) |
15 de noviembre de 1992 30 de septiembre de 1997 |
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Arabia Saudí |
Sadeq Mal-Allah |
17 (C) |
3 de septiembre de 1992 |
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Estados Unidos |
Dalton Prejean Johnny Garrett Curtis Harris Frederick Lashley Ruben Cantu Christopher Burger Joseph Cannon Robert Carter Dwayne Wright Sean Sellers Chris Thomas Steve Roach Glen McGinnis Gary Graham |
17 (D) 17 (D) 17 (D) 17 (D) 17 (D) 17 (D) 17 (D) 17 (D) 17 (D) 16 (D) 17 (D) 17 (D) 17 (D) 17 (D) |
18 de mayo de 1990 11 de febrero de 1992 1 de julio de 1993 28 de julio de 1993 24 de agosto de 1993 7 de diciembre de 1993 22 de abril de 1998 18 de mayo de 1998 14 de octubre de 1998 4 de febrero de 1999 10 de enero del 2000 13 de enero del 2000 25 de enero del 2000 22 de junio del 2000 |
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Yemen |
Nasser Munir Nasser al’Kirbi |
13 (E) |
21 de julio de 1993 |
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Sólo para miembros de AI Índice AI: AMR 51/139/00/Distr : SC/CO/GR/DP/PG
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ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Clamando por el indulto: El caso de Alexander Williams, enfermo mental condenado a muerte por un delito cometido cuando era menor de edad
ACCIONES RECOMENDADAS
Les rogamos que se aseguren de que todas las personas pertinentes de su Sección reciben copias de este documento y de que se archiva debidamente para futuras consultas. Asimismo, les pedimos que pongan en práctica el mayor número posible de las acciones recomendadas que se citan a continuación.
Objetivo de la acción - aumentar la presión en favor del indulto antes de que se fije nueva fecha para la ejecución
La fecha de la ejecución de Alexander Williams estaba fijada para el 24 de agosto. El 22 de ese mismo mes la Corte Suprema de Georgia suspendió la ejecución mientras tomaba una decisión, relacionada con un caso distinto, sobre la constitucionalidad del reiterado uso de la silla eléctrica por parte del estado. En los días previos al fijado para la ejecución, el caso atrajo poderosamente la atención de los medios de comunicación, mientras que la Junta de Indultos y Libertad Condicional de Georgia recibía centenares de solicitudes de indulto nacionales e internacionales. Entre los que enviaron solicitudes figuraban dos relatores especiales de la ONU, la Unión Europea, el Consejo de Europa y diversas organizaciones estadounidenses, como la Alianza Nacional para los Enfermos Mentales, el Fondo para la Defensa de la Infancia y el Colegio Estadounidense de Abogados.
Queremos mantener e intensificar la presión, a lo cual ha contribuido la Acción Urgente sobre el caso distribuida por Amnistía Internacional y la publicación de una versión anterior del presente informe.
El objetivo de la acción es persuadir a la Junta de Indultos y Libertad Condicional de Georgia, único organismo con autoridad para conceder indultos en casos de pena capital en el estado, para que conmute inmediatamente la condena de muerte de Alexander Williams. Queremos convencer a la Junta para que actúe antes de que los tribunales retomen el caso.
1. Envío de cartas
Se agradecerá el envío de llamamientos por parte de personas de cualquier profesión y condición social. Tendrían especial impacto en la Junta de Indultos y Libertad Condicional las solicitudes enviadas por profesionales a título individual o por organizaciones que trabajen con menores, como profesores, asistentes sociales, etc., así como por especialistas en enfermedades mentales u otros profesionales de la salud. También se agradecerá la colaboración de dirigentes de empresas y líderes religiosos. Les rogamos que se pongan en contacto con personas y organizaciones de estas características para intentar que participen en el envío de llamamientos. Si fuera posible, sería bueno enviar copias de éstos a Rob Freer (rfreer@amnesty.org), del Secretariado Internacional, para que podamos hacernos una idea de qué llamamientos «profesionales» se han enviado.
Las cartas enviadas por niños, jóvenes y estudiantes podrían resultar muy persuasivas y constituir en sí mismas una buena publicidad. Las solicitudes, además, harán llegar a la Junta un enérgico mensaje sobre la preocupación que ha despertado el caso en todo el mundo.
Puede que algunas personas quieran además enviar una carta exponiendo su preocupación al editor del periódico Atlanta Journal Constitution, para su posible publicación. Este diario de Georgia está a favor del indulto para Alexander Williams.
INTERÉS DE LOS LLAMAMIENTOS
Les rogamos que escriban a la Junta de Indultos y Libertad Condicional solicitando que no espere a que los tribunales retomen el caso de Alexander Williams y que conmute su condena de muerte de inmediato. Los llamamientos deben estar redactados con sus propias palabras, y si lo desean pueden utilizar las directrices que se ofrecen a continuación en la medida que quieran, así como cualquier dato procedente del informe que les interese destacar:
- Reconocer la gravedad del delito del que Alexander Williams ha sido declarado culpable y expresar su simpatía hacia los familiares y amigos de Aleta Bunch.
- Manifestar su preocupación, no obstante, por el hecho de que Alexander Williams siga enfrentándose a una ejecución por este delito.
- Manifestar su preocupación por el hecho de que no se informara al jurado que lo condenó a muerte de los graves abusos sufridos por Alex Williams y de sus problemas psicológicos.
- Señalar que cinco miembros del jurado de 1986 han solicitado el indulto al conocer estos atenuantes, que hace catorce años se les ocultaron.
- Señalar que, en marzo de 1999, el gobernador Huckabee de Arkansas conmutó la condena de muerte de Bobby Ray Fretwell tras recibir una carta de uno de los miembros del jurado original, quien admitió que, al ser el único miembro que había votado contra la pena de muerte, se había sentido intimidado y había cambiado su voto para apoyar la opinión mayoritaria, y que lo había hecho por miedo a verse rechazado por su comunidad. Destacar el paralelismo entre ambos casos.
- Señalar que la enfermedad mental de Alexander Williams, de la que existían algunos indicios antes de que cometiera el crimen, se ha hecho manifiesta mientras permanecía en el pabellón de los condenados a muerte.
- Señalar que el gobernador Gilmore de Virginia conmutó la condena de muerte de Calvin Swann en mayo de 1999 por motivos humanitarios, al considerar su largo historial de esquizofrenia.
- Señalar que esta ejecución es ilegal en virtud del derecho internacional, que prohíbe utilizar la pena de muerte contra quienes tienen menos de 18 años en el momento de cometer un delito.
El Secretariado Internacional va a escribir también al presidente Clinton para pedirle que manifieste públicamente su oposición a esta ejecución, con el fin de demostrar que está preparado para conducir a Estados Unidos hacia el cumplimiento de las leyes del derecho internacional y las normas de derechos humanos. Aunque el destinatario principal de esta acción sigue siendo la Junta de Indultos y Libertad Condicional de Georgia, los participantes pueden enviar cartas también al presidente Clinton y a la secretaria de Estado, Madeleine Albright.
Las cartas a las autoridades federales deben ir redactadas con sus propias palabras. Por ejemplo, pueden:
- Manifestar su indignación por el hecho de que Estados Unidos siga condenando a muerte y ejecutando a personas por delitos cometidos cuando eran menores de edad.
- Señalar que casi ningún país del mundo utiliza la pena de muerte contra los menores.
- Argumentar que esta flagrante violación del derecho internacional contradice las afirmaciones con las que Estados Unidos se califica a sí mismo de líder de los derechos humanos.
- Instar al gobierno federal a solicitar a las autoridades de Georgia la conmutación de la condena de muerte de Alexander Williams.
DIRECCIONES ESTATALES
Walter S. Ray, Chair, The State Board of Pardons and Paroles, Floyd Veterans Memorial Buildin
Balcony Level, East Tower, 2 Martin Luther King Jr Drive, S.E., Atlanta, Georgia 30334, Estados UnidosFax: + 1 404 651 8502
Correo-e: A través del sitio web de la Junta: www.pap.state.ga.us
Tratamiento: Dear Mr Ray / Estimado señor Ray
Los otros cuatro miembros de la Junta (todos hombres excepto la doctora Cook) tienen la misma dirección:
Bobby Whitworth; Dr. Eugene Walker; Garfield Hammonds; Dr. Betty Ann Cook.
También pueden enviar cartas manifestando su preocupación al editor del periódico Atlanta Journal-Constitution, que se ha pronunciado en favor del indulto.
Letters to the Editor, The Atlanta Journal-Constitution
P.O. Box 4689, Atlanta, GA 30302, Estados Unidos
Fax: + 1 404 526 5611
Correo-e: A través del sitio web: www.accessatlanta.com/partners/ajc/letters/
Las cartas al editor no deben tener más de 250 palabras y deben incluir el nombre y la dirección del remitente.
DIRECCIONES FEDERALES
President Clinton
The White House, Office of the President
1600 Pennsylvania Avenue
Washington, DC 20500, Estados Unidos
Fax: + 1 202 456 2461
Tratamiento: Dear Mr Presidente / Estimado presidente
The Honourable Madeleine Albright,
Office of the Secretary of State,
2201 C Street N.W., Washington, DC 20520, Estados Unidos
Fax: +1 202 647 1533.
Tratamiento: Dear Secretary of State / Estimada secretaria de Estado
2. Publicidad
Les rogamos que se pongan en contacto con su periódico local para ver si estaría interesado en redactar un artículo sobre la campaña nacional en favor de Alexander Williams o sobre los detalles del caso, si no sobre ambas cosas.
Puede que haya revistas o emisoras de radio y televisión interesadas en informar sobre el caso. Al no existir en este momento fecha fijada para la ejecución de Alexander Williams, los medios de comunicación podrían disponer de tiempo para preparar un reportaje en profundidad.
Si se publican artículos o cartas al director sobre este tema, les rogamos una vez más que envíen copias a Rob Freer, del Secretariado Internacional. Pueden también enviárselos a la Junta para demostrar la preocupación suscitada por el caso en todo el mundo.
DISTRIBUCIÓN POR EL SI
El Secretariado Internacional ha enviado directamente este documento a todas las Secciones, la Red Internacional de Pena de Muerte, la Red Internacional de Trabajo sobre Niños, la Red de Jóvenes y Estudiantes, la Red de Acción Regional de Estados Unidos y Canadá (USCAN) y los coordinadores de Expediente de Acción sobre la Pena de Muerte en Estados Unidos.
Les rogamos que tomen medidas lo antes posible. Está en marcha una Acción Urgente sobre el caso (EXTRA 69/00, AMR 51/129/00/s, del 15 de agosto, y su actualización, AMR 51/137/00/s, del 25 de agosto). En caso de fijarse una nueva fecha para la ejecución de Alex Williams, se informará al coordinador de Acciones Urgentes de su Sección.
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