Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - USA: Indecent and internationally illegal, the execution of child offenders


NO DIFUNDIR HASTA LAS 00:01 HORAS GMT DEL 25 DE SEPTIEMBRE DEL 2002


Índice AI: AMR 51/151/2002/s

Servicio de Noticias 165/02


Estados Unidos: La ejecución de delincuentes menores es

indecente, es internacionalmente ilegal


Estados Unidos continúa desafiando a las Naciones Unidas y desdeñando el derecho internacional en su determinación de aplicar la pena de muerte a los niños, ha dicho hoy Amnistía Internacional, al publicar dos nuevos informes sobre la ejecución de personas que eran menores de 18 años al delinquir.


«Dos terceras partes de las ejecuciones conocidas de delincuentes menores de edad en la pasada década se llevaron a cabo en Estados Unidos», dice la organización. «Es evidente que Estados Unidos es el principal perpetrador mundial de esta violación de los derechos humanos, condenada universalmente.»


En el reciente discurso sobre Iraq pronunciado ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, el presidente George Bush habló de «tratados vulnerados», de resoluciones de la ONU «subvertidas unilateralmente», y del deseo de Estados Unidos de que la ONU fuera «efectiva, y respetada, y exitosa».


«La ejecución de delincuentes menores de edad deja tratados igualmente vulnerados, resoluciones igualmente subvertidas, y el respeto por las Naciones Unidas y el derecho internacional igualmente socavado», dice Amnistía Internacional.


Uno de los dos informes de Amnistía Internacional se ocupa específicamente de Estados Unidos, y fue elaborado a raíz de un reciente fallo de la Corte Suprema del país, según el cual la ejecución de personas que sufren retraso mental viola la prohibición constitucional de aplicar castigos «crueles e inusuales». En el caso AtkinsvVirginia, la Corte resolvió que «las normas de decencia» de Estados Unidos habían evolucionado hasta el punto de existir ahora un «consenso nacional» de oposición a tales ejecuciones.


«Si el razonamiento de la Corte Suprema en el caso Atkinsse aplica a la ejecución de delincuentes menores de edad, se llega a la conclusión de que tal aplicación de la pena de muerte es, además, inconstitucional», continúa Amnistía Internacional. En su informe, la organización señala que, en ciertos aspectos, el «consenso» de opinión que se opone a la ejecución judicial de delincuentes menores es, si cabe, aún mayor que el que existe contra la ejecución de los discapacitados mentales.


«La Corte Suprema se refiere a la legislación de los estados como el primer indicador de consenso», señala Amnistía Internacional. «Y, con la excepción de una minúscula fracción de los últimos 25 años, el número de estados que prohíben la ejecución de delincuentes menores de edad ha sido mayor que en el caso de personas con retraso mental.» El informe de la organización señala que la histeria pública de la década de 1990 respecto a la delincuencia juvenil puede explicar la relativa ralentización de los avances legislativos relacionados con la pena de muerte para menores.

Más aún, los estados del país han ejecutado a un número dos veces mayor de discapacitados mentales que de delincuentes juveniles», continúa explicando Amnistía Internacional, «y si hoy hay unos 80 delincuentes juveniles condenados a la pena de muerte, la cifra de los retrasados mentales en el momento del fallo judicial sobre el caso Atkinsse estimaba entre 200 y 300 personas.


«Esto parece indicar que la pena de muerte contra los delincuentes juveniles ha sido la más ''inusual'' de las dos prácticas», dice Amnistía Internacional. «Y es igualmente cruel.»


«En el caso Atkins, la Corte Suprema resolvió que las características de las personas con retraso mental hacían inalcanzables las metas de disuasión y de castigo», continúa Amnistía Internacional. «Las características de los niños, como son la impulsividad, la falta de juicio y la susceptibilidad a la presión de sus pares o a la influencia de los adultos, debe por tanto conducir a la misma conclusión. De hecho, las investigaciones científicas indican que el desarrollo del cerebro humano prosigue pasado el segundo decenio de la vida.»


La falta de madurez de los adolescentes está plenamente reconocida en las leyes estadounidenses. Los menores de 18 años no pueden servir como jurados, pero pueden ser condenados por aquéllos a los que se considera suficientemente responsables como para desempeñar ese deber. En Luisiana se prohíbe a los menores de 18 años presenciar una ejecución, pero siete de las personas que aguardan la muerte allí en estos momentos tenían entre 16 y 17 años cuando cometieron los delitos que causaron su condena.


En su dictamen en el casoAtkins, la Corte Suprema reconoció que «en la comunidad mundial» la ejecución de los retrasados mentales «se desaprobaba de forma abrumadora». La desaprobación es aún más clara en el caso de los delincuentes juveniles. Tales ejecuciones están prohibidas por varios tratados y han sido objeto de numerosas resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU.


Desde enero de 1993, Amnistía Internacional ha documentado 24 ejecuciones de delincuentes juveniles en el mundo: una en la República Democrática del Congo, una en Nigeria, una en Yemen, dos en Pakistán, tres en Irán, y 16 en Estados Unidos. Posteriormente, Pakistán y Yemen han promulgado leyes para abolir este uso de la pena de muerte, como también hizo China, el país que más ejecuta, en 1997.


Estados Unidos se reservó el derecho de ejecutar a los delincuentes juveniles cuando ratificó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, pese a que el tratado contiene una prohibición no derogable de tales ejecuciones. El pertinente órgano de expertos de la ONU ha determinado que la «reserva» formulada por Estados Unidos es inválida, pero Estados Unidos ha hecho caso omiso de tal determinación. Varios órganos de las Naciones Unidas han afirmado también que la prohibición ha pasado a constituir un principio del derecho internacional consuetudinario, que es vinculante para todos los Estados con independencia de los tratados que puedan haber o no haber ratificado.


«Quizás es esta cuestión la que ilustra con mayor crudezaá cuán lejos está Estados Unidos de ser esa fuerza progresista para los derechos humanos que tan menudo proclama ser», concluye Amnistía Internacional. Desde 1990, 191 países han ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño, uno de los tratados que prohíben se aplique la pena de muerte a los delincuentes que eran menores de 18 años al delinquir. Somalia y Estados Unidos son los únicos países del mundo que aún no han ratificado la Convención.


Consulten los dos nuevos informes de Amnistía Internacional:


Indecent and internationally illegal, the execution of child offenders in the USA,disponible en inglés en dos versiones: íntegra y abreviada, en <http://www.web.amnesty.org/ai.nsf/recent/amr511432002>


y


Children and the death penalty: Executions worldwide since 1990,en <http://www.web.amnesty.org/ai.nsf/recent/act500072002>


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