Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - USA (Oklahoma): Death penalty/Legal concern, Jay Wesley Neill

PÚBLICO

Índice AI: AMR 51/175/2002/s


EXTRA 86/02


Pena de muerte / preocupación jurídica


22 de noviembre de 2002


EE. UU. (Oklahoma)


Jay Wesley Neill, blanco, de 37 años de edad



Está previsto que Jay Wesley Neill sea ejecutado en Oklahoma el 12 de diciembre del 2002. Fue condenado a muerte por el asesinato de cuatro personas, cometido durante un robo en un banco en Geronimo, en el suroeste de Oklahoma, en 1984. Tenía 19 años en el momento del delito.


En 1983, Jay Neill se unió al ejército estadounidense. Fue licenciado en el verano de 1984 tras descubrirse que era homosexual. Él y su compañero, Robert Johnson, de 21 años de edad, empezaron a tener dificultades económicas y, para diciembre de 1984, sus deudas ascendían a miles de dólares. Decidieron robar el banco de Geronimo el 14 de diciembre. Durante el robo, tres empleados del banco (Kay Bruno, Jerri Bowles y Joyce Mullenix) murieron apuñalados, y cuatro clientes recibieron disparos; uno de ellos (Ralph Zeller) murió. Jay Neill y Robert Johnson fueron detenidos en San Francisco tres días después con lo obtenido durante el robo.


Johnson y Neill fueron juzgados juntos en 1985, y ambos fueron condenados a muerte. En 1992, la Corte de Apelaciones en lo Penal de Oklahoma anuló sus declaraciones de culpabilidad, al concluir que los dos acusados deberían haber sido juzgados por separado. En su nuevo juicio, Robert Johnson fue condenado a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional.


En la fase de determinación de la pena de su segundo juicio, en 1992, Jay Neill dijo al jurado que no esperaba simpatía y que él, y no Johnson, había estado en el banco en el momento del robo. Expresó su remordimiento y dijo a las familias de las víctimas: "Lo lamento. Lo lamento. Esto me está corroyendo, y creo que es parte de mi castigo. Lo lamento. No sé qué decirles. Ojalá pudiera decir algo que sirviera de ayuda, pero no puedo". También relató los abusos que había sufrido a manos de su padre, y después a manos de su padrastro, cuando era niño.


Por su parte, el fiscal dijo al jurado: "Quiero que piensen brevemente acerca del hombre al que están juzgando y determinen cuál debe ser el castigo adecuado [...] Me gustaría que analizaran algunas cosas que, para mí, dan la imagen de la persona real, del tipo de persona que es. Es un homosexual. La persona a la que están juzgando - no piensen en Jay Neill. Están decidiendo sobre la vida o la muerte de una persona que profesa [sic] la homosexualidad [...] Pero éstas son áreas que ustedes tienen en consideración cuando determinan el tipo de persona a la que están juzgando [...] El individuo es homosexual". El jurado pronunció un veredicto de muerte.


En agosto del 2001, la Corte de Apelación del Décimo Circuito confirmó la condena de muerte. Uno de los tres jueces, el juez Carlos Lucero, discrepó, alegando que "el flagrante discurso de odio homófobo del fiscal durante la fase de determinación de la pena no tiene cabida en los tribunales de una sociedad civilizada". El juez Lucero escribió que los comentarios del fiscal "sólo tienen una interpretación posible: entre otros factores, Neill debía ser ejecutado porque es gay [...] No puedo aprobar, porque no tengo confianza en él, un procedimiento enturbiado por la petición de un fiscal de que los miembros del jurado impongan una condena de muerte basada, aunque sea en parte, en quién es el acusado, en lugar de en lo que ha hecho".


La junta de jueces del Décimo Circuito accedió a reconsiderar su decisión, pero en diciembre del 2001 volvió a confirmar la condena de muerte por dos votos contra uno. Esta vez los dos jueces de la mayoría reconocieron que los comentarios del fiscal habían sido "impropios" y habían carecido de "justificación legítima alguna", pero decidieron que no habían afectado al resultado del juicio. El juez Lucero volvió a discrepar, preguntando: "qué es lo que convierte a estos comentarios en algo más que meramente impropios? Tal como los fiscales saben, los gays y lesbianas se ven sometidos sistemáticamente a una triste discriminación en todos los rincones de la sociedad [...] Así, en su proceso judicial, un acusado abiertamente gay se encuentra en desventaja desde el principio. Cuando un fiscal da instrucciones al jurado para que base su veredicto de culpabilidad o inocencia o de vida o muerte en un prejuicio homófobo, esa desventaja se multiplica exponencialmente y suscita una preocupación de carácter constitucional. Esto sucede porque los fiscales ocupan un cargo de confianza, y sus exhortaciones tienen un peso significativo para los miembros del jurado [...] La justificación de estos comentarios fue incuestionablemente ilegítima. Al explotar su cargo de confianza y convertir la realidad de los prejuicios homófobos en una cuestión fundamental en la determinación de la pena de un caso de pena capital, el fiscal socavó la posibilidad de que la condena del apelante se basara en la razón en lugar de en la emoción".


Las Directrices de las Naciones Unidas sobre la Función de los Fiscales establecen que los fiscales "deberán cumplir sus funciones con imparcialidad, firmeza y prontitud, respetar y proteger la dignidad humana y defender los derechos humanos", y que "desempeñarán sus funciones de manera imparcial y evitarán todo tipo de discriminación política, social, religiosa, racial, cultural, sexual o de otra índole". El derecho a no ser discriminado por razón de sexo, que incluye la orientación sexual, ha sido reconocido por tratados internacionales tales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.


Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos. En la actualidad, 111 países han abolido los homicidios judiciales en la ley o en la práctica. Desde que Estados Unidos reanudó las ejecuciones en 1977, 810 presos han sido ejecutados en todo el país, 52 de ellos en Oklahoma. La conducta de la fiscalía es una de las cuestiones destacadas en el informe publicado por Amnistía Internacional en abril del 2001 sobre la pena de muerte en Oklahoma: Old Habits Die Hard (AMR 51/055/2001).


Jay Neill ha decidido no pedir una vista para que la Junta de Indultos y Libertad Condicional examine su petición de indulto. Amnistía Internacional tiene entendido que ha tomado esta decisión para evitar más sufrimiento a las familias de las víctimas. En ausencia de una recomendación de la Junta, el gobernador de Oklahoma tiene autoridad para conceder una suspensión temporal de la ejecución. Debe hacerlo en este caso, y utilizar su poder e influencia para conseguir la conmutación de la condena de muerte de Jay Neill.


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos para que lleguen lo más rápidamente posible, en inglés o en su propio idioma:

- explicando que no pretenden restar importancia a la gravedad del delito, ni al sufrimiento que ha causado a muchas personas;

- expresando preocupación por la conducta flagrantemente indebida del fiscal al plantear la cuestión de la homosexualidad de Jay Neill en el momento de pedir la pena de muerte para él;

- manifestando que no cabe duda de que la conducta homófoba del fiscal mina la confianza en la decisión del jurado, incluso para los partidarios de la pena de muerte, y violó las normas internacionales relativas a la conducta de los fiscales;

- pidiendo al gobernador que haga cuanto esté en su mano y ejerza su influencia para impedir esta ejecución, en aras de la justicia, la igualdad y la decencia y por el bien de la reputación de Oklahoma y de Estados Unidos.


LLAMAMIENTOS A:


Gobernador de Oklahoma

Frank Keating

Governor of Oklahoma

Room 212, State Capitol Building

Oklahoma City, OK 73105, EE. UU.

Fax: +1 405-521-3353

Correo-E.: governor@gov.state.ok.us

Tratamiento: Dear Governor / Señor Gobernador


y a los representantes diplomáticos de Estados Unidos acreditados en su país.


ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE.

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