Document - Uruguay: The case of Simón Riquelo: A 25-year-struggle for truth and justice
URUGUAY
El caso de Simón Riquelo:
25 años de lucha para conocer la verdad y que se haga justicia
Desde 1985, año en que se restableció la democracia en Uruguay, Amnistía Internacional ha instado a los cuatro gobiernos democráticos que han dirigido el país desde entonces a que aclarasen lo sucedido a los uruguayos «desaparecidos» entre 1973 y 1985, a que hicieran comparecer ante la justicia a los responsables y a que proporcionaran una reparación adecuada a los familiares de las víctimas, a fin de asegurar que tales abusos no volverán a cometerse.
Cerca de 34 personas «desaparecieron» en Uruguay durante los sucesivos gobiernos militares que dirigieron el país de 1973 a 1985, y al menos otros 100 uruguayos «desaparecieron» en Argentina en la misma época. Entre estos se encontraban 12 niños, cuatro de los cuales nacieron estando sus madres bajo custodia militar. Miles de personas fueron víctimas de tortura y malos tratos durante ese mismo periodo..
Cuando el Dr. Jorge Batlle Ibáñez asumió la presidencia de Uruguay a comienzos de marzo del 2000, se comprometió a esclarecer la suerte y el paradero de los «desaparecidos» en el país durante los 12 años de régimen militar. Poco tiempo después, el escritor argentino Juan Gelman logró reunirse con su nieta. El hijo de Juan Gelman, Marcelo Gelman, de nacionalidad argentina, y su esposa embarazada, María Claudia García Irureta Goyena, de nacionalidad uruguaya, «desaparecieron» en Argentina en agosto de 1976. En 1989 se halló el cadáver de Marcelo Gelman. En 1999 se supo que María Claudia García había dado a luz a su bebé en el Hospital Militar de Montevideo, capital de Uruguay. Durante todo el año 1999 Juan Gelman pidió a las autoridades uruguayas que investigasen esta información. Finalmente, en marzo del 2000, Juan Gelman logró reunirse con su nieta.
Sin embargo, éste no ha sido el caso de Sara Rita Méndez Lampodio, cuyo bebé de 20 días de edad le fue arrebatado de los brazos en 1976.
El caso de Simón Antonio Riquelo: 25 años de lucha para conocer la verdad y que se haga justicia
Simón Antonio Riquelo nació en Buenos Aires, capital de Argentina, en junio de 1976. Sus progenitores, Sara Rita Méndez y Mauricio Gatti, eran ciudadanos uruguayos que habían abandonado su país en 1973 para buscar refugio en Argentina después de que miembros de las fuerzas armadas entraron en su casa y en las de algunos de sus familiares en Montevideo con la intención de detener a la pareja.
Una vez en Argentina, Sara Rita Méndez usó el apellido falso de Riquelo para ocultar su verdadera identidad ya que, al igual que su pareja, temía por su seguridad. En ese año, 1973, ya se habían dado algunos casos de secuestro y «desaparición» de ciudadanos uruguayos refugiados en Argentina a manos de grupos parapoliciales uruguayos, como fue el caso del tío de Mauricio Gatti. Además, había llegado a oídos de Sara Rita Méndez que algunos miembros del ejército uruguayo habían estado preguntando por ella en el hospital donde la asistían durante su embarazo.
Cuando no había transcurrido siquiera un mes del nacimiento de Simón Riquelo, miembros del ejército vestidos de civil irrumpieron de forma violenta en el domicilio de la pareja cuando Mauricio Gatti no estaba y detuvieron a Sara Rita Méndez. Posteriormente la interrogaron y le infligieron malos tratos. Antes de trasladarla a un centro de detención secreto en Argentina conocido como Automotores Orletti, donde la torturaron durante 10 días, los militares le quitaron a su hijo Simón Riquelo. Nunca ha vuelto a verlo.
Tras pasar 10 días en el centro de detención secreto en Argentina, Sara Rita Méndez fue trasladada ilegalmente en avión militar a Uruguay. Allí la recluyeron en distintos centros de detención secretos del ejército donde también la torturaron para obligarla a revelar información sobre otros ciudadanos uruguayos que habían solicitado asilo en Argentina. Durante el tiempo que pasó detenida, Sara Rita Méndez preguntó en varias ocasiones a los guardias militares por el paradero de su hijo pero no recibió respuesta.
Cuatro meses después, Sara Rita Méndez fue trasladada en secreto a Montevideo, donde, según ha declarado, los militares habían preparado un plan para legalizar la situación de los detenidos que consistía en fingir que los detenían por primera vez en distintos sitios de la capital. Según el testimonio de Sara Rita Méndez, los militares aducían que los detenidos eran refugiados uruguayos en Argentina que habían regresado al país para organizar «actividades subversivas». Sara Rita Méndez fue condenada por un tribunal militar por cargos de asociación subversiva e ingresó en una prisión de mujeres de Montevideo, el Penal de Punta de Rieles, donde se le permitió recibir visitas de sus familiares. Allí supo que su hijo, Simón Riquelo, seguía en paradero desconocido. En prisión, dos miembros del ejército, uno de ellos un oficial que había participado en la operación que había conducido a su detención, le comunicaron que buscarían personalmente a Simón Riquelo. Pero hasta la fecha, los dos oficiales del ejército se han negado, según los informes, a revelar información sobre el secuestro de Sara Rita Méndez en Argentina y sobre el paradero de su hijo.
En marzo de 1981, Sara Rita Méndez fue puesta en libertad y comenzó a buscar a su hijo junto a Mauricio Gatti, que había abandonado Argentina y se había refugiado en Europa tras la detención de ésta. Les ayudó en la búsqueda de su hijo la organización de derechos humanos Abuelas de Plaza de Mayo en Argentina.
En 1987, Sara Rita Méndez obtuvo información sobre la adopción de un niño por una familia de Montevideo emparentada con uno de los militares que había intervenido en su detención. No obstante, los padres del niño se negaron a que se le practicaran las pruebas del ADN. Años más tarde, el propio joven se negó a su realización. La pareja de Sara Rita Méndez, Mauricio Gatti, murió en 1989 y ella siguió su penosa lucha ante los tribunales para tratar de obtener la realización de un análisis de sangre que determinase la identidad del menor de Montevideo a quien consideraba su hijo. Finalmente, en el 2000, tras la intervención personal del presidente Jorge Batlle, el joven accedió a que se le realizase un análisis de sangre, pero la prueba del ADN puso de manifiesto que el joven no era Simón Riquelo.
Actualmente, Sara Rita Méndez y varias organizaciones de derechos humanos en Uruguay están haciendo un llamamiento al presidente Jorge Batlle para que use sus prerrogativas como comandante en jefe de las fuerzas armadas de Uruguay para hacer cuanto esté en su poder para que los militares que intervinieron en el secuestro de uruguayos en Argentina, como fue el caso de Sara Rita Méndez, y en el secuestro y «desaparición» de recién nacidos, como Simón Riquelo, revelen toda la información de que dispongan sobre éste y todos los casos de personas «desaparecidas» que aún no hayan sido aclarados.
En junio del 2001, un juez argentino, Rodolfo Canicoba Corral, ordenó la prisión preventiva de tres oficiales del ejército uruguayo, José Nino Gavazzo, Manuel Cordero y Jorge Silva, y de un oficial de la policía uruguaya, Hugo Campos Hermida, por su presunta participación en la «desaparición» de más de 20 ciudadanos uruguayos en Argentina, entre los que se encontraba Simón Riquelo, que «desapareció» en la década de los setenta. En su exhorto, el juez Canicoba cita las declaraciones prestadas por Sara Rita Méndez ante la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP) (véase el legajo 7143(1)). En estas declaraciones, Sara Rita Méndez identificaba a José Nino Gavazzo y Manuel Cordero como los oficiales del ejército que habían dirigido su detención.
Amnistía Internacional hace un llamamiento a las autoridades uruguayas para que cooperen plenamente en el cumplimiento de la decisión del juez argentino. La organización considera que se está brindando una oportunidad a Uruguay para que cumpla las obligaciones internacionales que ha contraído y para que ponga fin al clima de impunidad que ha imperado durante más de dos décadas.(2)
La Comisión para la Paz, ¿una verdadera oportunidad para conocer la verdad y que se haga justicia?
En agosto del 2000, el presidente de Uruguay, Jorge Batlle, que se había comprometido inicialmente a aclarar la suerte y el paradero de los «desaparecidos», fue más allá de lo prometido y creó una comisión especial, la Comisión para la Paz, a la que encomendó la labor de esclarecer la suerte de los uruguayos que «desaparecieron» entre 1973 y 1985. La Comisión está facultada para recibir documentos y declaraciones. Una vez que haya concluido su labor, deberá presentar un informe final al presidente que contenga sus conclusiones, recomendaciones sobre posibles medidas judiciales para ofrecer reparación a los familiares de los «desaparecidos» y un resumen de cada caso sobre el que haya trabajado. Aunque el mandato inicial de la Comisión era de 120 días, más tarde se prorrogó hasta septiembre del 2001.
Amnistía Internacional acoge con satisfacción la creación de la Comisión para la Paz. No obstante, la organización ve con preocupación el hecho de que la Comisión sólo esté facultada para recibir información y citar a testigos, pero no para obligar a declarar ante ella a los testigos y a los presuntos participantes en estos delitos, como los miembros de las fuerzas armadas que podrían proporcionar información sobre la suerte y el paradero de los «desaparecidos». Según informes recibidos por la organización, la información que se ha suministrado a la Comisión hasta el momento ha sido recabada principalmente por organizaciones de derechos humanos y familiares de las víctimas. Amnistía Internacional teme que muchos casos queden sin aclarar si el Estado uruguayo y los militares no aportan nueva información sobre lo sucedido a los «desaparecidos» tras ser detenidos por las fuerzas armadas.
Según los informes, en mayo del 2001, miembros de la Comisión para la Paz revelaron que habían extraído algunas conclusiones sobre las circunstancias en las que había muerto un porcentaje reducido de los detenidos «desaparecidos». No obstante, la Comisión no ha logrado averiguar el paradero de las víctimas por falta de información y ahora pide al presidente que le permita concluir la investigación de estos casos.
En este contexto, Amnistía Internacional insta al presidente Jorge Batlle a que haga cuanto esté en su mano para hacer pública toda la información a la que tenga acceso el Estado uruguayo en relación con estos casos. Asimismo, la organización insta al presidente a que, como comandante en jefe de las fuerzas armadas, exhorte a todos los miembros del ejército que puedan tener información sobre estos casos que la faciliten a la Comisión para la Paz.
Transcurridos más de 25 años de la «desaparición» de su hijo cuando sólo tenía 20 días, y tras numerosos procesos infructuosos, Sara Rita Méndez aún no ha logrado averiguar el paradero de su hijo. La información de que disponen los oficiales del ejército que intervinieron en el secuestro del bebé y en su posterior «desaparición» es esencial para averiguar la suerte y el paradero de Simón Riquelo y para poner fin a 25 años de lucha para conocer la verdad y para que se haga justicia.
Por otra parte, la organización ve con preocupación que aunque el presidente Jorge Batlle ha demostrado la voluntad política de aclarar la suerte de los «desaparecidos», en Uruguay existe una ley de amnistía que impide que se haga comparecer ante la justicia a los responsables de estos delitos. En 1986 el Parlamento uruguayo aprobó la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, Ley 15.848, por la que se exime de responsabilidad penal a todos los funcionarios policiales y militares que cometieron violaciones de los derechos humanos hasta el 1 de marzo de 1985 por motivos políticos o en cumplimiento de órdenes. En abril de 1989 se mantuvo la Ley de Caducidad tras la celebración de un referéndum nacional. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que esta ley viola la Convención Americana sobre Derechos Humanos.(3) Por otra parte, el Comité de Derechos Humanos de la ONU concluyó en 1998 que la Ley de Caducidad «viola el artículo 16 del Pacto por lo que se refiere a las personas desaparecidas y el artículo 7 en relación con los familiares de esas personas».(4)
Amnistía Internacional considera que la Ley de Caducidad conculca el derecho de los familiares de los «desaparecidos» a conocer la verdad sobre lo sucedido a sus seres queridos y que permite que persista la impunidad, lo que constituye una violación flagrante de la obligación internacional que tiene el Estado uruguayo de investigar los hechos y llevar ante la justicia a los responsables de estos delitos.
Amnistía Internacional considera que los familiares de los «desaparecidos» tienen derecho a conocer la suerte y el paradero de sus seres queridos, y que la sociedad uruguaya en general también tiene derecho a conocer su historia. Los familiares de las víctimas ya han tenido que soportar casi tres décadas de sufrimiento y, conforme a lo establecido en el artículo 1, apartado 2, de la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas:
Todo acto de desaparición forzada sustrae a la víctima de la protección de la ley y le causa graves sufrimientos, lo mismo que a su familia. Constituye una violación de las normas del derecho internacional que garantizan a todo ser humano, entre otras cosas, [...] el derecho a no ser sometido a torturas ni a otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Comparten este parecer la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Humanos de la ONU.
Es más, hoy en día se considera un principio generalmente aceptado que la «desaparición» forzada constituye un delito continuado o permanente mientras no se establezca el paradero o destino de la víctima, tal y como dispone la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, que Uruguay ratificó en 1995 y que se encuentra en vigor desde 1996. El mismo principio fue consagrado por la ONU en 1992 en el artículo 17.1 de la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.(5)
Amnistía Internacional considera que, tras 25 años de lucha continua para conocer la verdad y conseguir que se haga justicia, Sara Rita Méndez y los demás familiares cuyos seres queridos «desaparecieron» durante los gobiernos militares uruguayos merecen conocer la verdad y que así se ponga fin a años de incertidumbre y sufrimiento. Es más, en opinión de la organización, los otros niños que fueron separados de sus padres durante aquella época y que siguen en paradero desconocido, como es el caso de Simón Riquelo, también tienen derecho a conocer su verdadera identidad. Por otra parte, también la sociedad uruguaya en conjunto tiene derecho a conocer su historia.
En 1989 la ONU adoptó la Convención sobre los Derechos del Niño, cuyo artículo 8 reconoce el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares. Por otra parte, este mismo artículo establece en su apartado 2 que: «Cuando un niño sea privado ilegalmente de algunos de los elementos de su identidad o de todos ellos, los Estados Partes deberán prestar la asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer rápidamente su identidad». Uruguay firmó y ratificó la Convención en 1990.
Amnistía Internacional espera que la cuestión de los «desaparecidos» en Uruguay durante el régimen militar se resuelva de una vez por todas dándose a conocer la verdad sobre estos delitos y haciéndose justicia con las víctimas y sus familiares. La organización considera que si las autoridades uruguayas desean que se lleve a cabo un proceso justo y duradero de reconciliación social en Uruguay que cierre de una vez por todas las heridas que han permanecido abiertas durante casi tres décadas, es importante que se permita a la sociedad uruguaya conocer toda la verdad de lo sucedido durante los años de gobierno militar y que las víctimas y sus familiares vean satisfecho su derecho a obtener justicia y una reparación adecuada. La organización cree que, de este modo, el actual gobierno uruguayo colocará al país en la vanguardia de la protección de los derechos humanos.
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(1) La Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP) fue creada en 1983 por el nuevo gobierno civil del presidente Raúl Alfonsín para aclarar «los trágicos acontecimientos en los que desaparecieron miles de personas». La CONADEP presentó su informe titulado «Nunca Más» en noviembre de 1984.
(2) Véase el documento Índice AI: AMR 52/004/2001/s en el Servicio de Noticias núm. 129 de Amnistía Internacional, de 25 de julio del 2001.
(3) En 1992, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos concluyó que la Ley de Caducidad era incompatible con las disposiciones de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En su informe, la Comisión recomendó al gobierno de Uruguay: «la adopción de las medidas necesarias para esclarecer los hechos e individualizar a los responsables de las violaciones de derechos humanos ocurridas durante el periodo de facto».
(4) Documento de la ONU CCPR/C/79/Add.90, Observaciones Finales del Comité de Derechos Humanos: Uruguay, 4 de agosto de 1998.
(5) El artículo 17.1 dispone: «Todo acto de desaparición forzada será considerado delito permanente mientras sus autores continúen ocultando la suerte y el paradero de la persona desaparecida y mientras no se hayan esclarecido los hechos».
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