Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - CARTA ABIERTA AL SR. PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY DR. TABARÉ VÁZQUEZ ROSAS












AI Index: AMR 52/002/2005

Ref.: AMR 52/01/2005



Londres, 29 de marzo de 2005



CARTA ABIERTA AL SR. PRESIDENTE

DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

DR. TABARÉ VÁZQUEZ ROSAS



Sr. Presidente:


Amnistía Internacional se dirige al Sr. Presidente de la Republica Dr. Tabaré Vázquez y a los integrantes de su gobierno para presentar el trabajo de la organización y sus preocupaciones en materia de derechos humanos en la República Oriental del Uruguay. Amnistía Internacional hace un llamamiento para que la nueva administración formule las políticas e inicie las reformas destinadas a la efectiva promoción y protección de dichos derechos. La voluntad política de su gobierno será crucial en la reformulación a nivel nacional de políticas y normas para proteger y promover los derechos humanos.


Como es de su conocimiento, Amnistía Internacional es un movimiento internacional de derechos humanos con más de un millón y medio de miembros en más de 100 países del mundo, que se esfuerza porque todos los derechos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos sean observados y respetados. Amnistía Internacional es una organización independiente de todo gobierno, ideología política, interés económico o credo religioso. Su único interés es la protección imparcial de los derechos humanos tanto políticos y civiles como económicos, sociales y culturales. Amnistía Internacional se opone a los abusos que cometen los grupos de oposición armada, como la reclusión de presos de conciencia, la toma de rehenes, la tortura y los homicidios ilegítimos.


La organización basa su labor en normas internacionales de derechos humanos proclamadas por la comunidad internacional a través de las Naciones Unidas y otros órganos intergubernamentales, normas que los Estados se han comprometido a respetar. Nos dirigimos a los gobiernos debido a la obligación específica que estos han contraído de asegurar que los agentes del Estado actúen dentro del marco de la ley y respeten los derechos humanos fundamentales.


En este contexto la organización se permite resaltar los siguientes aspectos relacionados directamente con la promoción y protección de los derechos humanos en la República Oriental del Uruguay:




Corte Penal Internacional

Amnistía Internacional ha reconocido la importancia de la firma y ratificación por la República Oriental del Uruguay del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. También ha valorado el proyecto de ley que, tendiente a implementar internamente las disposiciones de ese Tratado, fuera aprobado por el Senado uruguayo tiempo atrás. Sin embargo, como nuestra organización manifestara oportunamente, esa iniciativa de ley contiene varias disposiciones que no se hallan en consonancia con el derecho internacional y que deben ser enmendadas.


Una de las obligaciones asumidas por el Uruguay al suscribir el Tratado, tal vez la más importante, consiste en hacer reprimibles por su legislación interna los crímenes que el Estatuto enumera, esto es, el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra. Asimismo su país es un Estado Parte de numerosas convenciones que prohíben ciertos comportamientos -calificados de crímenes de derecho internacional- que le imponen el deber de castigar internamente tales conductas y, sin embargo, Uruguay ha omitido hasta el presente criminalizar tales actos en la normativa local. La Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, los Convenios de Ginebra de 12 de Agosto de 1949 y sus Protocolos Adicionales, la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, entre otras, ilustran a este respecto: tienen en Uruguay un mero valor simbólico, pero nadie puede comparecer ante un tribunal de justicia bajo una acusación de genocidio, tortura, crímenes de guerra o desaparición forzada de personas.


Amnistía Internacional pide al Sr. Presidente que arbitre los medios necesarios para que todos y cada uno de los crímenes de derecho internacional que el Uruguay se ha comprometido a reprimir internamente queden consagrados en la legislación interna, de conformidad con las exigencias de dichos Tratados y la costumbre internacional.

En este contexto de legislación internacional, ha preocupado a la organización la falta de colaboración por parte de las autoridades uruguayas en las investigaciones judiciales que se adelantan en otros países para esclarecer la suerte de los desaparecidos, incluyendo las victimas de desapariciones forzadas en el marco del Plan Cóndor, y llevar a la justicia a los perpetradores. Amnistía Internacional hace un llamamiento a la presente administración para que durante este periodo presidencial se faciliten dichas actuaciones judiciales dirigidas a juzgar actos inhumanos que han sido largamente reconocidos como crímenes contra la humanidad.



Desapariciones Forzadas

Sr. Presidente, Amnistía Internacional valora y acoge con beneplácito sus declaraciones en su discurso inaugural respecto a su “compromiso de promover una política activa en materia de derechos humanos”, su reconocimiento de que “subsisten en material de derechos humanos zonas oscuras” a pesar de 20 años de institucionalidad democrática y su compromiso de potenciar los derechos políticos, civiles y sociales de las uruguayas y los uruguayos.


Sus afirmaciones sobre la importancia de conocer el destino de las víctimas de desapariciones forzadas de los gobiernos militares y los recientes anuncios sobre la iniciación de investigaciones en establecimientos militares ofrecen la posibilidad de otorgar el derecho de cada uno de los familiares de conocer el paradero de sus seres queridos.


Durante los períodos democráticos que el Uruguay ha gozado desde 1985, y desde que entró en vigor la Ley de Caducidad (Ley 15846), en diciembre de 1986, los familiares de las víctimas y organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales han reclamado a las autoridades esclarecer estos graves hechos. La Ley de Caducidad ha impedido satisfacer este derecho a la verdad y ha permitido que la impunidad persista ignorando la obligación internacional que tiene el Estado de investigar los hechos y llevar ante la justicia a los responsables.


En este contexto Amnistía Internacional se permite recordar al Sr. Presidente que en 1992 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos concluyó que la Ley de Caducidad viola distintos artículos de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En su informe la Comisión recomendó al gobierno de Uruguay “...la adopción de las medidas necesarias para esclarecer los hechos e individualizar a los responsables de las violaciones de derechos humanos ocurridas durante el período de facto”.


Igualmente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Comité de Derechos Humanos de la ONU, y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han manifestado que las “desapariciones”, per se, violan el derecho de los familiares de los “desaparecidos” a no ser sometidos a torturas ni a otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.


Amnistía Internacional considera que es imprescindible la inclusión del delito de desaparición forzada dentro de las infracciones penales que deben ser juzgadas por los tribunales uruguayos. La desaparición forzada es un crimen de derecho internacional, que debe ser reprimido bajo el principio de jurisdicción universal, independientemente de las nacionalidades de las víctimas y de la de los supuestos responsables, al igual que del territorio donde se hayan cometido. Al incorporar la desaparición forzada como crimen en el Código Penal, su gobierno enviará un claro mensaje a las fuerzas de seguridad y a la sociedad uruguaya en su conjunto que este tipo de crímenes no serán tolerados.


Sr. Presidente, Amnistía Internacional da la bienvenida a las medidas que ha anunciado tomara sobre este tema y espera que este impulso en su gobierno continúe por el camino de la verdad y la justicia.



Tortura, malos tratos y condiciones carcelarias

Amnistía Internacional ha registrado con preocupación denuncias de tortura y malos tratos, incluyendo a menores en prisiones, en centros de detención y comisarías de policías. La organización ha hecho pública su opinión de que las máximas autoridades de cada país deben demostrar su total oposición a la tortura y los malos tratos. Amnistía Internacional considera que la erradicación de la práctica de la tortura y los malos tratos solo puede ser lograda por medio de una acción vigorosa y decidida por parte de las autoridades nacionales, departamentales y por parte del Poder Judicial. La preocupación de Amnistía Internacional sobre estas denuncias impulsa a la organización a reiterar su llamado para que a todos los niveles se reafirme el control sobre las fuerzas de seguridad, asegurándose de que esta seria violación de los derechos humanos no quede en la impunidad.


Es vital que todas las denuncias de tortura y malos tratos sean pronta, total e imparcialmente investigadas y que aquellos implicados sean suspendidos del servicio activo y llevados ante la justicia civil. En este sentido, las medidas correspondientes deben ser tomadas para que la prohibición sobre la tortura quede claramente estipulada en la legislación nacional cumpliendo así con los requisitos del Artículo 1º. de la Convención contra laTortura, de la cual el Estado uruguayo es parte.


Igualmente, han sido motivo de preocupación los informes sobre las malas condiciones de reclusión incluyendo el hacinamiento y la falta de suministro adecuado de elementos esenciales como la comida y el agua. La organización ha dirigido esta preocupación a las autoridades uruguayas en varias ocasiones, haciendo un llamamiento para que las condiciones carcelarias cumplan las normas internacionales, entre ellas, las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos.


Normas internacionales

La organización espera que el programa de su administración, Sr. Presidente, refleje de una manera concreta y sin restricciones los compromisos contraídos por la Republica Oriental del Uruguay respecto a la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño, al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que protege el derecho a la integridad física y el derecho a un juicio justo, y al Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, de la Organización Internacional del Trabajo, que protege el derecho de los pueblos indígenas. El cumplimiento de estos convenios será una señal más de la firme voluntad del gobierno hacia el respeto de los derechos humanos de todos.


La organización nota que la República Oriental del Uruguay es también Estado parte del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Este Pacto establece en su Artículo 2(1) que cada uno de los Estados partes se comprometen a adoptar medidas Atanto por separado como mediante la asistencia y la cooperación internacionales especialmente económicas y técnicas@ para lograr por todos los medios apropiados, Ainclusive en particular la adopción de medidas legislativas@, la plena efectividad de los derechos reconocidos por el Pacto. Estos derechos incluyen, entre otros, el derecho al trabajo, a un nivel de vida adecuado, a la salud y a la educación.


En este contexto, la organización reconoce la importancia de la declaración de la Señora Vice Ministra de Relaciones Exteriores, Belela Herrera, el pasado 15 de marzo, estableciendo la posición de este nuevo gobierno sobre la cooperación internacional en el área de los derechos humanos y extendiendo “una invitación abierta” a todos los mecanismos temáticos de la Comisión de Derecho Humanos de las Naciones Unidas para visitar la República Oriental del Uruguay.


Amnistía Internacional espera que durante este periodo presidencial y en la elaboración de futuras políticas económicas, se tomen en cuenta estos derechos y se adelanten las medidas necesarias, como lo establece el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, para reconocer estos derechos reconociendo en esta forma la indivisibilidad de los derechos humanos.


Sr. Presidente, Amnistía Internacional confia que esta nueva administración guiará al país en los próximos cinco años abriendo totalmente las puertas para el respeto irrestricto de los derechos humanos en el futuro y apoyará la realización de la justicia sin reservas para todos los habitantes de la República Oriental del Uruguay.

Atentamente,





Irene Khan

Secretaria General





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