Document - Inde. Les peines de mort prononcées au titre de la Loi sur la prévention du terrorisme ne doivent pas être suivies d'exécution
AMNISTÍA INTERNACIONAL
DECLARACIÓN PÚBLICA
6 de agosto de 2009
Índice AI: ASA 20/017/2009
India: No a las condenas de muerte impuestas en aplicación de la
legislación antiterrorista
Las condenas de muerte impuestas a tres personas por su
participación en los dos atentados con coche bomba perpetrados en
Mumbai (Bombay) en 2003, en aplicación de una legislación
antiterrorista que no está ya en vigor equivale a continuar la
espiral de violencia, ha manifestado Amnistía Internacional hoy, 6
de agosto de 2009.
Al menos 54 personas murieron y 244 resultaron heridas en los
atentados de Mumbai del 25 de agosto de 2003. Amnistía
Internacional expresa su pesar por las víctimas de la violencia y
por sus familiares, que sufrieron una gran perdida. La organización
reconoce la necesitad de que toda persona que cometa un delito sea
llevada ante la justicia, pero señala que no hay datos claros que
demuestren que la pena de muerte sea efectiva para disuadir de
cometer delitos.
Mohammed Hanif Sabed; su esposa, Fahimda, y Ashrat Ansari han sido
condenados a muerte por un tribunal especial constituido para ver
causas abiertas en aplicación de la Ley de Prevención del
Terrorismo, de 2001, que se anuló en 2004, tras intensas campañas
de organizaciones de derechos humanos contra el uso indebido que se
hacía de ella de manera generalizadaza. La ley contenía varias
disposiciones draconianas, entre ellas su apartado 32, que violaban
las normas internacionales de derechos humanos, pues permitían, por
ejemplo, admitir como prueba en los tribunales las confesiones
hechas bajo coacción policial y atorgaban a los tribunales
atribuciones para celebrar los juicios en privado. Las personas
contra las que se presentaron cargos cuanto la Ley de Prevención
del Terrorismo estaba en vigor continúan siendo juzgadas de acuerdo
con ella a pesar de estar ya abolida.
Amnistía Internacional condenó enérgicamente los atentados con
coche bomba cuando se perpetraron; sin embargo, pone de relieve la
necesidad de que todos los procedimientos judiciales respeten las
normas internacionalmente reconocidas sobre juicios justos para
garantizar que los responsables de los atentados son juzgados sin
que se recurra a la pena de muerte. Véase el documento de Amnistía
Internacional, India: Los ataques contra civiles son
inaceptables (Índice AI: ASA 20/022/2003), de 26 de agosto de
2003.
Esta es la segunda vez que un tribunal especial impone la pena de
muerte a personas acusadas en aplicación de la Ley de Prevención
del Terrorismo. Mohammad Afzal Guru fue la primera persona
condenada a muerte de acuerdo con esta ley, en una causa relativa a
un ataque armado al Parlamento indio llevado a cabo en diciembre de
2001. En 2006, el Tribunal Supremo confirmó su condena de muerte,
pero su solicitud de un indulto al presidente de India está todavía
pendiente.
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