Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - India: Act with restraint during elections in Jammu & Kashmir

AMNISTÍA INTERNACIONAL

DECLARACIÓN PÚBLICA


ASA 20/028/2008

12 de noviembre de 2008


India: Llamamiento a la contención durante las elecciones de Jammu y Cachemira


Con motivo de las elecciones que se celebrarán en el estado de Jammu y Cachemira entre el 17 de noviembre y el 24 de diciembre, Amnistía Internacional ha pedido a las fuerzas de seguridad de la India que actúen con contención y eviten el uso excesivo de la fuerza, dada la reciente inestabilidad que afecta a ese estado.


Al menos 40 personas perdieron la vida en este estado entre junio y agosto de este año, cuando las fuerzas de seguridad centrales y la policía estatal emplearon la fuerza contra quienes protestaban desobedeciendo las restricciones del toque de queda, en un periodo en el que tanto la región de Jammu como la de Cachemira fueron escenario de diversas manifestaciones y contramanifestaciones. Las protestas en ambas regiones hacen más fundamental aún las funciones policiales y la tarea de garantizar la seguridad de los civiles que desean ejercer su derecho al voto.


Amnistía Internacional desconoce las conclusiones a las que haya podido llegar alguna investigación sobre el incidente ocurrido el 11 de agosto en Baramulla, cuando Sheikh Abdul Azeez, dirigente de la Conferencia de Todos los Partidos por la Libertad (APHC) y por lo menos otras cuatro personas murieron por disparos durante una procesión. Las fuerzas de seguridad emplearon la fuerza de forma injustificada en Baramulla y en algunos lugares más durante los disturbios. Además, están por investigar exhaustivamente dos hechos denunciados por Amnistía Internacional este año: el descubrimiento de fosas comunes clandestinas realizado por la Asociación de Padres de Personas Desaparecidas en Jammu y Cachemira (APDP), en marzo, y el posterior ataque, presuntamente cometido por miembros de la Fuerzas de la Policía de la Reserva Central contra el defensor de derechos humanos Pervez Imroz, de la APDP, en junio.


Varias leyes de seguridad en vigor en el estado —la Ley de Zonas en Conflicto de Jammu y Cachemira, la Ley de Facultades Especiales de las Fuerzas Armadas de 1958 y la Ley de Seguridad Pública de Jammu y Cachemira de 1978— facilitan la impunidad al conferir facultades discrecionales a las fuerzas armadas y permitir de hecho que violen los derechos humanos. La Comisión Estatal de Derechos Humanos cuenta con un mandato limitado que le impide investigar con independencia las denuncias de este tipo de violaciones; además, las autoridades estatales suelen hacer caso omiso de las recomendaciones de la Comisión.


En las últimas elecciones celebradas en el estado, la violencia y los ataques, presuntamente obra de grupos armados que hicieron llamamientos para boicotear los comicios, se saldaron con decenas de fallecidos. No se deben emplear la violencia ni la amenaza de la violencia para intimidar o coaccionar a los votantes, funcionarios electorales y candidatos.


En virtud de los tratados internacionales de los que es Estado parte, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la India tiene la obligación de respetar y proteger en todo momento el derecho a la vida. Las autoridades del estado han de garantizar que las fuerzas de seguridad cumplen las normas internacionales de derechos humanos sobre orden público, y en concreto las relativas al uso de la fuerza, como el Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, ambos de la ONU. En aplicación de estas normas, las fuerzas de seguridad sólo pueden emplear la fuerza cuando sea estrictamente necesaria y únicamente en la medida requerida para el cumplimiento de su obligación. En concreto, las fuerzas de seguridad no deben usar armas de fuego contra personas salvo en defensa propia o para defender a terceros de un peligro inminente de muerte o lesión grave, para impedir un delito particularmente grave que represente un serio peligro para la vida o para detener o impedir la fuga de una persona que represente tal peligro y se resista a su autoridad, y únicamente cuando otras medidas menos extremas no sean suficientes para alcanzar estos objetivos. Las fuerzas de seguridad deben estar totalmente informadas de las obligaciones que tienen contraídas en virtud de estas normas y recibir formación exhaustiva para su aplicación.


Amnistía Internacional insta a las autoridades de la India a que:


  • aborden la cultura de impunidad que prevalece en Jammu y Cachemira, incluso durante los recientes disturbios, mediante una investigación inmediata, independiente e imparcial a cargo de una autoridad competente sobre cualquier lesión o fallecimiento causado por el uso de la fuerza o de armas de fuego, o por el uso arbitrario o abusivo de la fuerza y de armas de fuego a manos de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley;

  • revoquen incondicionalmente la Ley de Facultades Especiales de las Fuerzas Armadas de 1958 y otras leyes de seguridad estatales que sean contrarias a las obligaciones internacionales de derechos humanos contraídas por el país y que siguen representando una amenaza grave para estos derechos. (1)


Amnistía Internacional insta a todas las organizaciones, incluidos los partidos políticos y grupos armados, del estado de Jammu y Cachemira a que


  • no cometan ni permitan que se cometan actos de violencia contra adversarios políticos, y a que no hagan declaraciones ni emprendan acciones que constituyan incitación a esta violencia.


Amnistía Internacional pide a los grupos armados que


  • respeten las normas mínimas de humanidad previstas en el derecho internacional y que se reflejan en el artículo 3 común de los Convenios de Ginebra, que establecen las normas que se han de cumplir en los conflictos armados en relación con las personas que no toman parte activa en las hostilidades, incluida la prohibición de “atentados contra la vida y la integridad corporal, especialmente el homicidio en todas sus formas”.


Información complementaria


Las organizaciones separatistas del valle de Cachemira, como la Conferencia de Todos los Partidos por la Libertad y el Frente de Liberación de Jammu y Cachemira, piden el boicot de las elecciones. Desde septiembre, seis dirigentes de ambas organizaciones han sido detenidos y acusados formalmente en aplicación de la Ley de Seguridad Pública del estado.


Las manifestaciones de protesta comenzaron este año, después de que las autoridades del estado anunciaran una propuesta de transferir tierras forestales a la Junta Directiva del Templo de Amarnath el 26 de mayo, con el fin de dar cabida a la peregrinación hindú anual al templo. Después de diez días de protestas en el valle de Cachemira, donde predominan los musulmanes, el 1 de julio, las autoridades revocaron esta orden, lo que desencadenó contramanifestaciones de organizaciones nacionalistas hindúes como Bajrang Dal y Viswa Hindu Parishad en la región de Jammu y la obstrucción del tráfico en la autopista nacional Jammu-Pathankot, la vía principal que se dirige a Cachemira. Tras estos incidentes, se produjeron en el valle de Cachemira protestas en las que perdieron la vida alrededor de 25 personas por disparos de la policía. Al menos en un caso, ocurrido entre julio y agosto, las autoridades del estado dictaron a las fuerzas de seguridad órdenes de “disparar en el acto” después de que dos personas murieran como consecuencia de los disparos efectuados por la policía en los enfrentamientos religiosos ocurridos en la ciudad de Kishtwar, en el distrito de Doda de la región de Jammu.


Un año después de las últimas elecciones, celebradas en octubre de 2002, Amnistía Internacional, refiriéndose a las promesas contenidas en el Programa Común Mínimo

del gobierno de coalición del Partido del Congreso y el Partido Democrático Popular, había instado a las autoridades del estado a que pusieran fin a la cultura de la impunidad ordenando investigaciones independientes sobre violaciones de derechos humanos como detenciones ilegales, torturas, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y agresiones sexuales. (2)



(1) Amnistía Internacional, India: Amnistía Internacional vuelve a solicitar la revocación incondicional de la Ley de Facultades Especiales de las Fuerzas Armadas de 1958, Índice AI: ASA 20/034/2006, 18 de diciembre de 2006; Amnistía Internacional, India: Briefing on the Armed Forces Special Powers Act, 1958, Índice AI: ASA 20/0135/2005.


(2) Amnistía Internacional, India: Open Letter to the Chief Minister of Jammu and Kashmir on the failed promises of the Common Minimum Program, Índice AI: ASA 20/033/2003, 2 de diciembre de 2003.


FIN/


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