Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - Cambodge. Les aveux obtenus sous la torture ne devraient pas être utilisés comme source légitime d'information par les tribunaux cambodgiens

AMNISTÍA INTERNACIONAL                REDRESS TRUST

COMISIÓN INTERNACIONAL DE JURISTAS



Índice AI: ASA 23/019/2009

12 de octubre de 2009


 DECLARACIÓN PÚBLICA CONJUNTA


EL TRIBUNAL DE CAMBOYA NO DEBE UTILIZAR COMO FUENTE LEGÍTIMA DE INFORMACIÓN “CONFESIONES” OBTENIDAS MEDIANTE TORTURA



Lo que los detenidos dicen o “confiesan” mediante tortura no debe jamás ser admisible en unos procedimientos judiciales. Así lo han manifestado Amnistía Internacional, la Comisión Internacional de Juristas y Redress Trust, tras presentar un informe a la Sala Preliminar de las Salas Especiales de los Tribunales de Camboya.


El informe se presentó el 25 de septiembre de 2009, como parte de una solicitud de amicus curiae(amigo de la corte), en el caso de Ieng Thirith, donde había surgido una disputa respecto a la admisibilidad potencial de ciertas declaraciones. En él, las organizaciones explican que la prohibición del uso ante los tribunales del contenido de declaraciones obtenidas mediante tortura es absoluta. Esta prohibición refleja y al mismo tiempo respalda la prohibición absoluta de la tortura, y es fundamental para preservar la integridad del proceso judicial y del derecho a un juicio justo. Se ve además impelida por la repugnancia moral ante la perspectiva de utilizar la creación del torturador –la “confesión”– para buscar justicia.


La admisión como prueba del contenido de una “confesión” realizada mediante tortura, habida cuenta de que se extrajo a un detenido indefenso mediante el acto de infligir intencionadamente dolor y sufrimiento, empañaría irremediablemente todo procedimiento judicial.


El artículo 15 de la Convención contra la Tortura, vinculante para las Salas Especiales de los Tribunales de Camboya, excluye de todo proceso judicial todas las declaraciones obtenidas mediante tortura, salvo una única excepción: esas declaraciones pueden utilizarse contra los presuntos torturadores, pero sólo “como prueba de que se ha formulado la declaración”. En otras palabras, esas declaraciones pueden utilizarse como parte de la demostración de que el acto de tortura tuvo lugar, pero no de manera alguna que lleve a valorar la veracidad de su contenido, ni con ningún otro propósito. Esta limitación queda claramente establecida en la redacción del artículo, que utiliza la palabra “salvo” para evitar interpretaciones erróneas. Durante la redacción, se estudiaron propuestas para permitir un uso más amplio de las declaraciones obtenidas mediante tortura, pero se rechazaron.


El informe explica asimismo que, en virtud del derecho internacional, el uso de declaraciones obtenidas mediante tortura para demostrar que dichas declaraciones se realizaron no se limita a los procedimientos contra quien inflige físicamente la tortura, sino también contra sus superiores, tanto en rango como políticos, acusados de ser los responsables de esa tortura.


La prohibición del uso de “confesiones” no se aplica automáticamente a todos los materiales relacionados. Por ejemplo, no es preciso excluir otros documentos del mismo expediente, como formularios de registro. Sin embargo, la admisibilidad de esos materiales puede impugnarse, alegando que formaban parte de la declaración obtenida mediante tortura, que se obtuvieron mediante tortura independientemente de la declaración, o por otros motivos establecidos por el derecho internacional y camboyano.


Las organizaciones instan a las Salas Especiales de los Tribunales de Camboya a garantizar que sus procedimientos cumplen el derecho y las normas internacionales, ya que ello contribuiría a la credibilidad y la capacidad del Tribunal de dejar tras de sí un legado positivo y duradero. Si no lo hace, irá en contra del rechazo fundamental de la comunidad internacional a la tortura, y de la negativa a darle legitimidad alguna, y minará la integridad de las propias Salas Especiales de los Tribunales de Camboya.


Por desgracia, los procedimientos de la Sala Preliminar relativos a este informe se han declarado confidenciales.


El texto del informe, en inglés, está disponible aquí:  http://www.amnesty.org/en/library/info/ASA23/020/2009/en



FIN

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