Document - South Korea: Making the National Human Rights Commission autonomous and effective
Declaración pública
24 de abril de 2002
Índice AI: ASA 25/004/2002/s
Servicio de Noticias 73/02
Corea del Sur: La Comisión Nacional de Derechos Humanos debe ser autónoma y eficaz
La Comisión Nacional de Derechos Humanos quedó establecida el 25 de noviembre de 2001 con el nombramiento de once comisionados, conforme a la Ley Nacional de Derechos Humanos aprobada en mayo de 2001 por la Asamblea Nacional de la República de Corea (Corea del Sur). Amnistía Internacional ha acogido con satisfacción la aprobación de la Ley y la creación de la Comisión, pero siente preocupación ante las posibles limitaciones del poder de la Comisión para realizar investigaciones, la vaguedad de la redacción de las disposiciones de la Ley y las características del proceso de selección de los comisionados.
Amnistía Internacional ha hecho reiterados llamamientos para que el funcionamiento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos se ajuste plenamente a las normas internacionales de derechos humanos y para que esta institución sea completamente independiente del Ministerio de Justicia. En su informe titulado Amnesty International̓s comments on the National Human Rights Commission Act: Towards an Autonomous, Effective National Human Rights Commission (disponible sólo en inglés), la organización de derechos humanos insta al gobierno surcoreano a asegurar que se dotará a la Comisión de una cantidad adecuada de fondos y otros recursos para que pueda desempeñar su mandato sin limitaciones y en forma autónoma.
Amnistía Internacional recomienda enérgicamente que en la aplicación de la Ley Nacional de Derechos Humanos se asegure que la Comisión estará facultada para llevar a cabo su labor sin restricciones ni intervenciones externas y que actuará con credibilidad y eficacia. La organización exhorta al gobierno surcoreano a que garantice que:
- la Comisión estará facultada para investigar denuncias de abusos atribuidos a las fuerzas de seguridad;
- los miembros y el personal de la Comisión serán hombres y mujeres encargados de tomar decisiones sobre los asuntos que se sometan a su estudio sobre la base de los hechos y conforme a la ley, sin restricciones, influencias indebidas, incentivos, presiones, amenazas o interferencias de ninguna parte ni por motivo alguno;
- los comisionados y el personal de la Comisión serán eximidos de responsabilidad por difamación de carácter, a fin de que puedan plantear motivos de preocupación genuinos sin que por ello se los someta a juicio;
- los comisionados y el personal de la Comisión estarán autorizados a visitar todos los centros de detención libremente y siempre que lo deseen y tendrán acceso a todas las dependencias de dichos centros; sus entrevistas con las personas detenidas se llevarán a cabo en ausencia de testigos, en privado y de forma totalmente confidencial;
- el método de selección de los miembros de la Comisión será imparcial y transparente, y la Ley Nacional de Derechos Humanos se aplicará de manera de asegurar que el personal de la Comisión esté adecuadamente capacitado y posea buenos conocimientos y comprensión de las normas internacionales de derechos humanos.
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Documento público
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