Document - Spain: Effective impunity of police officers in cases of torture and other ill-treatment CASES
Amnistía Internacional
Información para los medios de comunicación
Índice AI: EUR 41/009/2007 (Público)
Servicio de Noticias: 205/07
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLEUR410092007
Fecha de embargo: 10:00 horas GMT del 14 de noviembre de 2007
España: Impunidad efectiva de agentes de policía en casos de tortura y otros malos tratos
CASOS
Amnistía Internacional lleva años expresando honda preocupación por actos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes (malos tratos) cometidos en España por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y por la falta de medidas para poner fin a la impunidad de los responsables. Similar preocupación han manifestado también otras organizaciones no gubernamentales internacionales y nacionales, así como diversos órganos de derechos humanos de la ONU y el Consejo de Europa.
Amnistía Internacional considera que la impunidad efectiva de que disfrutan en muchos casos los agentes de policía responsables tiene su origen en una serie de factores, que abarcan desde obstáculos a la presentación de denuncias hasta ausencia de medidas de las autoridades para imponer las debidas sanciones. Otros factores son: falta de investigaciones independientes o exhaustivas, informes médicos incompletos o inexactos, pruebas insuficientes, intimidaciones a los denunciantes, falta de imparcialidad en las investigaciones y demoras excesivas en los procedimientos.
Los casos expuestos a continuación ilustran estos factores y ponen de manifiesto la variedad de malos tratos infligidos, que en ocasiones han provocado lesiones graves a la víctima. En la mayoría de los casos, las personas acusadas de los malos tratos no han sido sometidas a sanciones disciplinarias. En muchos, las investigaciones criminales preliminares se archivaron en la primeras fases, por lo que no se llevó a juicio a los agentes. Los casos están basados en documentos oficiales a los que Amnistía Internacional ha tenido acceso y en testimonios ofrecidos por las víctimas a delegados de la organización.
OBSTÁCULOS A LA PRESENTACIÓN DE DENUNCIAS
Lucian Paduraufue detenido el 27 de julio de 2006 a la puerta de su casa, en Barcelona, por cinco agentes de la policía autonómica, que lo confundieron con otra persona. En una entrevista con Amnistía Internacional contó que lo habían golpeado en la misma calle al detenerlo y que también habían agredido físicamente a su esposa, que estaba embarazada y se encontraba con él en ese momento. Dijo que lo habían sometido de nuevo a agresiones físicas cuando lo llevaban en un vehículo de la policía a la comisaría, además de amenazarlo con un arma y de decirle: "Más te vale tragártelo todo. Si la jueza te suelta te matamos nosotros". Quedó en libertad al día siguiente, al percatarse la policía de que no era el hombre al que andaban buscando, y días después fue a denunciar los malos tratos al juzgado de instrucción. La persona que lo atendió le dijo que para hacerlo tenía que comunicar el nombre y el número de identificación de cada uno de los agentes implicados. No le aceptó la denuncia hasta que Lucian Padurau amenazó con informar a los medios de comunicación de lo ocurrido. En septiembre de 2007, tras una investigación judicial, el caso estaba pendiente de juicio
FALTA DE INVESTIGACIONES INDEPENDIENTES
Sandra Guzmán afirma que, el 25 de diciembre de 2006, en un parque de La Casilla, en Bilbao, vio a un agente de la policía autonómica hacer desnudar parcialmente a varios hombres de origen norteafricano, registrarlos, golpearlos y darles patadas. Los compañeros del agente (unos siete) no hicieron nada para impedirlo. Sandra Guzmán les dijo que detuvieran a los norteafricanos si habían cometido algún delito, pero que dejaran de tratarlos de modo tan violento.El 27 de diciembre denunció lo ocurrido en el Departamento de Interior del gobierno autonómico vasco, y días después interpuso una denuncia penal en el Juzgado de Instrucción número 1 de Bilbao. A mediados de enero de 2007, un agente de la unidad de asuntos internos de la policía se presentó en casa de sus ancianos padres, en Bilbao, preguntando por ella e intentó convencer a la madre de que la animara a retirar la denuncia. En su entrevista con Amnistía Internacional Sandra Guzmán estaba indignada por la falta de imparcialidad, pues iba a tener que responder a las preguntas de un agente del mismo cuerpo que los denunciados y que, además había sugerido que retirara la denuncia.
AUSENCIA DE INVESTIGACIONES
Jordi Vilaseca, joven de Torà, Cataluña, fue detenido el 1 de abril del 2003 por agentes de la policía autonómica cuando regresaba a casa del trabajo en su automóvil. En la comisaría lo obligaron a permanecer en un rincón de la celda, de pie contra la pared y sin apoyarse en ella, hasta que se desplomó, agotado, al cabo de 10 horas. Fue interrogado por un agente de la Policía Nacional que amenazó con estrangularlo con una trenza que llevaba y le dijo que la policía iba a detener y a violar a su novia. Según informes, al hacer su declaración ante la policía no se le permitió hablar con un abogado que se hallaba presente. Cuando llevaba tres días detenido perdió el conocimiento y fue hospitalizado. Cuando despertó no podía hablar, caminar ni controlar los esfínteres. Tras quedar en libertad, presentó una denuncia contra la policía por tortura. En mayo de 2005 se archivó el caso por falta de pruebas y por considerar la acusación que había contradicción entre las versiones que daban de los hechos el demandante y los acusados. El abogado de Jordi Vilaseca apeló contra esta decisión, aduciendo que era de esperar que en la fase de instrucción hubiera testimonios contradictorios. Se reabrió el caso, pero volvió a cerrarse sin una nueva justificación. Entonces se interpuso otra vez una apelación, pero fue rechazada. Jordi Vilaseca ha presentado ahora un recurso ante el Tribunal Constitucional, que estaba aún pendiente en octubre de 2007.
Sergio L.D. fue detenido por agentes de la Policía Nacional durante una manifestación celebrada en Barcelona el 16 de marzo de 2002. Fue golpeado con violencia en las piernas y en la cabeza dentro de la furgoneta de la policía, y utilizado, afirma, "como ariete" contra el costado un vehículo policial. En la comisaría sufrió nuevas agresiones, que le produjeron espasmos musculares y vómitos. Según informes, un médico aconsejó que lo llevaran al hospital para tratarle las heridas de la cabeza, pero los agentes continuaron interrogándolo, azotándole en las plantas de los pies con un látigo y amenazándolo con un cuchillo. Durante la noche perdió el conocimiento varias veces y al día siguiente fue llevado al hospital. Ha necesitado meses para curarse de sus lesiones físicas, y continúa recibiendo tratamiento psicológico. La denuncia contra los agentes de policía implicados se archivó en un primer momento sin realizar más investigaciones, pero Sergio interpuso un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona, qué ordenó al tribunal de primera instancia abrir una investigación por un posible delito de tortura. En octubre de 2007, casi cuatro años después de esta decisión, el caso está aún en la fase de instrucción .
PRUEBAS INSUFICIENTES
Daniel Díaz Gallego, Manuel Matilla Parrilla, Israel Sánchez Jiménez y Marcos Vparticiparon, el 1 de diciembre de 2001, en una manifestación organizada en el centro de Madrid para protestar contra una nueva ley relativa a la enseñanza superior. Hacia el final de la manifestación se produjeron diversos incidentes violentos, que derivaron en agresiones contra agentes de policía y en daños contra bienes públicos y propiedades privadas. Los cuatro fueron detenidos como sospechosos de haber participado en esos incidentes. Afirman que mientras estaban bajo custodia policial fueron sometidos a graves malos tratos por la policía. Al quedar en libertad presentaron sendas denuncias contra ésta por malos tratos. Daniel Díaz manifestó que, hacia el final de la manifestación, un agente de la Policía Nacional lo agarró, lo tiró de un empujón al suelo, donde se golpeó la cabeza con el borde de la acera, y lo esposó. Después lo metieron a empujones en un vehículo policial, donde un agente lo obligó a meter la cabeza entre sus piernas, causándole gran dolor e impidiéndole respirar. Al llegar a la comisaría de Leganitos, lo pusieron contra una pared y un agente le propinó una patada por detrás antes de cachearlo. No cesaron de golpearlo y abofetearlo, a la vez que le ordenaban que no mirara a los agentes. Más tarde lo trasladaron junto con otro detenido a un centro de salud para que pasara un examen médico, y también allí continuaron las palizas de la policía. El 14 de enero de 2002, Daniel Díaz presentó su denuncia por detención ilegal, tortura y malos tratos, amenazas, trato degradante y delito contra la integridad de las personas ante el Juzgado de Instrucción número 2 de Madrid, sustentada por informes médicos. El 24 de junio de 2003, el tribunal absolvió a los dos agentes de policía acusados por entender que no podía probarse que fueran los responsables de los malos tratos, pese a confirmar la evidencia de las lesiones físicas de Daniel Díaz. Marcos V, Manuel Matilla e Israel Sánchez también presentaron sendas denuncias alegando malos tratos muy parecidos a los descritos por Daniel Díaz, pero todas fueron desestimadas por falta de pruebas. El 27 de octubre de 2005, los tres, presuntas víctimas de tortura y otros malos tratos, fueron declarados culpables de atentado contra agente público.
INTIMIDACIÓN DE DENUNCIANTES
Daniel Guilló Cruz; su novia, Tamara Blanco Ovalles, y otra amiga fueron abordados por dos agentes de la Policía Nacional vestidos de civil el 12 de enero de 2007, justo después de medianoche, en la zona de Ciudad de los Poetas, de Madrid. Los agentes dijeron a Daniel Guilló que les entregara el cigarrillo de hachís que tenía en la mano y todas las drogas que llevara consigo. Uno de ellos comenzó a golpearlo mientras el otro lo empujaba contra un automóvil, agarrándolo por el cuello. Daniel Guilló y las dos mujeres creyeron que los hombres que lo agredían eran atracadores, pues no se habían identificado como agentes de policía. Las mujeres llamaron por sus teléfonos móviles a la policía para pedir ayuda. Llegaron entonces refuerzos de policías de uniforme, que secundaron a los agentes que golpeaban a Daniel Guilló. En ese momento las víctimas se dieron cuenta de que los dos hombres que las habían abordado al principio eran agentes de policía.
Daniel Guilló fue esposado e informado de que estaba detenido por atentado a un agente de la autoridad. Después uno de los agentes vestidos de civil volvió a pegarle varios puñetazos en la cara, como consecuencia de los cuales sufrió fractura nasal. Sus dos amigas fueron detenidas por atentado a un agente de la autoridad y amenazas. Al día siguiente se comunicó a Daniel Guilló que se habían presentado cargos contra él por intento de homicidio.
AUSENCIA DE IMPARCIALIDAD, PRONTITUD Y RIGUROSIDAD EN LAS INVESTIGACIONES
Juan Daniel Pintos Garrido, Alex Cisterna Amestica y Rodrigo Lanza Huidobrofueron detenidos el 4 de febrero de 2006 después de que un agente de la policía local resultara gravemente herido en circunstancias controvertidas en el exterior de un edificio de Barcelona donde se celebraba una fiesta. Los tres niegan toda implicación en el incidente y han afirmado también que fueron sometidos a graves malos tratos físicos en el momento de la detención y mientras estuvieron bajo custodia de la policía. En septiembre de 2007 continuaban en prisión provisional en espera de juicio por los cargos de atentado contra un agente público e intento de homicidio. Los tres presentaron denuncia contra la policía por malos tratos. Sus familias y abogados afirman que la juez de instrucción (que instruye tanto las diligencias de los cargos contra ellos como sus denuncias por malos tratos contra la policía) ha hecho comentarios que demuestran una actitud parcial en los procedimientos en favor de los agentes de policía implicados. Aunque los denunciantes presentaron las denuncias de malos tratos al mismo tiempo que se formularon los cargos en su contra en relación con las lesiones sufridas por el agente de policía, en el mismo juzgado de instrucción y bajo el control de la misma juez, la celeridad con que se han investigado uno y otro caso presenta grandes diferencias. La fase de instrucción del caso de intento de homicidio concluyó en junio de 2006, y en septiembre de 2007 el caso estaba en espera de juicio. En cambio, no se citó a nadie a declarar como testigo sobre las denuncias de malos tratos hasta enero de 2007. La juez de instrucción archivó las tres denuncias de malos tratos a finales de julio. Los denunciantes han recurrido. Sus familiares han informado asimismo a Amnistía Internacional de que ponen en duda la imparcialidad de la juez y temen que el juicio sea injusto.
Javier S fue detenido por dos policías nacionales en la Plaça de la Universitat (Barcelona) la noche del 3 de junio de 2005, cuando estaba sentado con un pequeño grupo de amigos que acababan de participar en una manifestación del orgullo gay. Los agentes lo agarraron, lo golpearon y lo esposaron antes de arrojarlo a un vehículo policial. No le dijeron por qué lo habían detenido. Junto con otras personas que también habían sido detenidas, lo llevaron a la comisaría de policía de Via Augusta. Al llegar allí, los detenidos –un total de nueve– fueron objeto de insultos, incluidos comentarios homófobos. Se les negó permiso para ir al lavabo, para beber algo y para ver a un médico..Inmediatamente después de quedar en libertad, el 7 de junio de 2005, Javier S y otras cuatro personas presentaron sendas denuncias formales de malos tratos en el Juzgado de Instrucción número 22. Las denuncias fueron desestimadas el 2 de septiembre por el juez, que llegó a la conclusión de que la policía había actuado con la fuerza mínima necesaria en el momento de la detención. El juez no hizo comentario alguno sobre las denuncias de malos tratos en el interior de la comisaría de policía. Javier S recurrió ante la Audiencia Provincial de Barcelona, que el 7 de diciembre ordenó al tribunal inferior que investigara las denuncias. El 8 de marzo de 2006, el juez de instrucción archivó de nuevo el caso por considerar que los testimonios prestados por los agentes de policía que habían comparecido ante el tribunal (y que según las afirmaciones de los denunciantes no eran los que estaban presentes en la comisaría de policía durante el incidente) no indicaban que hubiera ocurrido conducta indebida alguna. El único recurso que les queda a los denunciantes es apelar ante el Tribunal Constitucional alegando denegación del proceso debido, procedimiento que es largo y costoso.
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