Document - United Kingdom: Health concern: Mahmoud Abu Rideh (m)
PÚBLICO Índice AI: EUR 45/008/2008
19 de junio de 2008
AU 175/08 Preocupación por la salud
REINO UNIDO Mahmoud Abu Rideh, de 37 años, refugiado palestino

El refugiado palestino Mahmoud Abu Rideh, que se encuentra sometido a una “orden de control” impuesta por el gobierno británico, intentó suicidarse en el mes de mayo y actualmente está hospitalizado, en estado crítico. Ha rehusado alimentos desde su intento de suicidio y se ha negado también en una ocasión a aceptar líquidos. Sus abogados creen que existe un riesgo real de que vuelva a intentar suicidarse a menos que levanten, o por lo menos relajen, la orden de control.
Mahmoud Abu Rideh es un palestino apátrida que fue reconocido como refugiado en el Reino Unido en 1997. Padece un grave trastorno de estrés post-traumático. Los años de persecución sufridos a manos de las autoridades británicas han deteriorado gravemente su salud física y mental, y con frecuencia es incapaz de moverse sin una silla de ruedas.
Las órdenes de control restringen la libertad, la circulación y las actividades de las personas que se sospecha que están implicadas de alguna forma en terrorismo. En el caso de Mahmoud Abu Rideh, el material que ha motivado la sospecha le ha sido ocultado en gran medida tanto a él como a sus abogados. Se le ha dicho que se lo sospecha de diversas actividades, incluida la de recaudar y distribuir fondos para fines relacionados con terrorismo. Pero no se ha comunicado a Mahmoud Abu Rideh en qué se basan estas acusaciones, ni se le ha dado la oportunidad de limpiar su nombre en un proceso penal. Él afirma que todo el dinero que recaudó era para fines humanitarios, como apoyar proyectos educativos en Afganistán.
Mahmoud Abu Rideh estuvo detenido sin cargos entre diciembre del 2001 y marzo del 2005, en virtud de la Ley sobre Antiterrorismo, Delincuencia y Seguridad (2001), por presunta implicación en actividades relacionadas con terrorismo. De nuevo, las razones que infundieron la sospecha les fueron ocultadas en gran medida tanto a él como a sus abogados. La orden de control le fue impuesta inmediatamente después de su “puesta en libertad” en el 2005.
Las estrictas obligaciones que impone la orden de control, junto con los efectos perdurables del tiempo que pasó recluido en el Reino Unido, han causado estragos en la salud física y mental de Mahmoud Abu Rideh. Su abogado dice que lo “desespera” la perspectiva de quedar sometido indefinidamente a una orden de control. La orden de control actual exige que Mahmoud Abu Rideh permanezca en su domicilio 12 horas al día, y que telefonee a una empresa de vigilancia dos veces al día. Tiene que personarse diariamente en una comisaría de policía. No se permite que lo visite nadie en su casa, excepto personas previamente aprobadas por el Ministerio del Interior. No puede tener conexión de Internet en su casa. Cualquier infracción de estas obligaciones se considera delito. El impacto de dichas obligaciones también se ha hecho sentir gravemente en la familia de Mahmoud Abu Rideh, incluidos sus hijos, que son ciudadanos británicos.
Un órgano del Consejo de Europa, el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes (CPT), visitó a Mahmoud Abu Rideh en la prisión de máxima seguridad de Belmarsh en el 2002, y de nuevo en el 2004, a raíz de su traslado al Hospital Psiquiátrico de Broadmoor uno de los tres hospitales psiquiátricos de máxima seguridad del Reino Unido, por un súbito deterioro de su salud mental. En su informe del 2004, el CPT observaba que Mahmoud Abu Rideh presentaba un trastorno de estrés post-traumático sumamente grave y que su salud mental había sufrido un grave deterioro, con riesgo de daño permanente.
Mahmoud Abu Rideh ha sido acusado de varias presuntas infracciones de la orden de control, pero de ningún delito sustantivo relacionado con terrorismo. Aún no ha sido procesado por ninguno de los cargos relacionados con infracciones de la orden de control. No ha podido ver, ni impugnar, gran parte del material en el que se apoya el gobierno para alegar que está, o ha estado, implicado en actividades relacionadas con terrorismo.
Mahmoud Abu Rideh fue objeto de la AU 198/02 (EUR 45/010/2002, del 28 de junio del 2002, y seguimientos) y de la AU 108/05 (EUR 45/012/2005, del 4 de mayo del 2005, y seguimientos). Tras la emisión de la AU 108/05, relajaron temporalmente las condiciones de su orden de control para que pudiera recibir el tratamiento médico apropiado.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
El sistema de órdenes de control fue introducido en la legislación del Reino Unido mediante la Ley de Prevención del Terrorismo (2005). En virtud de esta Ley, el ministro o ministra del Interior de este país puede imponer severas restricciones a personas sospechosas de implicación en actividades relacionadas con terrorismo, si considera que ello es necesario para proteger al público. El sistema de órdenes de control es descaradamente injusto: se apoya excesivamente en material secreto que no se revela ni a la persona afectada por la orden ni a sus abogados. Así, la persona sometida a una orden de control puede no saber por qué se la sospecha de implicación en terrorismo. Aunque las órdenes de control pueden impugnarse ante los tribunales, los procedimientos dejan mucho que desear en lo que a cumplimiento de las normas internacionales de justicia procesal se refiere. Las personas afectadas por las órdenes, y sus abogados, pueden ser excluidos de gran parte de las actuaciones en las que se examina el material secreto, haciendo imposible que puedan impugnar eficazmente las órdenes impuestas.
ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos, de manera que lleguen lo antes posible, en inglés o en su propio idioma:
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exhortando a la ministra del Interior a levantar de inmediato la orden de control impuesta a Mahmoud Abu Rideh;
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expresando honda preocupación por la salud y el bienestar de Mahmoud Abu Rideh, especialmente visto que intentó suicidarse en el mes de mayo;
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pidiendo a la ministra del Interior que se asegure de que Mahmoud Abu Rideh sigue recibiendo cualquier cuidado médico que precise.
LLAMAMIENTOS A:
Ministra del Interior
The Rt Hon Jacqui Smith MP
Secretary of State for the Home Department
Home Office
2 Marsham Street
London SW1P 4DF, Reino Unido
Fax: +44 20 7035 4745
Correo electrónico:public.enquiries@homeoffice.gsi.gov.uk
Tratamiento: Dear Home Secretary/ Señora Ministra
COPIAS A: los representantes diplomáticos deL Reino Unido acreditados en su país.
ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 31 de julio del 2008.