Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - Oman: Death Penalty - Hatem ‘Ali Nour Baksh & ‘Abdul Rahman Murad Mohammed










PúblicoÍndice AI: MDE 20/002/2001/s

AU 114/01Pena de muerte8 de mayo de 2001


OMÁNHatem ‘Ali Nour Baksh, paquistaní

Abdul Rahman Murad Mohammed, paquistaní



Estos dos hombres, ambos paquistaníes, han sido condenados a muerte por cargos relacionados, según informes, con drogas y armas de fuego. Se teme que sean ejecutados en cuanto se ratifique la condena.


De acuerdo con los informes recibidos, los detuvieron el 17 de febrero del 2001 en posesión de una tonelada de hachís, dos armas y municiones. El 30 de abril, un tribunal de primera instancia los condenó a muerte, según informes por contrabando de drogas, tenencia ilícita de armas e infracción de la ley de residencia aplicable los extranjeros.


Junto con ellos fueron detenidos otros tres hombres. Uno de ellos, el ciudadano saudí Hassan ‘Awadh Hamd al-Mukhlis, fue declarado culpable de participación en tráfico de drogas y condenado a siete a años de prisión; los otros dos, ambos de nacionalidad omaní, fueron absueltos.


Según la legislación omaní, no se puede apelar contra la pena de muerte, aunque ésta tiene que ser ratificada por un comité judicial y por el sultán antes de su ejecución. El gran muftí, la máxima autoridad religiosa de Omán, es miembro de dicho comité.


A Amnistía Internacional le preocupa que se niegue a los condenados el derecho de apelación, pues constituye una violación de las Salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte, de las Naciones Unidas, según las cuales «toda persona condenada a muerte tendrá derecho a solicitar el indulto o la conmutación de la pena». Omán es miembro de las Naciones Unidas desde 1971 y Estado Parte en las Salvaguardias.


INFORMACIÓN GENERAL


Las condenas de muerte se suelen ejecutar por fusilamiento. En lo que va de año han sido ejecutadas once personas.


Amnistía Internacional considera que la pena de muerte es la forma más extrema de pena cruel, inhumana y degradante y una violación del derecho a la vida proclamado en el artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen telegramas, télex, fax, cartas urgentes o cartas por vía aérea en inglés o en su propio idioma:


- instando a las autoridades a que, de conformidad con las Salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte, permitan a Hatem ‘Ali Nour Baksh y ‘Abdul Rahman Murad Mohammed apelar contra la condena a muerte que les ha sido impuesta;


instando a las autoridades a conmutarles la pena;


pidiendo que se declare una suspensión de la aplicación de la pena de muerte en Omán.



LLAMAMIENTOS A: (Nota: puede ser difícil obtener comunicación por fax)


Sultán de Omán

His Majesty Sultan Qaboos Bin Said

Diwan of the Royal Court

PO Box 632, Muscat 113

Omán

Tratamiento: Your Majesty/Majestad


Gran muftí del sultanato de Omán

His Excellency Sheikh Ahmed bin Hamad Al-Khalili

Office of the General Mufti of the Sultanate of Oman

PO Box 354, Ruwi 112

Omán

Fax: + 968 601 118

Tratamiento: Your Excellency/Excelencia


Ministro de Justicia

His Excellency Sheikh Mohammad bin Abdullah bin Zaher al-Hinai

Minister of Justice, Ministry of Justice

PO Box 354, Muscat Code 112

Omán

Fax: + 968 602 725

Tratamiento: Your Excellency/Excelencia


Ministro del Interior

His Excellency ‘Ali bin Hamud bin ‘Ali al-Busaidi

Minister of Interior, Ministry of Interior

PO Box 127, Ruwi 112

Omán

Fax: + 968 602 244

Tratamiento: Your Excellency/Excelencia


COPIAS A: los representantes diplomáticos de Omán acreditados en su país. .


ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 18 de junio del 2001.

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AMNESTY INTERNATIONAL WORLDWIDE