Document - Syria / Italy: Further Information on Forcible return/Incommunicado detention/fear of torture or ill-treatment
Público
Índice AI: MDE 24/004/2003/s
15 de enero de 2003
Más información (actualización núm. 2) sobre AU 351/02 (MDE 24/050/2002/s, de 4 de diciembre de 2002) y su actualización (MDE 24/052/2002/s, de 17 de diciembre de 2002) Devolución/detención en régimen de incomunicación/temor de tortura o malos tratos
SIRIA/ITALIA
Muhammad Sa’id al-Sakhri, de 44 años, ingeniero
Maysun Lababidi (mujer), de 31
Ragda al-Sakhri (mujer), de 11
Muhammad al-Sakhri, de 9
Marwa al-Sakhri (mujer), de 6
Rudina al-Sakhri (mujer), de 2
Según informes, S
a’id al-Sakhri se encuentra recluido en régimen de incomunicación
en una delegación de Alepo, norte de Siria, de los servicios de
información militar. Amnistía Internacional teme todavía que sufra
torturas y malos tratos por su presunta pertenencia en el pasado a
la organización prohibida Hermandad Musulmana.
Maysun Lababidi y sus cuatro hijos han sido puestos en libertad y se alojan en casa de unos familiares en la localidad de Hama. Ella tiene que presentarse todas las semanas a las fuerzas de seguridad y, según informes, se le ha prohibido salir de la ciudad.
El 28 de noviembre, las autoridades italianas devolvieron a Muhammad Sa’id al-Sakhri a Siria, junto con su esposa, Maysun Lababidi, y sus cuatro hijos, sin examinar su solicitud de protección por medio de un procedimiento completo, justo y satisfactorio de concesión de asilo.
INFORMACIÓN GENERAL
En julio de1980, el gobierno sirio promulgó la Ley 49, en virtud de la cual la pertenencia a la Hermandad Musulmana quedó tipificada como delito punible con la muerte. Esta medida fue consecuencia de una serie de enfrentamientos violentos entre las fuerzas de seguridad y las facciones armadas de dicha organización, que habían comenzado a finales de la década de 1970 y se habían intensificado durante los primeros meses de 1980. En los enfrentamientos murieron numerosos civiles, y las facciones armadas de la Hermandad Musulmana asesinaron a varias autoridades del gobierno. Según informes, en junio de 1980, entre 600 y 1.200 presuntos partidarios de la organización que habían sido detenidos, fueron ejecutados extrajudicialmente en la prisión militar de Tadmur, donde se encontraban recluidos. La represión emprendida por las fuerzas de seguridad continuó hasta bien entrado 1982, culminando en febrero de ese año con una matanza en Hama. Tras estos sucesos se detuvo a millares de presuntos miembros y partidarios de la Hermandad Musulmana, así como a familiares suyos, y centenares de ellos «desaparecieron».
El año pasado se detuvo a decenas de personas a su regreso a Siria tras años de exilio. Una de ellas fue Muhammad Hasan Nassar, quien murió bajo custodia tras permanecer recluido en régimen de incomunicación durante una semana. Lo habían detenido el 17 de marzo, al regresar voluntariamente a Siria tras un largo exilio en Jordania. Era maestro, estaba casado y tenía nueve hijos. Según informes había huido de Siria en 1980, tras los enfrentamientos entre la Hermandad Musulmana y las autoridades sirias. Los informes indicabaj que sufría graves dolencias físicas y psíquicas y necesita cuidados constantes.
ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos de manera que lleguen lo antes posible, en árabe, en inglés, en francés o en su propio idioma:
A las autoridades sirias:
- pidiendo la liberación inmediata de Muhammad Sa’id al-Sakhri si no va a ser acusado de ningún delito común reconocible;
- instando a que se le dispense un trato humano y no sea sometido a torturas ni malos tratos durante su reclusión;
- pidiendo que se le permita de inmediato comunicarse sin restricciones con un abogado y con su familia y recibir la atención médica que pueda necesitar;
- pidiendo que se levanten todas las restricciones impuestas a Maysun Lababidi, incluida la prohibición de viajar;
- recordando que Siria está obligada por el derecho internacional a observar estas normas mínimas sobre el trato debido a los detenidos.
A las autoridades italianas:
-instando a las autoridades a tomar todas las medidas posibles para garantizar que se restituyen a Muhammad Sa’id al-Sakhri y a su familia todos sus derechos, incluido el derecho de todo detenido a no ser sometido a torturas ni tratos crueles, inhumanos o degradantes, ser informado de los motivos de su detención y poder impugnar la legalidad de ésta, ser considerado inocente hasta que se demuestre lo contrario, comunicarse sin demora con un abogado y contar con asistencia letrada y comunicarse con sus familiares y amigos y recibir visitas suyas;
- expresando preocupación por la expulsión a Siria de Muhammad Sa’id al-Sakhri y su familia dado que podían sufrir allí violaciones de derechos humanos, como detención en régimen de incomunicación, tortura y malos tratos;
-pidiendo uns explicación de por qué no tuvieron acceso a un procedimiento justo y satisfactorio de asilo;
- destacando que la expulsión de una persona a un país donde esté expuesta a sufrir torturas o malos tratos constituye una violación del principio de no devolución (non-refoulement);
- señalando que Italia está obligada a respetar este principio por ser Estado Parte en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (Convenio Europeo) y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
LLAMAMIENTOS A:
Autoridades sirias:
Presidente
His Excellency President Bashar al-Assad
President of the Republic
Presidential Palace
Abu Rummaneh, Al-Rashid Street
Damascus, Siria
Fax: + 963 11 332 3410
Telegramas: President al-Assad, Damascus, Siria
Télex: 419160 prespl sy
Tratamiento: Your Excellency/Señor Presidente
Ministro del Interior
His Excellency Major General Ali Hammud
Minister of the Interior
Ministry of Interior
Merjeh Circle
Damascus, Siria
Fax: + 963 11 222 3428
Telegramas: Interior Minister, Damascus, Siria
Télex: 411016 AFIRS SY
Tratamiento: Your Excellency/Señor Ministro
Autoridades italianas:
Ministro del Interior
Onorevole Giuseppe PISANU
Ministro dell'Interno
Ministero dell'Interno
Palazzo Viminale
via Agostino Depretis
00184 Roma, Italia
Fax: + 39-06 47 41717
Tratamiento: Dear Minister/Señor Ministro
Ministro de Asuntos Exteriores
Onorevole Franco Frattini
Ministro degli affari esteri
Ministero degli affari esteri
Piazzale della Farnesina, 1
00194 Roma, Italia
Fax: +39 06 / 36914199
Tratamiento: Dear Minister/Señor Ministro
COPIA a los representantes diplomáticos de Siria e Italia acreditados en su país.
ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos depués del 25 de febrero de 2003.