Document - Syria / Hungary: Further information on fear of refoulement / fear for safety
EXTERNOÍndice AI: MDE 24/16/96/s
16 de septiembre de 1996
Más información (actualización núm. 2) sobre EXTRA 137/96 (MDE 24/14/96/s, del 28 de agosto de 1996) y su actualización (MDE 24/15/96/s) - Temor de repatriación forzada y temor de seguridad
SIRIA/HUNGRÍA:Anthony Zakaria Laki, solicitante de asilo sudanés
Samuel Lado Zakaria, solicitante de asilo sudanés
Amnistía Internacional lamenta los informes recibidos indicando que los hermanos Anthony Zakaria Laki y Samuel Lado Zakaria, dos solicitantes de asilo del sur de Sudán, fueron repatriados forzadamente de Siria a Sudán a principios de semana.
Esta medida se tomó a pesar de las reiteradas peticiones de la Oficina del ACNUR en Siria a las autoridades del país para que no repatriaran forzadamente a los dos hombres. El relator especial de las Naciones Unidas sobre la tortura también dirigió un llamamiento urgente a las autoridades sirias solicitándolas que no expulsaran a los dos hermanos a Sudán. Desgraciadamente, las autoridades sirias no atendieron estas peticiones.
ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen telegramas, fax, télex, cartas urgentes y por vía aérea, en inglés o en el propio idioma del remitente:
A las autoridades sirias:
-expresando preocupación debido a que Anthony Zakaria Laki y Samuel Lado Zakaria, han sido devueltos a Sudán, a pesar de las reiteradas peticiones de Amnistía Internacional y de varios organismos de las Naciones Unidas;
-señalando que el principio internacional de no repatriación forzada es vinculante para todos los Estados, independientemente de que hayan ratificado los convenios específicos sobre derechos de los refugiados;
-instando a las autoridades a que establezcan los procedimientos adecuados para que los individuos en peligro de sufrir graves violaciones de derechos humanos en caso de ser devuelto a su país reciban una protección eficaz y duradera.
A las autoridades húngaras:
-expresando preocupación debido a que se negó protección a los dos hermanos en Hungría y finalmente fueron repatriados forzadamente a Sudán, donde corren peligro de sufrir graves violaciones de derechos humanos;
-recordando a las autoridades su obligación de respetar el principio de no devolución forzada, de conformidad con su ratificación del Convenio sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951;
-instando a las autoridades a que retiren la limitación geográfica del Convenio sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y concedan también protección a los refugiados procedentes de países no europeos;
-instando a las autoridades a que establezcan los procedimientos adecuados para que los individuos en peligro de sufrir graves violaciones de derechos humanos en caso de ser devuelto a su país reciban una protección eficaz y duradera.
LLAMAMIENTOS A: Autoridades citadas en la Acción Extra original.
COPIAS A: a las representaciones diplomáticas de Siria y Hungría acreditadas en el país del remitente.
ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de la Sección si los envían después del 1 de octubre de 1996.