Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - Syria: Incommunicado detention/ fear of torture or other ill-treatment: Nabil Khlioui (m)











Público Índice AI: MDE 24/035/2008

28 de noviembre de 2008


AU 328/08 Detención en régimen de incomunicación / temor de tortura u otros malos tratos

SIRIA Nabil Khlioui, de 49 años, trabajador de telecomunicaciones



Nabil Khlioui se encuentra recluido en régimen de incomunicación en un lugar desconocido desde el 13 de agosto. Las autoridades no han revelado dónde está, por qué fue detenido ni si se van a presentar cargos contra él y va a ser juzgado. Su detención constituye desaparición forzada, según el derecho internacional, y está expuesto a sufrir tortura u otros malos tratos.


Nabil Khlioui fue detenido el 13 de agosto, a las tres de la madrugada, en su casa, en la ciudad de Deir az Zawr, situada al noreste de la capital siria, Damasco.

En agosto de 2008 se detuvo a decenas de presuntos islamistas, calificados de “moderados” por organizaciones de derechos humanos sirias. La mayoría eran de la ciudad de Deir az Zawr, y algunos de Alepo y Hama. Aparte de Nabil Khlioui, al menos 12 más continúan recluidos en régimen de incomunicación en un lugar desconocido.


INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


La tortura y otros malos tratos son prácticas generalizadas en los centros de detención e interrogatorio sirios. Las personas sospechosas de afiliación a grupos islamistas no autorizados o de tener información sobre delitos de terrorismo están especialmente expuestas a ser detenidas arbitrariamente y encarceladas en Siria. En 2007 se condenó a más de 170 personas en juicios manifiestamente injustos ante el Tribunal Supremo de Seguridad del Estado, tribunales penales y tribunales militares. La mayoría estaban acusadas de pertenecer a grupos islamistas no autorizados. En marzo de 2007, el Tribunal Supremo de Seguridad del Estado declaró a 24 hombres de la zona de Qatana, cerca de Damasco, culpables de “formar una organización con el fin de cambiar la condición económica y social del Estado” y “menoscabar el sentimiento nacionalista”, aparentemente sin más pruebas que “confesiones” que, según los acusados, habían hecho bajo tortura. El Tribunal los condenó a entre 4 y 12 años de prisión sin investigar siquiera sus denuncias de tortura.


ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos, de manera que lleguen lo antes posible, en inglés, en árabe, en francés o en su propio idioma:

- instando a las autoridades a que revelen de inmediato el paradero de Nabil Khlioui

- pidiendo que sea puesto en libertad de inmediato si no va a ser acusado de ningún delito común reconocible ni juzgado con prontitud de acuerdo con las normas internacionales sobre juicios justos;

- pidiendo a las autoridades que garanticen que no es torturado ni sometido a otros malos tratos y recordándoles que Siria es Estado Parte en la Convención de la ONU contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que prohíbe la tortura y los malos tatos en todas las circunstancias;

- instando a las autoridades a que permitan a Nabil Khlioui recibir de inmediato visitas de su familia y de un abogado de su elección, así como la atención médica que pueda necesitar.


LLAMAMIENTOS A:


Presidente

His Excellency Bashar al-Assad

Presidential Palace

al-Rashid Street

Damascus, Siria

Fax: + 963 11 332 3410

Tratamiento: Your Excellency / Señor Presidente


Ministro de Defensa

His Excellency General Hassan Ali Turkmani

Ministry of Defence

Omayyad Square

Damascus, Siria

Fax: +963 11 223 7842

Tratamiento: Your Excellency / Señor Ministro


Ministro de Justicia

His Excellency Muhammad al-Ghafari

Ministry of Justice

al-Nasr Street, Damascus, Siria

Fax: +963 11 666 2460

Tratamiento: Your Excellency / Señor Ministro


Ministro del Interior

His Excellency Major General Bassam Abdel Majid

Minister of Interior

‘Abd al-Rahman Shahbandar Street

Damascus, Siria

Fax: +963 11 222 3428

Tratamiento: Your Excellency / Señor Ministro


COPIA A: los representantes diplomáticos de Siria acreditados en su país.


ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 9 de enero de 2009.





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