Annual Report 2012
The state of the world's human rights

Document - Amnesty International News Service 69/94

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AMNISTÍA INTERNACIONAL

SERVICIO DE NOTICIAS 69/94

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A: ENCARGADOS DE PRENSAÍNDICE AI: NWS 11/69/94/s

DE: OFICINA DE PRENSA DEL SIDISTR: SC/PO

FECHA: 8 DE ABRIL DE 1994


ARTÍCULOS DEL SERVICIO DE NOTICIAS: EXTERNO - ISRAEL Y LOS TERRITORIOS OCUPADOS


INICIATIVAS DE PRENSA ─ INTERNO


COMUNICADOS DE PRENSA INTERNACIONALES


Sudáfrica - 8 de abril - VÉASE SERVICIO DE NOTICIAS 63/94

Hong Kong - 21 de abril - VÉASE SERVICIO DE NOTICIAS 36/94

Sindicalistas - 29 de abril - VÉASE SERVICIO DE NOTICIAS 62

Arabia Saudita - 10 de mayo - VÉASE SERVICIO DE NOTICIAS 62

Burundi - 16 de mayo - VÉANSE LOS SERVICIOS DE NOTICIAS 53/94 y 36/94


COMUNICADOS DE PRENSA ESPECÍFICOS Y LIMITADOS


Suiza y el Comité contra la Tortura - 19 DE ABRIL - VÉASE SERVICIO DE NOTICIAS 53/94

Israel y los Territorios Ocupados y el Comité contra la Tortura - 25 de abril - VÉASE SERVICIO DE NOTICIAS 53/94


PRÓXIMAS INICIATIVAS DE PRENSA


Informe anual - 7 de julio - VÉASE SERVICIO DE NOTICIAS 51/94

Servicio de Noticias 69/94

ÍNDICE AI: MDE 15/WU 07/1994

8 DE ABRIL DE 1994


ISRAEL Y LOS TERRITORIOS OCUPADOS: AMNISTÍA INTERNACIONAL PIDE UN MANDATO EFICAZ EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS PARA LOS OBSERVADORES INTERNACIONALES


Amnistía Internacional ha hecho un llamamiento a Israel y a la Organización para la Liberación de Palestina (OLP) ─así como a Noruega, Dinamarca e Italia, países que tienen previsto enviar en breve a observadores y otro tipo de personal a al-Khalil (Hebrón)─ para que garanticen que el mandato de esta misión de presencia internacional incluye una vigilancia eficaz de la situación de los derechos humanos en la ciudad.


Alrededor de 160 personas, entre ellas observadores sobre el terreno ─que podrán ir armados para actuar en defensa propia─, oficinistas y personal de apoyo, integrarán esta Misión de Presencia Internacional Provisional en Hebrón (MPIPH) tras el acuerdo alcanzado en El Cairo por las cinco partes implicadas, el 31 de marzo de 1993. Noruega aportará 90 personas, en tanto que Dinamarca e Italia contribuirán con 35 cada uno.


Amnistía Internacional considera que esta iniciativa puede contribuir a mejorar la situación de derechos humanos existente en al-Khalil, y por lo tanto propiciar el logro de un acuerdo de paz duradero. La organización ha expresado satisfacción por el hecho de que el personal internacional que va a destinarse a esta misión contará con una importante experiencia policial, pues ésta es indispensable para poder realizar una labor eficaz de vigilancia sobre el cumplimiento de la ley. Con vistas a lograr una verdadera eficacia, la organización de derechos humanos hace las siguientes recomendaciones concretas a las partes implicadas:

1.que el mandato de la MPIPH sea claro e incluya explícitamente la documentación de violaciones de derechos humanos específicos;


2.que la normativa que va a utilizarse en esta misión de vigilancia, así como cualquier empleo de la fuerza que vaya a hacer la MPIPH, se ajusten al Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, a los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, y a los Principios sobre la eficaz prevención e investigación de ejecuciones extralegales, arbitrarias y sumarias, de las Naciones Unidas;


3. que la MPIPH elabore asiduamente informes y los haga públicos; la disponibilidad pública de tales informes, en concreto, es fundamental para lograr que la población confíe y de crédito a la MPIPH;


4.que la MPIPH esté facultada para recibir denuncias y tratar sobre los incidentes registrados con las autoridades pertinentes;


5.que exista la debida cooperación y coordinación entre la MPIPH y las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos israelíes y palestinas, además de otras organizaciones internacionales que ya han desempeñado funciones de vigilancia en los Territorios Ocupados;


6. que la MPIPH goce de independencia e imparcialidad, y que se protejan sus operaciones frente a cualquier ingerencia política;


7.que antes de concluir su mandato, la MPIPH realice y haga pública una evaluación global de la situación de derechos humanos que ha observado, en la que se incluyan recomendaciones para su seguimiento.


Todas estas recomendaciones se basan en un estudio comparativo entre las operaciones de vigilancia de los derechos humanos de la ONU orientadas al mantenimiento de la paz, y el Programa de 15 puntos de AI para la aplicación de los derechos humanos en las operaciones internacionales de mantenimiento de la paz (véase el informe El mantenimiento de la paz y los derechos humanos, Índice AI: IOR 40/01/94/s, publicado por Amnistía Internacional en enero de 1994).


Desde febrero de 1994, Amnistía Internacional viene solicitando que se emprendan misiones eficaces de vigilancia de los derechos humanos sobre el terreno en los Territorios Ocupados, con un mandato que abarque las acciones de los agentes, tanto israelíes como palestinos, encargados de hacer cumplir la ley.


Según reza el texto del acuerdo firmado el 31 de marzo en El Cairo, entre las tareas asignadas a los integrantes de la MPIPH están las de proporcionar «sensación de seguridad con su presencia a los palestinos de Hebrón», contribuir a «promover la estabilidad», y hacer un seguimiento de «los esfuerzos dedicados a restaurar la seguridad de los palestinos y los hechos que afecten a ésta, así como del retorno a la normalidad en la ciudad de Hebrón».


La MPIPH deberá informar sobre «hechos concretos» a un Comité Conjunto (israelí y palestino) para Hebrón, y de forma periódica a un Comité Conjunto de Coordinación entre Israel y Palestina, establecido en virtud de la Declaración de Principios de septiembre de 1993, y asimismo un Comité Ad Hoc de Coordinación entre Donantes, incluidos los tres países que realizan aportación de personal.


La duración del mandato de la MPIPH es de tres meses. Con el consentimiento de Israel y la OLP, «la MPIPH podría alargar el periodo de duración o modificar el ámbito de aplicación de sus operaciones, según lo convenido».

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