Document - Worldwide appeals December 1997
ÍNDICE AI: NWS 22/06/97
Llamada Internacional Diciembre de 1997
INDIA/BHUTÁN: Temor de torturas
Desde abril de este año, el ciudadano bhutanés Rongthong Kunley Dorji aguarda en la prisión de Tihar, en Nueva Delhi, India, el resultado de los trámites para su extradición. AI teme que, de ser devuelto a Bhután, pueda ser sometido a torturas.
Rongthong Kunley Dorji salió de Bhután en 1991, poco después de ser excarcelado por indulto del Rey. En prisión lo habían torturado; afirma que lo sumergieron en un bidón lleno de agua hasta que casi se ahogó y lo golpearon con palos y puños en todo el cuerpo. Desde 1991 vive en Katmandú, Nepal, donde figura inscrito como solicitante de asilo político. El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados lo incluye entre las personas cuya situación es especialmente preocupante.
En 1994, Rongthong Kunley Dorji fundó el Congreso Nacional del Druk* (DNC), una organización política en el exilio cuyos objetivos declarados son el establecimiento de un sistema democrático de gobierno y la protección de los derechos humanos en Bhután. Al parecer, las autoridades sólo lo acusaron formalmente cuando creó este grupo – casi tres años después de salir del país–, lo que hace pensar que las acusaciones tienen motivos políticos.
El hecho de que varias personas sospechosas de vinculación con el DNC fueron torturadas tras una oleada de detenciones practicadas en el este del país en los últimos meses, confirma el temor de que sea torturado de nuevo de ser devuelto a Bhután.
Por favor, escriban a las autoridades indias recordándoles su obligación, en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y de su reciente firma de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de la ONU, de no devolver a Rongthong Kunley Dorji a Bhután, donde podría sufrir torturas. Expresen también preocupación por la posible motivación política de las acusaciones. Escriban a: Mr. I. K. Gujral/ Prime Minister and Minister of External Affairs/ Office of the Prime Minister/ South Block/ Nueva Delhi 110 001/ India.
MÉXICO: Preso de conciencia
Gerardo Demesa Padilla, dirigente de la organización de derechos civiles Comité de la Unidad de Tepoztlán (CUT), fue condenado a ocho años de prisión el 19 de septiembre de 1997. AI considera que el verdadero motivo de su condena es su oposición pacífica a un gran proyecto turístico en el estado de Morelos y lo ha adoptado como preso de conciencia.
El proyecto de urbanización de Morelos está patrocinado por el gobierno central del estado, algunos de cuyos miembros estarían vinculados con los inversores privados del proyecto. Los residentes locales se oponen a él, por considerar que perjudicará el medio ambiente y la herencia cultural de la comunidad.
Demesa Padilla fue declarado culpable del homicidio de un partidario del proyecto en diciembre de 1995, pese a los testimonios de los testigos y a las pruebas forenses que corroboran su inocencia.
Los habitantes de Tepoztlán vienen sufriendo una brutal represión por su oposición a los planes del gobierno. En abril de 1996, decenas de personas resultaron gravemente heridas cuando la policía del estado de Morelos dispersó violentamente una manifestación pacífica contra el proyecto. Los policías se llevaron al activista del CUT Marcos Olmedo Gutiérrez, herido. Su cuerpo apareció al día siguiente con una herida de bala en la nuca. Aunque al parecer varios agentes de la policía del estado han sido destituidos, no se ha procesado a los responsables de ordenar el ataque.
Por favor, escriban pidiendo: su libertad inmediata e incondicional; el enjuiciamiento de todos los que hayan violado los derechos humanos del pueblo de Tepoztlán; y medidas inmediatas para prevenir su repetición. Escriban a: Lic. Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de la República, Palacio Nacional, 06067 México DF, México.
EMIRATOS ÁRABES UNIDOS: Pena de muerte
En junio de 1990, un tribunal penal del Emirato de 'Ajman condenó a muerte al ciudadano filipino John Aquino por el asesinato de un ciudadano indio, ocurrido en septiembre de 1989. Los dos hombres estaban embriagados y, al parecer, John Aquino actuó en defensa propia.
El Tribunal de Apelación confirmó la sentencia y remitió el caso al Tribunal Supremo Federal, en Abu Dhabi, a finales de 1996. El 1 de febrero de 1997, este último resolvió confirmar la pena de muerte, salvo que John Aquino recibiera clemencia de la familia de la víctima antes del 8 de marzo de 1997. En virtud de la Sharia (ley islámica), en vigor en los Emiratos Árabes Unidos, los familiares de la víctima pueden pedir la pena de muerte o perdonar al procesado a cambio del diya («dinero de sangre»).
A petición de los abogados de John Aquino, el Tribunal Supremo Federal accedió ampliar hasta el 27 de septiembre de 1997 el plazo para solicitar clemencia a la familia de la víctima. A finales de septiembre de 1997, se volvió a ampliar el plazo, esta vez hasta el 13 de diciembre de 1997, para convencer a la familia de la víctima de que lo perdonase y aceptase el «dinero de sangre». De no ocurrir así, el caso se remitirá al presidente de los Emiratos, Al-Sheikh Zayed bin Sultan Al-Nahyan, para que ratifique la sentencia.
Por favor, escriban pidiendo la conmutación de la pena de muerte, y señalando que no hay pruebas fehacientes de que tal pena disuada de la comisión de delitos graves. Escriban a: His Highness Al-Sheikh Zayed bin Sultan Al-Nahyan/ President of the United Arab Emirates/ Ruler of Abu Dhabi/Manhal Palace/ PO Box 280/ Abu Dhabi/ Emiratos Árabes Unidos.
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