Información general

Amnistía Internacional hace campaña para que todos los países establezcan un sistema efectivo de justicia internacional, de ámbito mundial y también en cada país, que sirva para disuadir a quienes pretendan cometer los peores crímenes conocidos por la humanidad:
  • genocidio
  • crímenes de lesa humanidad
  • crímenes de guerra
  • tortura
  • ejecuciones extrajudiciales
  • desapariciones forzadas
Este sistema debe asegurar que los Estados toman medidas efectivas para evitar estos delitos y que responden eficazmente cuando se cometen. Para ello, han de garantizar:
  • la justicia: investigando todos los crímenes de este tipo y, si existen pruebas admisibles suficientes, procesando a las personas sospechosas en juicios justos sin recurrir a la pena de muerte, la tortura o los malos tratos; extraditando a dichas personas a Estados que tengan la capacidad y la voluntad de enjuiciarlas; o entregándolas a un tribunal penal internacional;
  • la verdad: determinando y reconociendo los hechos que rodean la comisión de los crímenes; y
  • la plena reparación: tomando medidas efectivas para dar respuesta al sufrimiento causado por los crímenes a las víctimas y a sus familias y ayudándolas a rehacer sus vidas.
Para lograr instaurar este sistema de justicia internacional, resulta crucial que las autoridades nacionales cumplan con la responsabilidad que les corresponde.

 

Si no lo hacen, las autoridades de otros países –en virtud del principio de jurisdicción universal–, la Corte Penal Internacional u otros tribunales internacionales o internacionalizados deberán intervenir para investigar y juzgar los crímenes en nombre de la comunidad internacional con el fin de garantizar que no haya impunidad.

 

Por tanto, Amnistía Internacional trabaja para alcanzar los siguientes objetivos:
  • Los gobiernos de todo el mundo deben reformar sus respectivas legislaciones nacionales con el fin de garantizar que sus sistemas judiciales tienen capacidad para investigar y enjuiciar crímenes de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, tortura, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas, cuando se producen;
  • Los gobiernos de los países en los que se han cometido tales delitos deben poner en marcha planes de acción integrales y de larga duración destinados a garantizar que se imparte justicia en los tribunales nacionales, a proporcionar reparaciones plenas y efectivas a las víctimas y a determinar la verdad sobre los crímenes;
  • Todos los gobiernos deben promulgar y aplicar leyes que prevean el principio de jurisdicción universal de los tribunales nacionales sobre tales delitos. Estas leyes habrán de permitir a los tribunales nacionales investigar y enjuiciar crímenes contra el derecho internacional y conceder reparaciones a las víctimas con independencia de la nacionalidad de éstas o de los responsables y del lugar en el que se haya perpetrado el delito;
  • Todos los Estados deben ratificar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y su Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades a fin de que la Corte tenga la jurisdicción más amplia posible para investigar y juzgar los crímenes cuando las autoridades nacionales no puedan o no quieran hacerlo;
  • La comunidad internacional debe asegurarse de que los tribunales internacionales e internacionalizados pueden investigar y enjuiciar los delitos de forma efectiva en situaciones en que las autoridades nacionales carecen verdaderamente de la capacidad o la voluntad necesarias para ello y la Corte Penal Internacional no tiene jurisdicción o ha decidido no ejercerla;
  • La Corte Penal Internacional y otros tribunales penales internacionales o internacionalizados deben investigar y enjuiciar los delitos de conformidad con las más estrictas normas de justicia internacional y actuar de catalizadores de la justicia nacional encargándose de la investigación y el enjuiciamiento de los delitos que los tribunales nacionales no están en situación de abordar.
  • Todos los gobiernos y organizaciones intergubernamentales deben apoyar a la Corte Penal Internacional y a otros tribunales internacionales e internacionalizados y cooperar plenamente con ellos.