Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - Défendre les droits humains dans un monde en pleine mutation


Público

Amnistía Internacional



DEFENDER LOS DERECHOS HUMANOS EN UN MUNDO CAMBIANTE






DEFENDER LOS DERECHOS HUMANOS EN UN MUNDO CAMBIANTE


Publicado originalmente en inglés en inglés en agosto de 2008 con el título Defending Human Rights in a Changing World.


© Amnesty International Publications

Peter Benenson House

1 Easton Street

Londres WC1X 0DW

Reino Unido

www.amnesty.org/es


Índice AI: ACT 30/006/2008


Edición española a cargo de:

EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL (EDAI)

Valderribas, 13

28007 Madrid. España

Teléfonos: (34) 91 433 41 16 / 91 433 25 20

Fax: (34) 91 433 65 68

www.amnesty.org/es


© Reservados todos los derechos. Esta publicación tiene derechos de autor, si bien puede ser reproducida por cualquier medio, sin pago de tasas, con fines educativos o para llevar a cabo acciones de protección y promoción de los derechos humanos, pero no para la venta. Los titulares de los derechos de autor solicitan que se les comuniquen los usos mencionados con el fin de evaluar sus efectos. Para la reproducción de este texto en cualquier otra circunstancia, su uso en otras publicaciones o su traducción o adaptación, deberá obtenerse el permiso previo por escrito de la editorial, y podrá exigirse el pago de una tasa.


Fotografía de la portada:

La activista Rashida Bi, sobreviviente de la catástrofe de Bhopal, asiste a una protesta organizada en Nueva Delhi por el Movimiento para la Salvación del Narmada (Narmada Bachao Andolan, NBA) contra la construcción de presas en el río Narmada, India, abril de 2006.

© AP Photo/Gurinder Osan






Amnistía Internacional es un movimiento global integrado por 2,2 millones de personas de más de 150 países y territorios que trabajan para poner fin a abusos graves de los derechos humanos. La visión de Amnistía Internacional es la de un mundo en el que todas las personas disfrutan de todos los derechos humanos proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en otras normas internacionales de derechos humanos. Amnistía Internacional es independiente de todo gobierno, ideología política, interés económico y credo religioso. La financiación del movimiento se sustenta, en gran medida, en la generosidad de aquellas personas que contribuyen en todo el mundo con sus cuotas de afiliación o sus donaciones.




ÍNDICE






DEFENDER LOS DERECHOS HUMANOS

EN UN MUNDO CAMBIANTE


Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional.

Artículo 1 de la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, de la ONU


Mis hijos me llamaron y me contaron que había sido asesinada una mujer a la entrada de nuestro bloque de apartamentos. Era parecida a mí: tenía la misma edad, la misma altura y también tenía el pelo cano. Yo les dije: «Estas cosas pasan en nuestra ciudad». Pero ellos contestaron: «No, querían matarte a ti». 

Anna Politkovskaya, periodista rusa y defensora de los derechos humanos, en una entrevista concedida al Comité para la Protección de los Periodistas en 2001. El 7 de octubre de 2006, Anna Politkovskaya fue hallada muerta por disparos en el ascensor del edificio de apartamentos en que vivía, en Moscú.





El silencio es la muerte

Si hablas, mueres

Si callas, mueres

Adelante, habla y muere

Anna Politkovskaya © Amnistía Internacional



«Asesinada también ella».

Poema del narrador y poeta argelino Tahar Djaout1

INTRODUCCIÓN:

¿LA «ERA DE LOS DERECHOS»?


Los derechos humanos se encuentran entre los principios morales más influyentes y de mayor presencia de nuestra época. Transcurridos sesenta años desde la adopción de la Declaración Universal de Derechos Humanos, no hay ningún país en el mundo que no haya aceptado formalmente al menos alguno de los tratados básicos de derechos humanos. La mayoría de los países han consagrado principios de derechos humanos en su legislación y en su Constitución, y muchos han incorporado órganos oficiales de derechos humanos a su aparato de Estado.


Los derechos humanos se han convertido en el estándar por el que los Estados juzgan la legitimidad de los demás Estados. Hoy en día, pocos miembros de la comunidad internacional se atreverían a decir que están en contra de los derechos humanos: los que así lo afirman se arriesgan a convertirse en parias. El lenguaje de los derechos humanos tiene tanta importancia en el discurso jurídico, político y moral, ya sea en el seno de los Estados o entre ellos, que la época actual se ha descrito como «la era de los derechos».2


Pero, si la idea de los derechos humanos es tan «mayoritaria», ¿cómo es que defenderlos puede ser aún tan peligroso? El homicidio de Anna Politkovskaya no ha sido un hecho aislado. Amnistía Internacional ha documentado ataques contra defensores y defensoras de los derechos humanos en la mayoría de los países del mundo. Estos ataques adoptan formas diversas, desde el hostigamiento continuo de bajo nivel y los intentos sutiles de desacreditar su trabajo, pasando por el encarcelamiento injusto o la tortura, hasta llegar incluso al asesinato. Tal vez ésta sea la era de los derechos, pero, desde luego, todavía no es la era de quienes los defienden.


1. DERECHOS HUMANOS: UNA VISIÓN RADICAL


Las personas que defienden los derechos humanos corren peligro porque apuntan a la realidad que hay detrás de la retórica. Se preocupan por los derechos en la medida en que los seres humanos los disfrutan o carecen de ellos en su vida diaria, y no en cuanto promesas hechas sobre el papel. Ponen al descubierto la inmensa brecha existente entre el compromiso teórico de los Estados con los derechos humanos y el cumplimiento de este compromiso en la práctica.


Esa brecha sigue siendo tan enorme hoy en día como lo era cuando se adoptó la Declaración Universal en 1948. Tal vez la creación de un sistema internacional de protección de los derechos humanos haya sido uno de los mayores legados del siglo XX, pero esa centuria acabó igual que comenzó: con genocidios, guerras de devastación sin precedentes y millones de muertes por enfermedades prevenibles y desnutrición, a pesar de los enormes avances tecnológicos y del ingente aumento de la riqueza mundial.


Aunque los compromisos con los derechos humanos hayan podido convertirse en una tendencia mayoritaria y habitual, las políticas públicas que respetan los principios de derechos humanos todavía se consideran radicales y son muy infrecuentes. Al centrar su atención en las medidas reales que toman los gobiernos para aplicar los principios de derechos humanos más allá de limitarse a invocarlos, los defensores y defensoras suelen ser mensajeros de verdades incómodas, que a menudo los gobiernos se esfuerzan sobremanera por ocultar. La función de las personas que defienden los derechos humanos siempre se considerará subversiva en países en los que estos derechos son poco más que una lista de compromisos sobre el papel.


Si numerosas voces tildan a los defensores y defensoras de disidentes peligrosos, es porque éstos intentan liberar el potencial transformador que tienen los derechos humanos y provocar los profundos cambios sociales necesarios para hacer realidad la visión radical de la Declaración Universal: la de un mundo donde se trata a todas las personas como a iguales en dignidad y valor y donde todos los seres humanos están libres del temor y de la miseria.


Para alcanzar esa visión, es preciso cuestionar el statu quo y contrariar los intereses creados, ya sean de un gobierno concreto o de las élites militares, económicas o políticas que los apoyan.


Los defensores y defensoras denuncian y desacreditan a quienes abusan de su posición de poder y autoridad. Destapan violaciones de derechos humanos, las someten al escrutinio público y presionan para que los responsables rindan cuentas. Empoderan a particulares y comunidades para que reivindiquen los derechos básicos que les son inherentes como seres humanos. Se niegan a aceptar que sea natural o inamovible ningún orden político, social o económico que condene a sectores enteros de la población a vivir en la miseria, el temor y la indignidad.












Manifestación por el derecho a la tierra en São Paulo rural, Brasil, 2000.

© Michael Mogensen/Still Pictures




India: la defensa de los derechos humanos

El Dr. Binayak Sen es el vicepresidente nacional de la Unión Popular por las Libertades Civiles, una de las más destacadas organizaciones de derechos humanos de India. Es asimismo uno de los pocos médicos que trabajan con comunidades indígenas de la India –conocidas comúnmente como adivasi– para mejorar su acceso a la salud. Se han presentado contra él cargos por motivos políticos, cuyo objetivo es impedirle realizar su labor de derechos humanos.


Dr. Binayak Sen © Particular

Una agenda controvertida


Si bien la noción de derechos humanos ha logrado ocupar un lugar central en el sistema de valores que rige las relaciones entre los Estados y en el seno de ellos, el contenido y el alcance de tales derechos sigue siendo objeto de disputa.


La agenda de los derechos humanos ha sido siempre dinámica y no ha dejado de evolucionar, y los defensores y defensoras han aplicado los principios y las herramientas de derechos humanos a contextos y luchas diversos. En diferentes momentos de la historia, personas valientes y visionarias han tratado de ampliar la protección de los derechos humanos a los sectores que quedaban fuera de sus límites, por ejemplo, a quienes vivían en la esclavitud, a quienes trabajaban desprotegidos frente a la explotación o a las mujeres a quienes se les negaba el derecho al voto.


En los últimos decenios, los defensores y defensoras han luchado por lograr que la promesa que encierra la Declaración Universal tenga peso real ante las nuevas e incipientes amenazas para la dignidad humana. Han llevado los derechos humanos a la esfera del hogar y la comunidad al combatir la violencia de género contra las mujeres. Han presionado para que las empresas multinacionales rindan cuentas en el ámbito moral y jurídico cuando sus acciones u omisiones privan a las personas de sus derechos humanos básicos. Han conseguido que el acceso universal a la educación primaria y al tratamiento retroviral para salvar vidas se consideren derechos positivos fundamentales, y no servicios dependientes del crecimiento económico o de la caridad.


Los defensores y defensoras que hacen avanzar los límites de los derechos humanos son los más expuestos a correr peligro, sufrir escarnio y encontrar resistencia. Las personas que trabajan para corregir el abandono en el que han caído históricamente los derechos económicos, sociales y culturales corren el riesgo de hacer enemigos poderosos cuando cuestionan la distribución de la riqueza y piden la rendición de cuentas de quienes, con sus actos, fomentan la pobreza y la desigualdad. Del mismo modo, las mujeres y los hombres que luchan por el derecho a controlar su propia sexualidad y su capacidad reproductiva sin sufrir discriminación, coacción ni violencia pueden toparse con una resistencia formidable de los sectores religiosos fundamentalistas de motivación política que niegan que ese derecho exista en todas las culturas.


Esta gran variedad de movimientos sociales usa cada vez más el lenguaje de los derechos para formular sus reivindicaciones. La vehemencia con la que tales exigencias se ponen en entredicho y se reprimen refleja no sólo el grado de autoridad moral que les es inherente, sino también hasta qué punto el significado y el alcance de los derechos humanos sigue siendo objeto de disputa.


Los derechos humanos no son un proyecto estático, por lo que sus límites no pueden fijarse de forma permanente. Están reconocidos y codificados en normas jurídicas internacionales consensuadas, pero no emanan de ellas, sino de la esencia misma del ser humano y su significado. Las reivindicaciones de derechos surgen de la negación de la dignidad humana, en cualquiera de sus formas. El contorno de los derechos humanos se mueve conforme cambian las actitudes opresoras. Por tanto, su alcance y contenido siempre serán motivo de controversia. En efecto, la agenda de los derechos humanos se ha construido siempre a partir de su propia crítica. Los sectores excluidos de la concepción e interpretación tradicional de los derechos humanos en un determinado contexto social o histórico (por ejemplo, las mujeres, los pueblos indígenas, las personas gays, lesbianas, bisexuales y transgénero, o las personas discapacitadas) han luchado por ser incluidos y, gracias a ello, han enriquecido y transformado la percepción de los derechos humanos.


Esta evolución continuará, por lo que las nuevas generaciones de defensores y defensoras pondrán en tela de juicio interpretaciones ortodoxas de los derechos humanos y formularán nuevas reivindicaciones. Quienes nos advierten del impacto del cambio climático sobre la sostenibilidad de la vida en el planeta, o de las consecuencias de los avances de la biotecnología y la genética sobre el concepto de ser humano, ya están señalando algunas de las cuestiones que posiblemente en el futuro figuren cada vez más en la agenda de los derechos humanos.


Luchar contra las reacciones adversas


Los defensores y defensoras no sólo luchan contra interpretaciones estáticas o restrictivas de los derechos humanos: en los últimos años han tenido que protegerse de un ataque más sustancial contra la validez y la pertinencia del marco de derechos humanos.


Algunos gobiernos, especialmente el de Estados Unidos y también en Europa, han aducido que, desde los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos y los ataques perpetrados posteriormente en otros países, «han cambiado las reglas del juego». Estos gobiernos han cuestionado hasta qué punto deben prevalecer las consideraciones de derechos humanos frente a las cuestiones relativas a la protección de la población.Estas reflexiones han llevado a justificar la tortura y otros malos tratos en nombre de la lucha antiterrorista, y a eludir las garantías fundamentales del debido proceso recluyendo indefinidamente a miles de personas sospechosas sin cargos ni juicio.


Así, a la vez que expanden las fronteras de los derechos humanos, los defensores y defensoras también tienen que luchar por preservar valores éticos reconocidos desde hace mucho tiempo y que ocupan un lugar central en el marco de los derechos humanos, por ejemplo, que la tortura es completa y absolutamente inadmisible o que toda persona, con independencia de lo que presuntamente haya hecho, tiene derecho a recibir un trato digno y justo del Estado. Sus esfuerzos por sacar a la luz la práctica de las «entregas extraordinarias» y las abominables condiciones de Abu Ghraib, Bagram, Guantánamo y otros centros secretos de detención de la «guerra contra el terror» han contribuido a oponer resistencia a este intento orquestado de erosionar los derechos humanos.


Sin embargo, las reacciones adversas al cambio han propiciado en el colectivo de defensores una sobria reflexión sobre el peligro de caer en la complacencia.3 Tal vez la noción de los derechos humanos haya alcanzado una aceptación casi universal, pero no puede darse por supuesto que siempre se reconocerán su primacía y su legitimidad. Para que el frágil «consenso sobre los derechos humanos» sea capaz de resistir los caprichos de las fluctuaciones políticas, será necesario anticipar y prevenir los ataques futuros contra la autoridad y la aplicación práctica de los derechos humanos. Los defensores y defensoras, que desempeñan su labor en culturas y contextos diversos, luchan por que la defensa de los derechos humanos no se convierta en una actividad que avanza por reacción, sino en una propuesta activa para un futuro mejor.





Activista de Greenpeace fija haces de arroz frente al Departamento de Agricultura de Filipinas en vísperas del Día Mundial de los Derechos del Consumidor, Manila, marzo de 2008. El acto formaba parte de una campaña por la protección del arroz frente a la contaminación por Organismos Genéticamente Modificados (OGM), que plantea riesgos para la salud de los consumidores, para el medio ambiente y el sustento de los agricultores.


























Protesta del Movimiento de los Trabajadores Rurales sin Tierra de Brasil (Movimento dos Trabalhadores Rurais Sem Terra, MST) en el en ámbito rural del estado de São Paulo (agosto de 2003). El Movimiento de los Trabajadores Rurales sin Tierra tiene aproximadamente 1,5 millones de miembros organizados en 23 de los 27 estados de Brasil ©Panos/Paul Smith


2. DEFENSORES Y DEFENSORAS DE LOS DERECHOS HUMANOS: UN MOVIMIENTO DE PERSONAS HETEROGÉNEO


El término «defensor (o defensora) de los derechos humanos» se utiliza en todo el mundo para describir a personas que actúan de maneras muy diversas y desde posiciones muy diferentes con el fin de proteger y promover los derechos humanos.


El uso de este término ha aumentado desde que se adoptó la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos4 en 1998, junto con el de otras expresiones como «activista» o «trabajador de derechos humanos».




Los defensores y defensoras de los derechos humanos trabajan para hacer realidad alguno o la totalidad de los derechos que se establecen en la Declaración Universal o en las diversas normas de derechos humanos a las que la Declaración ha dado lugar en forma de convenios o convenciones, declaraciones, conjuntos de principios e interpretaciones autorizadas. Los derechos que defienden estas personas pueden ser civiles y políticos (como el derecho a no sufrir tortura o el derecho a un juicio justo), económicos y sociales (como el derecho al disfrute del nivel de salud más alto posible o a la educación), o culturales (como el derecho de los pueblos indígenas a tener el control sobre sus tierras y sus recursos, o el de las minorías lingüísticas a que se les imparta la enseñanza en su propia lengua).


Algunos defensores y defensoras combaten abusos específicos, como la tortura o los desalojos forzosos. Otros defienden los derechos de grupos o sectores específicos de la población discriminados y desfavorecidos, como los pueblos indígenas, las mujeres rurales, los niños y niñas de la calle o el colectivo de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero.














Periodistas, grupos de defensa de la libertad de prensa, organizaciones civiles y sindicatos se unen para exigir al gobierno que investigue los asesinatos de trabajadores de los medios de comunicación y que proteja la libertad de expresión, Colombo, Sri Lanka, noviembre de 2007. © Particular


Cualquier persona, independientemente de su ocupación, puede erigirse en defensora de los derechos humanos: se la identificará principalmente por lo que hace, no por su profesión. En algunos casos, se trata de activistas de derechos humanos, profesionales de la abogacía que se ocupan de casos de derechos humanos, periodistas, sindicalistas o personas expertas en desarrollo. Pero una autoridad local, un agente de policía o una celebridad que promuevan activamente los derechos humanos también pueden ser defensores de estos derechos.


Los defensores y defensoras pueden actuar por cuenta propia o en asociación con otras personas, a título personal o en el marco de su profesión. Muchos miembros de este colectivo defienden los derechos humanos en sus actividades cotidianas, mientras que otros se convierten en defensores a causa de una acción o postura individual y notable adoptada en favor de los derechos humanos.


Pese a su diversidad, los defensores y defensoras de los derechos humanos tienen varias características en común, con independencia de quiénes sean o qué hagan. Todos respetan el principio fundamental de universalidad, a saber, que todos los seres humanos son iguales en dignidad y derechos, sin importar el género, la raza, la etnia o cualquier otra condición. Todos se comprometen a cumplir las normas internacionales de derechos humanos y a respetar los derechos y las libertades del prójimo en sus propias acciones.


Independientemente de que esté o no justificado en un determinado momento alzarse en armas o recurrir a la fuerza en nombre de los derechos humanos, las acciones que emprendan los defensores y defensoras deben ser pacíficas, de modo que se ajusten a la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos.


Toda persona es responsable de proteger los derechos humanos. Tal como estipula la Declaración sobre los Defensores: «Toda persona que, a causa de su profesión, pueda afectar a la dignidad humana, los derechos humanos y las libertades fundamentales de otras personas deberá respetar esos derechos y libertades y cumplir las normas nacionales e internacionales de conducta o ética profesional u ocupacional que sean pertinentes».


Las personas que hacen de la defensa de los derechos humanos su profesión poseen muchas aptitudes y años de experiencia, pero esta labor no entraña misterio ni enigma alguno. Todos los seres humanos tenemos el potencial de convertirnos en defensores.


Diferentes caminos para hacer realidad los derechos


Los defensores y defensoras tienen métodos diferentes de promover y proteger los derechos humanos. Muchos representan a las víctimas y sobrevivientes de violaciones de derechos humanos en su lucha para obtener justicia y resarcimiento. Otros divulgan información sobre abusos cometidos contra los derechos humanos, enseñan principios y valores de derechos humanos dentro del programa escolar, u organizan a comunidades para que hagan frente a las amenazas a sus medios de vida.


Son también numerosos quienes emprenden procesos judiciales a fin de reclamar justicia y reparación para personas cuyos derechos humanos han sido violados. Hay innumerables ejemplos de victorias de defensores y defensoras que han invocado ante tribunales nacionales los principios de protección de las normas internacionales de derechos humanos. Asimismo, el sistema de justicia internacional, cada vez más efectivo, ha proporcionado vías de resarcimiento cuando se negaba la justicia en el propio país. Países de África, América y Europa han establecido mecanismos regionales con los que las personas sobrevivientes de violaciones de derechos humanos y quienes trabajan con ellas pueden hacer rendir cuentas a sus gobiernos.



Gracias a los esfuerzos dedicados desde hace tiempo por profesionales de la abogacía que, unidos en coalición, trabajan en favor de los derechos humanos en países de todo el mundo, en los últimos tiempos ha empezado a surgir una infraestructura judicial mundial, especialmente desde la adopción en 1998 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. La Corte tiene jurisdicción sobre los delitos más graves tipificados por el derecho internacional, como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra. Otro avance significativo logrado por los defensores y defensoras que trabajan conjuntamente a uno y otro lado de las fronteras es la evolución de la jurisdicción universal, que permite a los tribunales de un país juzgar los delitos de derecho internacional aunque se hayan cometido en otro lugar.



Irán: la defensa de los derechos humanos

Shadi Sadr, periodista, abogada y defensora de los derechos de las mujeres, se enfrenta a la posibilidad de ser encarcelada por defender a mujeres en un juicio sobre la organización de una manifestación en junio de 2006 para pedir que se pusiese fin a la discriminación jurídica que sufren las mujeres en Irán.



Los defensores y defensoras también han tratado de buscar alternativas creativas a los procesamientos penales en situaciones en las que esos procesamientos resultaban imposibles por motivos políticos o prácticos. En muchas situaciones de transición tras conflictos o regímenes autoritarios han ayudado a establecer «comisiones de la verdad» destinadas a sacar a la luz las experiencias de víctimas y sobrevivientes, determinar quiénes son responsables de los abusos o violaciones y brindar reparación. Pese a sus carencias, esas comisiones pueden constituir pasos importantes hacia la justicia y la reconciliación, y un sólido reconocimiento de las experiencias de los sobrevivientes.


Sin embargo, los procesos judiciales y cuasijudiciales no son los únicos medios de hacer valer los derechos. Las causas judiciales son costosas, requieren mucho tiempo y pueden parecer inaccesibles. También se pueden defender los derechos humanos emprendiendo campañas de base, labores de defensa y captación de apoyos en órganos gubernamentales u organismos internacionales; fomentando la capacidad de las comunidades locales para entender y reclamar sus derechos; o prestando servicios de ayuda humanitaria a personas desplazadas por conflictos o por catástrofes naturales.


3. NUMEROSOS RETOS FRENTE A LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS


Amnistía Internacional trabaja con defensores y defensoras de los derechos humanos desde que se fundó, hace casi medio siglo. A lo largo de los años, la organización ha presenciado y se ha esforzado por combatir diversas tácticas represivas desplegadas por gobiernos de todas las tendencias políticas para silenciar al colectivo de defensores. La represión ha adoptado distintas formas según la época y el contexto: por ejemplo, en América Latina, los encarcelamientos por motivos políticos dieron paso en las décadas de 1970 y 1980 a las «desapariciones» y a los homicidios perpetrados por escuadrones de la muerte, que se consideraron tácticas más eficaces para sofocar las voces disidentes y que permitían a los regímenes militares de la época ocultar sus huellas y negar toda responsabilidad.


Tales métodos siguen constituyendo una amenaza para la vida y el trabajo de defensores y defensoras en muchos países del mundo, sobre todo en los que atraviesan conflictos armados o una situación de profundo malestar social.


República Democrática del Congo: la defensa de los derechos humanos

El colectivo de defensores de los derechos humanos de la República Democrática del Congo trabaja a menudo en condiciones de extremo peligro. Los activistas congoleños han sido víctimas de tortura, ejecución extrajudicial y detención arbitraria. En la mayoría de las zonas del país, las autoridades políticas y militares locales son hostiles hacia las actividades de las organizaciones no gubernamentales (ONG) locales, porque temen que denuncien su implicación en violaciones de derechos humanos. Las autoridades suelen citar a los activistas para interrogarlos o para resolver lo que denominan «asuntos administrativos», que en realidad son actos de intimidación apenas velados; además, sus oficinas son objeto de visitas arbitrarias de agentes de los servicios de seguridad sin previo aviso. En algunos casos se ha amenazado de muerte a activistas de derechos humanos apuntándolos con una pistola. El 31 de julio de 2005, el destacado activista de derechos humanos Pascal Kabungulu Kibembi fue asesinado en su domicilio, en la ciudad oriental de Bukavu, presuntamente a manos de soldados. Se inició inmediatamente una investigación judicial militar, pero hasta la fecha no se ha procesado a nadie por este asesinato.


Pascal Kabungulu Kibembi

© Héritiers de la Justice


Las amenazas de muerte son métodos habituales de intimidación, y a menudo se hacen llegar a las oficinas de los defensores o defensoras, a sus hogares o a sus familiares, pero la policía y el poder judicial no toman medidas efectivas para investigar tales actos o para castigar a los responsables.


En muchos países, las personas que defienden los derechos humanos están expuestas a la detención o el secuestro, que tienen por objeto obligarlas a renunciar a su actividades. Muchas han sido sometidas a tortura u otros malos tratos durante su cautiverio, a menudo para obligarlas a confesar actividades delictivas o a retirar acusaciones de violaciones de derechos humanos.


Las salvaguardias relativas a la detención se vulneran con frecuencia, y numerosos defensores y defensoras permanecen recluidos sin cargos. Otros son acusados de cargos falsos, un método que Amnistía Internacional ha observado cada vez con mayor frecuencia en países en los que las autoridades tratan de empañar la imagen y la reputación de estas personas presentándolas como delincuentes o terroristas. En algunos casos está claro que los cargos son falsos. En otros, actividades legítimas como la convocatoria de una manifestación o la presentación de una denuncia oficial se califican de delitos de orden público o difamación.


En Irán, al menos 15 personas fueron detenidas mientras recogían firmas para la Campaña por la Igualdad, que aspira a recoger un millón de firmas en favor de la derogación de la legislación discriminatoria del país. Raheleh Asgarizadeh y Nasim Khosravi fueron detenidas el 14 de febrero de 2008 mientras recogían firmas después de una representación de teatro callejero sobre la poligamia en el parque Daneshjoo de Teherán. En un principio, la policía recluyó a las dos mujeres en un centro de detención local. Al cabo de dos días fueron trasladadas a la prisión de Evin de Teherán, donde permanecieron recluidas hasta el 26 de febrero de 2008, fecha en que quedaron en libertad bajo fianza, que se fijó en 100 millones de riales (unos 11.000 dólares estadounidenses) para cada una. Ambas están en espera de juicio por cargos de «propaganda contra el sistema». En febrero de 2008, otra mujer, Ehteram Shadfar, de 62 años, fue condenada a seis meses de prisión, con una suspensión de dos años, tras ser declarada culpable de «propaganda contra el sistema». Había permanecido detenida durante 24 horas en junio de 2007 por su actividad de recogida de firmas para la campaña. Era la tercera mujer condenada por esta actividad.


El hostigamiento que sufren los defensores y defensoras de los derechos humanos –mediante vigilancia, intervención de los teléfonos o restricciones de viaje injustificadas, entre otras tácticas– forma parte tan a menudo de su vida cotidiana que ni siquiera se denuncia. Puede adoptar la forma de ataques o asaltos a oficinas o casas, que con frecuencia se intenta que parezcan actos de delincuencia común. A estos activistas les han confiscado material y archivos, les han bloqueado el acceso a Internet o a otros sistemas de comunicación y les han congelado los activos.


También se utilizan campañas y tácticas difamatorias para deslegitimar el trabajo del colectivo de defensores. Los medios de comunicación a menudo colaboran en la propagación de acusaciones calumniosas y en los ataques a su integridad personal y a su independencia política.


Asimismo se han empleado barreras burocráticas de motivación política para obstaculizar el trabajo de organizaciones que defienden los derechos humanos. Se han esgrimido todo tipo de pretextos para negar a las organizaciones la inscripción legal, limitar sus reuniones, obstaculizar sus visitas de investigación e incluso obligarlas a cesar en sus actividades, ya sea directamente o impidiéndoles el acceso a fuentes de financiación.



Entornos hostiles


Los conflictos armados están entre los entornos más hostiles para defender los derechos humanos. Tal como han puesto de manifiesto incontables ejemplos, los conflictos armados casi siempre entrañan violaciones de derechos humanos fundamentales, normalmente a gran escala. Ya se produzca el enfrentamiento entre ejércitos profesionales o entre grupos armados, cada vez es más habitual que la vida y el sustento de la población civil se conviertan en las principales víctimas.


Es en este entorno donde más se necesita el trabajo de los defensores y defensoras de los derechos humanos, pero a menudo también es donde menos se respeta. En una atmósfera de tensa polarización, su imparcialidad se pone en tela de juicio. En el contexto de un conflicto de ocupación o una guerra civil, denunciar los abusos cometidos por el gobierno puede dar lugar a que los defensores y defensoras sean tachados de desleales, antipatriotas e incluso traidores. Por otra parte, criticar los abusos cometidos por grupos armados los convierte en peones del gobierno a los ojos de quienes respaldan la causa del grupo armado, que consideran que los defensores y defensoras y sus organizaciones legitiman la posición del gobierno. Estas percepciones erróneas pueden tener consecuencias mortales: pueden hacer que se vea a los defensores y sus organizaciones como aliados del enemigo y que, por ello, ambos bandos los consideren un «blanco legítimo».



Mujeres reunidas ante la Asamblea Nacional durante una manifestación contra la guerra en Monrovia, Liberia, 2003 © Panos/Tim A. Hetherinton


Colombia: la defensa de los derechos humanos

En Colombia, civiles residentes en el municipio de Apartadó crearon en 1997 la Comunidad de Paz de San José de Apartadó para reivindicar su derecho a no verse arrastrados al conflicto armado interno del país. Sin embargo, las fuerzas de seguridad y sus aliados paramilitares han acusado a la comunidad de subversión y, por su parte, el grupo guerrillero Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) la han acusado de cooperar con los enemigos. Desde que se creó la Comunidad de Paz, más de 160 de sus miembros han muerto de forma violenta o han sido sometidos a desaparición forzada, la gran mayoría a manos de las fuerzas de seguridad y sus aliados paramilitares, y el resto a manos de las FARC.


Niños y niñas de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó

© Amnistía Internacional


En situaciones de conflicto armado, las personas que defienden los derechos humanos se enfrentan también a enormes problemas prácticos. La situación de inseguridad puede imposibilitar el acceso a determinadas zonas para verificar las denuncias de abusos, o puede ser utilizada como pretexto para impedir el trabajo de las organizaciones humanitarias o de derechos humanos. La comprobación de violaciones del derecho internacional humanitario (el derecho de los conflictos armados) plantea desafíos metodológicos adicionales (por ejemplo, al evaluar la legalidad y la «necesidad militar» de un ataque específico) que pueden resultar insuperables en condiciones en las que las infraestructuras han quedado devastadas, los recursos escasean y el acceso a víctimas y comunidades está obstruido. La legislación de excepción puede imponer restricciones jurídicas a la libertad de circulación, de asociación y de expresión, limitando así seriamente la capacidad de defensores y defensoras para desempeñar su trabajo.


Las nuevas medidas de seguridad introducidas en todo el mundo desde los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos han tenido un efecto devastador sobre el entorno en el que trabajan quienes defienden los derechos humanos. Muchos gobiernos utilizan la denominada «guerra contra el terror» como justificación o pretexto para limitar las actividades legítimas de las organizaciones que defienden los derechos humanos. En algunos países, la legislación antiterrorista recién promulgada ha tenido un efecto inhibidor sobre las organizaciones de derechos humanos, que temen que sus actividades legítimas puedan caer en el ámbito de aplicación de las amplias y vagas disposiciones de tales leyes.


En términos más generales, muchos defensores y defensoras de los derechos humanos han tenido además que hacer frente a un discurso gubernamental que otorga prioridad a la «seguridad» (entendida como prevención del terrorismo) sobre los derechos humanos, y que ve ambas cuestiones como enfrentadas, en lugar de como metas que se apoyan mutuamente. En estas circunstancias, los derechos humanos han pasado a equipararse con «mano blanda con el terrorismo» o con preocupación exclusiva por los derechos de los presuntos terroristas, en lugar de los de las víctimas del terrorismo. El trabajo de quienes defienden los derechos humanos ha pasado así a calificarse de sesgado e irrelevante, y a los ojos de algunos gobiernos se ha equiparado con terrorismo o subversión.


Los países con sistemas de gobierno antidemocráticos y autoritarios pueden constituir también un entorno especialmente hostil para quienes defienden los derechos humanos. En estos Estados, el margen de acción de defensores y defensoras se suele ver severamente limitado por leyes y políticas que, en nombre de la seguridad nacional o el orden público, imponen restricciones draconianas a la libertad de expresión y asociación.



China: la defensa de los derechos humanos


El 22 de diciembre de 2006, el Tribunal Municipal Número 1 de Pekín condenó al abogado chino de derechos humanos Gao Zhisheng a tres años de prisión por «incitar a la subversión», delito vagamente definido en el Código Penal chino que se utiliza a menudo para encarcelar a activistas violando su derecho fundamental a la libertad de expresión. La legislación china contiene definiciones muy amplias de delitos como «subversión» o «robo de secretos de Estado», que pueden esgrimirse para detener y encarcelar a personas simplemente por participar en actividades legítimas de derechos humanos.


Si los Estados autoritarios crean un entorno hostil para las personas que defienden los derechos humanos, los «Estados desestructurados o colapsados» (aquellos que no cuentan con infraestructuras gubernamentales operativas) pueden plantear también enormes dificultades para su trabajo. En los lugares en los que las instituciones necesarias para prestar servicios públicos básicos como la aplicación de la ley, la atención médica o la educación no existen o dependen de autoridades de facto débiles y efímeras, las personas que defienden los derechos humanos deben trabajar de forma creativa con otras estructuras políticas y sociales, y a través de ellas, para prevenir y reparar los abusos y establecer un marco de salvaguardias en el ámbito local y comunitario. La ausencia de un Estado de derecho y la prevalencia de la fuerza sobre el diálogo democrático como medio principal de respuesta política ponen enormes obstáculos a la tarea de defensores y defensoras.

4. RESCATAR DERECHOS MARGINADOS

Las personas que defienden derechos tradicionalmente desatendidos o excluidos de las tendencias mayoritarias suelen encontrar obstáculos específicos en el desempeño de sus actividades. Puede ocurrir que tales derechos generen especial crítica o controversia, ya sea porque cuestionan normas sociales dominantes o porque se perciben como una amenaza al orden político, religioso o económico establecido. En este apartado se examinan los retos concretos a los que se enfrentan quienes trabajan en favor de los derechos económicos, sociales y culturales, los derechos reproductivos de las mujeres o los derechos asociados a la sexualidad.


Defensores y defensoras de los derechos económicos, sociales y culturales: lucha por el derecho a vivir con dignidad


En la Declaración Universal de Derechos Humanos, los derechos económicos, sociales y culturales reciben la misma atención que los derechos civiles y políticos. Sin embargo, se convirtieron en muchos aspectos en víctimas de la Guerra Fría. No fue hasta principios de la década de 1990 cuando empezaron a fortalecerse el reconocimiento y la comprensión de estos derechos, gracias a la acción de activistas de base y de otros agentes de la sociedad civil. En todo el mundo, los movimientos sociales emprendieron campañas para llamar la atención sobre el fuerte impacto social de los programas de ajuste estructural,5los efectos de la aplastante carga de la deuda en la capacidad de los países en desarrollo para satisfacer las necesidades básicas de la población, y las profundas desigualdades que han experimentado muchos países en el contexto de la globalización económica.


En los últimos 20 años, los movimientos de justicia social, desarrollo y derechos humanos han llevado de forma creciente el lenguaje y las herramientas de los derechos al ámbito de la política económica y social. Y en ese proceso se han enfrentado a grandes desafíos. Algunos gobiernos, entre ellos el de la economía más poderosa del mundo, Estados Unidos, han mantenido una postura de hostilidad hacia el concepto mismo de derechos económicos y sociales como derechos positivos exigibles. En los ámbitos tanto nacional como internacional, los mecanismos jurídicos para pedir reparación por violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales están mucho menos desarrollados que los relativos a los derechos civiles y políticos. Mientras el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ONU) lleva decenios examinando comunicaciones de individuos que alegan haber sido víctimas de violaciones de derechos enunciados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, sigue sin existir un mecanismo de denuncias equivalente para su tratado homólogo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.



Comunidades adivasi (indígenas) de India en una manifestación de protesta celebrada en Nueva Delhi, India, contra el apoyo económico del Banco Mundial a la construcción de 30 presas a lo largo del río Narmada (marzo de 2001). Tras la realización de una revisión independiente, el Banco Mundial impuso condiciones más estrictas a la concesión del préstamo para abordar algunos de los efectos medioambientales adversos de los proyectos. En 1993, el gobierno indio se retiró del préstamo suscrito con el Banco Mundial. © JOERG BOETHLING / Still Pictures


Los activistas han obtenido un gran éxito a la hora de incluir en la agenda nacional e internacional cuestiones como la pobreza, el comercio injusto, la deuda insostenible o la ayuda insuficiente, pero las personas que defienden los derechos humanos siguen encontrándose con la resistencia de los gobiernos y de otros sectores de la sociedad civil cuando hablan de la alimentación, la vivienda, la salud o la educación como derechos humanos. Las dificultades para detectar las violaciones, atribuir la responsabilidad y proponer medidas adecuadas de reparación y prevención han hecho que algunas personas vean los derechos económicos, sociales y culturales como inherentemente menos exigibles por medios judiciales (es decir, menos «justiciables»). Otro enorme desafío es la complejidad de abordar desde una perspectiva de derechos humanos cuestiones de asignación de recursos nacionales o de política macroeconómica internacional.


Pese a todo ello, las personas que defienden los derechos económicos y sociales han realizado enormes progresos en los últimos años. Gracias a sus esfuerzos, algunos Parlamentos nacionales han aprobado leyes y reformas constitucionales que reconocen directamente derechos económicos y sociales. Se han logrado victorias históricas mediante causas judiciales pioneras, como la resolución del Tribunal Constitucional de Sudáfrica que ordenaba el suministro de medicamentos antirretrovirales para prevenir la transmisión maternoinfantil del VIH, o la sentencia del Tribunal Supremo de India que determinaba que para realizar el derecho a vivir con dignidad era preciso disfrutar de un acceso equitativo a la vivienda y a los medios de subsistencia, por lo que prohibía los desalojos forzosos arbitrarios.6





Tailandia: la defensa de los derechos humanos


Luan Srisongpong es un granjero tailandés que recorrió 450 km hasta Bangkok en una marcha de la Asamblea de los Pobres, convocada para pedir a los gobiernos que actuasen con el fin de paliar el impacto de los proyectos de desarrollo sobre las poblaciones pobres y desfavorecidas.



Estos logros han reflejado también el trabajo realizado por quienes defienden los derechos económicos, sociales y culturales, en cooperación con expertos en desarrollo, científicos sociales y profesionales de ámbitos como la salud, la educación y la vivienda, para elaborar nuevas herramientas y metodologías con las que evaluar los casos de violaciones de estos derechos. Entre ellas se incluyen indicadores y parámetros para medir el cumplimiento de la obligación de satisfacer los niveles mínimos esenciales de estos derechos, así como el análisis presupuestario para calibrar si los gobiernos están haciendo realidad progresivamente los derechos económicos, sociales y culturales de acuerdo con los recursos máximos de que disponen.


Sin embargo, los progresos realizados en la afirmación y reivindicación de los derechos económicos, sociales y culturales no son únicamente resultado de resoluciones judiciales o de deliberaciones de intelectuales y profesionales de los derechos humanos, ni siquiera de las campañas mundiales lanzadas por ONG internacionales. Son ante todo resultado de luchas concretas libradas por las comunidades individuales para defender sus medios de vida ante las acciones abusivas de autoridades gubernamentales, industrias poderosas o élites corruptas.


Un activista indio, al que se le preguntó si los esfuerzos de la sociedad civil mundial habían sido relevantes en la mejora de las condiciones de las personas afectadas por la construcción de unas presas en el río Narmada, declaró lo siguiente:


Si los habitantes de la zona, los agricultores, los adivasi [comunidades tribales] son parte de la «sociedad civil mundial», puedo decir que sí: la «sociedad civil mundial» ha supuesto mucho. Que ahora tengamos reasentamientos, incluso aunque vengan acompañados de ciertos problemas, es gracias a que esta «sociedad civil mundial» se organizó e hizo frente a los gobiernos de los Estados, al gobierno de India, al Banco Mundial y a los constructores de las presas. Si hoy se nos han reconocido algunos derechos, es gracias a nuestra lucha.7




Incorporación de derechos: defensores y defensoras de los derechos sexuales y reproductivos


Uno de los frentes más importantes en la lucha por los derechos humanos de las mujeres es el de la autonomía sexual y reproductiva y las formas coactivas y a menudo violentas en las que se reprime.


Gran parte de la violencia de género infligida por hombres a mujeres tiene como finalidad restringir y controlar la sexualidad y la capacidad reproductiva de éstas: desde los homicidios por motivos de «honor» de mujeres que han tenido relaciones sexuales fuera del matrimonio hasta la violación conyugal o los ataques contra mujeres embarazadas del bando «enemigo» como estrategia en un conflicto. Estas y otras violaciones de los derechos sexuales y reproductivos ocurren en el mundo a gran escala y están claramente proscritas por el derecho internacional. Sin embargo, se encuentran entre los mayores retos que deben abordar los defensores y las defensoras de los derechos humanos.


Una de las razones fundamentales es la deferencia generalizada hacia los valores culturales y religiosos cuando se trata de sexualidad y del control de las mujeres sobre sus opciones reproductivas.Se alega que lo que se considera socialmente aceptable en las relaciones sexuales y la planificación familiar depende hasta tal punto de las actitudes culturales y religiosas de cada contexto, que es imposible reivindicar como derecho universal el derecho a la autonomía sexual y reproductiva.


Estos argumentos se basan con frecuencia en una visión fija y estereotipada de la «cultura» o la «tradición», que niega la diversidad y heterogeneidad de opiniones que pueden existir dentro de un contexto religioso o cultural. Aducir que, cuando se trata de la sexualidad o el comportamiento de las mujeres, lo que debe considerarse un derecho depende del contexto cultural o religioso es pasar por alto el hecho de que sociedades de todos los credos han atacado la sexualidad y la autonomía reproductiva de las mujeres como medio fundamental de mantenerlas en una posición de subordinación social, y en numerosas ocasiones han hecho oídos sordos incluso a las manifestaciones más violentas de esta forma de discriminación.



Reunión de un comité local contra la mutilación genital femenina en Benín, noviembre de 2003.

© JORGEN SCHYTTE/Still Pictures


A lo largo de los dos últimos decenios, estas actitudes han empezado a cambiar, gracias al incansable trabajo de campaña, captación de apoyos y activismo de las defensoras de los derechos humanos. Sus esfuerzos por mostrar los vínculos entre sexualidad, reproducción, violencia de género y discriminación se han complementado con el trabajo de los defensores y defensoras que combaten los abusos contra lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero; las personas que trabajan para poner fin a los abusos relacionados con el VIH/sida; y los activistas que exponen las consecuencias que para la salud y el desarrollo tienen cuestiones como la mortalidad materna o la falta de acceso a la contracepción.



Representante de la Sección para los Derechos de la Mujer de la Liga Camboyana para la Promoción y la Defensa de los Derechos Humanos (LICADHO) en el Día de los Derechos Humanos de 2006.

© LICADHO


Un gran logro de esta coalición de defensores y defensoras ha sido que la comunidad internacional haya reconocido los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos en declaraciones de la ONU y en documentos de consenso. Ejemplos de ello son el Programa de Acción adoptado en la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo celebrada en El Cairo en 1994 y la Plataforma de Acción de Beijing, aprobada en la Conferencia Mundial de la ONU sobre la Mujer celebrada en 1995. Estos instrumentos exponen con más detalle qué deben hacer los Estados para respetar, proteger y realizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, y desde su adopción se han complementado con el trabajo de los órganos expertos pertinentes de la ONU.


Además, estos logros han tenido su equivalente en los ámbitos regional y nacional. Por ejemplo, en diciembre de 2006 los defensores y defensoras celebraron la inclusión de disposiciones que reconocían la salud y los derechos reproductivos como derechos fundamentales en la Constitución provisional de Nepal, un país en el que, según informes, en los últimos diez años han muerto más mujeres por problemas de embarazo que hombres y mujeres por el conflicto armado.8


Sin embargo, los defensores y defensoras que trabajan en el ámbito nacional se han enfrentado a menudo con una resistencia feroz, no sólo de las instancias oficiales, sino también de poderosas instituciones políticas o religiosas, de los medios de comunicación e incluso de otros sectores del movimiento de derechos humanos.


Las personas o grupos que defienden los derechos de lesbianas, gays, bisexuales o personas transgénero suelen verse expuestos a peligros y humillaciones en sus sociedades. En muchos casos son objeto de todo tipo de abusos a manos de las autoridades estatales, desde la negación de la inscripción legal de sus organizaciones a homicidios cometidos por escuadrones de la muerte o encarcelamiento por «delitos contra natura». También sufren amenazas, ataques y el repudio de otros miembros de su comunidad.





Mujeres lesbianas y bisexuales portan una bandera gigante del arco iris durante la Dyke March de la semana del orgullo gay de Toronto (junio de 2005) © Particular








En muchos países, las denuncias oficiales presentadas por quienes defienden los derechos de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero se encuentran con la indiferencia y, por tanto, la impunidad. Los defensores y defensoras que buscan protección contra amenazas de muerte u otros ataques suelen toparse con la actitud de que «tienen lo que se merecen». En los aproximadamente 70 países en donde la homosexualidad es delito, defender estos derechos puede considerarse equivalente a fomentar la delincuencia. Por tanto, los defensores y defensoras se exponen a ser procesados por realizar actividades de defensa de sus derechos humanos, además de por su identidad.





Honduras: la defensa de los derechos humanos


Donny Reyes es el tesorero de la Asociación Arcoiris, organización de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero de Honduras. La policía lo detuvo en la capital, Tegucigalpa, en marzo de 2007. Según los informes, los agentes lo golpearon y luego lo recluyeron durante seis horas y media en una celda de la comisaría, donde otros detenidos lo violaron y le propinaron golpes repetidamente, instigados al parecer por uno de los policías. Después lo dejaron en libertad © Amnistía Internacional


Uganda: la defensa de los derechos humanos


En octubre de 2004, una emisora de radio de Uganda fue multada por emitir un debate en directo en el que participaban activistas en favor de los derechos sexuales que hablaban sobre la discriminación de miembros de la comunidad de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero y sobre su necesidad de recibir atención médica contra el VIH/sida. El Consejo de Radiodifusión impuso una multa de unos 1.000 dólares estadounidenses, alegando que el programa había «contravenido la moral pública» e infringía la legislación existente. Tras este incidente, agentes de las fuerzas de seguridad siguieron hostigando a miembros del colectivo de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero, lo que ocasionó que personas que defendían los derechos humanos de este colectivo en una de las principales universidades del país temieran por su seguridad personal.


Las personas que defienden los derechos de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénerotambién ha luchado por incluir estas cuestiones en la agenda internacional de derechos humanos. En algunos casos, su participación en foros internacionales de derechos humanos ha sido bloqueada deliberadamente por gobiernos hostiles. En esos foros, los intentos de defensores y defensoras por lograr el reconocimiento de la práctica reiterada de abusos contra lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero en todo el mundo se han topado con la exclusión reiterada y sistemática de las plataformas y resoluciones formales de derechos humanos, pues algunos gobiernos han alegado que estas cuestiones «no son tema adecuado» para la consideración de órganos internacionales de derechos humanos.


No obstante, el trabajo de quienes defienden los derechos de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero en países de todo el mundo ha empezado a ser reconocido y a quedar reflejado en el análisis de los órganos expertos de vigilancia de la ONU, por ejemplo la representante especial del secretario general de la ONU sobre la cuestión de los defensores de los derechos humanos, o los expertos que tratan temas como la violencia contra las mujeres, el derecho a la salud, la prevención de la tortura y las ejecuciones extrajudiciales.


Los defensores y defensoras han llamado la atención de la opinión pública sobre las numerosas formas en que se impide a las personas cuya orientación sexual o identidad de género difieren de lo percibido como norma que vivan su vida y ejerzan derechos y libertades que otras personas dan por supuestos. Han puesto de relieve las prácticas específicas de abusos a las que se enfrentan las personas transgénero y la doble discriminación que sufren las lesbianas, por su género y su orientación sexual, una discriminación que a menudo vuelve invisibles sus experiencias.


Los retos que se exponen en este apartado destacan la importancia de adoptar un enfoque abierto e inclusivo del concepto de «defensor o defensora de derechos humanos» y el poder que otorga reconocer como defensores de derechos humanos a quienes trabajan con las personas marginadas. Amnistía Internacional presenció un ejemplo de ese poder de protección en Guayaquil, Ecuador, donde defensores y defensoras de los derechos de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero se pusieron en contacto con la organización, pues estaban preocupados por la posibilidad de que la policía reprimiese con dureza la primera manifestación de defensores de estos derechos en la ciudad, que iba a celebrarse pese a que se había denegado la autorización oficial en el último momento. Los defensores y defensoras y los manifestantes portaron pancartas hechas con reproducciones ampliadas de llamamientos urgentes enviados por la membresía de Amnistía Internacional en favor del respeto a su libertad de asociación y a su derecho a defender los derechos humanos, con el fin de protegerse de posibles agresiones físicas. La manifestación se celebró pacíficamente y sin incidentes.


Sri Lanka: la defensa de los derechos humanos

En Sri Lanka, la homosexualidad se castiga con hasta 12 años de prisión. En agosto de 1999, el periódico The Island publicó una carta que protestaba por la próxima celebración de una conferencia de lesbianas en Colombo. Un grupo srilankés de apoyo a mujeres, Compañeros de Viaje, presentó una queja sobre la carta ante el Consejo de Prensa de Sri Lanka. Sin embargo, el Consejo de Prensa se negó a condenar la actitud del periódico al determinar que el autor tenía derecho a exponer su punto de vista y que su opinión estaba justificada porque el lesbianismo era un «acto de sadismo» y un delito tipificado por el Código Penal del país.

Además de buscar el fin de la brutalidad policial, la violencia de género y otros abusos, las personas que defienden los derechos sexuales y reproductivos propugnan una visión emancipadora de los derechos humanos, que considera que la integridad sexual es una parte tan importante del bienestar y la dignidad humanos como la libertad de conciencia u opinión. En efecto, la autonomía en la vida íntima, emocional y familiar es en sí misma un asunto de conciencia.

5. MARCO INTERNACIONAL


Durante el último decenio, la comunidad internacional ha acordado un marco internacional que reconoce el papel de todas las personas en la defensa de los derechos humanos. Gobiernos de todo el mundo han reconocido la importante función desempeñada por los defensores y defensoras de los derechos humanos y se han comprometido a protegerlos. También se ha reconocido que la sociedad civil tiene el derecho y la obligación de actuar de forma autónoma para proteger los derechos humanos. Aunque los compromisos sobre el papel no siempre se han hecho realidad, este marco ofrece nuevas oportunidades para la protección de quienes defienden los derechos humanos.


Declaración de la ONU sobre los Defensores de los Derechos Humanos


La Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos se adoptó el 9 de diciembre de 1998, víspera del 50 aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Este paso indicaba el grado de reconocimiento existente entre los Estados miembros de la ONU respecto a que los ideales consagrados en la Declaración Universal sólo pueden hacerse realidad si todas las personas participan en su aplicación y si quienes trabajan para promoverlos pueden hacerlo sin injerencias, obstáculos, intimidaciones o amenazas.


Los gobiernos determinaron que los esfuerzos de los defensores y defensoras de los derechos humanos por observar la situación, analizarla y proponer mejoras no sólo son compatibles con la obligación de los Estados de cumplir las leyes y normas de derechos humanos nacionales e internacionales, sino que contribuyen en gran medida a lograr este fin.


La Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos pide a los gobiernos que protejan los derechos que son fundamentales para el trabajo de defensores y defensoras. El derecho a la libertad de expresión, a manifestar opiniones críticas con las políticas gubernamentales, a reunirse pacíficamente, al activismo pacífico para lograr cambios, a recibir y difundir información y a establecer comunicación con organizaciones nacionales e internacionales son algunos de los derechos reconocidos como fundamentales para quienes defienden los derechos humanos. La Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos menciona expresamente el derecho de los defensores y defensoras a actuar colectivamente para proteger sus derechos.

Rusia: la defensa de los derechos humanos

Oleg Orlov es el presidente de Memorial, destacada organización rusa que promueve la protección de los derechos humanos mediante la vigilancia y la documentación de los abusos y violaciones que se cometen. Lo secuestraron junto con tres periodistas la víspera de una manifestación no autorizada convocada para protestar contra la brutalidad de las fuerzas de seguridad y para reivindicar otras cuestiones de derechos humanos. Según los informes, llevaron a los cuatro hombres fuera de la ciudad, los golpearon y los amenazaron con pegarles un tiro, tras lo cual los abandonaron en el campo.


© Amnistía Internacional


Se ha reconocido que las personas que defienden los derechos humanos a menudo se ponen en peligro por criticar al Estado o a otros agentes poderosos. Por ello, los gobiernos están obligados a garantizar que quienes defienden los derechos humanos pueden llevar a cabo su trabajo sin injerencias, obstáculos, discriminación o temor a represalias. Cuando se producen denuncias de abusos de este tipo, los defensores y defensoras tienen derecho a que su denuncia sea examinada por una autoridad judicial o de otro tipo que sea independiente, imparcial y competente, y, cuando se concluya que ha habido una violación, tienen derecho a obtener reparación.


La Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos dispone además que los gobiernos deben promover el conocimiento de los derechos humanos, mediante, entre otras cosas, la difusión de información relacionada con los derechos humanos, la educación en derechos humanos y la creación de instituciones nacionales de derechos humanos. La extinta Comisión de Derechos Humanos de la ONU también instó a los gobiernos a propiciar la aplicación de la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos y a informar sobre los esfuerzos realizados al respecto. Asimismo, exhortó a todos los órganos y mecanismos de derechos humanos de la ONU a tener en cuenta las disposiciones de dicha Declaración.


Representante especial del secretario general de la ONU sobre la cuestión de los defensores de los derechos humanos


En 2000, el secretario general de la ONU nombró a Hina Jilani, abogada paquistaní y activista de derechos humanos, primera representante especial sobre la cuestión de los defensores de los derechos humanos, para que contribuyera a aplicar la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos. Su mandato incluye elaborar informes, realizar labores de observación, visitar países, emprender acciones individuales sobre casos de violación de derechos humanos y formular recomendaciones para mejorar la protección de los defensores y defensoras. En abril de 2008 se modificó la denominación de este mecanismo, que pasó a llamarse «relator especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos», y se designó a una nueva titular para el cargo: Margaret Sekaggya.


Cuando los defensores y defensoras corren especial peligro, el relator especial (o representante especial, antes de abril de 2008) puede emprender acciones urgentes en su favor. Para ello, normalmente depende de la información proporcionada por defensores y defensoras locales u organizaciones internacionales que trabajan para defender los derechos de éstos. Desde el año 2000, la representante especial ha enviado más de 1.500 comunicaciones a gobiernos, planteando su preocupación por defensores y defensoras en situación de riesgo.9


También visita países para adquirir un conocimiento más completo de la situación a la que se enfrentan quienes defienden los derechos humanos en países específicos. Desde el año 2000, ha visitado 10 países. Desafortunadamente, no todos los países han cooperado plenamente con ella: 21 no han cursado invitaciones para permitir una visita, mientras que otros no han respondido a sus comunicaciones.10


Obligación de los gobiernos de proteger a los defensores y defensoras de los derechos humanos


En virtud de la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos y otras normas internacionales y regionales de derechos humanos, los gobiernos deben rendir cuentas de los ataques, hostigamientos, amenazas y cualesquiera otras violaciones cometidos contra defensores y defensoras por agentes del Estado, incluidos los miembros de las fuerzas de seguridad. Los Estados deben adoptar medidas para prevenir tales las violaciones y, si se reciben denuncias, deben llevar a cabo investigaciones imparciales sin demora y brindar reparación a las víctimas.


Tienen asimismo el deber de impedir las acciones de particulares, empresas u otros agentes no estatales que amenacen, ataquen, cometan algún otro tipo de abuso o intenten obstaculizar el trabajo de los defensores y defensoras de los derechos humanos. Si el Estado no actúa con la diligencia debida para prevenir, investigar y castigar esos abusos, podrá ser obligado a rendir cuentas en virtud del derecho internacional.


Pese a estas obligaciones, los defensores y defensoras de los derechos humanos son frecuentemente blanco de la represión o la inacción del Estado cuando sufren amenazas de agentes no estatales. Su trabajo puede llevarlos a desvelar verdades incómodas sobre políticas gubernamentales, o a respaldar los derechos de personas marginadas u opositores políticos, pero esto no legitima de ninguna manera los abusos contra ellos.


Mecanismos regionales


En América Latina, África y Europa, los gobiernos han trabajado conjuntamente para proteger a quienes defienden los derechos humanos. Esta cooperación intergubernamental ha promovido una comprensión más profunda del contexto al que se enfrentan los defensores y defensoras en una región determinada, y ha ayudado a los gobiernos a dar respuestas adecuadas. Sin embargo, sigue sin aprovecharse todo el potencial de protección regional. Oriente Medio carece de mecanismos regionales para la protección de los derechos humanos en general y de los defensores y defensoras en particular.


Por su parte, los gobiernos de los países de América se han comprometido expresamente a respaldar la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos en resoluciones adoptadas cada año desde 1999 por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos. En el seno de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la labor de defensores y defensoras se coordina a través de la Unidad Especial para Defensores de Derechos Humanos. Esta Unidad vigila, analiza e informa sobre la situación de las personas que defienden los derechos humanos, y asesora a la Comisión Interamericana sobre peticiones individuales presentadas por defensores o defensoras para la adopción de medidas cautelares, que pueden dictarse cuando una persona corre peligro de sufrir «daños graves e irreparables». Las medidas cautelares pueden consistir en medidas de seguridad o en la investigación de amenazas o de otras violaciones contra defensores y defensoras, para abordar las causas e impedir que se repitan. En 2005 se dictaron medidas cautelares en 11 casos relacionados con defensores o defensoras de los derechos humanos.11













Manifestación de mujeres en favor del derecho al voto en Kuwait (2002). Las mujeres kuwaitíes lograron el objetivo de su campaña sufragista en 2005 © Penny Tweedie/Panos


En 2004, la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos adoptó una resolución sobre la protección de las personas que defienden los derechos humanos en África en la que se instaba a los Estados miembros a hacer plenamente efectiva la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos. La resolución también preveía la creación de la figura del relator especial sobre los defensores de los derechos humanos en África.12 Hasta ahora, el trabajo de esta oficina ha sido limitado, principalmente debido a la falta de financiación, pero iniciativas recientes, como comunicados de prensa en los que se instaba a los gobiernos pertinentes a proteger adecuadamente a defensores y defensoras en situación de riesgo o la puesta en marcha de un boletín de noticias del relator especial en noviembre de 2007, han hecho concebir esperanzas de que puedan redoblarse los esfuerzos regionales relacionados con quienes defienden los derechos humanos en África.


La Unión Europea (UE) se ha comprometido formalmente a proteger a quienes defienden los derechos humanos. Las Directrices de la UE sobre Defensores de los Derechos Humanos, adoptadas en julio de 2004, proporcionan un marco para las actividades de los Estados miembros encaminadas a respaldar y proteger a las personas que defienden los derechos humanos en terceros países. Entre las medidas previstas en las Directrices cabe mencionar el fomento del trabajo de defensores y defensoras en los foros multilaterales, las intervenciones en favor de defensores en situación de riesgo y el apoyo a mecanismos internacionales y regionales para su protección. La UE ha emprendido campañas de ámbito mundial sobre cuestiones específicas relacionadas con el colectivo de defensores de los derechos humanos, por ejemplo sobre la libertad de expresión y sobre las mujeres defensoras.

La Carta de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN), firmada en noviembre de 2007, expresa el compromiso de crear un órgano regional de derechos humanos. Se ha designado a un grupo de personas expertas para redactar el mandato de dicho órgano. Amnistía Internacional y las organizaciones de la sociedad civil de la región están haciendo campaña en favor de la creación de un órgano de derechos humanos fuerte, profesional y representativo que aplique las normas internacionales.

6. UN MOVIMIENTO GLOBAL: UN MUNDO DE POSIBILIDADES


Gracias a su visión, su perseverancia y su valor, los defensores y defensoras de los derechos humanos superan los obstáculos que encuentran y logran cambios duraderos. Sacan a la luz violaciones de derechos humanos y hacen campaña para que las víctimas obtengan reparación, empoderan a particulares y comunidades para que reclamen sus derechos legítimos, y responden a asuntos de ámbito mundial haciendo hincapié en la dignidad de todos los seres humanos. Actúan allí donde lo consideran necesario. A menudo son los primeros en denunciar una violación de derechos humanos cuando ésta se comete y sus voces siguen oyéndose cuando la comunidad internacional ha dejado de prestar atención al asunto. En este y otros sentidos, las personas que defienden los derechos humanos son agentes esenciales de nuestro tiempo que actúan por diferentes medios para cambiar las cosas.


Las campañas internacionales y la movilización masiva han sido con frecuencia primordiales para dar legitimidad a las reivindicaciones y para convencer a los gobiernos de que deben intervenir en asuntos de derechos humanos. Más de un millón de personas ha pedido que se actúe para impedir que lleguen armas a las manos de quienes cometen abusos contra los derechos humanos. Desde que comenzó la campaña ha aumentado espectacularmente el número de gobiernos que apoyan la adopción de un Tratado Internacional sobre el Comercio de Armas, por lo que la comunidad internacional ha acordado iniciar la elaboración de un tratado que exigirá a los gobiernos implicados en el comercio de armas que actúen con arreglo a las normas internacionales humanitarias y de derechos humanos. Experiencias anteriores, como la de la Campaña Internacional para la Prohibición de las Minas Terrestres, en la que una red de ONG emprendió acciones en colaboración con gobiernos favorables a la iniciativa, ilustran el impacto que pueden tener tales actuaciones. La Convención de Ottawa de 1997, que prohíbe el empleo, la producción y la exportación de minas terrestres, ha sido ratificada por 153 países, y la condena sobre el uso de estas armas es generalizada.13


Del mismo modo, el movimiento de defensa de los derechos de las mujeres sigue emprendiendo iniciativas en todo el mundo para poner fin a la violencia y la discriminación contra las mujeres y a la impunidad de quienes han violado sus derechos humanos. Defensoras de los derechos humanos de todo el mundo han dirigido campañas o participado en ellas para acabar con las violaciones de que son víctimas, a menudo desafiando normas sociales, culturales o religiosas. Se han logrado numerosas victorias, pero en algunos países las defensoras de los derechos humanos siguen en peligro.


Aunque la movilización internacional puede resultar eficaz, la defensa de los derechos humanos empieza en el ámbito individual y comunitario. Las soluciones basadas en este entorno pueden tener un impacto internacional. Muhammad Yunus, fundador de Grameen Bank, ha afirmado lo siguiente: «Decidí actuar porque estaba rodeado de pobreza y no podía mirar a otro lado».14 El movimiento de microcréditos que él inició concediendo pequeños préstamos a personas sin recursos económicos ha permitido a sectores marginados acceder a una amplia gama de derechos. También ha hecho aumentar la comprensión internacional de la indivisibilidad de los derechos, y de la pobreza como violación de los derechos humanos.



Grupo de mujeres jóvenes en un taller sobre derechos de las mujeres e higiene en la provincia de Gujarat, India, 2001

© SHEHZAD NOORANI/Still Pictures


Los defensores y defensoras también han reaccionado al creciente impacto de las empresas en los derechos humanos elaborando estrategias para responder a los abusos que éstas cometen y exigiendo que respeten los derechos humanos. Las empresas no están vinculadas jurídicamente por los tratados internacionales de derechos humanos, pero sí tienen la obligación, como mínimo, de respetar todos los derechos humanos, y sus responsabilidades pueden ser todavía más amplias: en determinadas circunstancias, tienen además el deber de protegerlos, hacerlos realidad y promoverlos.


Los sistemas de justicia internacional para hacer que las empresas rindan cuentas de sus actos siguen siendo endebles, pero los defensores y defensoras de los derechos humanos han despertado la conciencia sobre esta cuestión y han aumentado el escrutinio público sobre las políticas y prácticas empresariales. En el Proceso de Kimberley, ONG internacionales, gobiernos y activistas se unieron para establecer códigos de conducta voluntarios sobre el comercio de diamantes, con el fin de evitar que dicho comercio exacerbara la guerra y los abusos graves contra los derechos humanos. Sin embargo, muchas de las personas que defienden los derechos humanos siguen pidiendo que las empresas no sólo se sometan a códigos de conducta voluntarios, sino a principios jurídicamente vinculantes. En ocasiones, los defensores y defensoras que se enfrentan a poderes económicos se topan con la reacción adversa no sólo de las empresas a las que intentan hacer rendir cuentas, sino también del Estado que protege los intereses del sector privado.

















Estudiantes de la Universidad de Míchigan protestan contra las empresas que comercializan productos textiles de fábricas en el extranjero en las que se emplea a trabajadores en condiciones de explotación, abril de 1999. © Steve Liss / Time Life Pictures / Getty Images


7. APOYO A LOS DEFENSORES Y DEFENSORAS DE LOS DERECHOS HUMANOS


Somos […] privilegiados porque tenemos a alguien pendiente de nosotros. Sin embargo, hay miles de personas que pierden su vida mientras intentan proteger los derechos humanos básicos de otras. Gracias por estar pendientes.15

Mudawi Ibrahim Adam, Organización para el Desarrollo Social de Sudán.



Pese a que existen mecanismos internacionales y regionales para proteger a las personas que defienden los derechos humanos, muchas de ellas siguen sufriendo hostigamiento, intimidación u otros abusos. Los defensores y defensoras que trabajan en tales situaciones conciben estrategias y tácticas para protegerse a ellos mismos y a otras personas, basándose en su experiencia cotidiana. Si bien estas estrategias constituyen su forma más inmediata de protección, las ONG internacionales, los gobiernos y las organizaciones intergubernamentales desempeñan un papel importante al respaldar y reforzar dichas estrategias en la medida de lo posible.


Mediante la creación de redes nacionales, regionales e internacionales, los defensores y defensoras pueden detectar abusos reiterados, encontrar soluciones a problemas comunes, impulsar el activismo e incrementar la capacidad de acción. Participar en estas redes también puede facilitar el acceso a los mecanismos de protección regionales e internacionales y posiblemente aumente la legitimidad de los defensores y defensoras, en particular de quienes trabajan en ámbitos tradicionalmente desatendidos por el movimiento de derechos humanos o de quienes sufren la discriminación de las autoridades nacionales.









El Día Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo se celebra cada año el 9 de agosto. En 2007, diversas organizaciones de Bangladesh se reunieron en Dacca para celebrar esa jornada, durante la cual se comprometieron a defender los derechos humanos de 41 comunidades indígenas.

© Munir uz Zaman/Majority World/Still Pictures


Las organizaciones internacionales tienen peso político y pueden movilizar eficazmente a las personas para despertar la conciencia sobre casos individuales, así como sobre leyes, prácticas y violaciones más sistémicas de derechos humanos. Están en situación de usar su legitimidad y su autoridad moral para ejercer presión sobre autoridades clave en los casos en que la actuación de defensores y defensoras locales conllevaría represalias. Han hablado en favor de los defensores y defensoras de países como Myanmar, donde tienden a silenciarse incluso los llamamientos en favor de los derechos más fundamentales.


Las nuevas tecnologías brindan nuevas oportunidades de comunicación a quienes defienden los derechos humanos. La creciente velocidad de Internet y su capacidad de llegar a un público muy amplio permiten convertir en pocas horas cuestiones locales de derechos humanos en asuntos internacionales. Sin embargo, el potencial de Internet no ha pasado desapercibido a varios gobiernos que, con la ayuda de algunas de las empresas de tecnologías de la información más grandes del mundo, han tratado de limitar la libertad de expresión. En China, Vietnam, Túnez y otros países, las personas que defienden los derechos humanos han sido hostigadas y encarceladas por su activismo en Internet.


Algunas ONG internacionales ofrecen formación que aborda específicamente la protección de los defensores y defensoras y su trabajo. Estos programas incluyen sensibilización respecto al contenido de la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, acceso a mecanismos de protección internacionales y regionales, valoración de riesgos, seguridad de la información, elaboración de estrategias para minimizar los riesgos y otra información pertinente para defensores y defensoras de los derechos humanos. Por ejemplo, en abril de 2008, Amnistía Internacional y una coalición colombiana de organizaciones de mujeres impartió un taller sobre defensoras de los derechos humanos y participó en él junto con activistas de 18 regiones del país. El taller contribuyó a propiciar los contactos entre las defensoras, además de servir para debatir estrategias sobre cómo mejorar su protección personal y la de la organización. Esta experiencia ilustra cómo Amnistía Internacional, activistas y organizaciones locales pueden trabajar conjuntamente para apoyar un activismo eficaz.

Otras organizaciones, en particular las Brigadas Internacionales de Paz, han establecido una presencia física en áreas en las que trabajan personas que defienden los derechos humanos. Con esa presencia pueden reducir los peligros que amenazan a dichas personas y ayudarlas así a continuar con su trabajo. La eficacia del acompañamiento internacional depende de diversos factores locales e internacionales. Sin embargo, defensores y defensoras de países como Colombia, Guatemala e Indonesia lo han pedido repetidamente, pues lo consideran un elemento de sus estrategias de seguridad.











Las Brigadas Internacionales de Paz acompañan a la hermana Cecilia, de la Comisión Intereclesial Justicia y Paz, durante una visita a una comunidad desplazada en Jiquamiandó, Colombia, 2007. La Comisión documenta violaciones de derechos humanos y presenta denuncias sobre ellas. © Brigadas Internacionales de Paz


Los gobiernos, la comunidad diplomática y los organismos donantes están en situación de tomar medidas para proteger a los defensores y defensoras y su trabajo, incluso en terceros países. Los gobiernos pueden plantear en foros bilaterales o multilaterales su preocupación por la situación de las personas que defienden los derechos humanos y pueden prestar apoyo a los mecanismos internacionales y regionales. Los organismos donantes pueden incluir cuestiones relativas a los defensores y defensoras en todas las etapas del desarrollo, la aplicación y la evaluación de proyectos, y dar prioridad a la capacitación de quienes defienden los derechos humanos. Algunos gobiernos han incluido la protección de defensores y defensoras locales en sus planes de contingencia para situaciones de emergencia. Los gobiernos también pueden agilizar sus procesos de concesión de visados para permitir la circulación de defensores y defensoras que tienen que trasladarse porque han recibido amenazas graves. En algunos países, representantes diplomáticos han visitado las oficinas de defensores o defensoras de los derechos humanos, o los han invitado a sus despachos o a sus domicilios particulares. Estas medidas pueden surtir un efecto considerable y transmitir un mensaje contundente, a saber, que las violaciones de derechos humanos contra defensores y defensoras tendrán repercusiones internacionales.


8. PROTEGER EL FUTURO DE LOS DERECHOS HUMANOS


[…] la opresión de los defensores suele ser un indicador de una falta de respeto de los derechos humanos mucho más amplia y guarda una proporción directa con su situación en sentido lato.


Hina Jilani, representante especial del secretario general de la ONU sobre la cuestión de los defensores de los derechos humanos (2000-2008), 2004


El futuro de los derechos humanos está intrínsecamente ligado a la capacidad de defensores y defensoras de trabajar libremente y sin temor. El asesinato de la periodista Anna Politkovskaya transmitió un mensaje nítido y atroz sobre los peligros que acechan a quienes denuncian la represión en Rusia. También pone de manifiesto que una de las mejores formas de socavar los derechos humanos es atacar a las personas que los defienden, una táctica que se repite con demasiada frecuencia en todo el mundo. Afortunadamente, hay hombres y mujeres con la valentía necesaria para hacer frente a esos ataques: a los actos de conmemoración del primer aniversario del asesinato de Anna Politkovskaya asistieron otros defensores y defensoras de los derechos humanos para quienes las amenazas y la intimidación siguen siendo una realidad cotidiana.


Se han logrado muchas victorias, pero el futuro de una protección genuina de los derechos humanos radica en la capacidad de los defensores y defensoras de trabajar libremente, sin intimidaciones, persecuciones o ataques. Estas personas continúan ideando formas nuevas e innovadoras de hacer frente a la injusticia al tiempo que tratan de minimizar el peligro que se cierne sobre ellas, sus familiares y sus comunidades. Los avances de los últimos 60 años en la adopción de mecanismos jurídicos nacionales e internacionales destinados a proteger los derechos humanos y a quienes los defienden son significativos, pues ofrecen un compromiso público con la seguridad de estas personas. No obstante, si bien suponen un gran paso adelante sobre el papel, la retórica todavía no se traduce en respeto o protección reales. Los sistemas de justicia de todo el mundo deben encontrar un modo nuevo y concreto de proteger a los defensores y defensoras de los derechos humanos haciendo verdaderamente efectivos los correspondientes mecanismos internacionales, regionales y nacionales que ya existen, y aplicándolos en el ámbito nacional. El movimiento internacional de derechos humanos ha de acoger a las personas que defienden derechos en ámbitos nuevos, emergentes y controvertidos. Amnistía Internacional sigue ejerciendo presión en favor de un mayor reconocimiento de la condición y función de los defensores y defensoras de los derechos humanos y de todas las personas que denuncian las violaciones de derechos humanos y la impunidad y que hacen campaña para combatirlas.





Apoyar el movimiento internacional de defensores y defensoras de los derechos humanos sigue siendo vital.






CONTRAPORTADA


Transcurridos sesenta años desde la adopción de la Declaración Universal de Derechos Humanos, no hay ningún país en el mundo que no haya aceptado formalmente al menos alguno de los tratados básicos de derechos humanos. Pero si los países han acordado proteger los derechos humanos ¿por qué se sigue intimidando, deteniendo, torturando e incluso matando a quienes los defienden?


¿Quiénes son defensores y defensoras de los derechos humanos? ¿Qué diversidad de formas adopta su trabajo en defensa de esos derechos? ¿Qué salvaguardias existen para proteger su labor? Amnistía Internacional analiza estas cuestiones y examina el modo en que la agenda de los derechos humanos evoluciona a medida que nuevas generaciones de defensores y defensoras van poniendo en tela de juicio la tradicional interpretación de los derechos humanos.


Notas finales

1 Amnistía Internacional ha tratado infructuosamente de identificar al propietario/a del copyright de este poema. Desde aquí se invita a los legítimos derechohabientes a ponerse en contacto con la organización.

2 Bobbio, N. The Age of Rights, Polity Press (1996).

3 Véanse, por ejemplo, los desafíos para el movimiento de derechos humanos que ha planteado recientemente Conor Gearty, titular de la cátedra Sigrid Rausing de Derechos Humanos de la Escuela de Economía de Londres (London School of Economics). El profesor Gearty distingue tres causas de la «crisis» de derechos humanos: el riesgo de convertir la defensa de los derechos humanos en una estrategia excesivamente jurídica, el impreciso fundamento de la autoridad moral del movimiento de derechos humanos y los daños causados al marco de los derechos humanos por la «guerra contra el terror». Gearty, C., Can Human Rights Survive? (Cambridge University Press, 2006).

4 La denominación completa de este instrumento, adoptado por la Resolución 53/144 de la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, es Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos. La Declaración propiamente dicha no usa ni define el término «defensor de derechos humanos», pero la representante especial del secretario general de la ONU sobre la cuestión de los defensores de los derechos humanos, designada en 2000 por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU para fomentar la aplicación de la Declaración, se refiere a ella como «Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos».

5Los programas de ajuste estructural son políticas que debían aplicar los países para poder optar a préstamos del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional (FMI). Tales políticas incluían el crecimiento basado en las exportaciones, la privatización y la liberalización. Posteriormente, el Banco Mundial y el FMI han dado una nueva denominación a sus instrumentos de préstamo para ajuste estructural y han introducido los documentos de estrategia de lucha contra la pobreza (DELP) como base para la concesión de préstamos, pero persisten las preocupaciones sobre la tendencia de ambas instituciones a presionar para impulsar la liberalización del comercio, la desregulación y la privatización en los países beneficiarios.

6 Tribunal Constitucional de Sudáfrica, Treatment Action Campaign v. Minister of Health; Tribunal Supremo de India, Olga Tellis.

7 Dipti, activista contra la construcción de las presas en el río Narmada, citado en Global Civil Society Yearbook (2006).

8 Centro de Derechos Reproductivos, Nepal draft constitution recognizing reproductive rights is adopted. El Centro cita cifras ofrecidas por el gobierno. Véase www.crr.org.

9Encontrarán información sobre cómo presentar una denuncia ante la relatora especial sobre la cuestión de los defensores de los derechos humanos en http://www2.ohchr.org/english/issues/defenders/complaints.htm.

10 Promoción y protección de los derechos humanos: defensores de los derechos humanos, Informe presentado por la representante especial del secretario general sobre la cuestión de los defensores de los derechos humanos, 23 de enero de 2006, Comisión de Derechos Humanos, 62º periodo de sesiones, Tema 17 b, E/CN.4/2006/95, párr. 40.

11Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas, Comisión Interamericana de Derechos Humanos, OEA/Ser.L/V/II.124, Doc. 5 rev. 1, 7 de marzo de 2006, párr. 249, http://www.cidh.org/countryrep/Defensores/DEFENDERS.SPANISH.pdf.

12Resolution on the Protection of Human Rights Defenders in Africa, Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, 35º periodo ordinario de sesiones celebrado del 21 de mayo al 4 de junio de 2004, Banjul, Gambia, http://www.achpr.org/english/_info/index_hrd_en.html.

13 El nombre formal de este tratado es Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción. A fecha de febrero de 2007, 153 países lo habían ratificado.

14 Véase http://nobelprize.org/nobel_prizes/peace/laureates/2006/yunus-lecture-en.html.

15 Front Line, Plataforma de Dublín para Defensores de Derechos Humanos 2005, http://www.frontlinedefenders.org/es/platform.


22 de agosto de 2008
Índice AI: ACT 30/006/2008




SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDON WC1X 0DW, REINO UNIDO


TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL (EDAI), ESPAÑA



Cómo puedes ayudar

AMNISTÍA INTERNACIONAL EN EL MUNDO