Documento - Menores de edad y pena de muerte: Ejecuciones en el mundo desde 1985
Amnistía Internacional
Menores de edad y pena de muerte
Ejecuciones en el mundo desde 1985
Enero de 1998 RESUMEN Índice AI: ACT 50/02/98/s
DISTR: SC/DP(08/98)
Según la información de que dispone Amnistía Internacional, en los años noventa, seis países han ejecutado a delincuentes juveniles, es decir, a personas condenadas a muerte por delitos cometidos cuando tenían menos de 18 años. El documento externo que se adjunta proporciona información sobre estos casos, así como sobre los de otros ejecutados desde 1985, y describe brevemente las normas internacionales al respecto. Se adjunta un cuadro con las ejecuciones de delincuentes juveniles que se han producido desde 1985.
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PALABRAS CLAVE: PENA DE MUERTE1 / EJECUCIONES1 / MENORES1 / INSTRUMENTOS DE DERECHOS HUMANOS / BANGLADESH / IRÁN / IRAQ / NIGERIA / PAKISTÁN / ARABIA SAUDÍ /ESTADOS UNIDOS / YEMEN / |
Este texto resume el documento titulado Menores de edad y pena de muerte. Ejecuciones en el mundo desde 1985(Índice AI: ACT 50/02/98/s), publicado por Amnistía Internacional en enero de 1998. Quienes deseen más información o emprender alguna acción sobre este asunto, deben consultar el documento completo.
SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO
TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL (EDAI) ESPAÑA
Amnistía Internacional
Menores de edad y pena de muerte
Ejecuciones en el mundo desde 1985

Enero de 1998
Índice AI: ACT 50/02/98/s
Distr: SC/DP
SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO
TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL (EDAI), ESPAÑA
Menores de edad y pena de muerte
Ejecuciones en el mundo desde 1985
I Introducción
Las normas internacionales de derechos humanos prohíben la pena de muerte para delitos cometidos por menores de 18 años, sin embargo, algunos países todavía permiten o llevan a cabo ejecuciones de delincuentes menores de edad. Dichas ejecuciones son escasas comparadas con las que se producen en conjunto en todo el mundo. No obstante, su importancia trasciende las cifras, ya que estas ejecuciones ponen en entredicho el compromiso de esos países para respetar las normas internacionales.
Desde 1985, Amnistía Internacional ha documentado ejecuciones de delincuentes juveniles en ocho países. Se sabe que seis de estos han ejecutado a delincuentes menores de edad en los años noventa: Irán, Nigeria, Pakistán, Arabia Saudí, Estados Unidos y Yemen. La mayoría de las ejecuciones que se conocen han tenido lugar en Estados Unidos.
Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos, ya que constituye una violación del derecho a la vida y del derecho de la persona a no ser sometida a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Como paso hacia la abolición total de la pena de muerte, apoya medidas que limiten su aplicación, entre las que figuran leyes que excluyan la ejecución de delincuentes menores de edad, es decir de personas condenadas a muerte por delitos cometidos cuando tenían menos de 18 años.
in II Ejecuciones de delincuentes menores de edad en el mundo desde 1985
A continuación se incluye información de los países que han ejecutado a delincuentes juveniles desde 1985. En el informe se adjunta un cuadro.
Bangladesh
Mohammad Selim fue condenado a muerte por un consejo de guerra y ejecutado el 27 de febrero de 1986. La información de que dispone Amnistía Internacional indica que tenía 17 años cuando fue ejecutado. El gobierno ha afirmado que al menos tenía 18.
Irán
Desde la creación de la República Islámica de Irán en 1979, miles de presos han sido ejecutados, muchos de ellos tras haber sido sometidos a juicios sumarios. Amnistía Internacional cree que entre los ejecutados figuran menores de 18 años, pero en la mayor parte de los casos, la organización no ha podido documentar casos individuales.
En uno de los pocos casos documentados, Kazem Shirafkan, de 17 años, fue ejecutado por el delito de asesinato en 1990Informe 1991 de Amnistía Internacional, p. 175..
En su informe al Periodo de Sesiones de 1993 de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el relator especial de la ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Bacre Waly Ndiaye, afirmó que había tenido noticias de que tres jóvenes, dos de ellos de 17 años y el otro de 16, habían sido ejecutados el 29 de septiembre de 1992Ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias: Informe del relator especial..., documento de la ONU Núm. E/CN.4/1993/46, 23 de diciembre de 1992, p. 89, párrafo 363..
Iraq
Niños menores de 18 años han sido ejecutados en Iraq. Según informes, entre los 31 kurdos ejecutados por un pelotón de fusilamiento entre noviembre y diciembre de 1987, tras celebrarse juicios militares sumarios, figuraban cinco menores, de entre 15 y 17 años de edad. Existen noticias de que otros ocho, con edades entre 14 y 17 años, fueron ejecutados el 30 y el 31 de diciembre de 1987.
Nigeria
Chidiebore Onuoha, de 17 años de edad, fue ejecutado el 31 de julio de 1997. Tenía 15 años cuando cometió el robo a mano armada por el que fue ejecutado.
Pakistán
El 15 de noviembre de 1992, 11 hombres de jóvenes fueron ahorcados en la provincia de Punjab, entre los que se encontraba un muchacho de 17 años.
El 30 de septiembre de 1997, Shamun Masih fue ahorcado en Hyderabad por robo a mano armada y asesinato triple, delitos que había cometido en 1988, cuando tenía 14 años.
Arabia Saudí
En su informe al Periodo de Sesiones de 1993 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, el relator especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias afirmó que había tenido noticias de que un musulmán chií, Sadeq Mal Allah, había sido decapitado el 3 de septiembre en la ciudad oriental de Al Qarif. Según informes, fue condenado a muerte cuando tenía 17 años por cargos relacionados con blasfemia, tras celebrarse un juicio en el que se le negó un abogado.Ibid., p. 123, párrafo 510.
Estados Unidos de América
El país del mundo del que existen más casos documentados de ejecuciones de menores de edad es Estados Unidos de América.
Desde agosto de 1997, en quince estados de este país hay delincuentes juveniles en el pabellón de los condenados a muerte. Desde 1985 se han llevado a cabo nueve ejecuciones de delincuentes menores de edad en cinco estados; todos los ejecutados tenían 17 años en el momento de cometer el delito. De todos los estados, Texas es el que ha llevado a cabo el mayor número de ejecuciones desde 1977 —144 hasta el 31 de diciembre de 1997— y ha dado muerte a cinco delincuentes juveniles.
A continuación se proporciona información sobre los casos de los nueve delincuentes menores de edad ejecutados. (La raza del preso o el grupo étnico y el estado se indican entre paréntesis).
Charles Rumbaugh (blanco, Texas)tenía 17 años cuando se cometió el asesinato de una persona durante un robo. Comenzó su actividad delictiva a los seis años y a los 12 había cometido un robo a mano armada. Se le ejecutó mediante inyección letal el 11 de septiembre de 1985, 10 años después de su condena, y fue el primer delincuente menor de edad que se ejecutaba en Estados Unidos en 21 años.
James Terry Roach (blanco, Carolina del Sur)tenía 17 años cuando cometió un doble asesinato junto con un hombre adulto y otro menor. El cómplice más joven testificó a cambio de una condena más leve. Roach y el otro acusado se declararon culpables y fueron condenados a muerte en diciembre de 1977, apenas seis semanas después de cometer el delito. A Roach lo defendió un abogado designado por el tribunal al que se investigaba por irregularidades en el ejercicio de su profesión. Se presentó recurso, y los abogados presentaron pruebas de que el condenado tenía sus facultades mentales disminuidas, con un cociente intelectual de entre 75 y 80, así como posible síntomas de la enfermedad de Huntingdon, afección neurológica progresiva. Pese a los llamamientos del ex presidente de Estados Unidos, Jimmy Carter, del secretario general de la ONU, Javier Pérez de Cuéllar, y de otras personalidades mundiales, fue ejecutado el 10 de enero de 1986.
Dalton Prejean (negro, Louisiana) tenía 17 años cuando un agente de policía fue asesinado en 1977. Prejean fue juzgado ante un jurado compuesto sólo por blancos y lo representó un abogado designado por el tribunal. En el juicio se presentaron pruebas de que tenía sus facultades mentales disminuidas y un cociente intelectual de 71. Su madre lo había abandonado cuando tenía dos semanas y se crió con un pariente que, al parecer, era violento. A partir de los 13 años pasó por varias instituciones psiquiátricas y se le diagnosticaron algunas enfermedades mentales, entre ellas esquizofrenia. A los 14 años fue internado en un sanatorio mental por matar a un taxista. Los médicos recomendaron una larga hospitalización bajo estricta vigilancia. Sin embargo, lo dejaron salir al cabo de tres años, al parecer, por falta de fondos para mantenerlo ingresado. Pese a las peticiones de clemencia realizadas en 1989 y 1990, fue electrocutado el 18 de mayo de 1990, 12 años después de ser condenado a muerte.
Jay Pinkerton (blanco, Texas) fue ejecutado mediante inyección letal el 15 de mayo de 1986, casi cinco años después de cometer dos asesinatos, a la edad de 17 años.
Johnny Garrett (blanco, Texas)fue condenado por el asesinato de una monja blanca de 76 años cuando tenía 17 años. Tenía tras de sí un largo historial de enfermedades mentales y sufrió graves abusos sexuales y físicos de niño, algo que no se mencionó en el juicio. Entre 1986 y 1992, tres peritos médicos informaron de que padecía una psicopatía crónica y lesiones cerebrales como consecuencia de las heridas que había sufrido cuando era niño. Las peticiones de clemencia realizadas por el Papa Juan Pablo II y por la comunidad religiosa de las Hermanas Franciscanas, a la que pertenecía la monja asesinada, resultaron inútiles, y Johnny Garret fue ejecutado mediante inyección letal el 11 de febrero de 1992.
Curtis Harris (negro, Texas)tenía 17 años cuando mató a un hombre blanco en 1978. Creció en el seno de una familia de nueve hijos en condiciones de extrema pobreza. Su padre, alcohólico, le pegaba con frecuencia. En el juicio se excluyeron del jurado a los tres únicos miembros que eran negros. Varios años después de su condena a muerte, fue examinado por la doctora Dorothy Otnow Lewis, catedrática de Psiquiatría de la Facultad de Medicina de Nueva York, que descubrió que tenía un bajo cociente intelectual (77) y lesiones cerebrales orgánicas como consecuencia de las palizas que sufrió de niño. Su abogado no presentó información alguna sobre su educación o capacidad mental en el primer juicio. Los recursos contra la condena no prosperaron y fue ejecutado el 1 de julio de 1993.
Frederick Lashley (negro, Missouri)tenía 17 años cuando cometió el delito; cuando se le suministró una inyección letal el 28 de julio de 1993, se convirtió en el primer delincuente menor de edad que se ejecutaba en Missouri desde hacía 60 años. Un jurado compuesto por blancos lo declaró culpable y le condenó a muerte en 1982 por el asesinato de un primo suyo en 1991. En el momento de cometer el homicidio se encontraba bajo los efectos de drogas. Su madre le había abandonado a temprana edad y se había criado con unos parientes. Empezó a beber grandes cantidades de alcohol a la edad de 10 años y, en el momento de cometer el delito, no tenía hogar. En el juicio fue defendido por un abogado que nunca había participado en un caso de condena a muerte.
Christopher Burger (blanco, Georgia). Este hombre fue el primer delincuente juvenil que se ejecutó en Georgia en aplicación de la actual ley de pena de muerte. Tenía 17 años cuando, en 1977, cometió el asesinato por el que fue declarado culpable. Fue condenado a muerte en 1978. La sentencia fue anulada, pero en 1979 fue condenado a muerte de nuevo. Catorce años después fue ejecutado mediante electrocución.
En el juicio estuvo representado por un abogado que no había participado anteriormente en un caso de pena de muerte. Aunque en Estados Unidos se pide a los jurados que tengan en cuenta los factores atenuantes a la hora de decidir imponer una condena a muerte, el abogado de Christopher Burger no presentó pruebas atenuantes ni en la vista de 1978 ni en la de 1979, en las que se le condenó. Por lo tanto, no se informó al jurado de que Christopher Burger tenía un bajo cociente intelectual, que era enfermo mental y que tenía lesiones en el cerebro por los malos tratos físicos que había sufrido de niño, o que tuvo una agitada e inestable infancia y había intentado suicidarse a los 15 años.
En 1989, la doctora Dorothy Otnow Lewis, de la Facultad de Medicina de la Universidad de Nueva York, examinó a Christopher Burger y descubrió que tenía sus facultades mentales disminuidas y padecía una enfermedad mental. Su ejecución estaba prevista el 18 de diciembre de 1990, pero consiguió un aplazamiento de última hora, a la espera de un recurso presentado basado en la cuestión de su capacidad mental cuando cometió el delito. El recurso no prosperó y fue ejecutado el 7 de diciembre de 1993.
Ruben Cantu (hispano, Texas)tenía 17 años cuando cometió el delito. Estuvo representado por un abogado inexperto, tenía tras de sí una agitada infancia y una capacidad intelectual reducida. En 1984 fue declarado culpable de asesinato y fue ejecutado el 24 de agosto de 1993.
A algunos delincuentes menores de edad que se encontraban en los pabellones de la muerte en Estados Unidos se les conmutó la condena. Entre ellos figuraban:
Paula Cooper (negra, Indiana)tenía 15 años en el momento de cometer el asesinato por el que fue declarada culpable. Una campaña internacional llevada a cabo desde Italia atrajo la atención mundial hacia su caso. En septiembre de 1987, el Papa Juan Pablo II pidió clemencia y, en marzo de 1989, se presentó a Naciones Unidas una petición de clemencia para Paula Cooper con un millón de firmas. En julio de 1989 se le conmutó la sentencia a cadena perpetua.
La historias que se han descrito sobre la mayoría de estos presos estadounidenses están relacionadas con graves privaciones emocionales o materiales. Muchos consumían drogas o alcohol habitualmente y su cociente de inteligencia estaba por debajo de la media. Algunos sufrían lesiones cerebrales orgánicas, otros contaron con abogados ineptos o inexpertos. Se ocultó información muy importante en los juicios, debido a la incompetencia o inexperiencia de los abogados.
Yemen
El 21 de julio de 1993, un niño de 13 años, Nasser Munir Nasser al Kirbi, fue ahorcado en público en la capital, Sanaa, junto con otros tres hombres. Habían sido condenados por asesinato y atraco. Amnistía Internacional no dispone de información sobre el proceso judicial de este caso, pero tiene serias dudas sobre la imparcialidad de los juicios sobre casos de pena de muerte en YemenAmnistía Internacional, Yemen: Human Rights Concerns Following Recent Armed Conflict, Índice AI: MDE 31/06/94, 1 de septiembre de 1994..
III Normas internacionales
Los instrumentos internacionales más importantes relativos a los derechos humanos y la conducta en conflictos armados prohíben la imposición de la pena de muerte a delincuentes menores de edad. A continuación se enumeran dichos textos.
* Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: «No se impondrá la pena de muerte por delitos cometidos por personas de menos de 18 años de edad ...» (artículo 6(5)).
* Convención sobre los Derechos del Niño: «No se impondrá la pena capital ni la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación por delitos cometidos por menores de 18 años de edad ...» (artículo 37(a)).
* Convención Americana sobre Derechos Humanos: «No se impondrá la pena de muerte a personas que, en el momento de la comisión del delito, tuvieran menos de dieciocho años de edad...» (Artículo 4(5)).
* Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra(Cuarto Convenio de Ginebra): «En ningún caso podrá dictarse sentencia de muerte contra una persona protegida cuya edad sea de menos de dieciocho años cuando cometa la infracción» (artículo 68).
* Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Primer Protocolo Adicional): «No se ejecutará la pena de muerte impuesta por una infracción cometida en relación con el conflicto armado a personas que, en el momento de la infracción, fuesen menores de dieciocho años» (artículo 77(5)).
* Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter Internacional (Segundo Protocolo Adicional): «No se dictará pena de muerte contra las personas que tuvieran menos de 18 años de edad en el momento de la infracción ...» (artículo 6(4)).
* Salvaguardias para Garantizar la Protección de los Derechos de los Condenados a la Pena de Muerte (Resolución 1984/50 del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas, adoptada el 25 de mayo de 1984 y aprobada por la Asamblea General de la ONU en la resolución 39/118, adoptada sin votación el 14 de diciembre de 1984): «No serán condenados a muerte los menores de 18 años en el momento de cometer el delito...» (artículo 3).
Los seis primeros instrumentos que se han indicado anteriormente son tratados internacionales que vinculan a todos los Estados Parte.El Cuarto Convenio de Ginebra se ocupa especialmente de los civiles que se encuentran en territorios ocupados en tiempo de conflictos armados internacionales; el Primer Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra se refiere especialmente a los conflictos armados internacionales, mientras que el Segundo Protocolo Internacional se refiere a los conflictos armados no internacionales.Las Salvaguardias para Garantizar la Protección de los Derechos de los Condenados a la Pena de Muerteno son legalmente vinculantes, pero fueron aprobadas por la Asamblea General de la ONU sin votación, lo que indica el amplio consenso existente entre las naciones para acatar sus disposiciones.
La práctica ratificación universal de la Convención sobre los Derechos del Niño es una prueba inequívoca del consenso internacional que existe en torno a la no imposición de la pena de muerte a delincuentes menores de edad. El 28 de enero de 1998, 191 países eran Estados Parte de la Convención sobre los Derechos del Niño.
IV Las leyes nacionales y su aplicación
La legislación de más de cien países cuyas leyes aún prevén la pena de muerte para al menos algunos delitos poseen disposiciones en las que, o bien se excluye la pena de muerte para menores de edad cualquiera que sea el delito cometido, o bien puede presumirse dicha exclusión en virtud de ser partes del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), la Convención sobre los Derechos del Niño o la Convención Americana sobre Derechos Humanos y no haber introducido una reserva al artículo pertinente. No obstante, pese a las normas internacionales, varios países poseen leyes que permiten la imposición de condenas a muerte a delincuentes menores de edad, al menos en algunas circunstancias. La mayor parte de estos países fijan un límite de edad de 16 o 17 años, pero pocos establecen edades inferioresEn 1998, en Estados Unidos, el Tribunal Supremo falló en la causa Thompson contra Oklahomaque la ejecución de delincuentes con menos de 16 años de edad en el momento de cometer el delito es inconstitucional..
En octubre de 1997 se avanzó en la eliminación de la pena de muerte para delincuentes menores de edad cuando entró en vigor un Código Penal revisado en China, en el que se suprimía la imposición de condenas condicionales de muerte a presos culpables de delitos cometidos con 16 o 17 años de edad. Anteriormente, el artículo 44 del Código Penal chino permitía que los delincuentes menores de 16 o 17 años fueran condenados a muerte con una suspensión de la ejecución de dos años «si el delito era especialmente grave». En 1983, el Tribunal Supremo Popular reforzó explícitamente esta posibilidad, afirmando inequívocamente que «la ejecución de quienes reciban una condena condicional a muerte por tener menos de 18 años cuando cometieron el delito, y comprobados los hechos se nieguen a reformarse, se llevará a cabo tal como establece la ley».
Como se indica en este documento, ocho países han ejecutado a delincuentes menores de edad desde 1985. Cuatro de ellos han violado así sus obligaciones como Estados Partes del PIDCPLos cuatro países son Irán, Iraq, Estados Unidos y Yemen. Estados Unidos ratificó el PIDCP en junio de 1992, pero introdujo una reserva afirmando que no aceptaba la prohibición del artículo 6(5) de condenar a muerte a delincuentes menores de edad. Tras estudiar el informe inicial de Estados Unidos en aplicación de las disposiciones del PIDCP, la Comisión de Derechos Humanos, formada en virtud del PIDCP, emitió un comentario el 7 de abril de 1995 afirmando que estimaba que la reserva de Estados Unidos hacia el artículo 6(5) era «incompatible con el objeto y propósito del Pacto». Recomendó que Estados Unidos retirara la reserva. (Documento de la ONU Núm. CCPR/C/79/Add.50, 7 de abril de 1995, párrafos 14, 27).
V Conclusiones
Existe cada vez un mayor consenso internacional sobre la no imposición de la pena de muerte a los delincuente menores de edad. Casi todos los países son Estados Partes de tratados internacionales que prohíben la condena a muerte de delincuentes juveniles. Un reducido número de Estados siguen ejecutando a delincuentes menores de edad, pero esas ejecuciones son escasas y constituyen sólo una pequeña parte del número total de ejecuciones que se llevan a cabo en el mundo todos los años.
Amnistía Internacional insta a todos los Estados a que detengan las ejecuciones y supriman la pena de muerte de su legislación. Hasta que se suprima la pena de muerte, debería establecerse en las leyes una edad mínima de 18 años, de conformidad con las normas internacionales.
Menores de edad y pena de muerte
Menores de edad y pena de muerte
Amnistía Internacional, enero de 1998 Índice AI: ACT 50/02/98/s
Índice AI: AMR 51/07/97/s Amnistía Internacional, enero de 1997
CUADRO DE LOS INFORMES EXISTENTES SOBRE EJECUCIONES DE DELINCUENTES MENORES DE EDAD(ENERO DE 1985 - DICIEMBRE DE 1997)
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PAÍS |
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NOMBRE DEL PRESOEDADFECHA DE LA EJECUCIÓN |
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Bangladesh |
Mohammed Selim |
17 cuando fue ejecutado(1) |
27 de febrero de 1986 |
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Irán |
Kazem Shirafkan
Tres jóvenes varones |
17 cuando fue ejecutado
Uno de 16, dos de 17 en el momento de la ejecución |
1990
29 de septiembre de 1992 |
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Iraq |
Cinco kurdos menores de edad
Ocho kurdos menores de edad |
De edades entre 15 y 17 años en el momento de la ejecución De edades entre 14 y 17 años en el momento de la ejecución |
Noviembre-diciembre de 1987
30-31 diciembre de 1987 |
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Nigeria |
Chiebore Onuoha |
15 cuando cometió el delito, 17 cuando fue ejecutado |
31 de julio de 1997 |
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Pakistán |
Un menor de edad Shamun Masih |
17 cuando fue ejecutado intbl 14 cuando cometió el delito, 23 cuando fue ejecutado |
15 de noviembre de 1992 30 de septiembre de 1997 |
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Arabia Saudí |
Sadeq Mal Allah |
17 cuando fue condenado a muerte |
3 de septiembre de 1992 |
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Estados Unidos |
Charles Rumbaugh
James Terry Roach
Jay Pinkerton
Dalton Prejean
Johnny Garrett
Curtis Harris
Frederick Lashley
Christopher Burger
Ruben Cantu |
17 cuando cometió el delito
17 cuando cometió el delito en 1977
17 cuando cometió el delito
17 cuando cometió el delito en 1977
17 cuando cometió el delito
17 cuando cometió el delito en 1978
17 cuando cometió el delito
17 cuando cometió el delito en 1977
17 cuando cometió el delito |
11 de septiembre de 1985
10 de enero de 1986
15 de mayo de 1986
18 de mayo de 1990
11 de febrero de 1992
1 de julio de 1993
28 de julio de 1993
7 de diciembre de 1993
24 de agosto de 1993 |
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Yemen |
Nasser Munir Nasser al Kirbi |
13 en el momento de la ejecución |
21 de julio de 1993 |
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Amnistía Internacional, enero de 1998 Índice AI: ACT 50/02/98/s
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Asegúrense de que todas las personas adecuadas de la Sección han recibido copias a su atención y de que el documento se archiva debidamente para futuras consultas.
La información que se incluye en este documento puede mencionarse para apoyar los llamamientos en contra de la ejecución de delincuentes menores de edad, especialmente durante la próxima campaña de Estados Unidos.
DISTRIBUCIÓN POR EL SI
Este documento lo ha enviado directamente el SI a las Secciones y a los coordinadores de pena de muerte.
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(1) El gobierno de Bangladesh ha afirmado que Mohammed Selim tenía al menos 18 años cuando cometió el delito.
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