Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - CHAD.Ejecución/Temor de ejecución inminente












PÚBLICO

Índice AI: AFR 20/001/2003/s

06 de noviembre de 2003


EXTRA 47/03 Ejecución/Temor de ejecución inminente


CHAD Una persona cuyo nombre no se ha facilitado


Mahamat Adam Issa ]

Adouma Ali Ahmat (sudanés) ]

Abderamane Hamid Haroun ] ejecutados

Moubarack Bakhit Abderamane ]
Cuatro personas de nombres no facilitados ]




Al menos ocho hombres han sido recientemente ejecutados en las primeras ejecuciones de carácter judicial (“legales”) de las que se ha tenido noticia en el Chad en los últimos 12 años. Se cree que hay un noveno individuo que se encuentra en peligro de ejecución inminente.


El 6 de noviembre se llevaron a cabo siete ejecuciones en la capital, Yamena. Un pelotón de fusilamiento acabó ese día con la vida de Mahamat Adam Issa, Adouma Ali Ahmat, Abderamane Hamid Haroun, Moubarack Bakhit Abderamane (Amnistía Internacional considera que ha sido ejecutado arbitrariamente) y otros tres individuos. Al menos otra persona más fue ejecutada en la localidad oriental de Abéché.


Según informes recibidos, reclusos de la prisión central de Yamena habrían impedido la ejecución de otro interno condenado a muerte, cuyo nombre Amnistía Internacional desconoce. Amnistía Internacional expresa su honda preocupación por que pueda ser ejecutado en cualquier momento.


Las últimas ejecuciones judiciales de las que se tiene noticia en el Chad se llevaron a cabo en 1991: cuatro personas fueron ejecutadas entonces en público. Se desconocen los motivos por lo que se han reanudado las ejecuciones en el país.


Cuatro de los ejecutados en la capital (Mahamat Adam Issa, Adouma Ali Ahmat, Abderamane Hamid Haroun y Moubarack Bakhit Abderamane) habían sido condenados a morir el 25 de octubre de 2003. Las sentencias las dictó el Tribunal Penal de Yamena por el asesinato, el 25 de septiembre de 2003, de Cheik Ibn Oumar Idriss Youssouf, empresario y parlamentario sudanés. El caso había cobrado notable eco social en el Chad no sólo por la relevancia de la víctima en Sudán, sino por el hecho de que, al parecer, estaba estrechamente relacionado con familiares del presidente chadiano, Idriss Déby. Cheik Ibn Oumar Idriss Youssouf era, ademas, director de la Chad Petroleum Company.


El 5 de noviembre, abogados y grupos nacionales e internacionales de derechos humanos, entre ellos Amnistía Internacional, manifestaron su preocupación por los informes que aseguraban que el presidente Idriss Déby había negado el indulto de los cuatro condenados que se mencionan en el encabezamiento de este texto, a pesar incluso de que aún no habían agotado el limitado procedimiento de apelación de que disponían, y de que el recurso de casación que habían interpupesto aún no había terminado de tramitarse ante el Tribunal Supremo donde, de prosperar, habría supuesto que se los juzgara de nuevo.


Las ejecuciones se llevaron a cabo pese a los graves defectos de fondo y de forma registrados en los procesos, especialmente en el caso de los cuatro ejecutados en Yamena. Su ejecución se llevó a cabo sin consideración alguna y total desprecio de los tratados internacionales de derechos humanos a los que el Chad está vinculado, pero también conculcando procedimientos nacionales chadianos en materia penal. Según parece, las condenas se dictaron fundándose en declaraciones que habían sido extraídas bajo tortura. Las ejecuciones, además, se consumaron tras juicios celebrados sin las garantías debidas, lo que supone que pueda tratarse de ejecuciones arbitrarias y de una violación del derecho a la vida garantizado en el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y en el artículo 4 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.

INFORMACIÓN GENERAL

Conforme al ordenamiento jurídico del Chad, en los procesos en que puede imponerse la pena de muerte no hay derecho a un recurso pleno, lo que supone una clara infracción del derecho internacional sobre la materia. El único recurso del que disponen los condenados a morir es el de casación, que ha de fundarse en errores graves de forma y que se interpone ante la correspondiente sala del Tribunal Supremo. Caso de prosperar, los procesos así recurridos se remiten a tribunales inferiores para que vuelva a celebrarse juicio. En caso contrario, el convicto puede solicitar el indulto presidencial.


El artículo 14 del PIDCP, que Chad ha ratificado y que, por consiguiente, está obligado a cumplir, afirma: “Toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos a un tribunal superior, conforme a lo prescrito por la ley.”


Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los países y en toda circunstancia porque considera que se trata de una violación, sancionada por el Estado, del derecho a la vida y del derecho a no ser sometido a trato o pena cruel, inhumano o degradante.

ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos para que lleguen lo antes posible a su destino en francés o árabe, o en su propio idioma:

- condenando la ejecución, el 6 de noviembre, de al menos 8 hombres, entre ellos Mahamat Adam Issa, Adouma Ali Ahmat, Abderamane Hamid Haroun y Moubarack Bakhit Abderamane;

- exhortanto al presidente Déby a que intervenga de inmediato para impedir la ejecución del noveno hombre, cuya ejecución se había previsto también para el 6 de noviembre y que en la actualidad se encuentra recluido en la prisión central de Yamena;

- instando al presidente Déby a que conmute todas las condenas de muerte que le sean presentadas;

- manifestando su preocupación por el hecho de que las ejecuciones de Mahamat Adam Issa, Adouma Ali Ahmat, Abderamane Hamid Haroun y Moubarack Bakhit Abderamane, no sólo se hayan llevado a cabo haciendo caso omiso de tratados internacionales de derechos humanos a los que el Chad está vinculado, sino conculcando además otros procedimientos nacionales;

- expresando su inquietud por los informes que aseguran que el juicio de estos hombres fue manifiestamente injusto y que, al parecer, se los condenó, en buena medida, por las declaraciones que se les habían extraído bajo tortura, y que, además, se les ha negado, según la información disponible, incluso los limitados derechos de apelación de que disponían;

- formulando un llamamiento a las autoridades chadianas para que garanticen que todos los juicios cumplen las normas internacionales de justicia e imparcialidad que requieren normas internacionales de derechos humanos de las que Chad es parte, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.


LLAMAMIENTOS A (Adviertan que pueden encontrar dificultad al enviar sus faxes. Insistan):


Presidente de la República

Son Excellence Général Idriss DEBY

Président de la République

Telegramas: President Deby, N'Djaména, Chad

Fax: + 235 51 45 01/ 52 44 73

Tratamiento: Señor Presidente / Monsieur le Président / Your Excellency



Ministro de Justicia

Monsieur Pahime KALZEUBE

Ministre de la Justice et Garde des Sceaux

Telegramas: Ministre Justice, N’Djaména, Chad

Fax: (via Ministry of Communication and Government Spokesperson) + 235 51 60 94

Tratamiento: Señor Ministro / Monsieur le Ministre / Dear Minister


Ministro del Interior

Monsieur Abderahman MOUSSA

Ministre de la Sécurité publique et de l’immigration

Telegramas: Ministre Intérieur, N’Djaména, Chad

Tratamiento: Señor Ministro / Monsieur le Ministre / Dear Minister


COPIAS A:

Ministro de Asuntos Exteriores

Monsieur Nagoum Yamassou

Ministre d’Etat, Ministre des Affaires étrangères et de l’intégration africaine,

Ministère des Affaires étrangères, N’Djaména, Chad.

Fax: + 235 51 91 22


y a las representaciones diplomáticas del Chad y de Sudan acreditadas en el país de remite.


ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE.

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