Documento - Malawi: death penalty: Foster Azele Mlombwa
EXTERNO (Para distribución general) Índice AI: AFR 36/32/93/s
AU 284/93 20 de agosto de 1993 Distr: AU/SC
Pena de muerte
MALAWI:Foster Azele Mlombwa
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Foster Azele Mlombwa, condenado a muerte en abril de 1993 en un juicio injusto por el Tribunal Tradicional de la Región Central, podría ser ejecutado si su apelación ante el Tribunal Tradicional de Apelaciones de Lilongwe se rechaza el 25 de agosto de 1993. Además, según la información recibida por Amnistía Internacional, actuamente se están considerando los recursos de otros presos condenados a muerte. Si estas apelaciones son rechazadas, a estos presos sólo les queda la posibilidad de solicitar clemencia ante el presidente, quien rara vez la otorga. La preocupación de Amnistía Internacional por la posible ejecución de Foster Azele Mlombwa y de otros es aún mayor porque, según ciertos informes, las ejecuciones en Malawi se llevan a cabo en determinadas épocas del año, una de las cuales podría ser el mes de septiembre. Aunque es difícil obtener información sobre el uso de la pena de muerte en Malawi, los informes señalan que son más de 100 las personas que actualmente se hallan en espera de ejecución.
Foster Azele Mlombwa, ex presidente del Partido del Congreso de Malawi por el distrito de Dedza, fue detenido el 10 de diciembre de 1992 y acusado del asesinato de un agente de policía, perpetrado el 9 de diciembre de 1992. Según la información recibida, a Foster Mlombwa lo trasladaron a la comisaría de policía local, donde le golpearon con una barra de hierro hasta hacerle perder el conocimiento. En abril de 1993, fue condenado a muerte por el Tribunal Tradicional de la Región Central. Hace poco lo han trasladado de la prisión de Mikuyu, Zomba, donde podía recibir visitas de sus familiares, a una prisión de Lilongwe.
Los "tribunales tradicionales" de Malawi conforman un sistema judicial independiente paralelo a los tribunales ordinarios. Estos tribunales paralelos, que atienden casos punibles con la pena capital, no respetan ninguna de las garantías básicas para un juicio justo. La independencia y la imparcialidad de los tribunales es altamente dudosa; los jueces son dirigentes tradicionales sin titulación designados por el presidente, asesorados por un abogado competente y sin inamovilidad en el cargo. Las cuestiones procesales y las normas para la presentación de pruebas dependen del tribunal, y los defendidos no tienen derecho a representación letrada. Los individuos condenados por un "tribunal tradicional" sólo pueden recurrir la sentencia si el ministro de Justicia lo autoriza, y esta apelación únicamente puede presentarse ante el Tribunal Tradicional de Apelaciones y no ante el Tribunal Supremo. Tampoco se les permite representación letrada ante este Tribunal de Apelaciones. El hecho de que los "tribunales tradicionales" no se ajusten a la normativa internacional sobre un juicio justo permite suponer que ninguno de los condenados a muerte y ejecutados en Malawi en los últimos 20 años o más ha recibido un juicio con las debidas garantías.
Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte para todos los casos por considerarla una violación del derecho a la vida y del derecho a no ser sometido a un trato o pena cruel, inhumana o degradante, tal como establece la Declaración Universal de Derechos Humanos.
ACCIONES RECOMENDADAS: Telegramas, fax, télex, cartas urgentes, cartas por vía aérea, en inglés o en la propia lengua del remitente:
-solicitando que la sentencia de muerte dictada contra Foster Azele Mlombwa y todas las demás condenas a muerte pendientes sean conmutadas;
-declarando que Amnistía Internacional se opone de forma incondicional a la pena de muerte para todos los casos por considerarla una violación del derecho a la vida y del derecho a no ser sometido a un trato o pena cruel, inhumana o degradante;
-expresando preocupación por la injusticia de los juicios celebrados en los "tribunales tradicionales", que incumplen la normativa internacional sobre un juicio justo;
-instando a la abolición de la pena de muerte en Malawi y a que, entre tanto, Malawi acate la Resolución de mayo de 1989 del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas sobre el cumplimiento de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte, que se aplica a todos los estados miembros de la ONU.
LLAMAMIENTOS A:
1) His Excellency Life-President
Ngwazi Dr H Kamuzu Banda
Office of the President
Private Bag 301
Lilongwe 3, Malawi
Telegramas:Life-President Banda, Lilongwe, Malawi
Télex: 44389 PRES MI, 44113 EXTERAL MI
Fax: + 265 731878
Tratamiento: Your Excellency / Su Excelencia
2) Mr John Tembo
Minister of State
Office of the President
Private Bag 301
Lilongwe 3, Malawi
Telegramas:Minister of State Tembo, Lilongwe, Malawi
Télex: 44389 PRES MI, 44113 EXTERNAL MI
Fax: + 265 731878
Tratamiento: Dear Minister / Señor Ministro
3) Mr Chimango
Minister of Justice
Ministry of Justice
Private Bag 333
Lilongwe 3, Malawi
Telegramas:Minister of Justice Chimango, Lilongwe, Malawi
Tratamiento: Dear Minister / Señor Ministro
4) Mr Viliera
Attorney General
Attorney General's Chambers
Ministry of Justice
Private Bag 333
Lilongwe 3, Malawi
Telegramas:Attorney General Viliera, Lilongwe, Malawi
Télex:44766 JUSTICE MI
Tratamiento:Dear Attorney General / Señor Fiscal GeneralCOPIAS A:
1) Mr Justice Richard Banda
Chief Justice
High Court of Malawi
Box 30244, Chichiri
Blantyre 3, Malawi
2) Mr Temwa Nyirenda
Chairman of the Law Society
Box 2420, Blantyre, Malawi
3) Periódico:
Mr Ken Lipenge
The Daily Times
Private Bag 39
Blantyre, Malawiy a la representación diplomática acreditada de Malawi en el país del remitente.
SE RUEGA ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de la Sección si los envían después del 1 de octubre de 1993.