Documento - Nigeria: Responsabilidad del gobierno en la violencia parapolicial
AMNISTÍA INTERNACIONAL
COMUNICADO DE PRENSA
Índice AI: AFR 44/020/2002/s (Público)
Servicio de Noticias 202/02
No difundir hasta la 00:01 horas GMT del 19 de noviembre de 2002
Nigeria: Responsabilidad del gobierno en la violencia parapolicial
En un informe publicado hoy con el título Nigeria: Vigilante violence in South and South - East (sólo disponible en inglés), Amnistía Internacional ha manifestado que todo grupo parapolicial armado que cuente con la aprobación de las autoridades para desempeñar en Nigeria funciones propias de los servicios encargados de hacer cumplir la ley debe ser disuelto inmediatamente si no cumple las normas internacionales pertinentes y que sus miembros han de ser puestos ha disposición judicial si han cometido abusos o violaciones de derechos humanos.
El aumento de la delincuencia y la inseguridad tres años después del restablecimiento del gobierno civil en Nigeria y la sensación de que la actuación de las fuerzas de seguridad es insuficiente han hecho proliferar los grupos parapoliciales de ámbito local y estatal.
*Los grupos parapoliciales armados desempeñan funciones propias de los servicios encargados de hacer cumplir la ley en un número cada vez mayor de estados con el consentimiento tácito o, a veces, explícito, del gobierno local, especialmente en el sureste de Nigeria Cexplica Amnistía InternacionalC. Estos grupos llevan a cabo de manera habitual ejecuciones extrajudiciales y detenciones ilegítimas e infligen torturas y otras formas de trato cruel, inhumano y degradante a presuntos delincuentes+.
Según la organización, el gobierno federal nigeriano no sólo es responsable de las numerosas violaciones de derechos humanos cometidas por sus fuerzas de seguridad, sino que también debe rendir plenamente cuentas de la actuación de los grupos que se ocupan de hacer cumplir la ley con la aprobación de las autoridades locales o estatales. Asimismo debe reconocer que no se ha ocupado efectivamente de los grupos que cometen abusos contra los derechos humanos y no ha detenido a los responsables para someterlos a juicio.
Los grupos parapoliciales armados, conocidos comúnmente como *los de Bakassi+, de los estados de Abia, Anambra e Imo han cometido ejecuciones extrajudiciales, sometido a tortura y trato cruel e inhumano a presuntos delincuentes y practicado detenciones ilegales, todo ello con el respaldo del gobierno local. Según informes, en los últimos dos años el Servicio Parapolicial del Estado de Anambra, que ha sido reconocido oficialmente por el gobierno estatal, ha ejecutado extrajudicialmente a centenares de personas.
En su informe, Amnistía Internacional expresa satisfacción por las acciones emprendidas recientemente por la Policía de Nigeria para disolver grupos parapoliciales armados en el sureste del país, especialmente en los estados de Abia y Anambra. No obstante, la organización advierte que esta última iniciativa podría ser insuficiente si no se aplica de manera sostenida y coherente en todo el país y si no se pone a disposición judicial a los autores de las violaciones de derechos humanos.
A juicio de Amnistía Internacional, la intensificación de la presión social como consecuencia del aumento de la delincuencia y de la actuación insuficiente de las fuerzas de seguridad nigerianas, sumada a los preparativos de las elecciones presidenciales previstas para abril de 2003, entraña el riesgo de que los grupos parapoliciales aprobados tácita o expresamente por los estados cometan aún más violaciones de derechos humanos en el contexto de la lucha por el poder.
*Al combatir la delincuencia, la policía debe observar todas las normas internacionales de derechos humanos relativas al uso de la fuerza por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley+, manifiesta la organización.
Amnistía Internacional pide al gobierno federal y a los gobiernos de los estados que den prioridad en su programa político al respeto y la protección de los derechos humanos y garanticen que los grupos armados no cometen impunemente abusos ni violaciones de derechos humanos.
Nota: en el informe se distingue entre dos tipos de grupos parapoliciales armados, a saber:
1. Grupos parapoliciales armados aprobados oficialmente por las autoridades de ciertos estados:
Es el caso de *los de Bakassi+ de los estados de Abia, Imo y Anambra. Estos grupos han sido aprobados pública y oficialmente por el gobernador del estado, la cámara legislativa o ambos para que se encarguen de hacer cumplir la ley. En este caso, Amnistía Internacional considera que, incluso si se opone a esta aprobación, el gobierno federal debe rendir totalmente cuentas de las actividades de los grupos. Las infracciones de las normas de derechos humanos cometidas por ellos constituyen violaciones de derechos humanos.
2. Grupos parapoliciales aprobados tácitamente por los gobernadores de algunos estados:
Es el caso del OPC del estado de Lagos y de otros grupos parapoliciales activos ya en algunos estados donde las autoridades están considerando la posibilidad de aprobarlos oficialmente. Amnistía Internacional considera que las infracciones de las normas de derechos humanos cometidas por estos grupos constituyen abusos contra los derechos humanos. Evidentemente, el gobierno federal tienen la obligación de disolverlos inmediatamente y poner a disposición judicial a sus miembros si han cometido abusos contra los derechos humanos.
Documento público
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