Informe anual 2012
El estado de los derechos humanos en el mundo

Documento - Further information on UA 15/94 (AFR 53/06/94, 14 January) - South Africa: fear of torture / legal concern and new concern: health concern: Theo Mabusela, Michael Siyolo, Richard Dala, Zola Mkululi Prince Mabala, Brian Vuyisile Madasi, Mncebisi Leonard Na












EXTERNO (Para distribución general)Índice AI: AFR 53/29/94/s

25 de mayo de 1994 Distr: AU/SC


Más información sobre AU 15/94 (AFR 53/06/94/s, del 14 de enero de 1994) - Temor de tortura, preocupación jurídica y nueva preocupación: preocupación de salud


SUDÁFRICA:Theo MABUSELA - Presidente del Congreso Panafricano (PAC), región de Western Cape

Michael SIYOLO - Organizador del PAC, región de Western Cape

Richard DALA - Miembro de la ejecutiva del PAC, región de Western Cape

Zola Mkululi Prince MABALA (continúa detenido)

Brian Vuyisile MADASI (continúa detenido)

Mncebisi Leonard NASO, señor KONZAPHI y señor RHANUGU (liberados)


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Existe preocupación por el estado físico y mental de Zola Mabala y Brian Madasi, los cuales están detenidos en la Cárcel de Pollsmoor, cerca de Ciudad del Cabo. Al parecer, los dos hombres muestran señales de estar muy afectados por las graves torturas y agresiones que presuntamente les infligió la policía durante los dos primeros meses de detención, así como por su prolongada reclusión en espera de juicio, durante la cual han pasado periodos en régimen de incomunicación.


El 20 de mayo de 1994, los dos presos comparecieron ante el tribunal de primera instancia de Ciudad del Cabo, junto con Theo Mabusela, Michael Siyolo y Richard Dala, que habían sido liberados bajo fianza el 2 de abril. El fiscal del estado presentó ante el tribunal «cargos provisionales» contra los cinco hombres. Los cargos estaban relacionados con el atentado con armas automáticas que cometieron unos pistoleros el 30 de diciembre en un taberna repleta de público de Ciudad del Cabo, y como consecuencia del cual murieron cuatro personas y resultaron heridas otras siete. A petición del fiscal, el juez aplazó las nuevas vistas sobre el caso hasta el 20 de julio, debido a que el fiscal había manifestado que deseaba mantenerse a la espera de los acontecimientos en relación con una posible amnistía para delitos por motivos políticos. Todavía no se ha pedido a ninguno de los hombres que recurran contra los cargos presentados contra ellos y, en contra de lo que manifestaron los artículos de prensa después de la vista del 20 de mayo, ninguno ha formulado un recurso de compensación contra el procesamiento.


Brian Madasi y Zola Mabala fueron detenidos el 4 de enero en Elliot, Eastern Cape y estuvieron recluidos en régimen de incomunicación al amparo de la sección 29 de la Ley de Seguridad Interna hasta el 3 de febrero. Después de comparecer ante el tribunal ese día junto con Theo Mabusela, Michael Siyolo y Richard Dala, les mantuvieron bajo custodia debido a que el fiscal general les negó la libertad bajo fianza. En la vista ante el tribunal, tanto Brian Madasi como Zola Mabala dijeron al juez que habían sido torturados y pidieron que se hiciera algo para acabar con los malos tratos. Según los informes, el juez dijo que tomaría nota de sus denuncias. Brian Madasi denunció que después de su arresto, la policía le había agredido en la comisaría de Aliwal North clavándole un alfiler largo en el pene. Según parece, en la comisaría de Bellville South, en Ciudad del Cabo, le colocaron un pasamontañas y un saco mojados sobre la cabeza y le aplicaron descargas en los dedos. También denunció haber sido agredido con la culata de una pistola en las dependencias del Servicio de Inteligencia Penal (antes Sección de Seguridad), en la calle Loop. Zola Mabala denunció que le habían golpeado con porras en la comisaría de Elliot y que en la comisaría de Bellville South le habían torturado mediante descargas eléctricas mientras tenía la cabeza cubierta con un pasamontañas y un saco mojados. A pesar de su petición al tribunal el 3 de febrero, los dos hombres fueron sometidos a nuevas torturas al ser trasladados a la comisaría de Louis Le Grange, en Puerto Elisabeth. Según parece, Brian Madasi fue objeto de un simulacro de ejecución, asfixiado parcialmente con una «bolsa de plástico» y golpeado. A causa de estos tratos aceptó firmar una declaración. Al parecer, a Zola Mabala le obligaron a marcar con una huella dactilar una declaración después de que la policía lo sacó al «bosque», le esposaron los tobillos a las muñecas, le colocaron un pasamontañas y una bolsa mojados y le sometieron a descargas eléctricas. Ninguno de los dos ha denunciado haber sido agredido o torturado por la policía después de ser devueltos a la Cárcel de Pollsmoor, aunque denunciaron haber sido robados y desnudados por otros presos.


El 2 de abril, Theo Mabusela, Michael Siyolo y Richard Dala fueron liberados bajo fianza de la Cárcel de Pollsmoor, en condiciones que restringían su libertad de asociación y de movimiento. Anteriormente, el fiscal general les había negado la libertad bajo fianza y estuvieron recluidos en la Cárcel de Pollsmoor desde el 24 de enero. El 18 de enero, un juez del Tribunal Supremo de Ciudad del Cabo emitió una orden provisional que prohibía que la policía continuara agrediendo a Theo Mabusela, quien había denunciado que los policía que le habían interrogado le habían agredido mientras estuvo recluido, al amparo de la sección 29, en las dependencias del Servicio de Inteligencia Penal, en la calle Loop. Como consecuencia de uno de los interrogatorios le rompieron el tímpano izquierdo. Todavía sufre mareos, dolores de cabeza y problemas de concentración.


El 29 de abril, el presidente F W de Klerk sancionó la derogación de la Sección 29.


ACCIONES RECOMENDADAS: Telegramas, fax, télex, cartas urgentes, cartas por vía aérea, en inglés o en la propia lengua del remitente:


-manifestando preocupación por el estado físico y mental de Brian Vuyisile Madasi y Zola Prince Mabala, que llevan detenidos como presos preventivos en la Cárcel de Pollsmoor desde fines de enero de 1994, especialmente debido a su prolongada detención, que inicialmente incluyó periodos de incomunicación al amparo de la sección 29, y a las denuncias haber sido torturados en varias comisarías de policía;


-pidiendo garantías de que no serán sometidos a más torturas o malos tratos e instando a que les permitan acceder sin dilación y con regularidad a un médico de su elección y a facultativos médicos experimentados en el cuidado de las víctimas de tortura y otros traumas asociados a las detenciones;


-instando a que se emprenda una investigación exhaustiva e independiente sobre la presunta tortura de estos dos hombres y también de Theo Mabusela, en cuyo favor el Tribunal Supremo emitió una orden provisional de prohibición contra la policía el pasado mes de enero, y a que los responsables comparezcan ante los tribunales;


-instando a que las nuevas autoridades provinciales se comprometan con el objetivo de eliminar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, conforme requiere la Convención contra la Tortura, que el anterior gobierno sudafricano firmó en enero de 1993.


LLAMAMIENTOS A:


Mr H J Kriel

Premier, Western Cape Provincial Assembly

Private Bag 9043, Cape Town 8000, Sudáfrica

Telegramas: Premier Kriel, Provincial Assembly, Cape Town South Africa;

Fax: +27 21 245 650

Tratamiento: Dear Premier/Señor presidente


Mr Patrick McKenzie

Minister of Police Services,

Western Cape Provincial Assembly

PO Box 648, Cape Town 8000, Sudáfrica

Telegramas: Minister of Police Services McKenzie, Provincial Assembly, Cape Town, South Africa;

Tratamiento: Dear Minister/señor ministro


Lieutenant-General N Acker

Regional Commissioner of Police (Western Cape)

Private Bag X9004, Cape Town 8000, Sudáfrica

Telegramas: Lt-Gen Acker, Police Commissioner, Western Cape region, Cape Town, South Africa

Tratamiento: Dear Commissioner/señor comisario


COPIAS A:


- Trauma Centre for the Victims of Violence and Torture, Cowley House, 126 Chapel Street, Cape Town 8001, South Africa

- Commander, Pollsmoor Prison, Post Box, Tokai 7966, Sudáfrica


y a la representación diplomática acreditada de Sudáfrica en el país del remitente.


SE RUEGA ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de la Sección si los envían después del 8 de julio de 1994.

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