Documento - ¡Detención ya!Darfur (Sudán):Ahmad Harun y Ali Kushayb

Embargado hasta el 27 de abril de 2008 AFR 54/015/2008

AMNISTÍA INTERNACIONAL

¡Detención ya!

Darfur (Sudán):

Ahmad Harun y Ali Kushayb




1. El conflicto armado de Darfur (Sudán)

Desde 2003 existe en Darfur (Sudán) un conflicto armado entre el gobierno sudanés y varios grupos armados de oposición (cabe mencionar diversas facciones del Ejército de Liberación de Sudán y el Movimiento Justicia e Igualdad). Para combatir la insurgencia en Darfur, el gobierno sudanés ha movilizado, armado y financiado a unas milicias conocidas como yanyawid. Más de 200.000 personas han muerto en este conflicto y más de 2,3 millones han sido desplazadas de sus hogares.



2. El Consejo de Seguridad de la ONU remite la situación de Darfur a la Corte Penal Internacional

El 31 de marzo de 2005, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas determinó que la situación de Sudán constituía una amenaza para la paz y la seguridad internacionales. Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, el Consejo de Seguridad adoptó la Resolución 1593, por la que remitía “la situación en Darfur desde el 1º de julio de 2002” al fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI).



3. Procesamiento por la CPI

El 1 de junio de 2005, el fiscal de la CPI emprendió una investigación sobre la situación de Darfur.


El 27 de abril de 2007, tras 20 meses de investigación, se emitieron sendas órdenes de detención contra dos personas: Ahmad Muhammad Harun (comúnmente conocido como Ahmad Harun) y Ali Muhammad Al Abd-Al-Rahman (conocido comúnmente como Ali Kushayb). Dichas órdenes se refieren a crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad presuntamente cometidos entre agosto de 2003 y marzo de 2004, durante varios ataques perpetrados, según se afirmó, por las fuerzas armadas de Sudán y las milicias yanyawid en cuatro localidades de Darfur Occidental (Kodoom, Bindisi, Mukjar y Arawala) y en zonas circundantes. Según las órdenes de detención, los crímenes se dirigieron principalmente contra civiles de las comunidades fur, zaghawa y masalit, y se saldaron con la muerte de unas 1.000 personas.


¿Qué es la Corte Penal Internacional?

La Corte Penal Internacional (CPI) es un órgano judicial permanente e independiente creado por la comunidad internacional para enjuiciar delitos como el genocidio y otros crímenes de guerra y de lesa humanidad. El Estatuto por el que se rige fue adoptado en una conferencia internacional celebrada en roma el 17 de julio de 1998.



4. Cargos contra Ahmad Harun

Ahmad Harun es actualmente ministro de Estado para Asuntos Humanitarios de Sudán. De 2003 a 2005 fue ministro de Estado del Interior y, como tal, responsable de la dirección de la “Oficina de Seguridad de Darfur” y de la coordinación de los diferentes cuerpos del Estado encargados de la contrainsurgencia, incluidos la policía, las fuerzas armadas y el Servicio Nacional de Seguridad e Inteligencia.


Según la orden de detención dictada por la CPI, Ahmad Harun reclutó, movilizó, financió y armó presuntamente a los yanyawid, con pleno conocimiento de que cometerían crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad contra la población civil de Darfur. También se lo acusa de haber incitado personalmente a los yanyawid a perpetrar ataques contra civiles.


En la orden de detención dictada contra él figuran 42 cargos de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, como persecución, asesinato y traslado forzoso.


5. Cargos contra Ali Kushayb


Ali Kushayb era un destacado jefe de los yanyawid y miembro de las Fuerzas Populares de Defensa. Fue el aqid al uqada (“coronel de coroneles”) de la localidad de Wadi Salih, en Darfur Occidental. Al parecer, a mediados de 2003 tuvo bajo su mando a miles de milicianos yanyawid.


Según la orden de detención de la CPI, Ali Kushayb dirigió presuntamente ataques contra las localidades de Kodoom, Bindisi, Mukjar y Arawala, y alistó, armó, financió y proporcionó suministros a los yanyawid que estaban bajo su mando.


En la orden de detención dictada contra él figuran 50 cargos de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, como persecución, asesinato, ataques contra la población civil y traslado forzoso.







Al parecer, Ali Kushayb fue detenido por las autoridades sudanesas en noviembre de 2006, en relación con los incidentes ocurridos en Darfur Meridional y Darfur Occidental, que son diferentes de los mencionados en las órdenes de detención de la CPI. Sin embargo, fue

puesto en libertad y se cree que actualmente se encuentra en Jartum.


6. Obligación de Sudán de detener y entregar a las personas contra las que la CPI ha dictado una orden de detención

La CPI no dispone de fuerza de policía propia con la que ejecutar las órdenes que emite. Si las personas sospechosas no se someten a tales órdenes, la CPI necesita contar con la cooperación de Sudán, de otros Estados y de organizaciones intergubernamentales.


Al mismo tiempo que dictó las órdenes de detención, la CPI solicitó al gobierno de Sudán y a todos los Estados Partes en el Estatuto de Roma de la CPI que detuviesen y entregasen a Ahmad Harun y Ali Kushayb.


El 14 de septiembre de 2007, la Interpol emitió “notificaciones rojas” sobre los dos sospechosos.


El gobierno de Sudán se ha negado públicamente a entregar a Ali Kushayb o Ahmad Harun a la Corte Penal Internacional. Aunque Sudán no ha ratificado el Estatuto de Roma, la Resolución 1593 (2005) del Consejo de Seguridad de la ONU le insta a cooperar plenamente con la CPI y prestar toda la ayuda necesaria a la CPI y a su fiscal.

¿Cómo puedes ayudar?

Ahmad Harun y Ali Kushayb están en busca y captura para que la Corte Penal Internacional los juzgue y determine su culpabilidad o inocencia respecto a múltiples cargos por crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.

Escribe al Consejo de Seguridad de la ONU instándolo a:

  • condenar la negativa de Sudán a detener y entregar a Ahmad Harun y Ali Kushayb a la CPI;

  • pedir a Sudán que ejecute de inmediato todas las órdenes de detención dictadas por la CPI;

  • si los sospechosos salen de Sudán, pedir a los Estados a los que viajen que los detengan y los entreguen a la CPI;

  • tomar otras medidas efectivas para garantizar que los dos sospechosos son detenidos y entregados a la CPI.